{"id":925,"date":"2013-03-25T14:50:06","date_gmt":"2013-03-25T17:50:06","guid":{"rendered":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=925"},"modified":"2013-03-25T14:50:06","modified_gmt":"2013-03-25T17:50:06","slug":"ordenanza-no-97205","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=925","title":{"rendered":"ORDENANZA  N\u00ba 972\/05"},"content":{"rendered":"<p>CERES, 28 de diciembre de 2005.-<\/p>\n<p>VISTO:<\/p>\n<p>\tLos reclamos efectuados a este Honorable Concejo Municipal, por contribuyentes afectados a la obra de Pavimento Urbano, Ordenanza N\u00ba 175\/78 y modificatorias, y <\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>\t\t\tQue los reclamos se dan como consecuencia de haber resultado una obra que por distintas razones no se ejecut\u00f3 en tiempo y forma, por lo que a que a la fecha hay distintos casos a considerar, de los que podemos mencionar: a) contribuyentes con pavimento construido y deuda parcial, b) contribuyentes sin pavimento construido y deuda parcial o total.<br \/>\n\t\t\tQue los cuestionamientos se efect\u00faan dado que en muchos casos, los contribuyentes optaron por distintos convenios de pago formalizados de acuerdo a ordenanzas  sancionadas para facilitar el pago de esta contribuci\u00f3n.<br \/>\n\t\t\tQue quienes se acogieron a estos convenios, despu\u00e9s de cancelar algunas cuotas los dej\u00f3 caer por distintas razones, en la mayor\u00eda de los casos por no tener el pavimento construido, y teniendo a la fecha la obra realizada, muestran voluntad de pago; pero el sistema de actualizaci\u00f3n de precios M2 y la aplicaci\u00f3n prevista en los convenios realizados oportunamente, lleva a que el contribuyente en muchos casos deba pagar m\u00e1s metros que los que realmente dieron origen a la contribuci\u00f3n de mejoras de la Ordenanza N\u00ba 175\/78.<br \/>\n\t\t\tQue todas las ordenanzas sancionadas para regularizaci\u00f3n de deudas de la mencionada obra, facultaron al Departamento Ejecutivo Municipal, a realizarlos en M2 multiplicados por el importe actualizado del M2 al momento de su efectivo pago con m\u00e1s el inter\u00e9s previsto en la ordenanza que gener\u00f3 el convenio.<br \/>\n\t\t\tQue es decisi\u00f3n de este H. Concejo Municipal encontrar un m\u00e9todo m\u00e1s adecuado y justo para que los contribuyentes cancelen el importe total de la obra en el menor plazo posible y pagar por los metros reales que adeuda.<br \/>\nQue la sanci\u00f3n de la Ordenanza N\u00ba 959\/05, modificatoria de la Ordenanza N\u00ba 832\/01, no resulta apropiada por tomar en cuenta los convenios celebrados anteriormente, los que en muchos casos al actualizar el precio con m\u00e1s los intereses correspondientes genera una deuda en metros igual o superior que la inicial de obra.<\/p>\n<p>POR LO QUE:<\/p>\n<p>\t\tEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:<\/p>\n<p>O R D E N A N Z A<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 1\u00ba) Facultase a la Secretar\u00eda de Hacienda y Finanzas a realizar una revisi\u00f3n completa de los contribuyentes de la obra de pavimento urbano seg\u00fan Ordenanza N\u00ba 175\/78, a los efectos de determinar los metros pagados por cada contribuyente en particular, en base a la documentaci\u00f3n que aporte el contribuyente u obrante en la Municipalidad, y elaborar un padr\u00f3n de los deudores en el cual se indique la cantidad de metros reales que adeuda a la fecha de promulgaci\u00f3n de la presente, descontando los metros que se encuentran pagos en el inicio del plan o por distintos convenios.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 2\u00ba) Concordante a lo normado en el art\u00edculo anterior, el Departamento Ejecutivo Municipal proceder\u00e1 de acuerdo a los siguientes casos:<br \/>\na.\tLos contribuyentes con pavimento construido podr\u00e1n optar por el pago de contado, efectivo o cheque corriente, abonando la cantidad de metros reales por el costo actualizado del metro de pavimento a la fecha de pago u optar por un convenio con un m\u00e1ximo de 30 (treinta) cuotas mensuales y consecutivas las que se liquidar\u00e1n en metros, no pudiendo ser inferior cada cuota a un metro y el importe resultante se calcular\u00e1 al valor actualizado del metro de pavimento a la fecha de su efectivo pago, con un inter\u00e9s del 1 % (uno por ciento) directo sobre la cantidad de cuotas elegidas. La falta de pago de 3 (tres) cuotas seguidas o 5 (cinco) alternadas, dar\u00e1 lugar a la Municipalidad a reclamar el pago \u00edntegro de las cuotas adeudadas por la v\u00eda de apremio correspondiente, tomando en cuenta los metros estipulados de acuerdo a lo ordenado en la presente con m\u00e1s los gastos judiciales correspondientes.<br \/>\nb.\tLos contribuyentes sin pavimento construido ser\u00e1n invitados a cancelar la deuda pendiente, pudiendo optar por un convenio de pago con un m\u00e1ximo de 30 (treinta) cuotas iguales y consecutivas, las que se liquidaran en metros no pudiendo ser inferior cada cuota a un metro. El importe resultante se calcular\u00e1 al valor actualizado del metro de pavimento a la fecha de su efectivo pago sin inter\u00e9s. La falta de pago de 3 (tres) cuotas seguidas o 5 (cinco) alternadas, dar\u00e1 lugar a la Municipalidad a reclamar el pago \u00edntegro de las cuotas adeudadas, tomando en cuenta los metros estipulados de acuerdo a lo ordenado en la presente, cuando estuviere construida  la obra de pavimento, u optar por el pago de contado de los metros faltantes, una vez realizada la obra por la Municipalidad, al valor actual del metro de pavimento a la fecha de su efectivo pago y dentro de los 30 (treinta ) d\u00edas de terminada la obra.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 3\u00ba) En los casos que el contribuyente no pueda abonar el valor de un metro de pavimento por cuota, y previo informe socioecon\u00f3mico, este se podr\u00e1 fraccionar, extendiendo la cantidad de cuotas de acuerdo al porcentaje del metro que abonar\u00e1  mensualmente.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 4\u00ba) El\u00e9vese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comun\u00edquese, publ\u00edquese y oportunamente arch\u00edvese.<\/p>\n<p>\tDada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los veintisiete d\u00edas del mes de diciembre de dos mil cinco.-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>CERES, 28 de diciembre de 2005.- VISTO: Los reclamos efectuados a este Honorable Concejo Municipal, por contribuyentes afectados a la obra de Pavimento Urbano, Ordenanza N\u00ba 175\/78 y modificatorias, y CONSIDERANDO: Que los reclamos se dan como consecuencia de haber resultado una obra que por distintas razones no se ejecut\u00f3 en tiempo y forma, por [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":123,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[28],"tags":[],"class_list":["post-925","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ordenanzas"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/925","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=925"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/925\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":926,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/925\/revisions\/926"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/123"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=925"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=925"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=925"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}