ACTA NÚMERO 1239 – Rec 4

 

En Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, siendo el primer día del mes de junio de dos mil diecisiete, se reúnen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo, encontrándose ausente con aviso, la concejal Luisina Giovannini, y demás concejales presentes. Siendo las diecinueve y treinta horas, el concejal Dr. Juan Mansilla, asume la Presidencia del Cuerpo declarando abierta la sesión, procediéndose al tratamiento de los temas establecidos en el Orden del Día:

 

  1. Lectura del acta anterior.
  2. Tratamiento tema antenas
  3. Tratamiento respuesta cooperativa de agua y cloacas.
  4. Proyecto de ordenanza DEM sobre convenios de pago.
  5. Proyecto de ordenanza Bloque PJ.

 

PUNTO 1) Se da lectura al acta de la sesión anterior, la que es aprobada sin observaciones.

 

PUNTO 2) A continuación, se procede a dar tratamiento al tema de solicitudes de instalación de antenas.

El Pte. dice que en una oportunidad, fueron a ofrecer a la municipalidad que compre la antena, para ver si después se podían colgar de ella las radios. La vendían en alrededor de 80.000.- pesos. el precio no era malo en relación a lo que implicaba la estructura, pero lo caro era el gasto posterior, el de tener que trabajar sobre esa antena, porque ya estaba obsoleta. Entonces se dijo que no, que se la lleven.

El C. Maletti dice que además, Gustavo Quinteros la quiere llevar allí, por el tema del consumo de luz. Porque a las otras emisoras el municipio les paga la luz.

El Pte. dice que tiene entendido que el municipio está construyendo los pilares individuales para cada emisora. Es decir que a G. Quinteros, si se le da, se le dará el lugar. Me parece que es lo que corresponde.

El C. Balzarini dice que si, en verdad son dos temas distintos. Uno es la autorización del espacio físico. Creo que si hay un informe técnico que avale y diga que, técnicamente se puede colocar una antena en ese lugar, se dicta una ordenanza que lo autorice con el aval de ese informe técnico. En segundo lugar, es el pedido de condonación, subsidio, compensación o como se le quiera llamar, al hecho de que las otras radios que están en ese lugar y no pagaban energía eléctrica y él, al no estar en ese lugar, tuvo que pagar la energía eléctrica por su cuenta, lo que genera una situación de desigualdad económica. Este es un tema a repensar, porque de alguna manera, él puede decirnos que se estuvo subsidiando a esos medios de comunicación pagándoles la luz. Es un subsidio encubierto.

El C. Weder dice que, en ese caso, él optó. Porque si no le daban la conexión, porque no había más lugar, él optó abrir la radio con una antena en su casa.

El C. Balzarini dice que él tuvo siempre la radio, desde antes que se instalaran todas en ese predio.

El C. Weder dice que al poder conectarse en ese lugar, decidió abrir la radio en su casa y al hacerlo tuvo que pagar el consumo de energía eléctrica él.

El C. Balzarini dice que sí, todas se fueron trasladando al sitio y cuando él dijo de poder ir, se le dijo que no había más lugar.

El C. Maletti dice que se le solicite un informe, y después se evalúe. Pero no le digamos ni que sí, ni que no. Sino que, la posibilidad existe, trayendo el informe técnico.

El Pte. dice que se le eleve una nota desde el concejo, donde se le solicite que acompañe la documentación técnica de factibilidad de instalación de antena, en ese lugar, a los fines de avanzar con el tratamiento de su pedido.

 

PUNTO 3) A continuación, se da tratamiento a la respuesta elevada por la cooperativa de servicios Ceres Ltda.

El C. Maletti recuerda que el concejal Balzarini sugirió en la sesión anterior, se analice la respuesta de la cooperativa en ésta sesión.

Luego de un intercambio de opiniones, se resuelve dejar en estudio.

 

PUNTO 4) Tratamiento proyecto de ordenanza DEM sobre convenios de pago. El Pte. dice que había quedado en estudio este  proyecto. La idea es que estos convenios de pago queden estipulados de forma permanente.

El C. Balzarini dice que se deben analizar los planes, como se puede pagar, en cuantos meses y con qué tasa?

El Pte. da lectura al articulado de dicho proyecto que establece un plan especial de pagos para la regularización de deudas por los conceptos cuya recaudación está a cargo de la Municipalidad de Ceres.

El mismo dice lo siguiente: “Establécese un Plan Especial de Pagos para la regularización de deudas por los conceptos cuya recaudación está a cargo de la Municipalidad de Ceres. ARTÍCULO 2°) Quedan incluidas en el presente régimen, todas las obligaciones tributarias no canceladas, cuyos vencimientos operen hasta el mes inmediato anterior al de la presentación de la solicitud de acogimiento al Plan Especial que efectúe el contribuyente, aun cuando se encuentren intimadas, en proceso de determinación, en trámite de reconsideración o apelación ante el Departamento Ejecutivo Municipal, en proceso de ejecución judicial o incluidas en regímenes de facilidades de pago anteriores, hubiesen o no caducado los correspondientes beneficios. ARTÍCULO 3°) El monto de las obligaciones fiscales que se regularicen por el presente régimen será determinado a la fecha del efectivo acogimiento al presente Plan Especial. ARTÍCULO 4°) El acogimiento al presente régimen y a sus beneficios, significará el pleno reconocimiento de la deuda fiscal que se regulariza con todas sus implicancias, constituyendo asimismo desistimiento total de cualquier recurso, administrativo o judicial, interpuesto sobre su procedencia, alcance o forma de cálculo. La presente, no concede derecho alguno a repetición de gravámenes, multas, intereses o actualizaciones de deudas que hubieren abonado con anterioridad a la fecha de la promulgación. ARTÍCULO 5°) Establécese como fecha de vencimiento para el acogimiento al presente régimen especial, el 31 de diciembre de 2017, quedando el Departamento Ejecutivo Municipal facultado para establecer una prórroga máxima de hasta 90 (noventa) días hábiles adicionales. ARTÍCULO 6°) El acogimiento al presente régimen se exteriorizará mediante la presentación de la respectiva solicitud ante la dependencia municipal competente, la que estará exenta del pago de Tasas de Actuaciones Administrativas. El pago total de la deuda determinada, la que incluirá hasta la última obligación vencida en la fecha mencionada en el artículo segundo con más los accesorios que correspondieren o el anticipo que en cada caso se indica, operará en función a los conceptos tributarios y/o obligaciones fiscales de acuerdo a los siguientes capítulos: CAPÍTULO II – DEUDAS POR TASA GENERAL DE INMUEBLES, DERECHOS DE CEMENTERIO Y CONTRIBUCIONES DE MEJORAS. ARTÍCULO 7°) Las obligaciones tributarias referidas a Tasa General de Inmuebles, Derechos de Cementerio y Contribuciones de Mejoras, podrán regularizarse dentro del régimen establecido en la presente ordenanza conforme a las siguientes posibilidades: a)Mediante al pago de contado: gozarán de una quita del 40% (cuarenta por ciento) de los intereses devengados. b)Mediante convenio de pagos en hasta 3 (tres) cuotas, venciendo la primera de ellas al momento de la formalización. Estos planes gozarán de una quita del 30 % (treinta por ciento) de los intereses devengados. c)Mediante convenio de pagos en hasta 6 (seis) cuotas, venciendo la primera de ellas al momento de la formalización. Estos planes gozarán de una quita del 20 % (veinte por ciento) de los intereses devengados. d)Mediante convenio de pagos en hasta 12 (doce) cuotas, venciendo la primera de ellas al momento de la formalización. Estos planes gozarán de una quita del 10 % (diez por ciento) de los intereses devengados. Los convenios de pagos en cuotas que regularicen deudas de Tasa General de Inmuebles; Derechos de Cementerio y Contribuciones de Mejoras, tanto el anticipo como cada una de las cuotas, no podrán resultar inferiores a la suma de $ 200.- (pesos doscientos). ARTÍCULO 8°) En casos debidamente justificados y con informe socio-económico previo, el Departamento Ejecutivo Municipal, podrá autorizar condiciones de pago distintas a las enunciadas en el artículo anterior. Esta atribución será utilizada con carácter excepcional, siendo de aplicación exclusivamente para Tasa General de Inmuebles, Derechos de Cementerio y Contribuciones de Mejoras. Para estos casos, se liquidará la deuda con los intereses devengados según la Ordenanza Tributaria vigente, con un anticipo equivalente al valor de una cuota en el momento de su formalización. ARTÍCULO 9°) Para el caso de deudas correspondientes a Tasa General de Inmuebles, Derechos de Cementerio y Contribuciones de Mejoras, que a la fecha de promulgación de la presente se encuentren bajo convenios de pago, los mismos podrán ser reformuladas conforme las disposiciones del presente capítulo, a solicitud de los contribuyentes, no pudiendo existir bajo ningún concepto, saldos a favor del mismo, ni de libre disponibilidad. El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de su área competente, reglamentará y/o resolverá el procedimiento a seguir para la implementación correspondiente. CAPÍTULO III – DEUDAS POR OTRAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS – ARTÍCULO 10°) Las Obligaciones cuya recaudación esté a cargo del municipio, y no se encuentren incluidas en el capítulo precedente, podrán regularizarse dentro del régimen establecido en la presente ordenanza conforme las siguientes posibilidades: a)Mediante el pago de contado: gozarán de una quita del 30% (treinta por ciento) de los intereses devengados. b)Mediante convenio de pagos en hasta 3 (tres) cuotas, venciendo la primera de ellas al momento de la formalización. Estos planes gozarán de una quita del 20% (veinte por ciento) de los intereses devengados. c)           Mediante convenio de pagos en hasta 6 (seis) cuotas, venciendo la primera de ellas al momento de la formalización. Estos planes gozarán de una quita del 10 % (diez por ciento) de los intereses devengados. d)Mediante convenio de pagos en hasta 12 (doce) cuotas, venciendo la primera de ellas al momento de la formalización. Estos planes serán sin quita de los intereses devengados. En todos los casos de convenio de pagos en cuotas, referidos al presente capítulo, el anticipo o cada una de las cuotas no podrán resultar inferiores a la suma de $ 400.- (pesos cuatrocientos. CAPÍTULO IV – DISPOSICIONES GENERALES – ARTÍCULO 11°) Establecese una quita adicional del 10 % (diez por ciento) sobre los intereses devengados al momento dela formalización del acogimiento al presente régimen para todos los contribuyentes que adhieran al mismo hasta el 31 de julio de 2017. ARTÍCULO 12°) Los Planes de hasta 6 (seis) cuotas no devengarán interés de financiación. Para planes que excedan la cantidad de 6 (seis) cuotas, se fija una tasa de interés de financiación del 1.90 % (uno con noventa por ciento) mensual sobre saldo. ARTÍCULO 13°) Los anticipos que en cada caso se establecen deberán ser cancelados al momento de la formalización de los respectivos convenios de pago. ARTÍCULO 14°) El Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá la caducidad de los convenios formalizados en los términos de la presente, con la perdida de sus beneficios, cuando exista acumulación de 3 (tres) cuotas consecutivas o alternadas impagas a su vencimiento o más de 60 (sesenta) días corridos de atraso en el pago de una cuota. La caducidad operará de pleno derecho sin necesidad de declaración taxativa alguna, y concede al Departamento Ejecutivo Municipal, el derecho al reclamo de la totalidad de la deuda con más los accesorios correspondientes por vía de apremio. Las cuotas abonadas fuera de término que no impliquen la caducidad del convenio de pagos, devengarán los accesorios que correspondan según las disposiciones vigentes. ARTÍCULO 15°) El acogimiento a los beneficios del presente régimen, implicará la aceptación y reconocimiento total de las condiciones por parte de los contribuyentes e interrumpe la prescripción en todos los aspect6os y no enerva ni limita las facultades fiscales de verificación de la Municipalidad, conservando la totalidad de atributos de aplicación de sanciones que conceden las disposiciones vigentes. ARTÍCULO 16°) El acogimiento a los beneficios de la presente Ordenanza, por parte de los titulares de locales y/o instalaciones que a la fecha de promulgación de la presente no cuenten con la correspondiente habilitación municipal de los mismos, sólo tiene alcance exclusivo en los aspectos tributarios por el ejercicio de sus actividades gravadas, sujetas a las normativas fiscales vigentes, no implicando habilitación formal, la que estará además sujeta a la regularización de todos los aspectos aplicables a tal efecto. ARTÍCULO 17°) Para el caso de regularizarse deudas en concepto de Derecho de Registro e Inspección, será requisito ineludible que el contribuyente tenga presentadas todas sus declaraciones juradas mensuales determinativas del gravamen vencidas a la fecha de adhesión al presente régimen. ARTÍCULO 18°) En caso de incluirse deudas en el presente plan de regularización que se encuentren en proceso de discusión y/o ejecución judicial, el contribuyente deberá presentar previo a la adhesión, en caso de corresponder:1.Nota firmada donde se hace constar que se allana y/o desiste de toda acción y derecho, por los conceptos y montos por los que formula el acogimiento y que se hace cargo de las costas y costos del juicio. 2.Recibo cancelatorio de honorarios y costas. Para los casos de deudas en gestión judicial, se establece que la primera cuota de los planes que se formalicen tendrá vencimiento dentro de los 20 (veinte) días de su suscripción.”

Luego de un intercambio de opiniones, se aprueba sobre tablas.

 

PUNTO 5) Finalmente se da tratamiento al proyecto de ordenanza presentado por el Bloque del PJ. El Pte. hace un pedido especial, ya que no da el quórum, para tratar sobre tablas este tema. Comenta que mantuvieron una reunión con la gente del barrio Nuevo que solicitaron la obra, se encuentran domiciliados en las calles Luis Lazzari, entre Av. Italia y Av. Maipú, calle Suipacha entre Luis Lazzari y Jorge Baurle, calle Juan José Paso entre Luis Lazzari y Jorge Baurle, calle Pellegrini entre Luis Lazzari y Jorge Baurle, Av. Maipú entre Luis Lazzari y Jorge Baurle y Pasaje Perletti. La obra es cordón cuneta, ripio e iluminación. El costo de los materiales, tres o cuatro columnas por cuadra, más el cordón cuneta, más el ripio hace un total de mil pesos, sin la mano de obra. Son 1900 metros lineales. Se hace un plan de pagos de hasta veinticuatro cuotas.

Se evalúa el porcentaje de los intereses a aplicar según el plan de pago.

El Pte. dice que se puede optar de la una hasta la veinticuatro en la cantidad de cuotas que quiera. Hay gente que quiere pagar en dos cuotas. O hace una entrega y hace un plan de tres cuotas. En el plan de las 150 habíamos puesto el 30 % del monto de obra pagado por adelantado, para tener para los materiales y llegaron sólo al 12 %, pero se empezó igual la obra, aquí les pusimos el 20% que también nos dicen que con eso se puede arrancar. Sería un 20 % no por cada uno sino del total de la obra.

El C. Weder dice que el tema es que mucha gente piensa que hasta que no arranque la obra, no pondrá el dinero.

El C. Balzarini dice que eso significaría, que por cada frentista tipo son unos dos mil pesos por cada uno.

El Pte. dice que a la tercera o cuarta cuota arranca la obra.

El C. Maletti pregunta por los vecinos de la  calle Baurle, que no se hizo ordenanza.

El Pte. dice que de eso hay que hacer una ordenanza. Los de calle Baurle están esperando que le enviemos la deuda.

El C. Maletti dice que hay que hacer la misma ordenanza.

El Pte. dice que no es la misma.  Estuve hablando con el área legal, porque me parece que hay que buscarle una vuelta a todas las calles que se hicieron y todavía no se han cobrado. No para cobrarles algo excesivo sino para ser equitativos con los demás vecinos que han pagado y están al día.

El C. Maletti dice que se cansaron de decirles que se hicieran esas ordenanzas.

El C. Balzarini dice que le sorprende gratamente el cambio de criterio del oficialismo.

El Pte. dice que no es cambio de criterio. Lo que digo es que regularicemos sin complicarle la vida a la gente.

El C. Balzarini dice que el que se va a tener que complicar la vida es el municipio para poder explicarlo a los vecinos. Porque como usted bien dijo recién se han cometido errores…

El Pte. dice que no, hay gente que les está pidiendo que se les cobre la obra.

El C. Maletti dice que sí, pero no lo piden todos.

El Pte. dice que hay vecinos de calle Jorge Baurle y otras calles a las que se les hizo la obra y nos están diciendo cuándo les llega la cuota para pagar. El inconveniente en esos casos es que no hay un libro de oposición, y la obra se hizo. Y también hay muchos casos que no se va a poder cobrar la obra, porque está prohibido por ley, cobrarlo.

El C. Balzarini dice, no se hizo ordenanza, no se abrió libro de oposición, el origen de la plata no tiene nada que ver la forma en que la utilice.

El Pte. dice que en parte sí, en parte no.

El C. Balzarini dice que técnicamente y legalmente no.

El Pte. dice que la ordenanza de obras menores, viene con una obligatoriedad de no cobrar por contribución de mejoras si vos recibís el ciento por ciento del monto para obras menores. Entonces van a estar los vecinos de Central, del Primera Junta y es una obra gratis, entonces no se la puede cobrar. Esas son las excepciones que tenemos. Y que me digan que es inequitativo, y sí, lo es.

El C. Balzarini dice que él no haría esa obra con fondos de obras menores, para no generar esa inequidad.

El C. Weder dice que son obras necesarias, para un club, para un montón de otras cosas.

El C. Balzarini le dice que entonces vaya a explicarla él. A mi apoyo no lo tenés.

El Pte. dice que en la escuela Enet, en la entrada al club central, son obras que hay que hacerlas.

El C. Maletti dice que está bien, esas son excepciones. Un club o una escuela, sí.

El C. Weder dice y que los vecinos que están ahí, están beneficiados por la obra, porque entran en la excepción.

El Pte. dice que de regularizar, lo único que se podrá regularizar es la Jorge Baurle. Porque en las otras, están las ordenanzas, está la de calle Córdoba…

El C. Maletti dice que sí, pero han hecho mucho zafarrancho con todas esas obras. Porque hicieron ordenanzas de una forma y en otra obra lo hicieron de otra. Por ejemplo, la de calle Córdoba era conjuntamente con las calles que unían la avenida Belgrano, y salieron a hacer para otro lado, cuando ya tendrían que tener terminada la obra por la calle Córdoba.

El Pte. dice que esa obra hoy por hoy se está haciendo con recursos propios, porque desde el nuevo gobierno, no se pagó más.

El C. Maletti dice que es una ordenanza del año 2013.

El Pte. dice que sí, eso se iba abonando y certificado obra hasta 2015.

El C. Maletti dice que lo hicieron distinto a lo que estaba estipulado, por eso estoy diciendo que arrancaron mal con esa obra.

El Pte. dice que hoy por hoy el municipio lo hace  con recursos propios.

El C. Maletti dice que sí, porque hicieron cosas que no tenían que hacer!

El C. Balzarini dice que seguramente los fondos que tenía que tener para hacer esa obra en su momento, los usó para hacer otra cosa.

El Pte, dice, yo digo que los fondos se utilizaron hasta lo que se comprometió utilizar. Si a vos te dan una obra por el sesenta por ciento y tenés la obra hecha hasta un sesenta por ciento, y no llegan más fondos tenés que terminar la obra, porque hay una ordenanza que dice que se tiene que terminar. Es decir que se hizo más.

El C. Maletti dice que no se hizo más, se hizo distinto.

El Pte. dice que, se hizo más con la misma plata y aún falta que lleguen fondos para terminar l que faltaba hacer, y lo está haciendo la municipalidad con recursos propios. Al igual que las viviendas detrás de la EPE, que se están haciendo con recursos propios, porque no llegaron más los fondos.

El C. Maletti dice, nosotros siempre les dijimos que tenían que cobrar la obra.

 

El Pte. se terminan las obras con recursos propios porque son convenios que quedaron truncos desde la gestión nueva.

El C. Balzarini dice que quedaron truncos porque no se fue prolijo en el manejo de los fondos.

El Pte. dice que no, porque el gobierno nuevo no pagó nada de lo que quedó pendiente del gobierno anterior. Nada! nada de nada! sí vinieron a constatar y verificar que lo que se mandó se haya hecho.

El C. Maletti cambia de tema, y dice de ir por partes para analizar la ordenanza. Se pone una tasa de interés del 1.2, hasta 24 cuotas. Se continúa con la lectura del proyecto.

Finalizada su lectura, el C. Balzarini dice que le gustaría escuchar a los vecinos, qué opinan sobre la obra. Y otra cuestión es que de su parte, no está de acuerdo en que se sigan haciendo obras, sin que antes venga al Concejo el Secretario de Obras Públicas y presente los planos de su plan de desagües. Y está claro que se lo viene olvidando, porque cuando menciona todo lo que va a hacer, habla de cordón, de arena, de iluminación y en ningún momento habla de desagües. Y ese es un problema que se viene repitiendo en todos los arenados y cordones cunetas que se hicieron. No hay boca de tormenta, no hay tubería, no hay nada. Y por supuesto, eso genera encharcamiento porque el agua no tiene por dónde salir, se junta en las esquinas, generando problemas. Porque el sentido del arenado es impermeabilizar, para que no se haga barro. La razón de ser es que cuando llueva yo pueda salir. Si impermeabilizo, el agua tiene que ir por el cordón cuneta, por eso se llama así, porque hace las veces de desague. Pero adónde  desagua?

El C. Weder dice que tiene la pendiente de la calle.

El C. Balzarini pregunta, cuál es la pendiente? En la calle Hernandarias, atrás del supermercado el Aguila, el agua va en forma empinada terminando frente a algunas casas donde el cordón es mucho más alto que el nivel de la vivienda.

El C. Weder dice que un ingeniero estuvo midiendo.

El C. Balzarini dice que entonces vaya a la escuela otra vez.

El C. Maletti dice que puede ser que el nivel esté bien tomado, el problema es que llega la obra hasta un sitio donde está 30 cm más bajo, y allí queda el agua estancada.

Se da lectura al proyecto y luego de un intercambio de opiniones, se resuelve dejar en estudio, ya que no se aprueba el tratamiento sobre tablas.

El C. Balzarini dice que no es que estemos en desacuerdo con el proyecto, al contrario, nos parece bueno.

El C. Maletti dice que tiene que tener un proyecto de obra, es así?

El Pte. le responde que sí,

El C. Maletti pregunta si está presentado ante los vecinos?

El Pte. responde que sí.

El C. Maletti dice, vamos a garantizarle al vecino una obra que se haga bien, y que el secretario de obras públicas venga al Concejo, nos explique cómo va a hacer la obra. Es una obra que tiene un principio…

El Pte. dice que esta ordenanza no se trata sobre tablas por lo tanto no puedo entrar a definir cuestiones. Sí estoy de acuerdo con citar a los vecinos.

El C. Maletti dice que más que a los vecinos…

El Pte. dice que no vamos a encontrar nada nuevo con el secretario de obras públicas que vendrá a decirnos cómo hace una obra de cordón cuneta, no sé qué quieren que venga a decir, que el ingeniero medirá…no sé qué explicación podremos entender nosotros, que amerite que yo lo evalúe al SOP o al ingeniero encargado de la obra.

El C. Maletti dice que está bien. Nosotros queríamos dejar asentada nuestra postura.

El C. Uberti dice que sí, quedó clara.

El C. Balzarini dice que otra cuestión es que últimamente no hemos venido tratando ordenanzas sobre tablas.

El C. Maletti dice que menos de una ordenanza de obra.

El Pte. dice que está bien, por eso hizo el pedido. Se está yendo por los pasos legales.

El C. Maletti dice que se han aprobado ordenanzas de forma rápida, y hoy vemos las dificultades también. Entonces para garantizar una obra, donde el municipio tiene que hacer un desembolso, y le tiene que cobrar al contribuyente, tomémonos una semana más.

 

No siendo para más, se da por finalizada la sesión, siendo las 21.30 horas.-

 

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