{"id":1649,"date":"2013-03-29T23:32:04","date_gmt":"2013-03-30T02:32:04","guid":{"rendered":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=1649"},"modified":"2013-03-29T23:32:04","modified_gmt":"2013-03-30T02:32:04","slug":"ordenanza-no-13082012","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/concejodeceres.com\/?p=1649","title":{"rendered":"ORDENANZA N\u00ba 1308\/2012"},"content":{"rendered":"<p> CERES, 4 de Octubre de 2012.-<br \/>\nVISTO:<br \/>\n           La necesidad de incorporar al ejido urbano,  sectores  que a la fecha est\u00e1n determinados como zona rural; y<br \/>\nCONSIDERANDO:<br \/>\n          Que si bien, este Cuerpo Legislativo, conjuntamente con un grupo de profesionales, se encuentra estudiando sectores que hoy son lindantes al ejido urbano, con el objeto de realizar un reordenamiento territorial y fijar usos de suelo a fin de lograr un crecimiento arm\u00f3nico de nuestra ciudad.-<br \/>\n         Que algunos sectores de los cuales se encuentran en estudio, se les debe dar un tratamiento prioritario, atento a que los mismos est\u00e1n loteados desde mucho tiempo atr\u00e1s y se est\u00e1n comercializando los lotes en los que avanza la construcci\u00f3n de viviendas, locales para uso comercial, etc. sin tener control por parte del municipio y sin prestaciones de servicios m\u00ednimos.-<br \/>\n         Que los mismos propietarios, en distintas oportunidades han reclamado a la Municipalidad, un ordenamiento que permita armon\u00eda en el uso de suelo y construcci\u00f3n que luego se les da distintos usos.-<br \/>\n         Que el sector en cuesti\u00f3n, se encuentra ubicado lindante a la Av. Santiago del Estero, la Ruta Provincial N\u00ba 17 y el Loteo denominado \u201cLas Am\u00e9ricas\u201d, actualmente  incorporado al ejido urbano.-<br \/>\n          Que actualmente ese sector, se encuentra en una constante expansi\u00f3n, con viviendas residenciales, salones comerciales, etc.-<br \/>\n          Que resulta necesario regular en forma inmediata el crecimiento de ese sector a los fines de evitar inconvenientes futuros respecto al uso que se le determine.-<br \/>\nPOR LO QUE:<br \/>\n           EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, conforme a las facultades que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:<br \/>\nO R D E N A N Z A<br \/>\nARTICULO 1\u00ba) Incorporase al ejido urbano de la ciudad de Ceres, las propiedades con frente directo a la Av. Santiago del Estero, en el tramo comprendido entre la Actual Ruta Provincial N\u00ba 17 y el loteo denominado \u201cLas Am\u00e9ricas\u201d, actual zona urbana; las propiedades con frente directo a la Ruta Provincial N\u00ba 17, desde la Av Santiago del Estero y la l\u00ednea divisoria del lote lindante a la Escuela Ense\u00f1anza T\u00e9cnica N\u00ba 308 y hacia el Noreste de la Secci\u00f3n III rural, de la zona a incorporar, todos los lotes linderos a las parcelas identificadas seg\u00fan Partida Impuesto Inmobiliario N\u00ba 07-01-00-0343748\/0005 y 07-01-00-034373\/0000, encerrando una superficie irregular.-<br \/>\nART\u00cdCULO 2\u00ba) Dado la ampliaci\u00f3n de la zona urbana, con la incorporaci\u00f3n de lotes, de acuerdo a lo normado en el Art\u00edculo anterior, prolongase la traza de la Av. De Mayo, desde la intersecci\u00f3n de la Ruta Nacional N\u00ba 34 hasta la l\u00ednea divisoria del lote lindante a la Escuela de Ense\u00f1anza T\u00e9cnica N\u00ba 308.-<br \/>\nARTICULO 3\u00ba) Los lotes incorporados de acuerdo a lo estipulado en el Art\u00edculo 1\u00ba de la presente, a partir de la promulgaci\u00f3n de esta Ordenanza, pasar\u00e1n a tributar Tasa General de Inmuebles, de acuerdo a los valores y servicios correspondientes a la categor\u00eda Marr\u00f3n.-<br \/>\nART\u00cdCULO 4\u00ba) El sector incorporado al ejido urbano, de acuerdo a lo normado en la presente, estar\u00e1 afectado de acuerdo al siguiente uso:<br \/>\na) los lotes con frente directo a la ruta provincial 17 y con un m\u00e1ximo de 50 (cincuenta) mts de fondo, podr\u00e1n ser destinados para la construcci\u00f3n de galpones o salones de uso comercial de atenci\u00f3n al publico, no as\u00ed para la guarda de maquinarias, talleres o dep\u00f3sitos que sean perjudiciales para la salud, y no produzcan impacto al medio ambiente ni ruidos molestos para los vecinos, y quedara a consideraci\u00f3n de la Secretaria de Obras y Servicios P\u00fablicos la autorizaci\u00f3n para la construcci\u00f3n o instalaci\u00f3n de galpones, siempre y cuando se cumpla con las normas vigentes de Bromatolog\u00eda y Medio Ambiente.<br \/>\nb) los lotes restantes, solo se destinaran a uso residencial, salvo aquellos que a la fecha se encuentren con un uso distinto, los que persistir\u00e1n mientras no cambie la titularidad del inmueble, y tendr\u00e1n que cumplimentar lo exigido por las leyes vigentes relacionadas a Medio Ambiente.<br \/>\nARTICULO 5\u00b0) Incorp\u00f3rese el servicio de recolecci\u00f3n de residuos domiciliarios con una frecuencia de 2 (dos) veces por semana como m\u00ednimo y el servicio de riego con frecuencia de 1 (una) vez por d\u00eda.<br \/>\nARTICULO 6\u00b0) Las construcciones que se inicien desde la fecha de promulgaci\u00f3n de la presente, deber\u00e1n cumplir con lo normado en la ordenanza N\u00b0 220\/80.<br \/>\nARTICULO 7\u00b0) DISPOSICIONES TRANSITORIAS: Las construcciones existentes deber\u00e1n presentar la correspondiente documentaci\u00f3n de planos, en un plazo no mayor a 1 (uno) a\u00f1o, desde la fecha de promulgaci\u00f3n de la misma.<br \/>\nARTICULO 8\u00b0) El\u00e9vese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos, comun\u00edquese, publ\u00edquese y oportunamente arch\u00edvese.<br \/>\nDada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los tres d\u00edas del mes de octubre de dos mil doce.-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>CERES, 4 de Octubre de 2012.- VISTO: La necesidad de incorporar al ejido urbano, sectores que a la fecha est\u00e1n determinados como zona rural; y CONSIDERANDO: Que si bien, este Cuerpo Legislativo, conjuntamente con un grupo de profesionales, se encuentra estudiando sectores que hoy son lindantes al ejido urbano, con el objeto de realizar un [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":123,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[28],"tags":[],"class_list":["post-1649","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ordenanzas"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1649","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=1649"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1649\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1990,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1649\/revisions\/1990"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/123"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=1649"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=1649"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=1649"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}