{"id":1554,"date":"2013-03-29T22:32:00","date_gmt":"2013-03-30T01:32:00","guid":{"rendered":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=1554"},"modified":"2013-03-29T22:32:00","modified_gmt":"2013-03-30T01:32:00","slug":"ordenanza-no-12602011","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=1554","title":{"rendered":"ORDENANZA N\u00ba 1260\/2011"},"content":{"rendered":"<p>CERES,  14 de setiembre de 2011.-<br \/>\n  VISTO:<br \/>\n           Las gestiones realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal en el ENOHSA (Ente Nacional de Obras H\u00eddricas de Saneamiento), tendientes a lograr la ampliaci\u00f3n de la red de desag\u00fces cloacales de los Barrios Las Am\u00e9ricas y uni\u00f3n, y<br \/>\n CONSIDERANDO:<br \/>\n           Que dichas gestiones han concluido con el llamado a licitaci\u00f3n para la concreci\u00f3n de dicha obra cuya apertura de sobres se produjo el d\u00eda 23\/12\/2010, con un presupuesto oficial de $ 2.523.639,88 (pesos dos millones quinientos veintitr\u00e9s mil seiscientos treinta y nueve con ochenta y ocho centavos).-<br \/>\n           Que dicha obra, una vez concluida, ser\u00e1 transferida a la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda. para ser conectada  a la red ya existente, quedando la explotaci\u00f3n del servicio y el derecho de conexi\u00f3n a cargo de dicha entidad por ser esta la concesionaria de acuerdo lo normado en Ordenanza N\u00ba 765\/99.-<br \/>\n          Que dicha obra es decisi\u00f3n de esta administraci\u00f3n municipal concretarla a trav\u00e9s del sistema de contribuci\u00f3n de mejoras, a los efectos de  mantener una igualdad de condiciones entre los vecinos afectados, con quienes est\u00e1n pagando a\u00fan la primera etapa.-<br \/>\n           Que la licitaci\u00f3n de la mencionada obra, es el costo de la red con sus obras complementarias hasta la conexi\u00f3n de la red existente, com\u00fan a todos los usuarios, la que deber\u00e1 ser pagada en la proporci\u00f3n correspondiente por los afectados que se vayan incorporando.-<br \/>\n           Que por lo tanto, los frentistas afectados a dicha obra, deber\u00e1n pagar a la Municipalidad, la contribuci\u00f3n correspondiente a la obra licitada y a la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda., la proporci\u00f3n que corresponde a la red existente, com\u00fan a todos los usuarios.-<br \/>\n           Que atento al costo de la misma, en el caso de la obra licitada, se deber\u00e1 prever un plazo adecuado para los frentistas afectados.-<br \/>\nPOR LO QUE:<br \/>\n                        El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:<br \/>\nO R D E N A N Z A<br \/>\nARTICULO 1\u00ba) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, a la realizaci\u00f3n de la obra p\u00fablica de construcci\u00f3n de la red de cloacas en los Barrios Las Am\u00e9ricas y uni\u00f3n, a cuyo fin declarase la misma de utilidad p\u00fablica y obligatoria para los vecinos, llev\u00e1ndose a cabo la misma, bajo el r\u00e9gimen de contribuci\u00f3n de mejoras.-<br \/>\nARTICULO 2\u00ba) La obra deber\u00e1 ser abonada por los vecinos beneficiados aunque no hicieran las conexiones correspondientes, de acuerdo a las siguientes alternativas:<br \/>\na)     PAGO CONTADO: Es el pago que el contribuyente realice en efectivo y\/o cheque corriente a favor de la Municipalidad, dentro de los 30 (treinta) d\u00edas de notificados de la finalizaci\u00f3n de  la obra y el precio ser\u00e1 el que surja de la divisi\u00f3n del costo final de obra por los frentistas afectados. Y podr\u00e1 efectuarse hasta en doce cuotas con el 1% (uno por ciento) mensual.<br \/>\nb)    PAGO EN VEINTICUATRO CUOTAS: Es el pago que el contribuyente realice en 24 (veinticuatro) cuotas mensuales iguales y consecutivas y el precio ser\u00e1 el costo final de la obra con m\u00e1s un 1 % (uno por ciento) de inter\u00e9s anual directo.-<br \/>\nc)    SESENTA CUOTAS  con un 1.25 %<br \/>\nd)   CIENTO VEINTE CUOTAS con un 1.50 %<br \/>\ne)    DOSCIENTOS CUARENTA CUOTAS con un 2 %<br \/>\nf) Para los usuarios que posean una sola unidad catastral y cuyo grupo familiar no supere el monto estipulado para el valor de un sueldo m\u00ednimo vital y m\u00f3vil y que manifiesten no poder comprometerse al pago de las cuotas establecidas, previa declaraci\u00f3n jurada, sin perjuicio del informe socioecon\u00f3mico que produzca el municipio, se obrar\u00e1 de acuerdo a lo normado en el Art\u00edculo 4\u00ba \u201cAlternativa C\u201d de la Ordenanza N\u00ba 765\/99.-<br \/>\nARTICULO 3\u00ba) Se autoriza a la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda., al cobro proporcional de la obra com\u00fan existente y el derecho de conexi\u00f3n, de acuerdo al cuadro tarifario vigente y en la modalidad que esta lo crea conveniente, a partir del momento de recibir la obra y estar en condiciones de prestar el servicio. Hasta en 30 cuotas con una tasa del 1 % mensual.<br \/>\nARTICULO 4\u00aa) Se autoriza la apertura del Libro de Oposici\u00f3n, por el t\u00e9rmino de 10 (diez) d\u00edas en la fecha que fije el Departamento Ejecutivo Municipal, en vista del inter\u00e9s manifestado por los vecinos.-<br \/>\nARTICULO 5\u00ba) La Municipalidad efectuar\u00e1 la liquidaci\u00f3n al contribuyente del d\u00eda de inicio de pago o importe de la cuota de la siguiente forma:<br \/>\n1.   La liquidaci\u00f3n ser\u00e1 entregada al propietario de cada una de las parcelas beneficiadas por la obra y con constancia de notificaci\u00f3n o imposibilidad de ella.-<br \/>\n2.   Mediante publicaci\u00f3n period\u00edstica, por tres d\u00edas consecutivos en radios, peri\u00f3dicos locales, indicando la fecha en que comenzar\u00e1 a regir la obligaci\u00f3n de pago.-<br \/>\nLos propietarios que no hubieran recibido la liquidaci\u00f3n a que se refiere el inciso 1, ser\u00e1 obligatorio que concurran a la Municipalidad para su verificaci\u00f3n.- El incumplimiento de esta gesti\u00f3n no lo exime de la obligaci\u00f3n pendiente, y a tales efectos es v\u00e1lida la publicaci\u00f3n period\u00edstica de car\u00e1cter general.-<br \/>\nARTICULO 6\u00ba) Las cuotas que no se abonen en t\u00e9rmino deber\u00e1n ser pagadas con un recargo mensual en concepto de inter\u00e9s punitorio, que ser\u00e1 igual al 1% (uno por ciento) mensual directo sobre la cuota.- La mora en el pago de tres cuotas consecutivas o cinco alternadas, har\u00e1 exigible el  pago \u00edntegro del pago deudor como pago de contado, en virtud de que su contribuci\u00f3n es un porcentaje total de la obra.- De no darse cumplimiento en tiempo y forma del pago correspondiente, se estipula un plazo de 15 (quince) d\u00edas, a los efectos de que la Municipalidad proceda a realizar el reclamo administrativo correspondiente; y 15 (quince) d\u00edas m\u00e1s, para proceder a exigir el cobro por v\u00eda judicial correspondiente.-<br \/>\nProducida la mora y vencido los t\u00e9rminos legales que se acuerden, la Municipalidad apelar\u00e1 al cobro por v\u00eda de apremio, practic\u00e1ndose al respecto una liquidaci\u00f3n especial que firmar\u00e1 el Secretario de Hacienda de la Municipalidad y debidamente visada por el Intendente Municipal, la cual tendr\u00e1 car\u00e1cter de definitiva y se seguir\u00e1 el tr\u00e1mite de apremio establecido por la Ley 5066.-<br \/>\nARTICULO 7\u00ba) A los contribuyentes afectados por la contribuci\u00f3n de mejoras estipulado en la presente, que soliciten \u201cCERTIFICADOS DE LIBRE DEUDAS\u201d, mientras subsista el per\u00edodo de pago elegido por el afectado, de acuerdo a las posibilidades normadas en el art\u00edculo 2\u00ba, inc. a), b), c), d), e), y f) les ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n la Ordenanza N\u00ba 431 de fecha siete de julio de mil novecientos ochenta y nueve.-<br \/>\nARTICULO 8\u00ba) Los montos de ingresos y egresos ser\u00e1 imputados al Presupuesto 2011, en un rubro especial a denominarse \u201cOBRA PUBLICA ORD. N\u00ba 1260\/11.\u201d<br \/>\nARTICULO 9\u00ba) Para todos los casos no previstos en la presente ordenanza, deber\u00e1n remitirse a este honorable Concejo Municipal a los efectos de evaluaci\u00f3n y definici\u00f3n.-<br \/>\nARTICULO 10\u00ba) El\u00e9vese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comun\u00edquese, publ\u00edquese y oportunamente arch\u00edvese.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>CERES, 14 de setiembre de 2011.- VISTO: Las gestiones realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal en el ENOHSA (Ente Nacional de Obras H\u00eddricas de Saneamiento), tendientes a lograr la ampliaci\u00f3n de la red de desag\u00fces cloacales de los Barrios Las Am\u00e9ricas y uni\u00f3n, y CONSIDERANDO: Que dichas gestiones han concluido con el llamado a licitaci\u00f3n [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":123,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[28],"tags":[],"class_list":["post-1554","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ordenanzas"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1554","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=1554"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1554\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1555,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1554\/revisions\/1555"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/123"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=1554"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=1554"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=1554"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}