{"id":803,"date":"2013-03-25T14:11:25","date_gmt":"2013-03-25T17:11:25","guid":{"rendered":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=803"},"modified":"2013-03-25T14:11:25","modified_gmt":"2013-03-25T17:11:25","slug":"ordenanza-no-91204","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=803","title":{"rendered":"ORDENANZA N\u00ba 912\/04"},"content":{"rendered":"<p>CERES, 28 de octubre de 2004.-<\/p>\n<p>VISTO.<\/p>\n<p>\tLos planes de viviendas implementados por la Direcci\u00f3n Provincial de Vivienda y Urbanismo de la provincia de Santa Fe, a trav\u00e9s del Plan Federal, y la urgente necesidad de contar con nuevas unidades habitacionales en el Municipio, y<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>\t\t\tQue Ceres cuenta con d\u00e9ficit habitacional de significativa consideraci\u00f3n.<br \/>\n\t\t\tQue a los fines de la concreci\u00f3n de planes de viviendas, la Direcci\u00f3n Provincial de Vivienda  Y Urbanismo necesita disponer de terrenos aptos para el desarrollo de las obras.<br \/>\n\t\t\tQue el art\u00edculo 5 de la Ley 2756 prev\u00e9 expresamente que si la provincia necesitare utilizar un terreno bald\u00edo para obra de utilidad p\u00fablica, la Municipalidad deber\u00e1 cederlo gratuitamente, siempre que no est\u00e9 afectado con anterioridad a otra obra municipal.<br \/>\n\t\t\tQue el art\u00edculo 39, inciso 51, de la referida norma legal indica como un deber del Honorable Concejo Municipal el fomentar la vivienda popular.<br \/>\n\t\t\tQue es de destacar tambi\u00e9n la funci\u00f3n re activadora en el Comercio y mercado laboral local, de la implementaci\u00f3n de planes de viviendas.<br \/>\n\t\t\tQue ante el cupo otorgado de 150 viviendas a construir, la Municipalidad  ha adquirido un inmueble bald\u00edo para destinarlo a ese \u00fanico fin.<br \/>\n\t\t\tQue entre ellos cabe mencionar, por su ubicaci\u00f3n y medidas los inmuebles que seguidamente se describen:<br \/>\n1.\tUna fracci\u00f3n de terreno formada por parte de la Quinta N\u00ba 12, Secci\u00f3n II de la ciudad de Ceres, Departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, que de acuerdo al Plano de Mensura confeccionado por el Ing. Civil Don Julio C\u00e9sar Meielman, inscripto en el Departamento Topogr\u00e1fico bajo el N\u00ba 71355, que cita su titulo, siendo de forma irregular, mide doscientos cuarenta y un metros cincuenta y cinco cent\u00edmetros en el costado SE, doscientos cuarenta metros en el costado SO, trescientos treinta y cinco metros veinte cent\u00edmetros en la l\u00ednea oblicua del costado N, y cuarenta y siete metros doce cent\u00edmetros en el lado NE, lo que hace una  superficie total de tres hect\u00e1reas sesenta y ocho \u00e1reas setenta y seis centi\u00e1reas y nueve dec\u00edmetros cuadrados, empadronada para el pago del Impuesto Inmobiliario bajo el N\u00ba 07-01-00-033598\/0002-8;<br \/>\n2.\tUna fracci\u00f3n de terreno denominada Quinta N\u00ba 11 de la Secci\u00f3n II de la ciudad de Ceres, Departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, que de acuerdo al Plano de Mensura confeccionado por el Ing. Civil Don Roberto Julio C\u00e9sar Ruffino, inscripto en el Departamento Topogr\u00e1fico bajo el N\u00ba 46802, dicho inmueble mide trescientos tres metros treinta y tres cent\u00edmetros en sus costados N y S por ciento veinte metros en sus costados E y O, encerrando una superficie de tres hect\u00e1reas sesenta y tres \u00e1reas noventa y nueve centi\u00e1reas y noventa dec\u00edmetros cuadrados. Empadronado para el pago del Impuesto Inmobiliario bajo el N\u00ba 07-01-00-033597\/0000-1.<br \/>\nLas mencionadas Quintas son linderas entre s\u00ed y se encuentran lindando al SO con la Avenida Jujuy, al N con el Boulevard Pueyrred\u00f3n, al NE con calle Jorge Baurle y al S con la Quinta N\u00ba 9, propiedad de \u00e9ste Municipio seg\u00fan Boleto de compra-venta de fecha 22 de octubre de 2004 por la cual le otorga posesi\u00f3n y a su vez compromiso de escrituraci\u00f3n dentro de los setenta y cinco (75) d\u00edas.<br \/>\n\t\tQue es objetivo de este Gobierno la realizaci\u00f3n de planes que permitan acceder a una vivienda digna.<\/p>\n<p>POR LO QUE:<\/p>\n<p>\t\tEL Honorable Concejo Municipal de Ceres, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:<\/p>\n<p>O R D E N A N Z A<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 1\u00ba) Transfierase en donaci\u00f3n a la Direcci\u00f3n Provincial de Vivienda y Urbanismo de la provincia de Santa Fe, Una fracci\u00f3n de terreno formada por parte de la Quinta N\u00ba 12, Secci\u00f3n II de la ciudad de Ceres, Departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, que de acuerdo al Plano de Mensura confeccionado por el Ing. Civil Don Julio C\u00e9sar Meielman, inscripto en el Departamento Topogr\u00e1fico bajo el N\u00ba 71355, que cita su titulo, siendo de forma irregular, mide doscientos cuarenta y un metros cincuenta y cinco cent\u00edmetros en el costado SE, doscientos cuarenta metros en el costado SO, trescientos treinta y cinco metros veinte cent\u00edmetros en la l\u00ednea oblicua del costado N, y cuarenta y siete metros doce cent\u00edmetros en el lado NE, lo que hace una  superficie total de tres hect\u00e1reas sesenta y ocho \u00e1reas setenta y seis centi\u00e1reas y nueve dec\u00edmetros cuadrados, empadronada para el pago del Impuesto Inmobiliario bajo el N\u00ba 07-01-00-033598\/0002-8; y una fracci\u00f3n de terreno denominada Quinta N\u00ba 11 de la Secci\u00f3n II de la ciudad de Ceres, Departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, que de acuerdo al Plano de Mensura confeccionado por el Ing. Civil Don Roberto Julio C\u00e9sar Ruffino, inscripto en el Departamento Topogr\u00e1fico bajo el N\u00ba 46802, dicho inmueble mide trescientos tres metros treinta y tres cent\u00edmetros en sus costados N y S por ciento veinte metros en sus costados E y O, encerrando una superficie de tres hect\u00e1reas sesenta y tres \u00e1reas noventa y nueve centi\u00e1reas y noventa dec\u00edmetros cuadrados. Empadronado para el pago del Impuesto Inmobiliario bajo el N\u00ba 07-01-00-033597\/0000-1. Las mencionadas Quintas son linderas entre s\u00ed y se encuentran lindando al SO con la Avenida Jujuy, al N con el Boulevard Pueyrred\u00f3n, al NE con calle Jorge Baurle y al S con la Quinta 9, propiedad de \u00e9ste Municipio seg\u00fan Boleto de compra-venta de fecha 22 de octubre de 2004 por la cual le otorga posesi\u00f3n y a su vez compromiso de escrituraci\u00f3n dentro de los setenta y cinco (75) d\u00edas.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 2\u00ba) La donaci\u00f3n contenida en la presente se realiza con el cargo para la Direcci\u00f3n Provincial de Vivienda y Urbanismo, de afectar el inmueble a la concreci\u00f3n de planes de vivienda conforme las caracter\u00edsticas que indique la beneficiaria.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 3\u00ba) El\u00e9vese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comun\u00edquese, publ\u00edquese y oportunamente arch\u00edvese.<\/p>\n<p>\tDada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Ceres, a los veintis\u00e9is d\u00edas del mes de Octubre de dos mil cuatro.-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>CERES, 28 de octubre de 2004.- VISTO. 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