{"id":3388,"date":"2019-03-14T11:44:15","date_gmt":"2019-03-14T14:44:15","guid":{"rendered":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=3388"},"modified":"2019-03-14T11:44:15","modified_gmt":"2019-03-14T14:44:15","slug":"acta-numero-1276-rec-34-35-36","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/concejodeceres.com\/?p=3388","title":{"rendered":"ACTA N\u00daMERO 1276 \u2013 Rec. 34.35.36"},"content":{"rendered":"<p>En la ciudad de Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, a los CINCO d\u00edas del mes de SETIEMBRE de dos mil dieciocho, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo, encontr\u00e1ndose ausente con aviso, el concejal se\u00f1or Dante Weder, y dem\u00e1s concejales presentes. Siendo las once horas treinta minutos, el concejal Dr. Juan Manuel Mansilla, asume la Presidencia del Cuerpo declarando abierta la sesi\u00f3n, procedi\u00e9ndose al tratamiento de los temas establecidos en el Orden del d\u00eda:<\/p>\n<ol>\n<li>Lectura del acta anterior.<\/li>\n<li>Correspondencia recibida.<\/li>\n<li>Proyecto de ordenanza donaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Ordenanza sobre inmuebles.<\/li>\n<li>Proyecto ordenanza reforma dietas secretarios.<\/li>\n<li>Proyecto de Minuta Bloque UCR.<\/li>\n<li>Proyecto ordenanza tenencia responsable de mascotas.<\/li>\n<\/ol>\n<p>PUNTO 1) Se da lectura al acta de la sesi\u00f3n anterior, la que es aprobada sin observaciones.<\/p>\n<p>PUNTO 2) A continuaci\u00f3n, se da lectura a la correspondencia recibida.<\/p>\n<ul>\n<li>Escuela 6124, proyecto de mascotas. El mismo hace referencia a regular todos los aspectos relativos a la tenencia, fomento y cuidado de los animales que afecten a la tranquilidad, seguridad, higiene y salubridad de personas y bienes, as\u00ed como garantizarles la debida protecci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>El Pte. dice que hay un proyecto del Concejal Fiore en cuanto a Tenencia Responsable de Mascotas. Se puede adjuntar a ese proyecto.<\/p>\n<p>El C. Fiore dice que si. Podr\u00eda agregarse en la ordenanza para hacer participes a los alumnos de la elaboraci\u00f3n de la misma.<\/p>\n<ul>\n<li>Movimientos de fondos meses de enero a abril 2018.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Se extiende copia a cada bloque.<\/p>\n<ul>\n<li>Resoluci\u00f3n m\u00e1s Decreto DEM.<em>\u201cResoluci\u00f3n 282\/18: VISTO la necesidad planteada por los vecinos de la ciudad en relaci\u00f3n a mejorar la infraestructura urbana, y CONSIDERANDO La Secretar\u00eda de Obras y Servicios P\u00fablicos, Sr. Juan Rosa de la Municipalidad de Ceres, aprueba el proyecto de obra de Cord\u00f3n cuneta, ripio e iluminaci\u00f3n que se llevara a cabo en parte del Barrio Re y Barrio Belgrano. El proyecto citado est\u00e1 dirigido a los contribuyentes cuyas propiedades se encuentran ubicados en la Secci\u00f3n IV de la ciudad de Ceres; comprendiendo las calles Av. Milano (entre Av. Echague y Av. Blas Parera) French y Berutti (entre Bv. Bernardo de Irigoyen y Lavalle), Av. Milano (entre Blas Parera y Ruta Nacional N 34 norte) General Lamadrid (entre 3 de Febrero y Av. Blas Parera) y 3 de febrero (entre Lavalle y General Lamadrid). En relaci\u00f3n a la misma se informa que el monto por metro lineal de obra asciende a la cantidad de pesos mil setecientos treinta y tres con cincuenta y dos centavos ($1733,52); el monto a abonar se calcular\u00e1 sobre cada vivienda en particular. Que a los fines de la realizaci\u00f3n de la obra es necesario realizar la apertura de un libro de Oposici\u00f3n, en el cual los frentistas se manifiesten en caso de oposici\u00f3n a la realizaci\u00f3n de la misma. LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE CERES EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS POR MANDATO LEY 2756 SANCIONA Y PROMULGA LA SIGUIENTE RESOLUCION. ARTICULO 1: F\u00edjese el monto de la obra en la suma de pesos un mil setecientos treinta y tres con cincuenta y dos centavos ($1733,52), por metro lineal de obra, conforme a considerandos.\u201d<\/em><\/li>\n<\/ul>\n<p>El Pte. dice que la Ordenanza 1483,es la de Marco cord\u00f3n cuneta ripio e iluminaci\u00f3n, donde el Ejecutivo puede realizar ese tipo de obras en distintos sectores de la comunidad. Esto es\u00a0 la comunicaci\u00f3n que hace el ejecutivo de la obra que ha determinado realizar. No est\u00e1 sujeto a una aprobaci\u00f3n nuestra.<\/p>\n<p>El C. Maza pregunta si las calles de la Escuela ENET no est\u00e1n incluidas dentro de la misma obra.<\/p>\n<p>El Pte. dice que no. Eso es pavimento, se present\u00f3 en el Concejo el proyecto por si viene la parte de la Provincia de la deuda de Coparticipaci\u00f3n que existe entre Naci\u00f3n y Provincia. Si a Ceres llega esa parte, se va a completar con pavimento alrededor de la escuela.<\/p>\n<p>El C. Balzarini dice que son $1733 por metro lineal y pregunta en cuantas cuotas puede pagarse.<\/p>\n<p>El Pte. dice que hasta 24 cuotas, lo dice la ordenanza.<\/p>\n<p>El C. Maza pregunta si tiene descuento por pago de contado.<\/p>\n<p>El Pte. dice que no. Tiene solo costo de materiales el monto.<\/p>\n<ul>\n<li>Proyecto de reciclado alumnos escuela Bel\u00e9n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>PUNTO 3) A continuaci\u00f3n, se da lectura al proyecto de ordenanza sobre donaci\u00f3n. El mismo hace referencia a la donaci\u00f3n del inmueble ofrecido por el Sr Reixach, identificado como lote N\u00b0 33 del croquis de mensura realizado por el agrimensor Hugo Rodr\u00edguez, correspondiente a la partida inmobiliaria N\u00b0 07-01-00 033594\/0003, cuyas medidas son 100 metros de frente por igual de contra frente, por 30 metros en sus laterales. Que la Municipalidad ha aceptado , destin\u00e1ndolo a apertura de calle publica.<\/p>\n<p>El Pte. dice que es la calle Luis Lazzari. De un lado est\u00e1 el Barrio 150 viviendas, y del otro Barrio Nuevo.<\/p>\n<p>El C. Balzarini dice que si. Esta calle hizo que un barrio se independice del otro.<\/p>\n<p>El Pte. dice que si. Hay que elaborar una ordenanza donde se acepta desde el Concejo dicha donaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Luego de un intercambio de opiniones, se aprueba por unanimidad.<\/p>\n<p>PUNTO 4) Proyecto de ordenanza inmuebles.El mismo dice lo siguiente: \u201c<em>VISTO: Que la Ley Nacional N\u00b0 24.320 establece normas sobre la declaraci\u00f3n de prescripci\u00f3n adquisitiva a favor de Municipios y Comunas conforme al art\u00edculo 4.015 del C\u00f3digo Civil, siendo aplicables al d\u00eda de la fecha los art. 1897, 1899, 1900 del Nuevo C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n, y CONSIDERANDO: Que la provincia de Santa Fe adhiri\u00f3 a la misma por la Ley Provincial N\u00b0 12.115. Que la Ley Nacional N\u00b0 24.320, faculta al Poder Ejecutivo Municipal a otorgar las escrituras declarativas de usucapi\u00f3n producidas en los t\u00e9rminos que establece el art\u00edculo 4.015 del C\u00f3digo Civil, siempre que no se den las situaciones previstas en el art\u00edculo 3\u00b0). Que si el Organismo Registral observara que concurren algunas de las circunstancias contempladas en el art\u00edculo 3\u00b0 de la Ley Nacional N\u00b0 24.320 se debe recurrir al procedimiento judicial com\u00fan para lograr la declaraci\u00f3n de la Usucapi\u00f3n a favor del Estado Provincial Municipal y\/o Comunal. Que con el fallo de la C\u00e1mara Civil 2\u00b0 de Capital J. A. 68-249, que consider\u00f3 que: \u201cse infiere el prop\u00f3sito de abandonar el dominio de un inmueble por parte del propietario que no paga los impuestos ni la contribuci\u00f3n por afirmado por un largo lapso, lo que permite suponer que ello no obedece a una causa accidental y que adem\u00e1s no efect\u00faa ning\u00fan posesorio, ni por si ni por terceros y ni siquiera lo visita o vigila peri\u00f3dicamente para resguardo de intrusos\u201d. (Mariano de Vidal, Curso de Derechos Reales, Tomo 1 \u2013 P\u00e1gina 336 \u2013 2\u00b0 impresi\u00f3n). Que el inmueble es identificado en el Plano de Mensura para Adquisici\u00f3n de Dominio por aplicaci\u00f3n de la Ley Nacional N\u00b0 24.320 y Provincial N\u00b0 12.115, que est\u00e1 ejecutando la Agrimensora MARICEL FORNERO, en cumplimiento de la Orden de Trabajo respectiva, de las citaciones a sus efectos y acta de mensura y memoria descriptica correspondiente. Que conforme a antecedentes de Registros Municipales, la misma cuenta con la posesi\u00f3n pac\u00edfica e ininterrumpida del bien desde hace m\u00e1s de 20 a\u00f1os a la fecha. Que la Municipalidad de Ceres, ratifica la posesi\u00f3n del mismo, con el Acta de Ratificaci\u00f3n Posesoria Manifiesta, disponiendo la incorporaci\u00f3n al Patrimonio Municipal seg\u00fan la presente ordenanza. Que se dan en el presente caso, los presupuestos para declarar la prescripci\u00f3n adquisitiva, de acuerdo con el Art\u00edculo 4.015 del C\u00f3digo Civil y lo normado por la Ley N\u00b0 21.447, modificada por su similar N\u00b0 24.320. POR LO QUE: El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ART\u00cdCULO 1\u00b0) Decl\u00e1rese operada la Prescripci\u00f3n Adquisitiva de Dominio a favor de la Municipalidad de Ceres con destino a USO COMUNITARIO, sobre los inmuebles que se designan como: <\/em><em>A-) Una fracci\u00f3n de terreno, con todo lo clavado, plantado y dem\u00e1s adherido al suelo, que se ubica en la ciudad de Ceres, Departamento San Crist\u00f3bal, Provincia de Santa Fe, la que seg\u00fan plano de mensura y subdivisi\u00f3n para adquisici\u00f3n de dominio, trazado por la Agrimensora Marisel Mar\u00eda Fornero en noviembre de 2013 e inscripto en la Direcci\u00f3n de Topo cartograf\u00eda del Servicio de Catastro e Informaci\u00f3n Territorial de Santa Fe en fecha veinticinco (25) de octubre de dos mil diecisiete (2017) al N\u00famero Doscientos cinco mil seiscientos dos (205602) se individualiza como <strong><u>Lote N\u00famero DOS (2) (Pol\u00edgono EFCDE) de la Manzana N\u00famero Doscientos cincuenta y cuatro (254)<\/u><\/strong> y mide: diez metros de frente al Sud-Oeste, L\u00ednea DE, sobre calle Dorrego (s\/pav.),- contados a partir de los treinta y cinco metros dos cent\u00edmetros hacia el Sud-Este desde la esquina formada por la intersecci\u00f3n de la calle Amen\u00e1bar (ripio) y la calle Dorrego (s\/pav.) -, e igual medida de contra frente al Nord-Este, l\u00ednea CF; por cincuenta metros en cada uno de sus\u00a0 lados Sud-Este, l\u00ednea CD y Nord-Oeste, l\u00ednea FE, encerrando una superficie total de <strong>QUINIENTOS METROS CUADRADOS<\/strong>, lindando: al Sud-Oeste, con calle Dorrego (s\/pav.); al Nord-Oeste, en parte con Exelino M.F. Dallaglio (Partidas I.I. 033622\/0013 y 033622\/0015) y en parte con Victor Porfirio Far\u00edas (Partida I.I. 033622\/0009); al Nord-Este, con el lote Uno del mismo plano de mensura referido; y al Sud-Este, con Exelino M.F. Dallaglio (Partida I.I. 033622\/0012), siendo sus \u00e1ngulos internos de noventa grados (90\u00ba). <\/em><em>El inmueble se halla individualizado con la <strong><u>Partida de Impuesto Inmobiliario N\u00b0 <\/u><\/strong><\/em><strong><em><u>07-01-00-920226\/0002-3<\/u><\/em><\/strong><em>, (<strong><u>Nomenclatura Catastral<\/u><\/strong>: Zona Urbana, Secci\u00f3n 01, Manzana 0254, Parcela 00014, Plano 205602, A\u00f1o Plano 2017, Lote 2, Superficie terreno 500 m2, Superficie Edificada 0 m2., Valuaci\u00f3n Terreno $ 404,61, Valuaci\u00f3n Edificio $ 0, Valuaci\u00f3n Total $ 404,61); B-)\u00a0 <\/em><em>Una fracci\u00f3n de terreno, con todo lo clavado, plantado y dem\u00e1s adherido al suelo, que se ubica en la ciudad de Ceres, Departamento San Crist\u00f3bal, Provincia de Santa Fe, la que seg\u00fan plano de mensura y subdivisi\u00f3n para adquisici\u00f3n de dominio, trazado por la Agrimensora Marisel Mar\u00eda Fornero en noviembre de 2013 e inscripto en la Direcci\u00f3n de Topo cartograf\u00eda del Servicio de Catastro e Informaci\u00f3n Territorial de Santa Fe en fecha veinticinco (25) de octubre de dos mil diecisiete (2017) al N\u00famero Doscientos cinco mil seiscientos dos (205602) se individualiza como <strong><u>Lote N\u00famero UNO (1) (Pol\u00edgono ABCFA) de la Manzana N\u00famero Doscientos cincuenta y cuatro (254)<\/u><\/strong> y mide: diez metros de frente al Nord-Este, L\u00ednea AB, sobre calle Avellaneda (ripio),- contados a partir de los treinta y cinco metros treinta y nueve cent\u00edmetros hacia el Sud-Este desde la esquina formada por la intersecci\u00f3n de la calle Amen\u00e1bar (ripio) y la calle Avellaneda (ripio) -, e igual medida de contra frente al Sud-Oeste, l\u00ednea CF; por cincuenta metros en cada uno de sus\u00a0 lados Sud-Este, l\u00ednea BC y Nord-Oeste, l\u00ednea FA, encerrando una superficie total de <strong>QUINIENTOS METROS CUADRADOS<\/strong>, lindando: al Nord-Este, con calle Avellaneda (ripio); al Sud-Este, con Hern\u00e1n Friedman (Partida I.I. 033622\/8004); al Sud-Oeste, con el lote Dos del mismo plano de mensura referido; y al Nord-Oeste, en parte con Emilio Isidoro Werner y ot. (Partida I.I. 033622\/0010), en parte con Exelino M.F Dallaglio (Partida I.I. 033622\/0017) y en parte con Juan Jos\u00e9 Morini (Partida I.I. 033622\/0016), siendo sus \u00e1ngulos internos de noventa grados (90\u00ba).<\/em><em>El inmueble cuyo dominio se requiere por medio de la presente se halla individualizado con la <strong><u>Partida de Impuesto Inmobiliario N\u00b0 <\/u><\/strong><\/em><strong><em><u>07-01-00-920226\/0001-4<\/u><\/em><\/strong><em>, (<strong><u>Nomenclatura Catastral<\/u><\/strong>: Zona Urbana, Secci\u00f3n 01, Manzana 0254, Parcela 00015, Plano 205602, A\u00f1o Plano 2017, Lote 1, Superficie terreno 500 m2, Superficie Edificada 0 m2., Valuaci\u00f3n Terreno $ 485,54, Valuaci\u00f3n Edificio $ 0, Valuaci\u00f3n Total $ 485,54).- <\/em><em>\u00a0ART\u00cdCULO 2\u00b0) Disp\u00f3nese la incorporaci\u00f3n e inscripci\u00f3n a nombre de la MUNICIPALIDAD DE CERES, del inmueble citado en el Art\u00edculo 1\u00b0. ART\u00cdCULO 3\u00b0) Proc\u00e9dase a realizar los tr\u00e1mites establecidos en las Normas Nacionales y Provinciales hasta llegar a la inscripci\u00f3n definitiva de dominio a favor de la Municipalidad de Ceres. ART\u00cdCULO 4\u00b0) Prev\u00e9anse las partidas presupuestarias correspondientes a tal fin.\u201d<\/em><\/p>\n<p>El Pte. dice que para la apertura de la calle Juan de Garay, hay ordenanza que es la 1316, que aprob\u00f3 el plano de mensura. A esa ordenanza, al igual que la que se hab\u00eda aprobado en su momento, donde salieron los dos planos juntos , donde Alas tambi\u00e9n se adquiri\u00f3 de esa misma manera. Despu\u00e9s de que se hizo el plano nos pidieron una reforma o una incorporaci\u00f3n de los datos catastrales del inmueble, numero de partida inmobiliaria y la descripci\u00f3n del inmueble. Oportunamente para Alas se hizo y para esto todav\u00eda no. Est\u00e1n inscriptos ya a nombre del Municipio los dos inmuebles que se le entregan a los due\u00f1os de la parte de la Calle Juan de Garay. Y falta modificar esa ordenanza. El objeto de la ordenanza es agregar el numero de partida inmobiliaria para que los dos inmuebles que se le entregan a Teloni ya queden inscriptos definitivamente y se pueda realizar la escritura.<\/p>\n<p>El C. Balzarini dice que el articulo 1 lo declara adquirido y lo describe. En el 2 se dispone la inscripci\u00f3n a nombre de la Municipalidad, para que despu\u00e9s pueda transferirlo.<\/p>\n<p>El Pte. dice que si. Hay que terminar de inscribirlo, porque est\u00e1 inscripto de forma provisoria. Es un tramite breve a partir de esto.<\/p>\n<p>Luego de un intercambio de opiniones, se aprueba por unanimidad.<\/p>\n<p>PUNTO 5) Proyecto de ordenanza reforma dietas secretarios. El mismo dice lo siguiente: <em>\u201c<\/em><em>VISTO: La dif\u00edcil situaci\u00f3n econ\u00f3mica de recesi\u00f3n y alta volatilidad en el mercado cambiario producida en el pa\u00eds en los \u00faltimos meses, y CONSIDERANDO: Que en los \u00faltimos a\u00f1os el Municipio se ha administrado de una forma tal que ha procurado siempre mantener el equilibrio en sus presupuestos, ejecutando \u00e9stos de manera responsable y sin niveles considerables de endeudamiento, lo que ha permitido llevar adelante la continuidad de la obra p\u00fablica y la prestaci\u00f3n de servicios p\u00fablicos, ambos generadores de fuentes de trabajo local, como as\u00ed tambi\u00e9n la incorporaci\u00f3n de agentes a la planta permanente de personal municipal; Que la realidad econ\u00f3mica que est\u00e1 atravesando el pa\u00eds en los \u00faltimos dos a\u00f1os ha impactado negativamente en los presupuestos municipales, sobre todo en este a\u00f1o en curso, ya que los \u00edndices de inflaci\u00f3n no han cedido y generan un impacto directo en el aumento de los precios de insumos y tarifas que el Municipio debe abonar, como as\u00ed tambi\u00e9n en los incrementos salariales que se deben sostener; Que en los \u00faltimos doce meses se ha producido una devaluaci\u00f3n cercana al ciento diez por ciento en el peso argentino, con un impacto directo en el aumento de los insumos del Municipio, sumado a ello el incremento constante que se viene produciendo en el combustible, insumo esencial para la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos; Que sumado a lo anterior se ha notado un descenso en la coparticipaci\u00f3n de impuestos nacionales y provinciales que recibe el Municipio, producto del bajo nivel de consumo, como as\u00ed tambi\u00e9n la quita en el mes de agosto del a\u00f1o en curso del Fondo Federal Solidario por parte del Gobierno Nacional. Que, en este marco nacional de gran incertidumbre, con marcados niveles de inflaci\u00f3n que no cesan, con un mercado financiero cambiante, debilitado y con un riesgo pa\u00eds elevado, generan que las variables macroecon\u00f3micas que han sido tenidas en cuenta para la elaboraci\u00f3n de este Presupuesto de Gastos Y Recursos del presente a\u00f1o se vean notablemente alteradas y causando efectos sumamente negativos en la situaci\u00f3n financiera del Municipio; Que corresponde que los Secretarios del Gabinete Municipal, contribuyan a paliar la crisis econ\u00f3mica generalizada de la cual el Municipio no est\u00e1 ajeno, y reducir las dietas de los mismos. Que la dieta de los Secretarios Municipales se encuentra sujeta a un porcentaje relacionado al salario establecido para el intendente municipal, actualmente en el 95% del mismo. Que se sugiere reducir las dietas de los Secretarios y subsecretarios municipales al 80% del monto fijado para el intendente municipal. Que a t\u00edtulo informativo se expresa que el intendente municipal ha dejado de percibir sus haberes de parte del municipio local, en raz\u00f3n de haberse acogido a los beneficios jubilatorios, siendo dicha circunstancia un paliativo m\u00e1s a la situaci\u00f3n antes planteada. Que por todo lo expuesto y en uso de las facultades que le confiere la Ley provincial 2756, no obstante \u2013adem\u00e1s- de las prerrogativas constitucionales que les han sido atribuidas a partir de la reforma de la Constituci\u00f3n Nacional. POR LO QUE: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ART\u00cdCULO 1\u00ba) Red\u00fazcanse las dietas de los Secretarios y subsecretarios municipales, estableci\u00e9ndose las mismas en un 80% del salario fijado para el intendente municipal. &#8211; ART\u00cdCULO 2\u00ba) Comun\u00edquese al Departamento de Personal a los fines de efectuar las liquidaciones correspondientes.\u201d<\/em><\/p>\n<p>El Pte. dice que independientemente del tema que gira en torno en beneficio al arca municipal, lo de los Secretarios deber\u00eda haberse dado antes.<\/p>\n<p>El C. Maza dice que deber\u00eda evaluarse tambi\u00e9n el tema de los Subsecretarios.<\/p>\n<p>El Pte. dice que si. O una redefinici\u00f3n de los porcentajes de lo que cobran los Concejales. En todas las localidades los Concejales est\u00e1n al 50%, 60% o 65% del Intendente y ac\u00e1 estamos al 40%.<\/p>\n<p>La C. Giovannini dice que si. Una vez que se estabilice todo deber\u00eda tratarse. Este no es un buen momento pero en un futuro se debe evaluar porque las dietas son muy inferiores.<\/p>\n<p>Luego de un intercambio de opiniones se aprueba por unanimidad.<\/p>\n<p>PUNTO 6) Proyecto de minuta de comunicaci\u00f3n Bloque UCR. El mismo dice lo siguiente: <em>VISTO: El dictado del Decreto del DEM que establece la Emergencia Econ\u00f3mica, Financiera y Administrativa de nuestro municipio, y CONSIDERANDO: Que la gravedad de esta situaci\u00f3n hace que este Concejo deba tomar debidamente conocimiento de las causas de la misma y el real estado de situaci\u00f3n del municipio; Que hasta el d\u00eda de la fecha, no se han presentado ante este Concejo Municipal ning\u00fan movimiento de fondos correspondientes al a\u00f1o 2018; Que tal falta de presentaci\u00f3n hace que este Concejo carezca de la informaci\u00f3n necesaria sobre la real situaci\u00f3n econ\u00f3mica-financiera del municipio a los fines de tomar las medidas que correspondan; POR LO QUE:<\/em><em>EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, eleva la siguiente:MINUTA\u00a0\u00a0 DE\u00a0\u00a0 COMUNICACI\u00d3N<\/em><em>1.-Solicitar la concurrencia a este Concejo de la Secretaria de Hacienda CPN Betiana Godoy a los fines de explicar la situaci\u00f3n econ\u00f3mica-financiera del municipio y evacuar las dudas que surjan al respecto;2.-Solicitar a la Secretaria de Hacienda CPN Betiana Godoy presente a este Concejo la documentaci\u00f3n respaldatoria de la informaci\u00f3n que presente.\u201d<\/em><\/p>\n<p>El C. Balzarini dice que lo que se pide en la minuta es una explicaci\u00f3n por parte de la Secretaria de Hacienda Betiana Godoy, sumado a documentaci\u00f3n o cuadro comparativo de ingresos-gastos a modo demostrativo.<\/p>\n<p>El Pte. dice que el problema principal se genera por el combustible. Y el \u00edndice de precios que referencia a la escala salarial, todos los meses viene con clausula gatillo.<\/p>\n<p>Se aprueba por unanimidad.<\/p>\n<p>PUNTO 7) Proyecto de ordenanza tenencia responsable de mascotas.<\/p>\n<p>Se pasa el tema a Comisi\u00f3n.<\/p>\n<p>No siendo para m\u00e1s, se da por finalizada la sesi\u00f3n, siendo las catorce horas.-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En la ciudad de Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, a los CINCO d\u00edas del mes de SETIEMBRE de dos mil dieciocho, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo, encontr\u00e1ndose ausente con aviso, el concejal se\u00f1or Dante Weder, y dem\u00e1s concejales presentes. Siendo [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":2450,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[27],"tags":[328],"class_list":["post-3388","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-actas","tag-acta-numero-1276-rec-34-35-36"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3388","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=3388"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3388\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3389,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3388\/revisions\/3389"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/2450"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=3388"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=3388"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=3388"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}