{"id":1752,"date":"2013-04-08T11:59:03","date_gmt":"2013-04-08T14:59:03","guid":{"rendered":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=1752"},"modified":"2013-04-08T11:59:03","modified_gmt":"2013-04-08T14:59:03","slug":"acta-numero-54598","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/concejodeceres.com\/?p=1752","title":{"rendered":"ACTA N\u00daMERO 545\/98"},"content":{"rendered":"<p>En Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, siendo el primer d\u00eda de abril de mil novecientos noventa y ocho, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del H.C.M. los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo,. encontr\u00e1ndose presentes la totalidad de los miembros que lo conforman. Siendo las veintiuna  treinta horas, el Concejal Ing. Dar\u00edo Uberti asume la Presidencia del Cuerpo declarando abierta la sesi\u00f3n, procedi\u00e9ndose al tratamiento de los temas establecidos en el Orden del D\u00eda:<\/p>\n<p>1 &#8211; Lectura del Acta anterior.<br \/>\n2 &#8211; Tratamiento Comodato Canal 13, y Ordenanza.<br \/>\n3 &#8211; Tratamiento tema solicitud de Bares y Comedores.<br \/>\n4 &#8211; Tratamiento ordenanza B\u00ba FONAVI.<\/p>\n<p>PUNTO 1) Se da lectura al Acta de la reuni\u00f3n anterior, la que es aprobada sin observaciones.<\/p>\n<p>PUNTO 2) A continuaci\u00f3n, el Pte. informa que se recibi\u00f3  el borrador completo del Comodato con el Canal 13. Para ello procede a la lectura del mismo.<br \/>\nFinalizada su lectura, se observan algunos puntos con relaci\u00f3n al domicilio legal, que se constituir\u00e1 en la ciudad de Ceres.<br \/>\nSe resuelve luego, elaborar la ordenanza que autorice al Sr. Intendente y al Secretario de hacienda a firmar el Contrato de Comodato con la firma Televisora Santafesina S.A., propietaria de la Planta Transmisora de la Repetidora (Canal 6 de Ceres), de la se\u00f1al  de LT 82 TV Canal 13 de Santa Fe.<\/p>\n<p>PUNTO 3) A continuaci\u00f3n, se da lectura a la respuesta elaborada por el Bloque UCR, en relaci\u00f3n a la solicitud efectuada por cinco comercios de nuestra ciudad, en la sesi\u00f3n anterior. Y que se refer\u00eda a la no autorizaci\u00f3n por un plazo de seis meses de espect\u00e1culos for\u00e1neos. El Concejo responde no poder hacer lugar a lo solicitado. Considerando que el comercio de Ceres recibe gran cantidad de vecinos de otras poblaciones e incluso de otras provincias que gastan e invierten su dinero en nuestra ciudad. Y siendo que los comercios que realizan tal solicitud son conocedores de tal extremo, dado que sus comercios atienden a muchas personas que est\u00e1n de paso o vienen a disfrutar de los espect\u00e1culos y diversiones que ofrece nuestra ciudad. Es criterio de este Cuerpo que se permita la libertad de trabajo en tanto se abonen las sisas e impuestos correspondientes, pues la competencia propia de toda actividad comercial permite tener precios y servicios accesibles y libertad de elecci\u00f3n para cualquier ciudadano. Adem\u00e1s que el comercio de Ceres no va a expandirse ni crecer sobre la prohibici\u00f3n de otras actividades afines sino sobre la base de ofrecer al consumidor mas y mejores servicios y una atenci\u00f3n hospitalaria y cordial que torne atractiva la visita a nuestra ciudad y la concurrencia mas frecuente de nuestro habitantes.<br \/>\nLos Concejales Busquets y S\u00e1nchez est\u00e1n de acuerdo con el contenido de la nota, por lo que se elevan copias a cada uno de los comercios que efectuaron la solicitud, Parrilla Centro, Caf\u00e9 del Sol, Bar y Pizzer\u00eda Kethal, Comedor Popeye y restaurante La Fuente.<\/p>\n<p>PUNTO 4) Se procede luego a elaborar la ordenanza relacionada al informe brindado por el DEM en relaci\u00f3n a la situaci\u00f3n de los vecinos afectados a la obra de cloacas del Barrio Santa Rita, Ordenanza N\u00ba 522\/92, referentes al pago de cuotas acordadas. Mediante \u00e9sta se deja sin efecto la obra por contribuci\u00f3n de mejoras prevista en la Ordenanza N\u00aa 522\/92, disponiendo el reconocimiento de los importes abonados por los vecinos afectados a la obra, con m\u00e1s un inter\u00e9s igual al que cobra el Municipio por mora en tales contribuciones, desde la fecha de pago y hasta la sanci\u00f3n de la presente ordenanza. El importe abonado con sus intereses, ser\u00e1n acreditados por el Municipio para el pago de la deuda que registren tales contribuyentes en concepto de Tasa General de Inmuebles de la propiedad afectada. Si no registrare deuda por Tasa de Inmuebles, se otorgar\u00e1 un Cr\u00e9dito Fiscal a cuenta de tal tributo y hasta tanto se cubra la liquidaci\u00f3n resultante de lo  establecido anteriormente.<br \/>\nSe aprueba sobre tablas y se eleva al DEM.<\/p>\n<p>\tNo siendo para m\u00e1s, se da por finalizada la sesi\u00f3n siendo las veintid\u00f3s horas treinta minutos.-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, siendo el primer d\u00eda de abril de mil novecientos noventa y ocho, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del H.C.M. los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo,. encontr\u00e1ndose presentes la totalidad de los miembros que lo conforman. Siendo las veintiuna treinta horas, el Concejal Ing. 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