{"id":1766,"date":"2013-04-08T20:32:26","date_gmt":"2013-04-08T23:32:26","guid":{"rendered":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=1766"},"modified":"2013-04-08T20:32:26","modified_gmt":"2013-04-08T23:32:26","slug":"acta-numero-55298","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/concejodeceres.com\/?p=1766","title":{"rendered":"ACTA N\u00daMERO 552\/98"},"content":{"rendered":"<p>En Ceres, Departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, a los cuatro d\u00edas del mes de junio de mil novecientos noventa y ocho, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo, encontr\u00e1ndose presentes la totalidad de los miembros que lo conforman. Siendo las veintiuna horas, el Concejal Ing. Dario Uberti asume la Presidencia del Cuerpo, declarando abierta la sesi\u00f3n, procedi\u00e9ndose al tratamiento del os temas establecidos en el Orden del D\u00eda:<\/p>\n<p>1 &#8211; Lectura del Acta anterior.<br \/>\n2 &#8211; Correspondencia recibida.<br \/>\n3 _ Tratamiento ordenanza cloacas de San Carlos.<\/p>\n<p>PUNTO 1) Se da lectura al Acta de la reuni\u00f3n anterior, la que es aprobada sin observaciones.<\/p>\n<p>PUNTO 2) A continuaci\u00f3n, se recibi\u00f3 invitaci\u00f3n para el Acto del Club Atl\u00e9tico  Nuevo Tropez\u00f3n, con motivo de inaugurar sus nuevas instalaciones, y que dar\u00e1n comienzo a las diecinueve horas, en la nueva sede, en avenida Per\u00f3n y Maip\u00fa. Se adjunta el desarrollo del programa para el pr\u00f3ximo s\u00e1bado 13 del cte. mes.<br \/>\nSe da lectura luego a la nota elevada por el Sr. Juan Jos\u00e9 Zanola Secretario General de La bancaria, Sociedad de empleados de Banco, a efectos de expresar reconocimiento por la clara posici\u00f3n asumida por \u00e9ste Concejo, con relaci\u00f3n a la pretendida privatizaci\u00f3n del Banco de la Naci\u00f3n Argentina, consagrada en la Declaraci\u00f3n N\u00ba 43\/98 del 12 de marzo ppdo., reveladora por s\u00ed misma del esp\u00edritu de defensa de la Instituci\u00f3n, que impregna la negativa de su privatizaci\u00f3n, extendiendo la misma a una acci\u00f3n com\u00fan, que militantemente intenta llevar adelante esa Asociaci\u00f3n Bancaria, dice en la nota. Por ello agradece al Presidente y dem\u00e1s Concejales, la importante gesti\u00f3n realizada en defensa del Banco Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>PUNTO 3)  A continuaci\u00f3n, el Pte. dice que en relaci\u00f3n a los  temas de agua potable y cloacas, se deber\u00e1 armar una ordenanza de contribuci\u00f3n de mejoras. Por tal motivo se pidi\u00f3 a los Municipios de Sunchales y San Carlos Centro, copias de las ordenanzas que regulan estos servicios en las mismas. Por tal motivo San Carlos Centro nos env\u00edo ordenanzas de Agua Potable y Cloacas.<br \/>\nSe procede a dar lectura a las mismas como para tenerlas como base para la implementaci\u00f3n de estos servicios.<br \/>\nEn la ordenanza N\u00ba 260 que env\u00edan se concede a la cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios P\u00fablicos, sociales y asistenciales, de Vivienda y Cr\u00e9dito de esa ciudad, como acto jur\u00eddico de Derecho P\u00fablico que tiene por fin esencial regularizar y mantener la prestaci\u00f3n de un servicio de utilidad general, la explotaci\u00f3n y suministro de agua potable dentro de la jurisdicci\u00f3n correspondiente al ejido de ese Municipio Dicha Cooperativa ha construido y administrado la obras desde su construcci\u00f3n hasta el d\u00eda de la fecha, constituyendo hasta la sanci\u00f3n de la ordenanza una Concesi\u00f3n de Hecho.<br \/>\nEn los sucesivos art\u00edculos se determina como obligaci\u00f3n fundamental a cargo de la concesionaria la de asegurar la prestaci\u00f3n del referido servicio p\u00fablico, ininterrumpidamente. Se delimita que el Municipio mantendr\u00e1 indemne la totalidad de las prerrogativas inalienables, sin enajenar por tanto su autoridad, por ser ella la posici\u00f3n que incumbe a la preeminencia del mismo. Se impone como atribuci\u00f3n inherente a la Municipalidad la de ejercitar en cualquier momento, sin que se extinga el t\u00e9rmino de la concesi\u00f3n, del derecho de intervenir requiriendo la mejora del servio, su ampliaci\u00f3n o su modificaci\u00f3n, si las necesidades p\u00fablicos lo hicieran menester. se fija un plazo de veinte a\u00f1os , el que quedar\u00e1 autom\u00e1ticamente ampliado en periodos de cinco a\u00f1os de no comunicarse por el Municipio, su voluntad de asumir directamente la prestaci\u00f3n del servicio. Se dispone que la concesionaria no podr\u00e1 por s\u00ed suprimir, suspender alterar o modificar los servicios ya existentes en la actualidad, incurriendo en  tal caso, en las penalidades o multas que pudieren disponerse. Se  regulan las tarifas a cobrase en el futuro por la Concesionaria a los usuarios del servicio, y dem\u00e1s requisitos que le competen a la Cooperativa.<br \/>\nEn la Ordenanza 352\/97, se crea el Ente Municipal de Saneamiento Ambiental  de esa ciudad, bajo cuya direcci\u00f3n, planificaci\u00f3n ya administraci\u00f3n se desarrollar\u00e1n los planes municipales de servicios de sistemas cloacales y de aguas, constituyendo jur\u00eddicamente un organismo aut\u00e1rquico dependiente de esa Municipalidad.<br \/>\nLuego se establecen los objetivos del ente, y como estar\u00e1 constituido, d\u00f3nde tendr\u00e1 su asiento. El patrimonio del ente se conformara con los fondos de rentas generales de la municipalidad, que se le acuerden para su funcionamiento y mantenimiento, cr\u00e9ditos o subsidios reintegrables o no, que sean destinados a las obras de saneamiento que explote.<br \/>\nEn un art\u00edculo se especifica como se har\u00e1 el sistema de contabilidad en Registro Contables por la autoridad municipal, mediante un sistema informativo, confeccionado de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, en el que se asienten todos los movimientos diarios, debiendo mensualmente emitir detalle de ingresos y egresos, y anualmente el correspondiente al ejercicio los que se elevaran al DEM.<br \/>\nPor otra parte se especifica que el Emsa tendr\u00e1 capacidad jur\u00eddica para efectuar toda clase de actos, negocios o contratos de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, todo ello conducente directa o indirectamente al logro de los fines establecidos en \u00e9sta, pudiendo asimismo presentar en juicios como actor o demandado ante los tribunales de cualquier foro o jurisdicci\u00f3n. Luego determina que los ingresos que perciba el Emsa deber\u00e1n ser depositados en una cuenta corriente abierta en instituciones bancarias oficiales a tal fin.<br \/>\nEl Emsa dictara su propio reglamento interno, en el que se desarrollaran los aspectos t\u00e9cnicos, econ\u00f3micos, financieros y operativos que permitan el eficiente y r\u00e1pido  cumplimiento de los objetivos que por esta se determinan, y sujeto en un todo a lo previsto por la presente, el que se elevara al DEM para su aprobaci\u00f3n.<br \/>\nEn la Ordenanza N\u00ba 362\/97 se dispone la ejecuci\u00f3n de la obra de recolecci\u00f3n y depuraci\u00f3n de l\u00edquidos cloacales en el ejido municipal, afectando la zona delimitada en el plano que se adjunta formando parte de la ordenanza. Luego se establecen los costos por metro lineal de frente, por conexi\u00f3n y costo fijo por obra b\u00e1sica, las formas de pago, de contado y financiado.<br \/>\nEn la Ordenanza N\u00ba 335\/96 establece la disposici\u00f3n de la ejecuci\u00f3n de la obra de recolecci\u00f3n y depuraci\u00f3n de l\u00edquidos cloacas en el ejido municipal, se declara la obra de utilidad p\u00fablica, y que deber\u00e1 ser abonada en su totalidad por los propietarios beneficiarios, bajo el sistema de contribuci\u00f3n de mejoras.<br \/>\nY Finalmente en la Ordenanza N\u00ba 327\/96 se ratifica el  acuerdo complementario Enhosa-Municipalidad.<br \/>\nFinalizada la lectura de las mismas, se dejan en estudio de Comisi\u00f3n a los efectos de analizarlas en el momento de elaboraci\u00f3n de las propias a este Municipio.<\/p>\n<p>\tNo siendo para m\u00e1s se da por finalizada la sesi\u00f3n, siendo las veintid\u00f3s treinta horas.-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En Ceres, Departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, a los cuatro d\u00edas del mes de junio de mil novecientos noventa y ocho, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del H. 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