{"id":1793,"date":"2013-04-08T20:41:09","date_gmt":"2013-04-08T23:41:09","guid":{"rendered":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=1793"},"modified":"2013-04-08T20:41:09","modified_gmt":"2013-04-08T23:41:09","slug":"acta-numero-56698","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/concejodeceres.com\/?p=1793","title":{"rendered":"ACTA N\u00daMERO  566\/98"},"content":{"rendered":"<p>En Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, a los  diecisiete d\u00edas del mes de setiembre de mil novecientos noventa y ocho, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo, encontr\u00e1ndose presentes la totalidad de los miembros que lo conforman. Siendo las veintiuna horas, el Concejal Ing. Dar\u00edo Uberti asume la Presidencia del Cuerpo declarando abierta la sesi\u00f3n:<br \/>\n1 \u2013 Lectura del Acta anterior.<br \/>\n2 \u2013 Correspondencia recibida.<br \/>\n3 \u2013 Tratamiento nombres de los Pasajes p\u00fablicos.<br \/>\n4 \u2013 Se\u00f1alizaci\u00f3n Ruta 34.<br \/>\n5 \u2013 Tratamiento sueldo empleados municipales.<\/p>\n<p>PUNTO 1) Se da lectura al Acta de la reuni\u00f3n anterior, la que es aprobada sin observaciones.<\/p>\n<p>PUNTO 2) A continuaci\u00f3n, se da lectura a la correspondencia recibida. De la Asociaci\u00f3n Noroeste Santafesino de Bochas, se recibi\u00f3 nota comunicando que la Confederaci\u00f3n Argentina de Bochas ha designado a la antes mencioanda como organizadora del 2\u00ba Campeonato Argentino de Bochas Individual Categor\u00eda Damas, denominado Bodas de Oro, en el marco de los festejos de los 50 a\u00f1os de su fundaci\u00f3n. Que se desarrollara del 22 al 24 de octubre, en nuestra ciudad. En el que participar\u00e1n diecis\u00e9is asociaciones y\/o federaciones, representando a todo el pa\u00eds. Y debido a que la asociaci\u00f3n sede deber\u00e1 brindar hospitalidad, solicitan a este cuerpo una ayuda econ\u00f3mica para solventar los gastos que demande la organizaci\u00f3n.<br \/>\nLuego de un intercambio de opiniones se resuelve otorgar un subsidio de $ 100.-<br \/>\nSe recibi\u00f3 tambi\u00e9n, invitaci\u00f3n para participar de la VIII Edici\u00f3n del Encuentro Nacional e Internacional de Mini Basquetbol, a realizarse los d\u00edas 18, 19 y 20 del cte. mes en el Club Central. Cuyo Acto Central  ser\u00e1 el d\u00eda s\u00e1bado a las 18:30 Hs. y la Cena de Bienvenida el mismo d\u00eda a las 22:00hs. para lo cual esperan contar con la presencia de miembros de este Cuerpo. Se resuelve agendar para asistir.<\/p>\n<p>PUNTO 3) A continuaci\u00f3n, se observan los nombres de quienes fueron Intendentes de nuestra ciudad, a los fines de asignar nombres a diez pasajes p\u00fablicos ubicados en distintos barrios.<br \/>\nSe analizan los periodos democr\u00e1ticos, y se  resuelve dejar en estudio una semana m\u00e1s.<\/p>\n<p>PUNTO 4) Finalmente se procede a dar tratamiento al proyecto de ordenanza, remitido por la provincia en virtud del Convenio firmado con el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Santa Fe, y por el cual se cede a la Municipalidad de Ceres el control del tr\u00e1nsito sobre la Ruta Nacional N\u00ba 34, seg\u00fan Expediente N\u00ba 00103-0016403\/6. A trav\u00e9s del cual la Municipalidad de Ceres asume en forma exclusiva y excluyente la responsabilidad civil y\/o penal que le pudiere corresponder por  todos los da\u00f1os y perjuicios derivados como consecuencia de la instalaci\u00f3n y funcionamiento del sistema de control de tr\u00e1nsito.<br \/>\nEl C. Busquets dice que a trav\u00e9s de la ordenanza nosotros nos comprometemos a cumplir la  reglamentaci\u00f3n en cuanto a ubicaci\u00f3n, pero no a que determinemos nosotros, o es que tenemos de determinar lo que pretendemos?, pregunta.<br \/>\nEl Pte. dice que no, que en la ordenanza anterior se determin\u00f3 lo que se pretend\u00eda, y ahora responden que si queremos autorizaci\u00f3n para colocar lo que pedimos, tenemos que hacer esta ordenanza, y ejecutar la obra de acuerdo a lo que  establece la ordenanza.<br \/>\nEl C. Busquets dice que en esa \u00e9poca \u00e9l no estaba como concejal por eso pregunta que se hab\u00eda autorizado?<br \/>\nEl Pte. dice que se autorizaba el lomo de burro en la Ruta 34, fue la voluntad mayoritaria del Concejo en ese momento, y en el que el Concejal S\u00e1nchez hab\u00eda propuesto sem\u00e1foro. Pero dice que, cualquiera de las cosas que se autorice colocar, y suponiendo que ma\u00f1ana la provincia diga que no, que se autoriza el sem\u00e1foro o pianito, para definir esa autorizaci\u00f3n si no tienen esta ordenanza donde asumimos la responsabilidad, no nos autorizar\u00e1n.<br \/>\nEl C. Busquets dice que le preocupa, porque estuvo haciendo averiguaciones, con la  gente del peaje, y lugares donde han implementado el sistema de lomo de burro, y en su mayor\u00eda, las municipalidades y comunas tienen juicios por accidentes que se ocasionan por los lomos de burros. Cree que con el sem\u00e1foro es menor la responsabilidad y el  riesgo de accidente.<br \/>\nEl Pte. le responde que de cualquier forma nos responsabilizamos. Pero se debe cumplimentar al pie de la letra toda la se\u00f1alizaci\u00f3n que ellos establecen.<br \/>\nEl C. S\u00e1nchez dice que consigui\u00f3 documentaci\u00f3n de un lugar donde el municipio no puede ni se\u00f1alizar siquiera, solicita permiso para dar lectura a nota que env\u00edo una empresa a la que prefiere no mencionar porque no viene al caso, y la respuesta que el Ministerio de Econom\u00eda Obras y Servicios Pcos. Y direcci\u00f3n Nacional de Vialidad a \u00e9sta empresa. En la misma se especifica que de acuerdo al art\u00edculo 99 de la Ley de Tr\u00e1nsito 13893, y en los art\u00edculos 20, 21, 22 y 23 del Reglamento Nacional de Transito y Transporte, Decreto N\u00ba 692\/92 y Decreto N\u00ba 2254\/92, las autoridades locales a fin de preservar la seguridad vial, pueden implementar obras o dispositivos al respecto, siempre y cuando se ajusten a las normas b\u00e1sicas m\u00e1s avanzadas de seguridad vial y con la previa autorizaci\u00f3n de la autoridad competente, estos dispositivos de car\u00e1cter local deber\u00e1n ser expresados a trav\u00e9s de se\u00f1ales, s\u00edmbolos y marcas del sistema uniforme de se\u00f1alamiento vial. No obstante dice la nota, los elementos enunciados en el primer p\u00e1rrafo, no resultan de aplicaci\u00f3n como elemento regulador de velocidad, atento a que pueden y han sido causa de accidente en virtud de constituir un hecho f\u00edsico que acciona sobre la suspensi\u00f3n del veh\u00edculo de manera violenta, produci\u00e9ndose en cierta manera la inestabilidad del mismo y la disminuci\u00f3n del control del manejo por parte del conductor, cabe consignar que t\u00e9cnicamente es posible lograr el control de velocidades con otro tipo de elementos o soluciones en el dise\u00f1o geom\u00e9trico del camino que permitan un mayor grado de seguridad para el usuario. Para ilustrar mejor, se adjunta copia del dictamen de asesor\u00eda jur\u00eddica, sobre un  tema de similares caracter\u00edsticas.<br \/>\nFinalizada su lectura, el Pte. pregunta de que fecha es el Dictamen.<br \/>\nEl C. S\u00e1nchez le responde que es de fecha 93\/94.<br \/>\nEl Pte. dice que est\u00e1 superado por el nuevo Convenio firmado entre la provincia y la Naci\u00f3n. Agrega que a principio de este a\u00f1o la provincia firma un Convenio con la Naci\u00f3n a trav\u00e9s de la cual la Direcci\u00f3n Provincial de Vialidad se hace responsable de ejercer el control, de lo cual consta toda la documentaci\u00f3n de cuando se present\u00f3 la primera ordenanza y aparecen todas las formas de se\u00f1alizaci\u00f3n. Y se establece el lomo de burro como alternativa, la misma  Direcci\u00f3n Pcial de Vialidad que hoy tiene la responsabilidad de contralor en las rutas nacionales y provinciales, establecen al lomo de burro como una alternativa, fijando cincuenta cuestiones para que quede bien se\u00f1alizado, y si no se cumplen se hace uno pasible de la responsabilidad. Porque de lo que no pueden hacer responsables ellos es que tal vez ma\u00f1ana no se coloque el sem\u00e1foro como ellos lo establecen y ocurra un accidente, y  ellos lo autorizaron pero en funci\u00f3n de esta normativa, y a partir de ese momento la Municipalidad es responsable absoluta.<br \/>\nEl C. S\u00e1nchez dice que esta bien, pero que la idea es relativa a esto, porque sino estamos volviendo a discutir una cosa que ya fue aprobada.<br \/>\nEl Pte dice que es correcto que esa etapa ya esta superada.<br \/>\nEl C. S\u00e1nchez dice que no esta superada, porque el problema se va a tener con el lomo de burro porque se considera un obst\u00e1culo, y hay un juicio donde la gente de Vialidad Nacional aconseja y dice que el lomo de burro es un problema, es un obst\u00e1culo sobre la ruta.<br \/>\nEl Pte. dice que Vialidad Provincial termina de firmar un convenio con vialidad Nacional donde el lomo de burro es una alternativa, quiere decir entonces que habr\u00e1 cambiado de criterio.<br \/>\nEl C. S\u00e1nchez dice que cumple con decir esto, sino estar\u00edamos volviendo a discutir algo que ya fue aprobado.<br \/>\nEl Pte. dice que est\u00e1 trayendo a discusi\u00f3n algo que cuestiona lo aprobado.<br \/>\nEl C. S\u00e1nchez dice que \u00e9l fija la posici\u00f3n de que el lomo de burro es un obst\u00e1culo y est\u00e1 considerado as\u00ed en todos lados.<br \/>\nLa C Cartas dice que lo que interpreta de esa nota es que, ese Municipio que coloco el lomo de burro, no ten\u00eda la autorizaci\u00f3n y la se\u00f1alizaci\u00f3n probablemente era precaria y no la que exig\u00eda Vialidad, por eso le dicen que retire el lomo de burro y que no tiene la se\u00f1alizaci\u00f3n que se exige. Lo que nosotros  pretendemos con esa ordenanza es que Vialidad defina.<br \/>\nEl Pte. dice que desde ac\u00e1 decidimos como expresi\u00f3n de deseo, y en funci\u00f3n de las alternativas que ellos nos dieron.<br \/>\nLa C. Cartas dice nosotros definimos lomo de burro pero si Vialidad nos dice que lomo de burro no, y dice sem\u00e1foro, lo resuelven ellos.<br \/>\nEl Pte. dice que la ordenanza  para exigir que si se hacen las cosas como corresponde,  somos absolutos responsables sobre lo que estamos haciendo.<br \/>\nEl C. Busquets pregunta que, en nuestro caso que la ruta est\u00e1 concesionada, que responsabilidad le cabe a Covinorte.<br \/>\nEl Pte. dice que si Vialidad nos autoriza a hacer determinada cosa es porque le informa a Covinorte. Adem\u00e1s la responsabilidad que le compete a la empresa como peaje,  como municipio no le preocupa, porque desde ac\u00e1 existe autoridad para pedir autorizaci\u00f3n de acuerdo a lo que establece la ley. Esta proviene de vialidad Provincial, la que firmo el Convenio con Vialidad Nacional. Vialidad tendr\u00e1 los mecanismos previstos para informarle a la concesionaria que le autoriza a la Municipalidad de Ceres a hacer determinada cosa en la ruta. Porque en \u00faltima instancia el problema de la concesionaria es con Vialidad no con la Municipalidad de Ceres.<br \/>\nEl C. Ferrero dice que hay tres ordenes de ideas para analizar, la jurisdicci\u00f3n es de Vialidad Nacional, porque quien le concesiona a Covinorte o a cualquier empresa de peaje, si hay un acto de concesi\u00f3n es porque alguien lo concesiona, y quien  tiene jurisdicci\u00f3n ah\u00ed es Vialidad Nacional, como organismo de la Naci\u00f3n, sobre la ruta. Por otro lado existe una jurisdicci\u00f3n municipal, porque la ruta pasa por una zona que por ordenanza ha sido declarado radio urbano. Entonces tambi\u00e9n cree que nosotros tenemos cierta jurisdicci\u00f3n para controlar el tr\u00e1nsito en el radio urbano de nuestra ciudad. Como dec\u00eda el Pte. Vialidad le comunicar\u00e1 a Covinorte las medidas que se adopten. Pero de todas maneras cree que un sem\u00e1foro tambi\u00e9n es un obst\u00e1culo en la ruta.<br \/>\nEl C. S\u00e1nchez dice que no en la misma proporci\u00f3n.<br \/>\nEl C. Ferrero dice que no es f\u00edsico tal vez, como puede ser el pianito o el lomo de burro pero es un obst\u00e1culo, porque en un \u00e1mbito destinado a una circulaci\u00f3n veloz, implica poner frenos u obst\u00e1culos.<br \/>\nEl C. S\u00e1nchez dice que una cosa es poner un obst\u00e1culo y otra es poner una se\u00f1alizaci\u00f3n, y un sem\u00e1foro es una se\u00f1alizaci\u00f3n para disminuir la velocidad.<br \/>\nEl C. Ferrero dice que con la diferencia que se est\u00e1 en una ruta no en una zona urbana.<br \/>\nEl C. S\u00e1nchez dice que por eso mismo el sem\u00e1foro se pone en rojo, sino estar\u00eda en verde constantemente. Si se observa una luz amarilla intermitente, se sabe que es precauci\u00f3n y cuando est\u00e1 el sem\u00e1foro y est\u00e1 en rojo se sabe que se tiene que parar.<br \/>\nEl C. Ferrero dice que en los hechos tambi\u00e9n la experiencia demuestra que en lugares donde se desarrolla velocidad, los cambios de colores en los sem\u00e1foros generan accidentes por querer pasar en el amarillo, por ejemplo. En la  ruta hay una agravante, como es un \u00e1mbito de velocidad mayor que cualquier avenida o calle, esos accidentes con sem\u00e1foro pueden suceder igual. De hecho en Sunchales han sucedido, y como tambi\u00e9n pueden suceder con lomo de burro o con pianito, o con cualquier cosa que intente de alguna manera obstaculizar la circulaci\u00f3n. Siguiendo el criterio que tiene la provincia, que es hacer cargo siempre al Municipio que va a hacer la obra, de las eventuales responsabilidades que deriven de la misma. Agrega que, cada vez que hay que firmar un convenio con la provincia, obligan a afectar la coparticipaci\u00f3n, a  asumir normalmente costos de reparaciones eventuales de maquinarias, cada vez que autorizan a hacer sectores de caminos, porque es una forma que tiene la provincia de salvar responsabilidades, deriv\u00e1ndolas. En el supuesto que suceda un accidente, probablemente quien tenga ese accidente pretenda atribuirle el mismo al Municipio. Y a partir de esta ordenanza, creer que el Municipio va a tener que resarcirle todos los da\u00f1os que se ocasionen. Pero para que el Municipio resarza esos da\u00f1os son excepcionales, porque  normalmente hay que ver si no existe culpa del causante del accidente o de la v\u00edctima, que normalmente es un eximente de responsabilidad. M\u00e1s all\u00e1 de que se fijen no siempre autom\u00e1ticamente va a ser el Municipio responsable de cualquier accidente. Si una persona no ve la se\u00f1alizaci\u00f3n, es responsable \u00e9l si va a m\u00e1s velocidad de la permitida, si no tiene en cuenta la se\u00f1alizaci\u00f3n de la ruta, la responsabilidad es de \u00e9l, no del Municipio. Cree que la nota le\u00edda apunta a eso, como tambi\u00e9n toda nota que viene de la provincia, donde se quiere hacer lago y para sacarse la responsabilidad, como tambi\u00e9n lo hace la Naci\u00f3n en cualquier obra que quiera concesionar, lo van a hacer siempre.<br \/>\nEl C. S\u00e1nchez insiste en que el lomo de burro es un obst\u00e1culo distinto a la se\u00f1alizaci\u00f3n m\u00ednima de un sem\u00e1foro y por eso la cl\u00e1usula que dice, que hay que hacerse expresamente responsable, y exclusivamente de la responsabilidad civil, penal que pueda inducir alg\u00fan tipo de accidente sobre el Municipio. El tema es el cuidado que genera este tipo de problemas sobre el Municipio.<br \/>\nEl Pte. dice que no coincide.<br \/>\nEl C. S\u00e1nchez le dice que no coincide pero esta dentro de la  reglamentaci\u00f3n que entreg\u00f3 la Direcci\u00f3n Provincial de Vialidad.<br \/>\nEl Pte. dice que es igual para todos los obst\u00e1culos que se pongan, tanto para el sem\u00e1foro como para el lomo de burro.<br \/>\nEl C. S\u00e1nchez dice que est\u00e1 bien pero no es lo mismo. Se est\u00e1 poniendo un obst\u00e1culo en la ruta&#8230;<br \/>\nEl Pte. dice que la exigencia es la misma.<br \/>\nEl C. S\u00e1nchez dice que est\u00e1 bien pero  que entonces se debe elegir lo que sea menos peligroso.<br \/>\nEl Pte. dice que ser\u00e1 menos peligroso para \u00e9l, pero ya se hab\u00eda elegido. La exigencia de esta ordenanza es la misma con lomo de burro o con sem\u00e1foro.<br \/>\nLa C. Cartas dice que adem\u00e1s no sabemos lo que nos van a autorizar, si lomo de burro o sem\u00e1foro.<br \/>\nEl Pte. dice que la ordenanza es necesaria, pero la \u00faltima palabra la tienen ellos.<br \/>\nEl C. Busquets dice que tambi\u00e9n se debe resguardar a la gente que va para el otro lado de la ruta.,<br \/>\nEl C. Ferrero sugiere se ordene el debate en lo siguiente, cuando se plante\u00f3 que hab\u00eda que hacer algo en la ruta, era en protecci\u00f3n de los vecinos, el criterio que  tomo el Cuerpo, y la Intendencia, y a pedido de la gente, era que se hab\u00edan producido demasiados accidentes, hab\u00eda que proteger de alguna manera a la cantidad de vecinos que diariamente cruza la  ruta para a barrio Las Am\u00e9ricas o para ir a la Escuela, etc. Este fue el esp\u00edritu que llev\u00f3 al Cuerpo a buscar una alternativa para controlar el tr\u00e1nsito. Si esta ordenanza, que es una ordenanza tipo que manda la provincia, cualquiera sea el obst\u00e1culo que se ponga, lo que tenemos que definir es ante esta ordenanza qu\u00e9 vamos a hacer. Si vamos a dar marcha atr\u00e1s y dejamos as\u00ed, sin poner nada en la ruta, porque no queremos asumir responsabilidades?  Porque si ponemos lomo de burro, sem\u00e1foros o pianito, nos van a exigir igual \u00e9sto, vamos a tener que salir entre todos a decirle a la gente que no vamos a poner nada porque tenemos miedo a asumir responsabilidades. Yendo a un ejemplo concreto, el Concejo aprueba sem\u00e1foro y no lomo de burro, la provincia nos dice h\u00e1ganse responsables con \u00e9sta misma ordenanza ante un sem\u00e1foro, que hacemos? Qu\u00e9 le decimos a la gente que nos exige seguridad?<br \/>\nEl  C. S\u00e1nchez pregunta si lo que pide la provincia es lo mismo para los tres tipos de obst\u00e1culos?<br \/>\nSe le responde que s\u00ed que para cualquiera que se defina.<br \/>\nEl C. Busquets dice que no sabemos siquiera lo que ellos van a resolver. Desde ac\u00e1 nosotros tenemos que enviarlo que hayamos elegido, y despu\u00e9s seguir para adelante con el pedido de la gente. Dice que tampoco comparte el lomo de burro porque lo considera m\u00e1s peligroso que el sem\u00e1foro, pero dice, es su criterio.<br \/>\nEl C. S\u00e1nchez agrega que todas las especificaciones que \u00e9l trajo se refieren al lomo de burro, pero en cuanto a sem\u00e1foro est\u00e1 la se\u00f1alizaci\u00f3n pero no las responsabilidades.<br \/>\nLuego de un intercambio de opiniones, se resuelve ratificar en el Ejecutivo el  n\u00famero de expediente para elaborar la ordenanza.<\/p>\n<p>PUNTO 5) Finalmente el  Pte. dice que en relaci\u00f3n al pedido del aumento salarial, las posiciones se mantienen, el gremio considera o interpreta que tienen derecho al 20,5 %, y que hab\u00eda un compromiso. Se leyeron las actas y se comprob\u00f3 que el compromiso no existi\u00f3 sino que hubo una charla.<br \/>\nEl C. Ferrero pregunta al bloque opositor si tuvieron alg\u00fan planteo concreto, para que fijen posici\u00f3n.<br \/>\nEl C. Busquets dice que no ha estado en ninguna reuni\u00f3n concreta.<br \/>\nEl C. S\u00e1nchez dice que d\u00edas atr\u00e1s se habl\u00f3 del tema.<br \/>\nEl C. Busquets dice que aqu\u00ed se dijo que era una cuesti\u00f3n del Ejecutivo.<br \/>\nEl C. S\u00e1nchez dice que por parte del gremio como bloque no hubo ning\u00fan planteo.<br \/>\nEl Pte. dice que si el  tema se complica se bajar\u00e1 al Concejo.<br \/>\n\tNo siendo para m\u00e1s, se da por finalizada la sesi\u00f3n siendo las veintid\u00f3s horas treinta minutos.-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, a los diecisiete d\u00edas del mes de setiembre de mil novecientos noventa y ocho, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo, encontr\u00e1ndose presentes la totalidad de los miembros que lo conforman. 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