{"id":1959,"date":"2013-04-11T11:46:25","date_gmt":"2013-04-11T14:46:25","guid":{"rendered":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=1959"},"modified":"2013-11-18T13:16:04","modified_gmt":"2013-11-18T16:16:04","slug":"acta-numero-644","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/concejodeceres.com\/?p=1959","title":{"rendered":"ACTA N\u00daMERO  644"},"content":{"rendered":"<p>En Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, a los veinti\u00fan d\u00edas del mes de noviembre de dos mil, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo, encontr\u00e1ndose ausente con aviso la Concejal Esther R. de Saba, y dem\u00e1s Concejales presentes. Siendo las veintiuna horas, el Concejal Ing. Dar\u00edo Uberti asume la Presidencia del Cuerpo declarando abierta la sesi\u00f3n, procedi\u00e9ndose al tratamiento de los temas establecidos en el orden del D\u00eda:<\/p>\n<p>1. Lectura de Acta anterior.<br \/>\n2. Correspondencia recibida.<br \/>\n3. Proyecto de ordenanza Promoci\u00f3n Industrial.<br \/>\n4. Pedidos Concejal C. Busquets.<br \/>\n5. Tratamiento tema incompatibilidades.<\/p>\n<p>PUNTO 1) Se da lectura al Acta de la reuni\u00f3n anterior, la que es aprobada sin observaciones.<\/p>\n<p>PUNTO 2) A continuaci\u00f3n, se da lectura a la correspondencia recibida. Se recibi\u00f3 la Revista Bochas, que env\u00edan los Sres. Omar Ramallo y H\u00e9ctor Vega.<br \/>\nSe da lectura y se archiva en la correspondiente carpeta.<br \/>\nDel Honorable Concejo Municipal de Rafaela copia de Resoluci\u00f3n mediante la cual se adhiere al proyecto de r\u00e9gimen extraordinario de readecuaci\u00f3n de pasivos de menor significatividad, que deroga la Ley N\u00ba 25190 de reestructuraci\u00f3n de Pasivos Bancarios, presentado por las Diputadas Nacionales Elisa Carri\u00f3 y Miriam Curletti, ante la C\u00e1mara de Diputados de la Naci\u00f3n.<br \/>\nSe resuelve solicitar copia a la C\u00e1mara de Senadores en relaci\u00f3n al expediente y proyecto de ley presentado por el Senador Departamental CPN Ricardo Olivera.<\/p>\n<p>PUNTO 3) A continuaci\u00f3n, se da lectura al proyecto de ordenanza elaborado en relaci\u00f3n a la Ordenanza N\u00ba 325\/85 de promoci\u00f3n industrial.<br \/>\nEl Pte. dice que oportunamente se trat\u00f3 en el Concejo la necesidad de hacer algunas modificaciones a la misma. Por lo cual se hizo una redacci\u00f3n provisoria, sujeta a modificaciones.<br \/>\nEn su art\u00edculo primero se dictamina que la misma promover\u00e1 la radicaci\u00f3n de empresas conforme a criterios desarrollados cuyos fines esenciales son: incremento de la demanda de trabajo. Incorporaci\u00f3n de valor agregado a la producci\u00f3n regional. Elaboraci\u00f3n de insumos para la producci\u00f3n regional. Prestaci\u00f3n se servicios relacionados con la actividad econ\u00f3mica de la regi\u00f3n. Radicaci\u00f3n del trabajador y su grupo familiar, que garanticen el crecimiento de la poblaci\u00f3n y la riqueza. En los siguientes art\u00edculos se establece que: La confecci\u00f3n de planes y fines espec\u00edficos y la verificaci\u00f3n del cumplimiento de los proyectos estar\u00e1 a cargo de un Consejo de Adjudicaci\u00f3n, Contralor y Promoci\u00f3n. Dicho Concejo estar\u00e1 compuesto por seis (6) miembros, los que ser\u00e1n electos del siguiente modo: dos (2) por el Departamento Ejecutivo Municipal, dos (2) por el Honorable Concejo Municipal, y dos (2) por el Centro Comercial, Industrial y Rural de Ceres. Quedan afectadas al r\u00e9gimen de la presente ordenanza: las tierras que pertenecen al patrimonio privado del Municipio. Las que se adquieren por compra o expropiaci\u00f3n o de cualquier modo, a t\u00edtulo oneroso, para la radicaci\u00f3n de empresas. Las que se adquieran por donaci\u00f3n o legado o de cualquier modo, a t\u00edtulo gratuito. Para ser adjudicatario de un inmueble municipal en base a los criterios de la presente ordenanza, se requiere: Estar habilitado para ejercer la actividad comercial y\/o industrial. A los efectos de la adjudicaci\u00f3n se tendr\u00e1 en cuenta prioritariamente, adem\u00e1s de los \u00edtems desarrollados en el art\u00edculo 1\u00ba) de la presente ordenanza: el nivel de inversi\u00f3n. Posesi\u00f3n de t\u00edtulos o especificaciones vinculadas a la actividad. La adjudicaci\u00f3n de los inmuebles municipales, con los criterios de esta ordenanza, se efectuar\u00e1, a trav\u00e9s de una Ordenanza espec\u00edfica, la que surgir\u00e1 del dictamen elaborado por el Consejo de Adjudicaci\u00f3n, Contralor y Promoci\u00f3n, el cual considerar\u00e1 a cada proyecto en forma individual. La Municipalidad de Ceres, previa Ordenanza espec\u00edfica, celebrar\u00e1 con las personas f\u00edsicas y\/o jur\u00eddicas que resulten adjudicatarias, los convenios respectivos dentro de los treinta (30) d\u00edas contados a partir de la fecha de adjudicaci\u00f3n. El precio de venta de los inmuebles a adjudicar, ser\u00e1 fijado por el H. Concejo Municipal, el que deber\u00e1 compatibilizar el valor de la plaza al momento de adjudicaci\u00f3n de los lotes y la funci\u00f3n de promoci\u00f3n del Estado, referida en el Art\u00edculo 1\u00ba) de la presente ordenanza. El pago de los lotes adjudicados podr\u00e1 efectivizarse al contado, o hasta en diez (10) cuotas mensuales y consecutivas, siendo la primer cuota abonada en el momento de la firma del covenio de adjudicaci\u00f3n. Independientemente de la forma de pago elegida por el adjudicatario, la escritura p\u00fablica traslativa del dominio se otorgar\u00e1 una vez que el mismo haya cumplido el plan m\u00ednimo de inversiones establecido en la reglamentaci\u00f3n aplicable y el convenio respectivo.<br \/>\nEl plan m\u00ednimo referido deber\u00e1 cumplirse dentro de los 2 (dos) a\u00f1os a partir de la fecha de adjudicaci\u00f3n. El adjudicatario que cumpla con las obligaciones a su cargo tendr\u00e1 los siguientes derechos: posesi\u00f3n inmediata del inmueble adjudicado, asesoramiento del \u00e1rea de producci\u00f3n del Municipio respecto a la comercializaci\u00f3n de sus productos. Apoyo a la gesti\u00f3n de cr\u00e9ditos destinados al cumplimiento de la inversi\u00f3n proyectada. Otorgamiento de la escritura p\u00fablica en base a las condiciones previstas en esta ordenanza. Ser\u00e1n obligaciones de los adjudicatarios: pagar el precio de venta en la forma convenida. Cumplimentar con el plan de inversi\u00f3n y trabajo establecido en el convenio de adjudicaci\u00f3n dentro de los plazos fijados. No ceder de ning\u00fan modo el contrato de adjudicaci\u00f3n sin autorizaci\u00f3n previa y expresa del H. Concejo Municipal, siendo nulo de pleno derecho todo acto que se celebre en violaci\u00f3n a lo dispuesto. No vender, permutar, dar en pago, donar, ni ceder de cualquier modo a t\u00edtulo oneroso o gratuito, ni subdividir, ni hipotecar o gravar de cualquier modo, el inmueble adjudicado sin la autorizaci\u00f3n del Municipio y hasta 5 (cinco) a\u00f1os contados a partir del otorgamiento de la escritura p\u00fablica. El contenido del presente art\u00edculo se transcribir\u00e1 en los instrumentos p\u00fablicos que formalicen las transferencias y su omisi\u00f3n har\u00e1 responsable al profesional interviniente. En todos los casos, los actos que se celebren en contravenci\u00f3n a lo establecido estar\u00e1n viciados de nulidad. Las adjudicaciones podr\u00e1n conclu\u00edr: por mutuo acuerdo entre el Municipio y el adjudicatario. Renuncia del adjudicatario. Incapacidad f\u00edsica absoluta y permanente o fallecimiento del adjudicatario. Caducidad dispuesta por el Municipio por incumplimiento de las obligaciones dispuestas en la presente ordenanza. Para los casos de mutuo acuerdo, renuncia, incapacidad f\u00edsica absoluta y permanente, o fallecimiento del adjudicatario, el Municipio s\u00f3lo estar\u00e1 obligado a restituir las sumas amortizadas y es su caso las mejoras incorporadas cuando lo resuelva expresamente.<br \/>\nLa c. Cartas dice que debe agregarse que el Municipio evaluar\u00e1 y considerar\u00e1 la posibilidad de devolver.<br \/>\nEl Pte. aclara que por eso dice de resolverlo expresamente. El tema est\u00e1 en que si se adquiere un terreno para hacer una inversi\u00f3n y se ve luego que no se puede hacer por equis motivos, que supuestamente son valederos. En ese caso se debe presentar y renunciar al mismo. Puede solicitar se le restituya el dinero. Comenta haber efectuado consultas con otros Municipios, como Sunchales por ejemplo, donde le dijeron que el objetivo en \u00faltima instancia no era que la obra quedara parada. Porque, qu\u00e9 ocurre si una persona no denuncia?, se puede quedar con la mejora y el capital. En ese caso no va a renunciar aunque a la larga va a perder todo.<br \/>\nEl C. Schurrer considera que el Municipio puede evaluar en funci\u00f3n a la inversi\u00f3n que se haya hecho sobre el terreno. Lo que no le parece bien es el hecho de restituirle la suma. Porque si se supone que si hago un proyecto, es un capital de riesgo.<br \/>\nEl Pte. dice que, de todas maneras el lote no va a quedar parado, porque si la persona no renuncia, y no cumple con los objetivos, se le quita el lote y se lo vuelve a poner a disposici\u00f3n.<br \/>\nEl C. Schurrer agrega que adem\u00e1s puede ocurrir que haya alg\u00fan interesado y haga negocio por la mejora. Sugiere sea expresado en la misma, que el Municipio no est\u00e1 obligado a devolver salvo que lo resuelva expresamente.<br \/>\nLuego de un intercambio de opiniones, se hace la modificaci\u00f3n y se contin\u00faa luego con la lectura del proyecto que dice lo siguiente: En el supuesto que el Municipio no se obligue a restituir las sumas amortizadas o las mejoras incorporadas, la adjudicaci\u00f3n continuar\u00e1 con los herederos del adjudicatario o con el sucesor singular de \u00e9ste, quienes deber\u00e1n cumplir con los mismos deberes y restricciones impuestas al adjudicatario o propietario. En todos los casos, la continuaci\u00f3n de la adjudicaci\u00f3n por los herederos o un tercero, deber\u00e1 ser aprobada por el Honorable Concejo Municipal. En el supuesto de caducidad de la adjudicaci\u00f3n por incumplimiento del plan m\u00ednimo de inversi\u00f3n, el adjudicatario perder\u00e1 las sumas amortizadas y el valor de las mejoras incorporadas, adem\u00e1s de los derechos establecidos por el art\u00edculo 11.<br \/>\nA partir del convenio de adjudicaci\u00f3n, los adjudicatarios ser\u00e1n responsables de todos los tributos nacionales o provinciales creados o a crearse, que graven el inmueble adjudicado y la actividad que en \u00e9l se realice. A partir del convenio de adjudicaci\u00f3n y por el t\u00e9rmino de dos (2) a\u00f1os los adjudicatarios quedar\u00e1n exentos del pago de los tributos municipales en las actividades desarrolladas dentro del marco de la presente ordenanza.<br \/>\nEl Departamento Ejecutivo Municipal presentar\u00e1 a consideraci\u00f3n del Honorable Concejo Municipal las \u00e1reas del ejido municipal donde se promover\u00e1 la instalaci\u00f3n de las empresas que se adhieran a la promoci\u00f3n auspiciada por la presente ordenanza.<br \/>\nFinalizada su lectura, el C. Schurrer, sugiere que antes de elevarla al DEM se eleve una copia a la Comisi\u00f3n Directiva del Centro Comercial, a los fines de que los mismos tengan conocimiento de lo que la ordenanza contempla, y de esa forma acordar criterios en su aplicaci\u00f3n.<br \/>\nSe resuelve hacer viable la moci\u00f3n del C. Schurrer. Luego de un intercambio de opiniones, se aprueba sobre tablas.<\/p>\n<p>PUNTO 4) A continuaci\u00f3n, el Concejal Busquets comenta haber recibido reclamos de algunos vecinos de los barrios. Por ejemplo: no pasa el regador en el Barrio Instituto, y la gente del barrio Pedro de Vega, le manifest\u00f3 que en varias oportunidades pidieron tierra para la intersecci\u00f3n de calles Maip\u00fa y San Mart\u00edn, Avellaneda y Maip\u00fa, Independencia y Maip\u00fa. La tierra es para cubrir una zanja que se abri\u00f3 al finalizar el pavimento, a ra\u00edz de las lluvias.<br \/>\nEl Pte. sugiere le haga un listado de los pedidos para solicitarle al Secretario de Obras P\u00fablicas. Sectores del barrio donde no pasa el riego. Pregunta si no pasa o pasa poco el regador?<br \/>\nEl C. Busquets dice que pasa pero muy espaciadamente. Otra cosa que quer\u00eda saber es c\u00f3mo se encuentra el funcionamiento de la Terminal de Omnibus, el pago de la plataforma, el alquiler, etc, de todas las empresas, TATA, TAL, R\u00e1pido Internacional, Expreso del Oeste, Flecha Bus, La Estrella, San Crist\u00f3bal y ENCON. Comenta que tras haber conversado con los choferes de algunas de estas empresas, es que cuando a veces se juntan dos colectivos, se amontonan los taxistas, los remises, y ocupan espacio dentro de las plataformas, por una cuesti\u00f3n de que se ubican cerca del tel\u00e9fono habilitado para los mismos. Y los choferes no pueden estacionar los colectivos porque no tienen espacio.<br \/>\nEl Pte. dice que lo que habr\u00eda que gestionar es en tratar de cambiar la ubicaci\u00f3n del tel\u00e9fono.<br \/>\nLuego de un intercambio de palabras el Pte. le pide al C. Busquets le haga un listado de los pedidos para ser gestionados antes las secretar\u00edas competentes del Municipio.<br \/>\nEl C. Busquets dice que otra cosa es tratar de ubicar a los responsables de obras de agua potable y cloacas, debido a la cantidad de accidentes que ocurrieron en los d\u00edas de lluvia, donde se abrieron las zanjas que la empresa hab\u00eda realizado para la colocaci\u00f3n de los tubos. Comenta que hasta hubo quien se fractur\u00f3 como consecuencia de una ca\u00edda en estos lugares. Agrega que hubo autos ca\u00eddos en las bocas que se hacen en las esquinas.<br \/>\nEl Pte. sugiere que ante estos casos que son puntuales, habr\u00eda que ir a investigar en el lugar y efectuar el reclamo.<br \/>\nSe acuerda entonces, dejar un listado de los pedidos para hacer los reclamos pertinentes.<\/p>\n<p>PUNTO 5) Finalmente se procede a tratar el \u00faltimo tema establecido en el Orden del d\u00eda, el de las imcompatibilidades salariales.<br \/>\nEl Pte. dice que este tema, lamentablemente ha tenido una difusi\u00f3n, que a su opini\u00f3n no beneficia a nadie como Concejal, independientemente del partido, los derechos y las obligaciones que le competen a cada uno. Cuando se trat\u00f3 este tema de la incompatibilidad salarial, porque nadie niega la compatibilidad de la jubilaci\u00f3n con el cargo de Concejal. Desde el momento en que fue aceptado, se hizo porque la ley de Municipios y Comunas lo reconoce y nadie lo puede negar. En ese momento, nosotros, m\u00e1s all\u00e1 de mi situaci\u00f3n particular, que la ley 12 373 de incompatibilidad dec\u00eda que no pod\u00eda estar ejerciendo dos funciones y por lo tanto cobrar dos sueldos. En ese caso yo particularmente lo resolv\u00ed y renunci\u00e9 a la dieta. Sobre la ley no hab\u00eda profundizado y por lo tanto desconoc\u00eda la situaci\u00f3n espec\u00edfica de la incompatibilidad salarial, como el caso particular de la C. Lobera, jubilada de la provincia de Santa Fe. Aclara que, en una primera instancia \u00e9l pens\u00f3 que era jubilada de una caja privada, no de la provincia. Contin\u00faa diciendo que, en esta oportunidad, se actu\u00f3 de com\u00fan acuerdo, aunque por ah\u00ed en un medio se anduvo diciendo que se hab\u00eda apagado el grabador del Concejo, s\u00ed, se apag\u00f3 porque es un criterio con el que el Sr. Busquets que hace varios a\u00f1os que est\u00e1 en el Concejo tambi\u00e9n puede corroborar, en que cuando se tratan temas en los cuales se nombra a personas, y esos temas no est\u00e1n definidos, siempre se intenta que se solucionen y darlos a conocer dejando constancia en las actas que son p\u00fablicas, pero cuando se haya encontrado una soluci\u00f3n. Porque le parece o parec\u00eda por lo menos, y a \u00e9l particularmente le sigue pareciendo, que no se puede manosear el nombre de las personas. Especialmente cuando hay discordancia y cuando hace a los hechos y obligaciones de esas personas. Por eso se apaga el grabador, porque ese fue siempre el criterio del Concejo. Personalmente piensa que cada vez que se hable de una persona y no se tenga resuelto un problema es prudente hacerlo en privado, porque cuando se hable del tema, tiene que estar el problema resuelto y definido a los fines de no manosear el nombre de esa persona. Podemos hablar de instituciones, podemos hablar de personas que sean del gobierno provincial o nacional, pero es muy dif\u00edcil hablar de gente con la cual estamos todos los d\u00edas conviviendo, m\u00e1s all\u00e1 de que pensemos diferente o tengamos diferentes actitudes o reacciones. Contin\u00faa diciendo que, cuando a todo esto la Concejal Lobera, el d\u00eda 12 de junio presenta la nota renunciando a la dieta de Concejal hasta tanto se dilucide su situaci\u00f3n salarial, nosotros hicimos lo que era correcto, es decir informarle al agente de Personal de la Municipalidad, que estaba la renuncia. Para ello se hizo una nota como correspond\u00eda, firmada por la Secretaria y Presidente de este Concejo. Adem\u00e1s se hizo la informaci\u00f3n a la Caja de Jubilaciones que no cobraba el sueldo como Concejala, como para que eventualmente no se le perjudique y se le quite la jubilaci\u00f3n. A todo esto, a los fines de clarificar m\u00e1s la cuesti\u00f3n, se envi\u00f3 desde el Concejo con fecha 4 de agosto una nota a la Caja de Jubilaciones, pidiendo de la Asesor\u00eda Letrada un Dictamen. Un dictamen es una opini\u00f3n legal. Luego se les envi\u00f3 una Carta Documento porque no hubo respuesta, y hasta el d\u00eda de hoy no hubo contestaci\u00f3n.<br \/>\nDe todas maneras, la C. Lobera me dirige una nota a m\u00ed, donde me parece que los t\u00e9rminos no son los correctos. En la nota anterior, es la misma concejal la que renuncia a su dieta como tal, obviamente hasta que se aclare su situaci\u00f3n. El inter\u00e9s de aclararla es m\u00e1s que nada suyo, dice refiri\u00e9ndose a la Concejal Lobera. A partir del conocimiento de la ley, en la cual esta taxativamente expresada su situaci\u00f3n, ya no podemos hacer nada. Hasta ah\u00ed, que la desconoc\u00edamos pod\u00edamos seguir, porque no podemos conocer todas las leyes, aunque deber\u00edamos. A partir de conocerla tenemos que actuar en consecuencia, con la renuncia de la C. Lobera, informar para que no siga percibiendo la dieta de Concejal.<br \/>\nPor eso cree que la nota que le env\u00eda el 31 de octubre, no corresponde primero porque le hace cargo a \u00e9l como Presidente en forma personal, y dice que como Presidente del Concejo act\u00faa en funci\u00f3n de las decisiones del Concejo y no por decisiones personales. El no es quien toma las decisiones sino el Concejo es quien lo hace. Es m\u00e1s, en este momento y dada la ley como est\u00e1, el Concejo no tiene nada que resolver, sino que es la misma afectada en este caso la C. Lobera, la que tiene que resolver con cu\u00e1l de los dos sueldos se queda. Y si hoy por alguna circunstancia quisiera cambiar, y no quisiera cobrar m\u00e1s la jubilaci\u00f3n sino la dieta como Concejal, porque le conviene o porque le gusta m\u00e1s, no hay problema, hace una nota, y le informa a \u00e9l como Presidente. El por su parte informa a personal que act\u00faa en ello. Lo que habr\u00eda que resolver en \u00faltima instancia porque le parece que lo correcto es informar a la caja de jubilaciones, pero en \u00faltima instancia es el Concejo el que debe resolver si lo informa o no. Se informa y se termina la cuesti\u00f3n. El Concejo no tiene que resolver esta situaci\u00f3n. Porque la situaci\u00f3n no las crea el Concejo, la crea una ley provincial que taxativamente dice que no se puede.<br \/>\nDice que le llam\u00f3 la atenci\u00f3n la publicidad que tuvo este tema, cuando se intent\u00f3 por todos los medios de no tirar este tipo de cuestiones al p\u00fablico, porque no genera nada positivo en la gente. Es m\u00e1s, \u00e9l personalmente no sali\u00f3 a hablar en ning\u00fan medio a pesar de que lo estuvieron buscando. No sali\u00f3 ni quiere salir a hablar del tema, hasta que el mismo no este resuelto. Porque le parece imprudente salir a dar una opini\u00f3n personal, o una opini\u00f3n pol\u00edtica, y cree personalmente que no es un tema para manoseo.<br \/>\nLa C. Lobera agrega que ella no conoc\u00eda la ley taxativamente. Por eso el a\u00f1o pasado, cuando ingres\u00f3 al Concejo y le pidieron la documentaci\u00f3n, present\u00f3 fotocopia de lo que estaba cobrando de jubilaci\u00f3n. Una ma\u00f1ana, la empleada a cargo de la oficina de Personal, la Sra. Dora Bravo estando presente la Secretaria, la llev\u00f3 a su oficina y le explic\u00f3 c\u00f3mo era un recibo. A lo cual ella le contest\u00f3 que no le explicara nada ya que no iba a cobrar la dieta de concejal. Y ella le respondi\u00f3 que s\u00ed iba a cobrar porque hab\u00edan hablado a Municipios y Comunas, donde le respondieron que s\u00ed le correspond\u00eda. Esto a ella la desorient\u00f3. Porque hay muchas excenciones que a veces hacen con los docentes. Por eso pens\u00f3 que le pod\u00eda corresponder. Luego el Dr. De la R\u00faa dicta una ley, no recuerda si en enero o febrero, donde no se pod\u00eda cobrar jubilaci\u00f3n y un sueldo pero desde los subsecretarios para arriba. Pens\u00f3 entonces que no entraba en \u00e9sa. Considera que tal vez estuvo imprudente en lo que hizo, pero le parece prudente que si el Pte. de este Concejo mand\u00f3 nota a la Caja en agosto, falt\u00f3 que le hiciera conocer estos pasos. Porque ella hizo la renuncia, y es una renuncia condicional, y crey\u00f3 que eso hab\u00eda quedado olvidado en un caj\u00f3n. Nadie le dec\u00eda nada, (lo repiti\u00f3). Si le hubiesen dicho que en agosto mandaron pero que no le contestaron, entonces al menos iba a estar m\u00e1s tranquila, sabiendo que su renuncia hab\u00eda sido tenida en cuenta. Dice que esper\u00f3, y que pasaron cinco meses.<br \/>\nEl C. Schurrer le pregunta si ella pregunt\u00f3 en el Concejo si se hab\u00eda mandado algo?<br \/>\nLa C. Lobera dice que no.<br \/>\nEl Pte. le pregunta cu\u00e1les fueron los motivos por los que renunci\u00f3 a la dieta.<br \/>\nLa C. Lobera le responde que lo que le llev\u00f3 a renunciar a la dieta, fue esa cosa que sinti\u00f3 esa noche. Porque Uds., vos, dice refiri\u00e9ndose al Pte., dijiste: \u00abIrma por el problema tuyo, y Cristina dijo ya averig\u00fc\u00e9 en la caja\u00bb&#8230; Camilo se puso en contacto con gente de la Caja. Y averigu\u00f3 otras cosas, pero pasaba que por escrito nadie ten\u00eda nada. Entonces ante la duda, yo moralmente no pod\u00eda seguir cobrando. Agrega que si hubiese tenido dudas en diciembre cuando asumi\u00f3, no recib\u00eda un peso. Entonces como no ten\u00eda dudas, porque al entregar fotocopia de su recibo, y al no decirle que no tiene validez para suspenderle la dieta&#8230;<br \/>\nEl Pte. dice que la ley es taxativa.<br \/>\nLa C. Lobera dice que por eso, crey\u00f3 que le correspond\u00eda cobrar.<br \/>\nEl Pte. dice que est\u00e1 bien, pero&#8230;<br \/>\nLa C. Lobera dice que renunci\u00f3 y todo parti\u00f3 de ella. Parti\u00f3 de ella una ma\u00f1ana tomar la m\u00e1quina de escribir con el desconocimiento de su compa\u00f1ero de bloque, y redact\u00f3 la renuncia como a ella le pareci\u00f3 que ten\u00eda que hacerla. Porque aclar\u00f3 que de la jubilaci\u00f3n no se iba a bajar. Incluso renunciaba a la dieta. Por eso esperaba alg\u00fan tipo de respuesta. Por ejemplo ahora se entera que mandaron carta documento y no contestan. De haber sabido que se hab\u00eda hecho alg\u00fan tipo de averiguaci\u00f3n, se manten\u00eda a la espera.<br \/>\nEl Pte. dice que antes de hacer lo que se hizo en un medio de comunicaci\u00f3n, hay contacto suficiente y est\u00e1 abierto a agregarse en el orden del d\u00eda, para saber en qu\u00e9 situaci\u00f3n estaba el tema. Personalmente dice que lo que se haya dicho por los medios de comunicaci\u00f3n no le preocupa. El sabe c\u00f3mo act\u00faa y sabe lo que piensa la gente de \u00e9l. Sucede que antes de actuar en este sentido, se debe pensar que existen otros medios u otras instancias que agotar. Es decir que si ac\u00e1 se hubiera adoptado la instancia de preguntar y nadie le hubiera respondido, y si en un acta o dos, o tres, nos hubi\u00e9semos hechos los tontos o no hubi\u00e9ramos respondido, entonces s\u00ed ten\u00eda todo el derecho de hacer lo que quisiera. Pero tambi\u00e9n se tiene el derecho y con m\u00e1s raz\u00f3n de decir y exigir que el tema se trate. Pero result\u00f3 que pas\u00f3 el tiempo, no pregunt\u00f3 cuando se ten\u00eda el derecho a hacerlo, y se fue a un medio de comunicaci\u00f3n. Adem\u00e1s me envi\u00f3 una nota, que desconoce qui\u00e9n le asesor\u00f3 a hacerla, porque si hay un abogado de por medio no sabe nada. Porque no puede intimarme a m\u00ed, como presidente del Concejo y hacerme responsable de cuestiones en forma personal. Ratifica que como Pte. del Concejo act\u00faa y responde por resoluci\u00f3n y decisi\u00f3n del Concejo, no act\u00faa en forma personal.<br \/>\nLa C. Cartas solicita se de lectura a la nota enviada por la C. Lobera de Uberti.<br \/>\nEl Pte. da lectura a la misma que dice lo siguiente:<br \/>\n\u00abSe\u00f1or Presidente del H.C.M. Me dirijo a Ud. a efectos de SOLICITAR EN FORMA URGENTE un dictamen aclaratorio acerca de mi situaci\u00f3n, relativa a mi dieta, en ese \u00f3rgano. En fecha 12 de junio del a\u00f1o en curso he presentado una nota donde expresamente dejo aclarado mi renuncia condicional a la dieta como concejal, hasta tanto que resuelto mi presunta incompatibilidad en el cobro de los salarios (dieta de concejal y jubilada provincial). Hasta el d\u00eda de la fecha (31\/10\/00) no he tenido respuesta acerca de esta situaci\u00f3n. A efectos de poder desempe\u00f1ar el cargo en el que fui electa en forma correcta entiendo que tal actividad debe ser retribuida, como marca la ley, en consecuencia, tiene que expedirse acerca del tema planteado. Hago reserva de reclamar los importes retroactivos debidos, como asimismo el pago de la suspensi\u00f3n hasta la expeditio de ese Concejo. Entiendo que ha pasado suficiente tiempo desde el 12 de junio de 2000 hasta la fecha para la resoluci\u00f3n de este problema, considerando responsabilidad exclusiva del Sr. Pte.\u00bb firma la nota Irma Lobera de Uberti.<br \/>\nFinalizada la lectura, el Pte. dice que tiene una respuesta de abogado largu\u00edsima pero no tiene ning\u00fan sentido, y no la va a leer. Simplemente dice que el Concejo no tiene nada que resolver. Es la misma concejal la que tiene que resolver en funci\u00f3n de esta ley. En funci\u00f3n del Concejo la C. Uberti puede ser Concejal, no hay ning\u00fan problema para ello. En funci\u00f3n de esta ley tiene que optar por un sueldo. Es suya la resoluci\u00f3n. Lo \u00fanico que en funci\u00f3n de lo que ella resuelva nosotros como Concejo tenemos que informar, porque es l\u00f3gico. Por eso no entiendo, la raz\u00f3n de esta nota. Y agrega que no cree que la haya hecho ella, sino que esta hecha por un abogado, pero no tiene sentido. Ya se ha publicado demasiado, cada uno sabe cu\u00e1les son sus derechos y cu\u00e1les sus obligaciones. Nadie le proh\u00edbe ser concejal.<br \/>\nEl C. Busquets dice que en funci\u00f3n a la ley que se menciona hay un art\u00edculo en el que en el supuesto caso como se hab\u00eda hablado en los medios de la devoluci\u00f3n de las dietas, la hace responsable el art\u00edculo 97, habr\u00eda que conseguir esa ley. La hace responsable la patronal. Por eso piensa que esa nota va en funci\u00f3n a la responsabilidad que le compete como Presidente, como personal. Habr\u00eda que tomarlo con pinzas dice, por el hecho de que habr\u00eda que ver la ley. Porque le leyeron dice, en Municipios y Comunas las responsabilidades de que, sabiendo de la patronal que ella estaba jubilada, cobraba y empez\u00f3 a cobrar.<br \/>\nEl C. Busquets dice que no pasa por el empleado de la Secretaria de Finanzas. Sino pura y exclusivamente por la patronal. Y la patronal es la que se hab\u00eda sancionado de acuerdo al art\u00edculo&#8230; dice que ma\u00f1ana har\u00e1 las averiguaciones respecto de este art\u00edculo, o la ley, para tenerla en el Concejo para consulta. Agrega por otro lado, que su compa\u00f1era de bloque ha tomado esa resoluci\u00f3n debido a que jur\u00eddicamente quiere cumplir con lo que manda la ley. Considera desde su punto de vista personal, que tambi\u00e9n habr\u00eda que indagar porque las leyes que rigen las Cajas, el funcionamiento de las Cajas son todas iguales. Cambian en algunos aspectos, pero de acuerdo a lo que le dijo la Dra. Mustaf\u00e1, en Santa Fe y en otros lugares, es la misma Caja de la provincia, y con esa ley que sal\u00edo en enero de este a\u00f1o, la Concejal Saba, tampoco tendr\u00eda que cobrar dieta.<br \/>\nEl Pte. dice que hay en el Concejo un dictamen que lo permite.<br \/>\nEl C. Busquets dice que los dict\u00e1menes lo tenemos clarito son opiniones.<br \/>\nEl Pte. dice que por qu\u00e9 se pide un dictamen de la Caja de Jubilaciones de la Provincia porque tambi\u00e9n tenemos una opini\u00f3n.<br \/>\nEl C. Busquets sostiene que un dictamen es una opini\u00f3n. Ahora si aqu\u00ed se quiere tomar como se les parezca&#8230;, porque las leyes son as\u00ed.<br \/>\nEl Pte. dice que no es as\u00ed. Cuando un abogado de una Caja interpreta la ley lo est\u00e1 haciendo en funci\u00f3n de la Caja y no en funci\u00f3n personal. Por lo tanto este dictamen es el dictamen de el Anses, no el dictamen de un abogado particular, que si puede eventualmente interpretar la ley de otra manera. Ac\u00e1 el abogado del Anses interpreta la ley que maneja el Anses y emite el dictamen en funci\u00f3n de esa interpretaci\u00f3n, que es la que aplica a todo. Porque el abogado del Anses no va a hacer un dictamen para m\u00ed, o para vos, o para ella o para \u00e9l totalmente diferentes. Por eso considera que se tiene el derecho de decir todo lo que crean necesario. Cree que se le sigue pagando porque esto deja totalmente satisfecho y garantizado de que legalmente le corresponde, para ello lo avalan los dict\u00e1menes. Con respecto al hecho que menciona la C. Lobera de Uberti de hab\u00e9rsele pagado en principio es porque todo el mundo actu\u00f3 de buena fe. Porque nadie quiso perjudicarle.<br \/>\nEl C. Busquets dice que se llega a esto porque se habl\u00f3 de la devoluci\u00f3n de dietas, en la cual cree que se deben tomar sus recaudos. Porque si es un art\u00edculo de la ley de alguna manera, no solamente es culpable Irma, dice.<br \/>\nEl Pte. ratifica que aqu\u00ed nadie quiere perjudicar a nadie. Cree que se escap\u00f3 el tema, porque se ha manejado tal vez con falta de experiencia en el ejercicio de la pol\u00edtica. Hay que ser muy cuidadoso en pol\u00edtica porque a veces uno tira algo contra el viento y vuelve como un boumerang. Y a veces por querer pegar a alguien, en el pegar todos entramos en una vor\u00e1gine&#8230; agrega que puede garantizar que no todo el mundo interpret\u00f3 lo que quiso decir en los medios la C. Lobera, as\u00ed como no todo el mundo va a estar de acuerdo con lo que se afirm\u00f3.<br \/>\nLa C. Lobera dice que lo \u00fanico que dice es que ella no dio conferencia de prensa. Solamente fueron a su casa. No nombr\u00f3 a nadie. No piensa hacer denuncia de nadie. Porque el otro d\u00eda cuando estuvo en Municipios y Comunas el caso de la otra Sra. le dijeron que est\u00e1 en la misma situaci\u00f3n que la m\u00eda. Porque por m\u00e1s que haya un dictamen del Anses ella es concejal de una provincia con una ley determinada tambi\u00e9n dentro de la provincia. Eso fue lo que le dijeron. Pero agrega que a este tema no lo quiere tocar ni nada. Le contesta al Pte. que ella renunci\u00f3 por eso. Porque se le present\u00f3 la duda cuando le dijeron eso. Entonces pens\u00f3 que estaba cobrando una cosa que no le correspond\u00eda. Por eso renunci\u00f3. No por otra cosa, y no mencion\u00e9 art\u00edculo, no mencion\u00e9 nada, dice.<br \/>\nLa C. Cartas quiere decir algo: que vos que sos cat\u00f3lica y que rezas el rosario todos los d\u00edas, vas a decir si yo estoy mintiendo o no. Una ma\u00f1ana conversando en el seno del Concejo, cuando te notifiqu\u00e9 que hab\u00eda estado en la Caja de Jubilaciones y que hab\u00eda averiguado que no TE correspond\u00eda cobrar, yo te expres\u00e9 que no quer\u00eda perjudicarte, y que esa era la raz\u00f3n por la que se hab\u00eda accedido a tratarlo fuera de sesi\u00f3n. Porque no quer\u00eda hacerte lo que me hab\u00edan hecho a m\u00ed. Por eso se accedi\u00f3 a tratar fuera de sesi\u00f3n y por eso se apag\u00f3 el grabador, justamente para no perjudicarte. Que despu\u00e9s la gente evaluar\u00e1 si el gesto m\u00edo fue o no positivo. Pero lo que no me banco es la hipocres\u00eda. Porque vos dec\u00eds que no nombr\u00e9 a nadie, pero vos dec\u00eds que este tema no es porque vos seas incompatible sino porque la tocaron a otra persona, y cuando dec\u00eds otra persona sin decir nombre, te est\u00e1s refiriendo a mi persona. Porque de eso cualquier est\u00fapido se da cuenta. Y que si sal\u00ed a decirte lo que te dije es porque realmente me indign\u00f3, esa actitud que de una persona cat\u00f3lica no esperaba. Realmente esperaba de vos otra cosa. Cuando nosotras esa ma\u00f1ana conversamos, yo te dije textualmente que: cuando a m\u00ed me vengan a preguntar sobre la incompatibilidad yo puedo decir yo no soy incompatible, la que es incompatible es la Sra. de Uberti. Y vos dijiste: no, no quiero que me escrachen por los medios. Entonces por eso es que accedimos a tratarlo as\u00ed, de esa manera. No es que nosotros apagamos el grabador y esperamos que no est\u00e9 \u00e9l -refiri\u00e9ndose al C. Busquets- para decirte lo que te dijimos. Te dijimos simplemente lo que hab\u00edamos averiguado y que seg\u00fan la ley correspond\u00eda. Me parece que lo que fu\u00edste a decir es totalmente lo contrario. Totalmente diferente, cambiado y no es la verdad.<br \/>\nEl C. Busquets le pregunta por qu\u00e9 no es la verdad?<br \/>\nLa C. Lobera dice que es la verdad, porque yo si Uds. esa noche a m\u00ed no me dicen eso. Yo no renunciaba y segu\u00eda cobrando porque estaba convencida que estaba en mi derecho.<br \/>\nLa C. Cartas le pregunta si no fueron a la Caja?<br \/>\nEl C. Busquets responde que fueron despu\u00e9s. No antes. Ya despu\u00e9s que hab\u00eda renunciado ella. Pero m\u00e1s all\u00e1 de esto comparte con todo lo que dice Uberti. Estoy, que les digo la verdad, no tengo para nada que andar ocultando, que s\u00ed tengo que hacer que conste en actas que yo me entero de esa Carta Documento que mandaron a la Caja, un d\u00eda porque vino a la tarde aqu\u00ed, y encontr\u00f3 un aviso de acuso de recibo de la Caja de Jubilaciones. Entonces le avis\u00f3 a Irma de esto. Luego le pregunt\u00f3 a la Secretaria, y la nota no estaba. Le habl\u00f3 al Presidente porque estaba caliente, porque la secretaria le negaba la carta documento. Entonces le habl\u00f3 al Pte. y el presidente desde el primer momento le dijo que la carta estaba. Y apareci\u00f3 la carta doblada en cuatro o cinco partes, que se la trajo en manos la secretaria diciendo que estaba en una caja donde no ten\u00eda que estar. Dice que esto es algo a lo que hay que ponerle fin. En el caso de la Sra. de Saba averiguaremos, lo charlaremos. Va con las reglas de juego que siempre hemos tenido, claras. Y bueno tratar de que esto se termine de una vez por todas porque esto no le hace bien ni a la instituci\u00f3n, ni a las personas.<br \/>\nLa C. Cartas manifiesta que ya que se toco el tema quiere dejar constancia en acta, respecto a algunas anomal\u00edas, ya que aqu\u00ed en este Concejo alguien de este Concejo viol\u00f3 una carta que ven\u00eda dirigida al Presidente del Concejo, y donde ven\u00eda el dictamen de Buenos Aires en relaci\u00f3n a mi tema, ya que los organismos se expiden por dict\u00e1menes y no por resoluciones agrega. Tambi\u00e9n se abri\u00f3 otra carta en dos oportunidades. El dictamen de la provincia y el dictamen de la Naci\u00f3n en relaci\u00f3n a mi tema, y ambas ven\u00edas dirigidas al Pte. de \u00e9ste Concejo. Y no se quien fue, dice.<br \/>\nEl C. Busquets dice yo no s\u00e9.<br \/>\nEl Pte. dice que sabe quien fue, y cree que no son actitudes con las que nos hemos estado manejando hasta el momento. Hasta ahora ten\u00edamos un respeto, m\u00e1s all\u00e1 de las diferencias, m\u00e1s all\u00e1 del calentamiento l\u00f3gico y natural de las discusiones, hab\u00eda respeto y trat\u00e1bamos de no magnificar las cosas. Y si algo sal\u00eda afuera era una discusi\u00f3n pol\u00edtica. Lo que le parece l\u00f3gico y natural. Cree que hay que poner un poco de madurez en estas cuestiones. Tenemos que tener respeto por la gente, la gente esta mal y todas estas cosas no caen bien y son de mal gusto para la gente. La gente esta abarrotada de cosas malas. Y nosotros tendr\u00edamos que estar trabajando m\u00e1s all\u00e1 del consenso pol\u00edtico de ganar una elecci\u00f3n hoy la gente espera soluciones, aunque muchas no se las podamos dar. Pero por lo menos que el Concejo se maneje con seriedad. Soliicita por favor que eso no se pierda nunca.<br \/>\nLa C. Cartas pregunta luego, c\u00f3mo queda este tema?<br \/>\nEl Pte. le responde que considera que el tema esta resuelto y el d\u00eda que se reciba algo de la Caja se dar\u00e1 a conocer.<br \/>\nEl C. Busquets dice no tropezar con la misma piedra.<br \/>\nLa C. Lobera dice: pienso que esta resuelto porque si llega alguna cosa, alg\u00fan dictamen de la Caja&#8230;<br \/>\nEl Pte. dice que se lo dar\u00e1 a conocer.<br \/>\nA continuaci\u00f3n a pedido de la C. Cartas se transcriben los dict\u00e1menes remitidos por el ANSES, en relaci\u00f3n a la C. Esther R. de Saba. Con fecha 8\/05\/00 la Concejal Esther R. de Saba envi\u00f3 a la Gerencia de Anses, Rafaela, la siguiente: \u00abla que suscribe Esther Ramello, DNI 3 727 667, en su car\u00e1cter de Concejal Municipal de esta localidad, se dirige a esa Administraci\u00f3n con el fin de solicitar que luego de analizada su situaci\u00f3n abajo detallada, se expida y conteste aclarando si se origina alguna incompatibilidad por el cobro de haberes en el desempe\u00f1o de su funci\u00f3n, para ello hace conocer su situaci\u00f3n y dice:<br \/>\n&#8211; que de acuerdo a Expte. N\u00ba 781\/00238496\/01, el 28\/10\/94 y acta N\u00ba 880 le fue acordado el beneficio N\u00ba 1094917 de Jubilaci\u00f3n Ordinaria ex Caja de Estado, y que desde el 06\/12\/94 percibe los haberes mensuales establecidos.<br \/>\n&#8211; Que desde el 10\/12\/99 se desempe\u00f1a como Concejal Municipal en esta ciudad y percibe la asignaci\u00f3n mensual correspondiente, de la que le deducen de acuerdo a las leyes vigentes el aporte jubilatorio y para seguro mutual.<br \/>\n&#8211; Que habiendo consultado a profesionales locales se le inform\u00f3 que seg\u00fan Ley 24241 art. 34 no existe incompatibilidad, si le advierten que los nuevos aportes no le dar\u00e1n derecho a reajustes o mejoras en las prestaciones originarias. (Adjunto a la presente fotocopia de la ley antes indicada).\u00bb<br \/>\nEn respuesta recibe con fecha 23\/05\/00, de la Sra. Graciela Ballario, Gerente UDAI Rafaela, lo siguiente: \u00aben respuesta a su nota del 08\/05\/00 cumplo en informar que a nivel nacional no existe incompatibilidad entre el cobro de Jubilaci\u00f3n Ordinaria y el desempe\u00f1o de cualquier actividad aut\u00f3noma o en relaci\u00f3n de dependencia. No obstante, deber\u00e1 asegurarse si -a la inversa- no e s incompatible el desempe\u00f1o en un cargo Municipal con la percepci\u00f3n de un beneficio jubilatorio.\u00bb<br \/>\nLuego, se da lectura a la nota dirigida al Sr. Presidente del Concejo Municipal, Ing. Dar\u00edo Uberti. Referencia a Dictamen N\u00ba 14538, de la Gerencia Asesoramiento de la GERENCIA ASUNTOS JURIDICOS\/ANSES\/BS.AS. para su notificaci\u00f3n, reca\u00eddo en el expediente N\u00ba 024 070327667-2-715, caratulado: \u00abRAMELLO, Esther T. S\/Incompatibilidad percepci\u00f3n haberes y ejercicio cargo funci\u00f3n p\u00fablica\u00bb. DECRETO N\u00ba 206\/2000, con fecha 3 de julio de 2000. Se\u00f1or Gerente de Asuntos Jur\u00eddicos, se remiten las presentes actuaciones a esta Gerencia a efectos de expedirse respecto de la consulta formulada por el Honorable Concejo Municipal de Ceres, provincia de Santa Fe, sobre los alcances del Decreto N\u00ba 206\/2000, en orden a la situaci\u00f3n previsional de la Sra. Esther Teresa Ramello, quien percibe una jubilaci\u00f3n ordinaria y a la vez se desempe\u00f1a como Concejal Municipal en esa ciudad.<br \/>\nEl Decreto N\u00ba 206\/2000 establece que los funcionarios de jerarqu\u00eda igual o superior a la de Subsecretario, designados para desempe\u00f1arse en el \u00e1mbito del Poder Ejecutivo Nacional y las m\u00e1ximas autoridades de Organismos Descentralizados, instituciones bancarias oficiales y de la Seguridad Social, empresas y sociedades del Estado y de cualquier otro ente en que el Estado Nacional tenga participaci\u00f3n mayoritaria en el capital o en la formaci\u00f3n de las decisiones societarias, no podr\u00e1n beneficiarse simult\u00e1neamente con el sueldo o remuneraci\u00f3n correspondiente y un beneficio previsional. Al respecto cabe se\u00f1alar que el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n se encuentra expresamente delimitado en el texto de la citada normativa, por lo cual los funcionarios del Consejo Municipal de la ciudad de Ceres, provincia de Santa Fe, de quien forma parte la interesada, no resultan alcanzados por la misma. Asimismo procede destacar que la situaci\u00f3n previsional de la Sra. Esther T. Ramello se encuentra amparada en las disposiciones contenidas en el art\u00edculo 34, apartados 1, 2, y 3 de la Ley N\u00ba 24.241, en cuanto establecen que los beneficiarios del R\u00e9gimen Previsional P\u00fablico podr\u00e1n reingresar a la actividad remunerada tanto en relaci\u00f3n de dependencia como en car\u00e1cter aut\u00f3nomo, debiendo efectuar los aportes correspondientes, los que ser\u00e1n destinados al Fondo Nacional de Empleo, y que los nuevos aportes no dar\u00e1n derecho a reajustes o mejoras en las prestaciones originarias.<br \/>\nGerencia Asesoramiento. Firman Dr. Juan C. Lafuente y Mar\u00eda Elena Zewegen.\u00bb<br \/>\nNo siendo para m\u00e1s, se da por finalizada la sesi\u00f3n siendo las veintitr\u00e9s horas quince minutos.-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, a los veinti\u00fan d\u00edas del mes de noviembre de dos mil, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo, encontr\u00e1ndose ausente con aviso la Concejal Esther R. de Saba, y dem\u00e1s Concejales presentes. 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