{"id":3406,"date":"2019-03-14T12:06:36","date_gmt":"2019-03-14T15:06:36","guid":{"rendered":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=3406"},"modified":"2019-03-14T12:06:36","modified_gmt":"2019-03-14T15:06:36","slug":"acta-numero-1284-rec-01","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/concejodeceres.com\/?p=3406","title":{"rendered":"ACTA N\u00daMERO 1284 REC 01"},"content":{"rendered":"<p>En la ciudad de Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, a los veintisiete d\u00edas del mes de diciembre de dos mil dieciocho, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo, encontr\u00e1ndose ausente con aviso, el concejal se\u00f1or Dante A. Weder, y dem\u00e1s miembros que lo conforman, presentes. Siendo las once horas, el concejal Dr. Juan M. Mansilla, asume la Presidencia del Cuerpo, declarando abierta la sesi\u00f3n, procedi\u00e9ndose al tratamiento de los temas establecidos en el Orden del D\u00eda:<\/p>\n<ol>\n<li>Lectura del acta anterior.<\/li>\n<li>Correspondencia recibida.<\/li>\n<li>Proyecto de ordenanza Agroecolog\u00eda.<\/li>\n<li>Movimientos de Fondos DEM.<\/li>\n<li>Proyecto de ordenanza H. Rodr\u00edguez.<\/li>\n<li>Ordenanza B\u00b0 Residencial Las Am\u00e9ricas<\/li>\n<\/ol>\n<p>PUNTO 1) Se da lectura al acta de la sesi\u00f3n anterior, la que es aprobada sin observaciones.<\/p>\n<p>PUNTO 2) A continuaci\u00f3n, se da lectura a la correspondencia recibida.<\/p>\n<ul>\n<li>Agua y Servicios: Solicitud aprobaci\u00f3n ordenanza con detalle en Agua y Cloacas Plan de Mejoras y desarrollo para el a\u00f1o 2019, para ser presentada en el ENRES. Se remite copia a cada bloque.<\/li>\n<li>Tarjetas Navide\u00f1as: CEPA 106 y UNIDAD REGIONAL XIII DPTO. SAN CRISTOBAL.<\/li>\n<\/ul>\n<p>PUNTO 3) Proyecto de ordenanza Agroecolog\u00eda, el mismo fue debatido y analizado anteriormente en reuni\u00f3n de Comisi\u00f3n.<\/p>\n<p>El Pte. dice que fue debatido recientemente en Comisi\u00f3n. Est\u00e1 en condiciones de ser votado.<\/p>\n<p>El C. Balzarini dice que est\u00e1 de acuerdo. Despu\u00e9s de las numerosas modificaciones que se realizaron entre ambos bloques, estamos de acuerdo. Cuando vienen proyectos para nuestra comunidad, nos sumamos al mismo y ponemos toda nuestra energ\u00eda para mejorarlo.<\/p>\n<p>El Pte. dice que celebra que siempre se aprueban los proyectos de ordenanza por consenso y unanimidad, la mayor\u00eda.<\/p>\n<p>Luego de un intercambio de opiniones, se aprueba por unanimidad.<\/p>\n<p>PUNTO 4) Proyecto de ordenanza DEM, Movimientos de Fondos Mayo, Junio y Julio 2018.<\/p>\n<p>Se resuelve remitir copia a cada bloque para su estudio.<\/p>\n<p>PUNTO 5) Proyecto de ordenanza Hugo Rodr\u00edguez sobre ordenamiento territorial.<\/p>\n<p>Se resuelve dejar en Comisi\u00f3n.<\/p>\n<p>PUNTO 6) Proyecto Ordenanza B\u00b0 Residencial Las Am\u00e9ricas. El mismo dice lo siguiente: \u201c<em>VISTO: La ordenanza 1058\/07 en la cual se dispone que los vecinos del Barrio Am\u00e9rica quedan ubicados dentro de la categor\u00eda azul, secci\u00f3n cuarta, en lo que respecta a la Tasa General de Inmuebles y; CONSIDERANDO: Que los vecinos de dicho barrio han presentado ante este Concejo una nota firmada por la mayor\u00eda de los afectados en la cual solicitan un cambio de categor\u00eda en el cobro de la Tasa General de Inmuebles, en raz\u00f3n de los servicios recibidos. Que los servicios prestados por el Municipio no guardan relaci\u00f3n con la categor\u00eda establecida para el cobro de dicha tasa. Que numerosas mejoras realizadas en el barrio fueron costeadas con aportes econ\u00f3micos de los vecinos. Que el reclamo se vuelve justo dado que otros barrios de caracter\u00edsticas similares pagan tasas acorde a los servicios recibidos. Que los vecinos no se niegan al pago de la tasa, \u00fanicamente solicitan un cambio de categor\u00eda. POR LO QUE: El CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en uso de las atribuciones que confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente: ORDENANZA. Articulo 1: Modificarse el articulo 4 de la Ordenanza N 1048\/07, el que quedar\u00e1 redactado de la siguiente forma: El presente loteo, se incorporara al ejido urbano de la ciudad y por el plazo de 5 (cinco) a\u00f1os, los presentantes, estar\u00e1n bajo un r\u00e9gimen de promoci\u00f3n, debiendo abonar una suma fija de $5,00 (pesos cinco) mensuales por cada lote. Por la venta de cada lote, el vendedor tendr\u00e1 la obligaci\u00f3n de comunicar al Municipio, quien exigir\u00e1 al comprador, la presentaci\u00f3n de la escritura correspondiente para el registro catastral y la emisi\u00f3n del certificado correspondiente a la Tasa General de Inmuebles, la que se cobrara a partir de la fecha de venta. Por cada alta de certificados de la Tasa General de Inmuebles, la Municipalidad descontara el valor fijado correspondiente por cada lote denunciado como vendido al propietario original. El alta de cada certificado de Tasa General de Inmuebles, se liquidara conforme a los \u00edtems que corresponden a la Categor\u00eda AMARILLO (espacios verdes, riego, recolecci\u00f3n de residuos o sobretasa por bald\u00edo seg\u00fan corresponda, zanjeo, desag\u00fces urbanos y fondo hospital) de la ordenanza tributaria en vigencia. Terminado el tiempo de promoci\u00f3n, 5 (cinco) a\u00f1os, los lotes no vendidos, ser\u00e1n incorporados autom\u00e1ticamente a la Zona Marr\u00f3n, debiendo el loteador, continuar con las obligaciones de manutenci\u00f3n y limpieza y cortes de yuyos estipulados en el Art. 3 de la presente. Por cada lote que se comercialice, este ser\u00e1 cambiado autom\u00e1ticamente de Categor\u00eda, de acuerdo a lo estipulado en el tercer p\u00e1rrafo del presente articulo. Articulo 2: La presente modificaci\u00f3n tendr\u00e1 vigencia para la Tasa General de Inmuebles que corresponda desde el primero de enero de 2019. Articulo 3: El\u00e9vese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos. Comun\u00edquese, publ\u00edquese y oportunamente arch\u00edvese.\u201d<\/em><\/p>\n<p>El C. Balzarini dice que es un cambio de categor\u00eda sobre la Tasa Municipal, adapt\u00e1ndose a los servicios que se prestan en ese barrio, ya que est\u00e1n con una categor\u00eda inicial alta. Se pide bajar una categor\u00eda. Adem\u00e1s, se requer\u00eda aprobarlo a fines de Diciembre, por cuestiones de emisi\u00f3n de boletas. Para que las correspondientes a enero salgan con esta modificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El Pte. dice que a la ordenanza le falta un articulo que exprese la incorporaci\u00f3n de dicha modificaci\u00f3n, en la ordenanza tributaria vigente. Hay que agregarlo.<\/p>\n<p>El C. Balzarini dice que esta de acuerdo. Porque la otra es la ordenanza que rige para el loteo. Pero la que establece todas las tasas con distintas categor\u00edas y colores, es la tributaria. Coincido en que hay que mencionarlo. Hay que dejarlo establecido.<\/p>\n<p>El Pte. dice que si. Debe quedar expresado en un articulo.<\/p>\n<p>Luego de un intercambio de opiniones, se aprueba por unanimidad.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>No siendo para m\u00e1s, se da por finalizada la sesi\u00f3n, siendo las doce horas.-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En la ciudad de Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, a los veintisiete d\u00edas del mes de diciembre de dos mil dieciocho, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo, encontr\u00e1ndose ausente con aviso, el concejal se\u00f1or Dante A. 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