{"id":993,"date":"2013-03-25T19:43:40","date_gmt":"2013-03-25T22:43:40","guid":{"rendered":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=993"},"modified":"2013-03-25T19:43:40","modified_gmt":"2013-03-25T22:43:40","slug":"ordenanza-no-100606","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=993","title":{"rendered":"ORDENANZA N\u00ba 1006\/06"},"content":{"rendered":"<p>CERES, 28 de junio de 2006.-<br \/>\nVISTO:<br \/>\n            La solicitud de la MUTUAL ENTRE ASOCIADOS Y ADHERENTES DEL CLUB UNION CULTURAL Y DEPORTIVA de SAN GUILLERMO, en relaci\u00f3n a brindar el servicio de cobro de los tributos municipales, y<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>  Que es responsabilidad del municipio, la recaudaci\u00f3n de los tributos que hacen a su sostenimiento econ\u00f3mico.-<br \/>\n            Que para lograr tal objetivo, es conveniente brindar a los contribuyentes las mayores posibilidades que le permitan efectivizar con comodidad sus obligaciones.-<br \/>\n            Que la mutual mencionada en el visto, es una instituci\u00f3n financiera que extiende sus servicios en nuestra comunidad, desde el 01\/07\/2005.-<br \/>\n            Que el convenio a firmar deber\u00eda incluir la recaudaci\u00f3n de Tasa General de Inmuebles y Tasa de Construcci\u00f3n y Conservaci\u00f3n de Caminos Rurales.-<br \/>\n            Que dicho convenio ser\u00e1 parte integrante, considerado anexo I de la presente ordenanza.-<\/p>\n<p>POR LO QUE<\/p>\n<p>EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, CONFORME A LAS FACULTADES QUE LE OTORGA LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:<\/p>\n<p>O R D E N A N Z A<\/p>\n<p>ARTICULO 1\u00b0) Fac\u00faltase al Sr. Intendente Municipal, Don Camilo Enzo BUSQUETES,  D.N.I.  12.814.275  y Sr. Secretario de Hacienda y Finanzas, Don Guillermo Ariel del Pilar OSTOICH, D.N.I. 14.330.552, a firmar el convenio con las autoridades de la MUTUAL ENTRE ASOCIADOS Y ADHERENTES DEL CLUB UNION CULTURAL Y DEPORTIVA SAN GUILLERMO, que es anexo I de la presente Ordenanza, para la recaudaci\u00f3n de Tasa General de Inmuebles y Tasa de Construcci\u00f3n y Conservaci\u00f3n de Caminos Rurales.-<\/p>\n<p>ARTICULO 2\u00b0) El\u00e9vese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comun\u00edquese, publ\u00edquese y oportunamente arch\u00edvese.-<\/p>\n<p>DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES,  A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL A\u00d1O DOS MIL SEIS.-<\/p>\n<p>CONVENIO DE RECAUDACI\u00d3N<\/p>\n<p>Entre la MUTUAL ENTRE ASOCIADOS Y ADHERENTES DEL CLUB UNI\u00d3N CULTURAL Y DEPORTIVA, en adelante \u201cLA MUTUAL\u201d, representada en este acto por LA MUTUAL, por una parte y por la otra, la Municipalidad de Ceres, en adelante \u201cLA MUNICIPALIDAD\u201d, representada en este acto por los Sres. \u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026.., en su car\u00e1cter de Intendente y \u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026.., en su car\u00e1cter de Secretario de Hacienda y Finanzas, respectivamente, por la otra parte, se conviene realizar el presente convenio de recaudaci\u00f3n, que se regir\u00e1 por las siguientes cl\u00e1usulas:<\/p>\n<p>1.\tLa Mutual se obliga a efectuar por cuenta de La Municipalidad el servicio de cobranza de Tasa General de Inmuebles y Tasa de Conservaci\u00f3n y Construcci\u00f3n de Caminos Rurales.<br \/>\n2.\tEl servicio se prestar\u00e1 en la sede principal de la Filial Ceres, ubicada en Avenida Mayo 265, de la ciudad de Ceres y en toda sucursal y\/o anexo que La Mutual habilite en el futuro, todos los d\u00edas h\u00e1biles y en horario habitual de atenci\u00f3n al p\u00fablico.<br \/>\n3.\tLa Mutual cobrar\u00e1 los importes que figuren en las respectivas boletas, hasta el plazo estipulado en las mismas y en casos excepcionales podr\u00e1 aceptar las pr\u00f3rrogas que La Municipalidad comunique con no menos de 48 horas de anticipaci\u00f3n de producido el \u00fanico o \u00faltimo vencimiento.<br \/>\n4.\tLa Mutual, se compromete a prestar un eficiente servicio de cobranza y su consecuente rendici\u00f3n de cuentas y solo es responsable por el importe de las boletas cobradas en su car\u00e1cter de ente recaudador, conforme con las normas establecidas en el presente convenio, dejando expresamente aclarado que se libera de toda responsabilidad por hechos o causas derivados de la relaci\u00f3n entre La Municipalidad y los contribuyentes.<br \/>\n5.\tEn t\u00e9rminos generales todas las boletas deber\u00e1n individualizar perfectamente al obligado y el car\u00e1cter de cada imposici\u00f3n y contar\u00e1n como m\u00ednimo de tres cuerpos, destinados uno para la Mutual, uno para la Municipalidad y uno para el contribuyente.<br \/>\n6.\tLa Mutual no aceptar\u00e1 el pago de boletas que se encuentren incompletas o que cualquiera de sus cuerpos est\u00e9n deteriorados, mutilados y\/o ilegibles, y\/o que presenten enmiendas, raspaduras, alteraciones, etc., que dificulten su lectura.<br \/>\n7.\tLa cobranza que La Mutual realice ser\u00e1 rendida a La Municipalidad de la siguiente manera: el neto recaudado, deducido la comisi\u00f3n por cobranza ser\u00e1 rendido el mismo d\u00eda en la Municipalidad los d\u00edas lunes o si \u00e9ste fuera feriado el d\u00eda h\u00e1bil inmediato posterior de cada semana, La Mutual proceder\u00e1 a rendir el total recaudado hasta el d\u00eda h\u00e1bil anterior en La Municipalidad .<br \/>\n8.\tLa Municipalidad acepta que la Mutual retenga en concepto de comisi\u00f3n por el servicio de recaudaci\u00f3n el 0,75 % sobre el total de cada boleta con un m\u00ednimo de $ 0,40 por boleta, deduci\u00e9ndose en la rendici\u00f3n diaria que se efect\u00fae.<br \/>\n9.\tLa Mutual garantiza la prestaci\u00f3n de este servicio y el dep\u00f3sito de las cobranzas que realice con motivo del presente convenio, mediante la contrataci\u00f3n de una p\u00f3liza de seguro de cauci\u00f3n por un importe de $ 10.000.- (pesos diez mil), el que podr\u00e1 ser ajustado semestralmente en funci\u00f3n de la cobranza real y de com\u00fan acuerdo entre las partes.<br \/>\n10.\tLa Municipalidad podr\u00e1 retirar del domicilio de La Mutual, en su sede principal, todos los comprobantes de recaudaci\u00f3n y rendiciones, debiendo designar a la persona encargada de tal fin, siendo obligaci\u00f3n de La Mutual entregar toda la documentaci\u00f3n correspondiente a la recaudaci\u00f3n efectuada hasta el d\u00eda h\u00e1bil anterior.<br \/>\n11.\tLuego que La Mutual realiz\u00f3 la rendici\u00f3n de cuentas, La Municipalidad tendr\u00e1 un plazo de 30 d\u00edas corridos, contados desde la fecha de recepci\u00f3n de la misma, para efectuar cualquier tipo de observaci\u00f3n y\/o reclamo. Vencido dicho t\u00e9rmino, las rendiciones quedar\u00e1n firmes y aceptados de conformidad.<br \/>\n12.\tLa falta de cumplimiento de lo estipulado en cualquiera de las cl\u00e1usulas precedentes, facultar\u00e1 a La Mutual y\/o a la Municipalidad a dar por rescindido autom\u00e1ticamente el presente convenio, comunic\u00e1ndolo en forma fehaciente a la otra parte.<br \/>\n13.\tEl presente convenio comenzar\u00e1 a regir a partir de su firma y su vigencia ser\u00e1 ilimitada, reserv\u00e1ndose las partes el derecho a rescindir el convenio en cualquier momento, comunicando su decisi\u00f3n a la otra parte en forma fehaciente, con una antelaci\u00f3n no menor a treinta d\u00edas.<br \/>\n14.\tA los efectos legales, las partes constituyen los siguientes domicilios legales: La Mutual en Av. San Mart\u00edn y Av. De Mayo de la localidad de San Guillermo, Depto. San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe y La Municipalidad, en calle Avenida H. Irigoyen N\u00ba 4, ciudad de Ceres, provincia de Santa Fe, convini\u00e9ndose expresamente que en caso de conflicto se someter\u00e1n a la Jurisdicci\u00f3n de los Tribunales Ordinarios que por competencia correspondan a la Provincia de Santa Fe, renunciado a otro fuero o jurisdicci\u00f3n que pudiera corresponder, incluso el federal.<br \/>\n15.\tEn prueba de conformidad, previa lectura y ratificaci\u00f3n, firman las partes dos ejemplares de un mismo tenor  y a un solo efecto, en la localidad de San Guillermo, Departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, a los veintinueve d\u00edas del mes de junio de dos mil seis.-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>CERES, 28 de junio de 2006.- VISTO: La solicitud de la MUTUAL ENTRE ASOCIADOS Y ADHERENTES DEL CLUB UNION CULTURAL Y DEPORTIVA de SAN GUILLERMO, en relaci\u00f3n a brindar el servicio de cobro de los tributos municipales, y CONSIDERANDO: Que es responsabilidad del municipio, la recaudaci\u00f3n de los tributos que hacen a su sostenimiento econ\u00f3mico.- [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":123,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[28],"tags":[],"class_list":["post-993","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ordenanzas"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/993","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=993"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/993\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":994,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/993\/revisions\/994"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/123"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=993"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=993"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=993"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}