ORDENANZA N° 1584/2019
CERES, 29 de Marzo de 2019.-
VISTO:
La presentación voluntaria ante la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda. de la señora Viviana G. Bonzini, con domicilio en la calle Avenida Belgrano 732/734, Sección III de nuestra ciudad, Certificado Catastral N° 06256/7 y 11116/6, quien solicita la conexión al sistema cloacal que dispone la Cooperativa, y
CONSIDERANDO:
Que revisada la solicitud desde la posibilidad técnica, la misma es factible.
Que evaluado el costo actual de la obra, y en tal sentido, se actualizó el total de la obra realizando un prorrateo sobre el total de los usuarios, incluidos los nuevos solicitantes, surgiendo un valor de $ 39.400.- (pesos treinta y nueve mil cuatrocientos). Y que informada de este valor, la señora solicitante, brindó su aprobación.
Que entendemos que de esta forma no se ven perjudicados los usuarios que desde un inicio del proyecto están abonando, ya que los nuevos usuarios son gravados por los costos que implica toda la red, llámese bombas, red troncal, lagunas de estabilización, etc., como así también se entendió justo que los valores se fijen con valores actuales.
Que es resolución de esta cooperativa, que el importe que surja por el cobro de la obra y el valor de construcción de la ampliación, se aplique a elementos que componen la planta de ósmosis inversa.
POR LO QUE:
El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756, y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°) Autorizar a la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda., a realizar la ampliación de la obra de sistema cloacal y prestar servicios al inmueble que se identifica hoy bajo números de Certificado Catastral Municipal 06256/7 y 11116/6 y titularidad que se detalló anteriormente.
ARTÍCULO 2°) Fijar el valor de la obra, en $ 39.400.- (pesos treinta y nueve mil cuatrocientos) donde a su vez, el contribuyente asume el compromiso de ejecutar el ítem excavación, asumiendo los costos que ello implique. La Dirección Técnica de dicha ejecución estará a cargo del Ing. Gerardo Jullier en representación de la cooperativa.
ARTÍCULO 3°) Fijar como forma de pago, en las cantidades de cuotas que los contribuyentes aprueben, hasta un máximo de 5 (cinco) cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
ARTÍCULO 4°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos. Comuníquese, publíquese, y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los veintiocho días del mes de marzo de dos mil diecinueve.-