{"id":1497,"date":"2013-03-28T16:24:32","date_gmt":"2013-03-28T19:24:32","guid":{"rendered":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=1497"},"modified":"2013-03-28T16:24:32","modified_gmt":"2013-03-28T19:24:32","slug":"ordenanza-no-12302010","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=1497","title":{"rendered":"ORDENANZA N\u00ba 1230\/2010"},"content":{"rendered":"<p>CERES, 26 de octubre de 2010.-<br \/>\nVISTO:<br \/>\n           La traza de la calle Juan de Garay, de acuerdo al Plan Regulador vigente en nuestra ciudad, y<br \/>\nCONSIDERANDO:<br \/>\n          Que en el tramo comprendido ente las calle Lamadrid y Larrea, s\u00f3lo se encuentra abierto desde calle Lamadrid hasta los cincuenta metros, los cincuenta metros restantes, se encuentran cerrados, debido a que son de propiedad privada.-<br \/>\n          Que el lote identificado seg\u00fan nomenclatura catastral como Parcela 00001 de la Manzana N\u00ba 313 Secci\u00f3n 1\u00ba de Ceres, P.I.I. N\u00ba 07-01-00-033898\/0000, cuyas medidas son 10 (diez) metros de frente sobre calle Larrea por 50 (cincuenta) metros de fondo hacia calle Lamadrid, con una superficie total de 500 (quinientos) metros cuadrados, afectando gran parte de la calle Juan de Garay.-<br \/>\n          Que resulta imperiosa la apertura de la calle Juan de Garay en ese tramo, habida cuenta que de persistir esta situaci\u00f3n y si los propietarios producen el correspondiente cerramiento de la propiedad, afectar\u00e1n a vecinos que tienen salida directa a la referida calle, y porque dicha calle resulta ser una conexi\u00f3n directa con el resto del barrio.<br \/>\n         Que en forma inmediata, y a los efectos de encontrar una soluci\u00f3n para los afectados y no considerar a\u00fan la posibilidad de una expropiaci\u00f3n, es intenci\u00f3n de este concejo, llevar adelante una negociaci\u00f3n con el propietario y\/o sus herederos.-<br \/>\n        Que el Municipio, cuenta con lotes disponibles en algunos sectores de la ciudad, los que podr\u00edan ser canjeados con el propietario y\/o herederos sucesores del lote identificado anteriormente.-<br \/>\n          Que de llegar a un acuerdo que no perjudique al propietario particular y\/o sucesores herederos, y al Municipio, sin dudas ser\u00e1 la soluci\u00f3n para los vecinos frentistas a la calle Juan de Garay y que mientras persista la posibilidad de un acuerdo es conveniente prohibir todo tipo de autorizaci\u00f3n para construir y\/o refaccionar el inmueble existente en  lote en cuesti\u00f3n.-<br \/>\n         Que resulta conveniente autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal para que lleve adelante las gestiones con el propietario y\/o herederos sucesores del inmueble.-<br \/>\nPOR LO QUE:<br \/>\n                       EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPLA DE CERES, conforme a las facultades que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:<br \/>\nO R D E N A N Z A<br \/>\nARTICULO 1\u00ba) Proh\u00edbase todo tipo de permiso para construcci\u00f3n y\/o refacci\u00f3n que se solicite para el inmueble existente en el lote identificado catastralmente como: Parcela 00001, Manzana N\u00ba 313, Secci\u00f3n 1\u00ba, P.I.I. N\u00ba 07-01-00-033898\/0000 de Ceres; como as\u00ed tambi\u00e9n al propietario y\/o herederos sucesores, de llevar adelante cualquier tipo de construcci\u00f3n y\/o refacci\u00f3n del inmueble existente sin autorizaci\u00f3n, so pena de aplicar sanciones de paralizaci\u00f3n de obra y\/o la que correspondiere.-<br \/>\nART\u00cdCULO 2\u00ba) Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal, a iniciar con el propietario y\/o herederos sucesores del mismo, una negociaci\u00f3n con el fin de llegar a un acuerdo ofreciendo en canje del inmueble descripto, hasta la cantidad de tres lotes de propiedad municipal, los que ser\u00e1n transferidos  sin costo para quien el propietario y\/o herederos sucesores ordenen, contra la transferencia a favor de la Municipalidad de Ceres del inmueble mencionado, para ser afectado a calle p\u00fablica.-<br \/>\nARTICULO 3\u00ba) A los fines de la autorizaci\u00f3n establecida en el art\u00edculo 2\u00ba de la presente, f\u00ecjase un plazo de ciento veinte (120) d\u00edas para dichas tratativas, bajo apercibimientos de que de no lograrse un acuerdo con los propietarios o herederos del inmueble mencionado en el art\u00edculo 1\u00ba, se proceder\u00e1 a iniciar los pertinentes tr\u00e1mites expropiatorios del mismo.<br \/>\nARTICULO 4\u00ba) El\u00e9vese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comun\u00edquese, publ\u00edquese y oportunamente arch\u00edvese.<br \/>\n\tDada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los veintis\u00e9is d\u00edas del mes de octubre de dos mil diez.-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>CERES, 26 de octubre de 2010.- VISTO: La traza de la calle Juan de Garay, de acuerdo al Plan Regulador vigente en nuestra ciudad, y CONSIDERANDO: Que en el tramo comprendido ente las calle Lamadrid y Larrea, s\u00f3lo se encuentra abierto desde calle Lamadrid hasta los cincuenta metros, los cincuenta metros restantes, se encuentran cerrados, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":123,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[28],"tags":[],"class_list":["post-1497","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ordenanzas"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1497","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=1497"}],"version-history":[{"count":0,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1497\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/123"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=1497"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=1497"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=1497"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}