ORDENANZA N° 1570/2019
CERES, 1° de febrero de 2019.-
VISTO:
La Resolución N° 3180/18, de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, EXPTE. N° 15201-0188925-4perteneciente a CEJAS, Emiliano – LAMBERTO, Sabrina. Y el contrato de obra pública ampliatorio del suscripto en fecha 21 de agosto de 2018, entre esta Municipalidad de Ceres y la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, para la construcción de viviendas por administración municipal en LOTES PROPIOS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5188 de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe, en sus arts. 41 y 68, obliga a constituir garantías, ya sea del cumplimiento del contrato como de sustitución del fondo de reparo equivalente al 5 % del monto de cada Certificado de Obra.
Que mediante el Decreto N° 1698/84, ratificado por el N° 1007/85, se crea un sistema que permite a las comunas y municipalidades, afectar al fondo de coparticipación provincial, como garantía de los rubros señalados, siendo necesario el dictado del acto administrativo correspondiente.
POR LO QUE:
El CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en base a las atribuciones que le confiere la ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°) Autorízase al señor Intendente Municipal de Ceres, Don Camilo E. Busquets, DNI N°12.814.275, a firmar el contrato de Obra Pública respectivo con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.
ARTÍCULO 2°) Adhiérase la Municipalidad de Ceres, al sistema creado por Decreto N° 1698/84, ratificado por el N° 1007/85 para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del Contrato de Obra Pública a suscribir con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.
ARTÍCULO 3°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos. Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Ceres, a los treinta y un días del mes de enero de dos mil diecinueve. –