{"id":2951,"date":"2017-10-13T14:44:39","date_gmt":"2017-10-13T17:44:39","guid":{"rendered":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=2951"},"modified":"2017-10-16T08:37:55","modified_gmt":"2017-10-16T11:37:55","slug":"acta-numero-1240-rec-5-a-8","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=2951","title":{"rendered":"ACTA N\u00daMERO 1240 rec 5 a 8"},"content":{"rendered":"<p><u>ACTA N\u00daMERO 1240 rec 5 a 8<\/u><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, a los quince d\u00edas \u00a0del mes de junio de dos mil diecisiete, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo, encontr\u00e1ndose ausente con aviso, la concejal Luisina Giovannini, y dem\u00e1s concejales presentes. Siendo las doce horas, el concejal Dr. Juan Mansilla, asume la Presidencia del Cuerpo declarando abierta la sesi\u00f3n, procedi\u00e9ndose al tratamiento de los temas establecidos en el Orden del D\u00eda:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Lectura del acta anterior.<\/li>\n<li>Correspondencia recibida.<\/li>\n<li>Proyecto de ordenanza cord\u00f3n cuneta.<\/li>\n<li>Proyecto ordenanza DEM.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>PUNTO 1) Se da lectura al acta de la sesi\u00f3n anterior, la que es aprobada sin observaciones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>PUNTO 2) A continuaci\u00f3n se da lectura a la correspondencia recibida.<\/p>\n<ul>\n<li>Invitaci\u00f3n Dr. Antonio Bonfatti, disertara sobre ley de salud p\u00fablica, el pr\u00f3ximo lunes 19 del corriente mes, en el Club de los Abuelos, a las 14.30 hs.<\/li>\n<li>Escuela 6124 invita al acto del d\u00eda de la bandera a realizarse el d\u00eda 21 de junio a las 15 horas.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>PUNTO 3) Proyecto de ordenanza sobre cord\u00f3n cuneta y ripio en Barrio Nuevo. El Pte. dice que, luego de que fuera tratada en comisi\u00f3n, hay que definir algunas cosas nada m\u00e1s y terminar de definir la ordenanza. El sistema es el mismo a aplicar en el barrio de 150 viviendas. Se corrige la\u00a0 tasa de inter\u00e9s por el 1.2 % mensual de compensatorio, pagando en tiempo y forma. \u00a0El libro de oposici\u00f3n se propone en diez d\u00edas h\u00e1biles.<\/p>\n<p>Luego de un intercambio de opiniones se aprueba y eleva al DEM, quedando la misma de la siguiente manera: <em>\u201cORDENANZA N\u00b0 1475\/2017. VISTO: La solicitud realizada por vecinos de Barrio Nuevo, de realizaci\u00f3n de una obra de cord\u00f3n cuneta; ripio e iluminaci\u00f3n y los efectos negativos e indeseados que producen las cuentas, el barro y la falta de luz por las noches, circunstancias que subsisten a la fecha, y CONSIDERANDO: Que es un proyecto que surge de la iniciativa de los vecinos. Que la obra solicitada, ser\u00eda realizada bajo la modalidad de contribuci\u00f3n de mejoras. Que los vecinos que solicitaron la obra, se encuentran domiciliados en las calles Luis Lazzari, entre Av. Italia y Av. Maip\u00fa, calle Suipacha entre Luis lazzari y Jorge Baurle, calle Juan Jos\u00e9 Paso entre Luis Lazzari y Jorge Baurle, calle Pellegrini entre Luis Lazzari y Jorge Baurle, Av. Maip\u00fa entre Luis Lazzari y Jorge Baurle y Pasaje Perletti. Que en los referidos sectores de la ciudad, existe dificultad en el tr\u00e1nsito de todo tipo de veh\u00edculos, especialmente aquellos afectados a servicios p\u00fablicos, como ser a la salud (ambulancias), seguridad (m\u00f3viles policiales), prestadores de servicios municipales (recolecci\u00f3n de residuos), proveedores, entre otros; como as\u00ed tambi\u00e9n dificulta el trabajo de repaso de las arterias afectadas, dificultando m\u00e1s a\u00fan el mantenimiento diario de cunetas y alcantarillas. Que existe una necesidad manifiesta por parte de los vecinos que solicitan la realizaci\u00f3n de las obras. Que dialogando con los vecinos desde el bloque de concejales PJ en coordinaci\u00f3n con el Departamento Ejecutivo Municipal, en la b\u00fasqueda de soluciones que mejoren la calidad de vida de los ceresinos y de com\u00fan acuerdo con los vecinos, hemos preestablecido la modalidad de ejecuci\u00f3n y pago de la obra. Que resulta oportuno mencionar que la mayor\u00eda de los vecinos que se beneficiar\u00e1n con estos trabajos, les ser\u00eda muy dificultoso acceder a una obra de pavimento, por los costos de la misma, agravado ello con la posibilidad de aumento de los materiales, que importar\u00eda la actualizaci\u00f3n de las respectivas cuotas. Que la materializaci\u00f3n de la obra de cord\u00f3n cuneta, tendr\u00e1 un valor accesible para los frentistas, que s\u00f3lo abonar\u00e1 el costo del material, raz\u00f3n por la cual, se dicta la presente ordenanza de contribuci\u00f3n de mejoras. Que el costo que el Municipio perciba por la obra, ser\u00e1 \u00fanicamente el equivalente al valor de los materiales, estando a cargo del Municipio, la mano de obra. Que el costo del metro lineal de cord\u00f3n cuneta, ripio e iluminaci\u00f3n asciende a la suma de $ 1.000 el metro lineal. Que el costo total de la obra a abonar por los vecinos ascender\u00e1 a $ 1.900.000.- (pesos un mill\u00f3n novecientos mil). Que el monto total se prorrateara entre la totalidad de los vecinos conforme a la cantidad de metros de frente que posea cada contribuyente afectado. Que para el comienzo de la obra, deber\u00e1 estar abonado el 20 % del valor total de obra establecido, entre todos los contribuyentes. Que es necesario establecer un modo de pago de la obra. Que los vecinos solicitaron se establezca en hasta 24 (veinticuatro) cuotas mensuales iguales y consecutivas. Que existen casos de frentistas que no est\u00e1n en condiciones de afrontar\u00a0 el costo de la obra; en tal caso, el Municipio podr\u00e1 establecer un plan de pagos especial, a definir con la Secretar\u00eda de Hacienda Municipal, previo informe socio econ\u00f3mico. ART\u00cdCULO 1\u00b0) Disp\u00f3ngase la obra de construcci\u00f3n de cord\u00f3n cuneta, ripio e iluminaci\u00f3n. Dicha obra ser\u00e1 ejecutada totalmente por administraci\u00f3n municipal. ART\u00cdCULO 2\u00b0) Las obras se ejecutar\u00e1n en calles: las calles Luis Lazzari, entre Av. Italia y Av. Maip\u00fa, calle Suipacha entre Luis Lazzari y Jorge Baurle, calle Juan Jos\u00e9 Paso entre Luis Lazzari y Jorge Baurle, calle Pellegrini entre Luis Lazzari y Jorge Baurle, Av. Maip\u00fa entre Luis Lazzari y Jorge Baurle y Pasaje Perletti. ART\u00cdCULO 3\u00b0) El monto al que asciende la obra de cord\u00f3n cuneta, ser\u00e1 pagado obligatoriamente por los propietarios frentistas de los inmuebles que se encuentran en la zona beneficiada por dicha obra, a determinar seg\u00fan la cantidad de metros lineales de frente, a raz{on de $ 1.000 el metro lineal de obra. Dicho monto est\u00e1 compuesto \u00fanicamente por el costo total de los materiales a utilizar, excluy\u00e9ndose el costo de la mano de obra. ART\u00cdCULO 4\u00b0) El monto total de la obra por frentista, surge de prorratear entre los propietarios de los inmuebles con frente directo a la obra a construirse, los metros lineales de cord\u00f3n cuneta y ripio a construir frente a cada domicilio, con m\u00e1s la iluminaci\u00f3n y las bocacalles y badenes, lo que importa un total de 1.900 metros lineales. ART\u00cdCULO 5\u00b0) El cobro de la contribuci\u00f3n de mejoras, lo efectuar\u00e1 la Municipalidad de Ceres. El pago del importe de la obra, ser\u00e1 de la siguiente manera: a) PAGO CONTADO: El pago que el contribuyente realice en un solo pago dentro de los 30 (treinta) d\u00edas de notificado, en efectivo y\/o cheque corriente, tendr\u00e1 un descuento del 5%. b) PAGO HASTA EN 24 CUOTAS: El pago que el contribuyente realice hasta en un m\u00e1ximo de 12 (doce) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, en efectivo o cheque corriente, ser\u00e1 equivalente al costo\u00a0 real de la obra, con un inter\u00e9s mensual del 1.2 %, para las operaciones de descuentos de documentos. Para los pagos en cuotas, los vencimientos operar\u00e1n del d\u00eda 01 al d\u00eda 10 de cada mes, comenzando desde el momento de finalizada la publicaci\u00f3n del Libro de Oposici\u00f3n y notificado cada frentista por Departamento Ejecutivo Municipal. El vecino que no opte por un plan de pago en particular, quedar\u00e1 comprendido en el plan de pagos ordinario de 24 (veinticuatro) cuotas, con un inter\u00e9s mensual del 1.2 %. ART\u00cdCULO 6\u00b0) Se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a la apertura del Libro de Oposici\u00f3n. El mismo permanecer\u00e1 abierto por el plazo de 10 (diez) d\u00edas h\u00e1biles, previos al inicio de los trabajos. En \u00e9l se registrar\u00e1n los vecinos que se opongan a la realizaci\u00f3n de la obra. Vencido el plazo, si no se registra la oposici\u00f3n de la mayor\u00eda simple de los frentistas, el Municipio quedar\u00e1 habilitado para ejecutar los trabajos y el total de los vecinos frentistas quedar\u00e1n obligados al pago de la obra. ART\u00cdCULO 7\u00b0) La Municipalidad de Ceres, efectuar\u00e1 la notificaci\u00f3n al contribuyente del d\u00eda de inicio de pago, o importe de la cuota de la siguiente forma: 1. La liquidaci\u00f3n ser\u00e1 entregada al propietario de cada una de las parcelas beneficiadas por la obra y con constancia de notificaci\u00f3n o imposibilidad de ella. 2. Mediante publicaci\u00f3n period\u00edstica, por tres d\u00edas consecutivos en peri\u00f3dicos locales, indicando la fecha en que comenzar\u00e1 a regir la obligaci\u00f3n de pago. Los propietarios que no hubieran recibido la liquidaci\u00f3n a que se refiere el Inciso 1, ser\u00e1 obligatorio que concurra a la Municipalidad de Ceres, para su verificaci\u00f3n. El incumplimiento de esta gesti\u00f3n, no los exime de la obligaci\u00f3n pertinente y a tales efectos, es v\u00e1lida la publicaci\u00f3n period\u00edstica de car\u00e1cter general. ART\u00cdCULO 8\u00b0) Las cuotas que no se abone en t\u00e9rmino, deber\u00e1n ser pagadas con un recargo mensual en concepto de inter\u00e9s punitorio, que ser\u00e1 igual al 2 % (dos por ciento), mensual directo sobre la cuota. La mora en el pago de tres cuotas consecutivas o cinco alternadas, har\u00e1 exigible el pago \u00edntegro del valor adeudado de la obra. De no cumplirse en tiempo y forma el pago correspondiente, se estipula un plazo de 30 (treinta) d\u00edas, a los efectos de que la Municipalidad proceda a realizar el cobro judicial de lo adeudado. Producida la mora, y vencidos los t\u00e9rminos legales que se acuerden, la Municipalidad de Ceres, apelar\u00e1 al cobro por v\u00eda de apremio \u2013Ley 5066-, practic\u00e1ndose al respecto, una liquidaci\u00f3n especial que firmar\u00e1 el Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Ceres, y debidamente visada por el Intendente Municipal de nuestra ciudad. ART\u00cdCULO 9\u00b0) No podr\u00e1 extenderse Libre Deuda sobre el inmueble afectado a la obra, sin que \u00e9sta lo justifique, abonada por boleta o Certificado expedido por la Municipalidad de Ceres.\u201d<\/em><\/p>\n<p>Se eleva al DEM.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>PUNTO 4) Proyecto de ordenanza DEM sobre Fondos de Obras Menores. El Pte. dice que desde el DEM llego un proyecto de ordenanza para llamado a concurso privado de precios y no a licitaci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p>El C. Maletti da lectura a la Ordenanza N\u00b0 1433 en vigencia respecto del tema en cuesti\u00f3n. La misma hace referencia al r\u00e9gimen legal de\u00a0 contrataciones del municipio y establece lo siguiente: <em>Ad\u00f3ptese los siguientes procedimientos de compra, seg\u00fan el siguiente orden:<\/em><\/p>\n<ol start=\"80\">\n<li><em> Hasta la suma de $80.000.- (pesos ochenta mil), compra directa.<\/em><\/li>\n<li><em> Desde la suma de $80.001.- (pesos ochenta mil uno) a $160.000.- (pesos ciento sesenta mil), compra mediante la solicitud de tres Presupuestos.<\/em><\/li>\n<li><em> Desde la suma de $160.001.- (pesos ciento sesenta mil uno) a $320.000.- (pesos trescientos veinte mil), mediante Concurso Privado de Precios.<\/em><\/li>\n<li><em> Por importes superiores a $320.000.- (pesos trescientos veinte mil), mediante Licitaci\u00f3n P\u00fablica.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n<p><em>Se crea en el \u00e1mbito de la Secretar\u00eda de Hacienda y Finanzas, la Junta de Compras, integrada por un representante de la mencionada Secretar\u00eda, un representante de la Secretar\u00eda de Obras y Servicios P\u00fablicos y un representante del Honorable Concejo Municipal.- Esta junta tomara intervenci\u00f3n, cuando las compras superen el importe de $160.001.- (pesos ciento sesenta mil uno) y deber\u00e1 llevar un libro de actas donde se asentara todo lo concerniente al proceso de compra (mediante Concurso Privado de Precios y\/o Licitaci\u00f3n P\u00fablica).- De la respectiva acta, una s\u00edntesis de ella, acompa\u00f1ara los pasos siguientes para la emisi\u00f3n de la respectiva Orden de Compras y\/o cuando corresponda, la firma del respectivo contrato de locaci\u00f3n de servicios. De dicho proceso de compra, se deber\u00e1 presentar informe por escrito de lo que se registra en el acta respectiva, al H. Concejo Municipal.<\/em><\/p>\n<p>Ser\u00eda el tercer punto. El punto c)<\/p>\n<p>El C. Maletti dice que nosotros aprobamos la ordenanza pero hacemos responsable al presidente de este concejo a que se conforme la junta.<\/p>\n<p>El Pte. propone que se designe al representante del concejo que conformar\u00e1 la junta.<\/p>\n<p>Se resuelve designar al presidente del concejo Dr. Juan Mansilla.<\/p>\n<p>El C. Maletti dice que nos debe informar la compra que se haga, a qui\u00e9n y quienes fueron los dem\u00e1s oferentes, como as\u00ed tambi\u00e9n una s\u00edntesis del acta respectiva. Bajo esas condiciones queda aprobada de nuestra parte.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En otro orden de cosas, el concejal Maletti solicita tratamiento de un tema sobre tablas. El mismo tiene que ver con el estacionamiento al frente de la escuela 413. Ya que la ordenanza que est\u00e1 en vigencia est\u00e1 bien hecha, ya que en horas en que los chicos salen de la escuela, no se puede estacionar. Lo que estuvo preguntando es si en calle Juan de Garay existe ordenanza. Porque pusieron carteles y luego los sacaron.<\/p>\n<p>El Pte. dice que no se hizo ordenanza sobre eso, sigue vigente la anterior. El municipio le hizo un play\u00f3n de cemento en la escuela y un camino interno a la escuela para que los chicos salgan sin riesgos sobre la otra calle. Pero este a\u00f1o, la directora no quiso. Quiere que salgan por esta avenida. Por lo tanto sigue estando vigente esta ordenanza.<\/p>\n<p>El C. Maletti sugiere se haga una ordenanza para que, entre las 12.05 y las 12.30 haya un lugar exclusivo para estacionamiento del concejo.<\/p>\n<p>El C. Weder sugiere dejarlo en comisi\u00f3n.<\/p>\n<p>La C. Giovannini dice que quede como est\u00e1, no est\u00e1 de acuerdo en hacer un cambio, es para toda la poblaci\u00f3n as\u00ed.<\/p>\n<p>El Pte. dice que se puede poner un cartel en este sector de la avenida que diga exclusivo H. Concejo Municipal.<\/p>\n<p>Luego de un intercambio de opiniones, se resuelve dejarlo en estudio.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Pte. dice que se est\u00e1 viendo de declarar feriado el 1\u00b0 de Julio, d\u00eda del 125 aniversario de la fundaci\u00f3n de Ceres. Ese d\u00eda habr\u00e1 eventos, fiesta y cae en d\u00eda s\u00e1bado.<\/p>\n<p>El C. Maletti dice que a este tema ya lo pidieron varias veces como feriado. El tema es que en el transcurso del mes de julio est\u00e1n los feriados del 9 de julio, y del 16 de julio d\u00eda de las fiestas patronales. Siempre se plante\u00f3 hacer en el d\u00eda primero, la celebraci\u00f3n de las fiestas patronales. Si cae domingo no hab\u00eda problemas, pero el tema es si cae un d\u00eda de semana, a los comerciantes no les simpatiza mucho.<\/p>\n<p>El Pte. dice que se pide por \u00fanica vez, por los 125 a\u00f1os.<\/p>\n<p>El C. Maletti dice que se puede decretar asueto tambi\u00e9n, y dejarlo a criterio de cada uno.<\/p>\n<p>El C. Balzarini propone unificar los festejos con el d\u00eda 16 de julio.<\/p>\n<p>El Pte. dice que son d\u00edas distintos. Y habr\u00e1 mucha gente que no se sienta identificado religiosamente.<\/p>\n<p>El C. Maletti dice que entiende, y por eso considera que, si es por un evento de celebraci\u00f3n como se hizo con los 200 a\u00f1os de la independencia, lo puntualizamos en un asueto o d\u00eda no laboral, para hacer los festejos, por los 125 a\u00f1os de la fundaci\u00f3n de nuestra ciudad, me parece bien. Pero dejarlo a criterio de aquellos que no quieran cerrar su negocio.<\/p>\n<p>El Pte. dice que si se lo declara como d\u00eda no laborable, a criterio de qui\u00e9n se har\u00e1? Del empleador o del empleado? Porque si es del empleador lo trabaja s\u00ed o s\u00ed aunque se decrete como no laborable. Es mediod\u00eda de trabajo. Sugiere que se d\u00e9 una flexibilidad al comerciante, sino a partir de cierta hora.<\/p>\n<p>Luego de un intercambio de opiniones, se aprueba sobre tablas proponer el d\u00eda 1\u00b0 de julio de 2017, como d\u00eda no laborable a partir de las 13.00 horas, en el marco de los festejos del 125 Aniversario de la ciudad de Ceres, y por \u00fanica vez. Se propuso el tratamiento sobre tablas y se aprueba por unanimidad que as\u00ed sea, se vota la ordenanza y se aprueba por unanimidad.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El C. Maletti, en otro orden de cosas, da lectura a un mensaje recibido desde el nodo, con el nombre de Victoria, quien junto a Carolina, dice el mensaje, trabajamos en pol\u00edtica de g\u00e9nero y queremos recordarles a los municipios y comunas con los que nos contactamos y los que todav\u00eda no lo hicieron, nos manden copia de la ordenanza o resoluci\u00f3n que hicieron para crear el \u00e1rea de la mujer en sus localidades. Suardi, Hersilia, Soledad, Ceres, Humberto Primo, Tostado, San Guillermo. Frontera. San Vicente. San Jorge y Sastre.<\/p>\n<p>La C. Giovannini dice que tiene conocimiento. La que env\u00eda ese mensaje es Mar\u00eda Victoria Wal. Con el trabajo previo que se ha venido desarrollando con la prevenci\u00f3n, las charlas\u2026pero ordenanza no se hizo. Pero se puede hacer.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>No siendo para m\u00e1s, se da por finalizada la sesi\u00f3n, siendo las trece horas treinta minutos.-<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ACTA N\u00daMERO 1240 rec 5 a 8 &nbsp; &nbsp; En Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, a los quince d\u00edas \u00a0del mes de junio de dos mil diecisiete, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del H. 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