{"id":3491,"date":"2019-09-02T19:53:41","date_gmt":"2019-09-02T22:53:41","guid":{"rendered":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=3491"},"modified":"2019-09-02T20:02:19","modified_gmt":"2019-09-02T23:02:19","slug":"acta-numero-1297-rec-11-12-13","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/concejodeceres.com\/?p=3491","title":{"rendered":"ACTA N\u00daMERO 1297 REC 11-12-13."},"content":{"rendered":"\n<p>En la ciudad de Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de\nSanta Fe, a los cuatro d\u00edas del mes de julio de dos mil diecinueve, se re\u00fanen\nen la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal,los integrantes de dicho\ncuerpo,encontr\u00e1ndose presentes la totalidad de los miembros que lo conforman.Siendo\nlas 11:00 horas, el concejal Dr. Juan M. Mansilla, asume la Presidencia del\nCuerpo, declarando abierta la sesi\u00f3n, procedi\u00e9ndose al tratamiento de los temas\nestablecidos en el Orden del D\u00eda:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\"><li>Lectura del acta anterior.<\/li><li>Vecinos Autoconvocados \u2013\nProyecto agroecolog\u00eda.<\/li><li>Proyecto Ordenanza DEM \u2013\nMoratoria.<\/li><li>Proyecto Ordenanza DEM &#8211;\nCERLAC<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>PUNTO 1) Se da\nlectura al acta de la sesi\u00f3n anterior, la que es aprobada sin observaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>PUNTO 2)\nVecinos Autoconvocados por la Salud y el Ambiente de Ceres \u2013 Proyecto\nAgroecolog\u00eda. Se encuentran presentes en la Sesi\u00f3n los siguientes integrantes:\nFernando Albretch, Norberto Minighini, Marisa Gazzera y Gensiano Cravero.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que,\nen resultado de la sesi\u00f3n anterior, se decidi\u00f3 la invitaci\u00f3n del Grupo de\nVecinos Autoconvocados, en base a la solicitud para utilizar un predio\nmunicipal, como lo es el Vivero, para llevar a cabo ciertas pr\u00e1cticas en\nbeneficio del medio ambiente y la agroecolog\u00eda. Ustedes sabr\u00e1n que la ordenanza\nde agroecolog\u00eda ha sido aprobada por este Concejo, y dentro de la misma est\u00e1 el\npromover este tipo de acciones, entonces era necesario para nosotros como\nConcejales, como Funcionarios, poder tener una visi\u00f3n en conjunto de cu\u00e1l es la\nidea a realizar, para poder definir hoy mismo el pedido que ustedes han\nrealizado en base al predio mencionado. Les agradecemos por venir, y los\nescuchamos.<\/p>\n\n\n\n<p>El Sr.\nAlbretch agradece la invitaci\u00f3n y la atenci\u00f3n al pedido. Nosotros venimos\ntrabajando, reuni\u00e9ndonos y haciendo diferentes tipos de actividades, donde\nsiempre hablamos de la oportunidad de la agroecolog\u00eda y de los periurbanos como\nfuentes de producci\u00f3n de alimentos saludables, en vista a un concepto que est\u00e1\nmuy poco trabajado dentro de nuestras comunidades, como lo es la Soberan\u00eda\nAlimentaria. Hoy en d\u00eda todos sabemos, que casi todo lo que comemos viene del\nprocesado industrial, llega en general desde las grandes ciudades, incluso las\nfrutas y verduras. Entonces siendo nosotros pueblos agr\u00edcolas, es una\noportunidad en el mediano y largo plazo para empezar a revertir esta situaci\u00f3n,\ny no solo cambiar patrones de consumo en cuanto a lo saludable, sino tambi\u00e9n en\nvistas a generar industrias alimenticias y desarrollo end\u00f3geno, desarrollo\ninterno en nuestras comunidades con la generaci\u00f3n de fuentes de trabajo. Como\nnosotros planteamos estos fundamentos, que en su momento dieron origen a la\nordenanza, queremos insertarnos y contribuir con esa propuesta por una visi\u00f3n\nque tenemos de hace ya mucho tiempo, y poder llevarla a la pr\u00e1ctica. Venimos\npensando esta propuesta desde hace ya bastante tiempo, y surgi\u00f3 la idea del\nVivero Municipal, supimos que Arnodo, quien fue referente de ese lugar durante\nmucho tiempo trabaj\u00f3 muy bien, y no sab\u00edamos c\u00f3mo hab\u00eda quedado ese tema. No\nconoc\u00edamos bien las dimensiones del lugar, pero sab\u00edamos que era grande, y\npensamos que puede ser un buen lugar ya que es p\u00fablico al igual que la\nordenanza, los vecinos as\u00ed podemos colaborar en conjunto con lo p\u00fablico, como\norganizaci\u00f3n de la sociedad civil y lo privado ya pensando despu\u00e9s en el\nbeneficio para los ciudadanos y dem\u00e1s productores. Entonces empezamos a pensar\neste proyecto, en ese momento nos contactamos con el C. Fiore, evaluando las\nposibilidades de visitar el lugar, fuimos juntos y vimos que la capacidad de\ntrabajo hoy est\u00e1 siendo en una parcela, hay espacio disponible, entonces\ndecidimos presentar un proyecto para trabajar ese predio disponible, son\naproximadamente 5000 m2. El personal que trabaja y vive en el Vivero nos mostr\u00f3\npor donde van las ca\u00f1er\u00edas, ya que llega agua a esa zona, entonces empezamos a\npensar m\u00e1s seriamente el proyecto, y sobretodo tambi\u00e9n en vistas a&nbsp; compa\u00f1eros que se encuentran con trabajos\nparciales, es una buena oportunidad para generar mano de obra, que se inserte\ndentro de un proyecto local, y que en el mediano a largo plazo pueda tener\nbeneficios para el resto de los productores, como as\u00ed tambi\u00e9n para contagiar a\notras personas en el tema de la producci\u00f3n hort\u00edcola, ya que pensamos primero\nla producci\u00f3n hort\u00edcola con una salida de autoconsumo y a la comunidad, despu\u00e9s\nlos biopreparados, donde me llam\u00f3 Estefan\u00eda Varaldo porque se hab\u00eda enterado\ndel proyecto, y le gust\u00f3 la idea ya que lograr que el productor se ponga a\nhacer su biopreparado es dif\u00edcil, pero si hay alguien que comienza a realizarlo\ny aumenta en escala con el tiempo, se va a contagiar a los dem\u00e1s. Tambi\u00e9n\nhablamos con el C. Weder donde se mostr\u00f3 un inter\u00e9s. Nosotros creemos que es\nuna veta que no solo hace bien a la naturaleza, cuidando a los ciudadanos, sino\nque tambi\u00e9n se puede insertar dentro del mercado agr\u00edcola y de producci\u00f3n, es\nuna buena manera de empezar el proyecto e ir d\u00e1ndole forma, despu\u00e9s ser la iniciativa\npara otro que tambi\u00e9n quiera sumarse.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Weder\ndice que donde tiene su hangar en la ciudad de Selva, puede ser un buen lugar\npara realizar los biopreparados, si as\u00ed lo requieren. Yo les cedo un espacio si\nlo llegan a necesitar. Es privado, pero es para que lo tengan en cuenta\ntambi\u00e9n.<\/p>\n\n\n\n<p>El Sr.\nAlbretch dice que s\u00ed. La idea es esa, empezar en un lugar, a ensayar, a\nproducir y como ver\u00e1n somos gente de escasos recursos, no somos inversionistas\nprivados, pero si tenemos la capacidad de movilizar cosas. Con nuestra\ncapacidad de trabajo, de articulaci\u00f3n, podemos empezar a producir de verdad,\ncontando con el apoyo p\u00fablico y privado que se pueda ir sumando. En el mediano\nplazo podr\u00edamos estar ya con un proyecto interesante. Es por eso que\npresentamos este proyecto que cuenta con ciertas etapas.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte.\npregunta si es una fracci\u00f3n dentro del espacio del Vivero.<\/p>\n\n\n\n<p>El Sr.\nAlbretch dice que s\u00ed. Es una fracci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El Sr.\nMinighini dice que s\u00ed. Vimos que ese sector nos puede servir, ya que est\u00e1 cerca\nde la calle, se puede usar ese espacio para lo que necesitamos hacer.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Fiore\ndice que tambi\u00e9n se encuentra otro grupo, dentro del vivero, con un espacio\ntrabajado, donde quieren realizar algo similar.<\/p>\n\n\n\n<p>El Sr.\nAlbretch dice que s\u00ed. Seguramente articulemos con ese grupo el trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte.\npregunta c\u00f3mo se delimitar\u00eda el lugar.<\/p>\n\n\n\n<p>Se eval\u00faa el\nplano adjunto al proyecto.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que,\nsi se realiza un comodato, hay que delimitar las medidas en un contrato.<\/p>\n\n\n\n<p>La Sra.\nGazzera pregunta como lo realiz\u00f3 el otro grupo.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque debe haberse realizado de manera verbal. No tengo conocimiento de que haya\ningresado ning\u00fan pedido.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\npregunta que actividades realiza el otro grupo.<\/p>\n\n\n\n<p>El Sr.\nAlbretch dice que realizan trabajo de huerta org\u00e1nica.<\/p>\n\n\n\n<p>El Sr.\nMinighini dice que s\u00ed. Nuestra idea m\u00e1s adelante es tener un invernadero\ntambi\u00e9n.<\/p>\n\n\n\n<p>El Sr.\nAlbretch pregunta si para hacer el comodato se tiene que delimitar.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque s\u00ed. Se tienen que saber las medidas. Pero se realiza, no hay ning\u00fan\nproblema. Por lo pronto estar\u00edamos autorizando el croquis que se acompa\u00f1a de la\nimagen satelital. Quiz\u00e1 se pueda medir con las coordenadas, buscando en obras p\u00fablicas,\nen catastro. Es solo una formalidad.<\/p>\n\n\n\n<p>El Sr.\nAlbrecth dice que s\u00ed. Nuestra idea es empezar a trabajar en la parte hort\u00edcola,\nes inmediato, tiene salida r\u00e1pida, y nos da posibilidad de entrar en ritmo de\ntrabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que s\u00ed. Es lo que est\u00e1 estipulado en la primera etapa del proyecto.<\/p>\n\n\n\n<p>El Sr.\nAlbrecth dice que s\u00ed. La formalidad del proyecto para nosotros tiene que ver\ncon el involucramiento de lo p\u00fablico, en el sentido de que el Municipio se\ncomprometa en el desarrollo de este proyecto, pero tambi\u00e9n las otras entidades\ncomo lo son el INTA, La agricultura familiar. En la ciudad de Hersilia nos est\u00e1\nfuncionando muy bien, entonces queremos trasladarlo aqu\u00ed, porque hay\noportunidades que se est\u00e1n desaprovechando. Nos acaban de aprobar el proyecto\nde Naci\u00f3n de pro huerta, para cerrar un predio de tres hect\u00e1reas, entonces que\nse instale en Ceres en el predio del Vivero es un paso adelantado. A trav\u00e9s del\ntrabajo, articulando despu\u00e9s con lo p\u00fablico, con el INTA, con Pro Huerta, hay\nfondos que se pueden empezar a conseguir para estructurar todo este trabajo.\nNosotros creemos y sabemos que en a\u00f1os sucesivos podemos ir consiguiendo recursos\nde Naci\u00f3n, de Provincia y de otros lugares para ir adelantando este proyecto.\nEn Hersilia ya es la segunda etapa del proyecto financiada por Provincia y\nNaci\u00f3n, entonces nos parec\u00eda interesante tener esa oportunidad en la ciudad de\nCeres.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que\nestas cosas suman como comunidad. Muchas veces hay resistencia a lo nuevo, a lo\nque viene, al cambio, a lo desconocido, pero si nosotros somos capaces de\nentendernos entre todos y trabajar en conjunto de cara al futuro desde el lugar\nen el que nos encontremos, me parece que vamos a poner en claro y por sobre\ntodas las cosas las necesidades primarias como lo son la salud y el medio\nambiente, es fundamental. Muchas veces se interpone con lo econ\u00f3mico, con los\nintereses del d\u00eda a d\u00eda, lo particular y dem\u00e1s y hace que eso impida que se\ncelebren este tipo de acuerdos o que se preste la colaboraci\u00f3n necesaria porque\nexisten intereses, siempre hay intereses encontrados. Me parece que lo positivo\nredunda en que hay un visto bueno y un trabajo en conjunto entre vecinos,\nMunicipio, comunidad, que puede proyectarse al futuro. Yo en lo personal, en\nrelaci\u00f3n a la aprobaci\u00f3n del pedido no tengo ning\u00fan problema, creo que ya\nestamos en condiciones de definir el resultado de la solicitud, se somete a\nvotaci\u00f3n, despu\u00e9s le dar\u00edamos las formalidades correspondientes con el contrato\ny dem\u00e1s, para que ustedes ya ingresen.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que s\u00ed. De nuestro bloque estamos totalmente de acuerdo, y adem\u00e1s seguimos\nen el camino desde la aprobaci\u00f3n de la ordenanza de agroecolog\u00eda, donde se\nexpresa de manera material. Quedar\u00eda darle el marco solamente.<\/p>\n\n\n\n<p>Se aprueba por\nunanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p>PUNTO 3) Proyecto\nOrdenanza DEM \u2013 Moratoria. El mismo dice lo siguiente: <em>\u201c<\/em><strong><em>PROYECTO\nDE ORDENANZA CAPITULO I PLAN ESPECIAL DE PAGOS VISTO:\n<\/em><\/strong><em>La\nmorosidad tributaria existente en el pago de tributos municipales y <strong>CONSIDERANDO: <\/strong>Que es necesario\nestablecer un plan de pagos que permita a los contribuyentes regularizar su\nsituaci\u00f3n tributaria frente al municipio. Que para ello es necesario otorgar\nlas herramientas legales que posibiliten a los contribuyentes afrontar sus\nobligaciones para con el municipio. POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL,\nEN CUMPLIMIENTO DE SUS ATRIBUCIONES, SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA. <strong>Art\u00edculo 1\u00ba)<\/strong>Establ\u00e9ese un Plan Especial\nde Pagos para la regularizaci\u00f3n de deudas por los conceptos cuya recaudaci\u00f3n\nest\u00e1 a cargo de la Municipalidad de Ceres. <strong>Art\u00edculo\n2\u00ba)<\/strong> Quedan incluidas en el presente r\u00e9gimen todas las obligaciones\ntributarias no canceladas, cuyos vencimientos operen hasta el mes inmediato anterior\nal de la presentaci\u00f3n de la solicitud de acogimiento al Plan Especial que\nefect\u00fae el contribuyente, aun cuando se encuentren intimadas, en proceso de\ndeterminaci\u00f3n, en tr\u00e1mite de reconsideraci\u00f3n o apelaci\u00f3n ante el Departamento\nEjecutivo Municipal, en proceso de ejecuci\u00f3n judicial o incluidas en reg\u00edmenes\nde facilidades de pago anteriores, hubiesen o no caducado los correspondientes\nbeneficios. <strong>Art\u00edculo 3\u00ba)<\/strong> El monto de\nlas obligaciones fiscales que se regularicen por el presente r\u00e9gimen ser\u00e1 el\ndeterminado a la fecha del efectivo acogimiento al presente Plan Especial. <strong>Art\u00edculo 4\u00ba)<\/strong> El acogimiento al presente\nr\u00e9gimen y a sus beneficios, significar\u00e1 el pleno reconocimiento de la deuda\nfiscal que se regulariza con todas sus implicancias, constituyendo asimismo\ndesistimiento total de cualquier recurso, administrativo o judicial,\ninterpuesto sobre su procedencia, alcance o forma de c\u00e1lculo. La presente, no\nconcede derecho alguno a repetici\u00f3n de grav\u00e1menes, multas, intereses o\nactualizaciones de deudas que hubieren abonado con anterioridad a la fecha de\nla promulgaci\u00f3n. &#8211;<strong>Art\u00edculo 5\u00ba)<\/strong>Establ\u00e9ese\ncomo fecha de vencimiento para el acogimiento al presente r\u00e9gimen especial, el\n30 de noviembre de 2019, quedando el Departamento Ejecutivo facultado para\nestablecer una pr\u00f3rroga m\u00e1xima de hasta 60 (sesenta) d\u00edas h\u00e1biles adicionales. <strong>Art\u00edculo 6\u00ba)<\/strong> El acogimiento al presente\nr\u00e9gimen se exteriorizar\u00e1 mediante la presentaci\u00f3n de la respectiva solicitud\nante la dependencia municipal competente, la que estar\u00e1 exenta del pago de\nTasas de Actuaciones Administrativas. El pago total de la deuda determinada, la\nque incluir\u00e1 hasta la \u00faltima obligaci\u00f3n vencida en la fecha mencionada en el\nart\u00edculo segundo con m\u00e1s los accesorios que correspondieren o el anticipo que\nen cada caso se indica, operar\u00e1 en funci\u00f3n a los conceptos tributarios y\/o\nobligaciones fiscales de acuerdo a los siguientes cap\u00edtulos. <strong>CAPITULO II DEUDAS POR TGI; DERECHO DE\nCEMENTERIO Y CONTRIBUCION DE MEJORAS Art\u00edculo 7\u00ba)<\/strong> Las Obligaciones\ntributarias referidas a Tasa General de Inmuebles; Derechos de Cementerio y\nContribuciones de Mejoras, podr\u00e1n regularizarse dentro del r\u00e9gimen establecido\nen la presente ordenanza conforme a las siguientes posibilidades: a) Mediante\nel pago de contado: gozar\u00e1n de una quita del 80% (ochenta por ciento) de los\nintereses devengados.- b) Mediante convenio de pagos en hasta 3 (tres) cuotas,\nvenciendo la primera de ellas al momento de la formalizaci\u00f3n. Estos planes\ngozar\u00e1n de una quita del 50% (cincuenta por ciento) de los intereses devengados.\n&#8211; c) Mediante convenio de pagos en hasta 6 (seis) cuotas, venciendo la primera\nde ellas al momento de la formalizaci\u00f3n. Estos planes gozar\u00e1n de una quita del\n30% (treinta por ciento) de los intereses devengados. &#8211; d) Mediante convenio de\npagos en hasta 12 (doce) cuotas, venciendo la primera de ellas al momento de la\nformalizaci\u00f3n. Estos planes gozar\u00e1n de una quita del 10% (diez por ciento) de\nlos intereses devengados. &#8211; Los convenios de pagos en cuotas que regularicen\ndeudas de Tasa General de Inmuebles; Derechos de Cementerio y Contribuciones de\nMejoras, tanto el anticipo como cada una de las cuotas no podr\u00e1n resultar\ninferiores a la suma de $ 200. \u2013 (pesos doscientos). \u2013 <strong>Art\u00edculo 8\u00ba)<\/strong> En casos debidamente justificados y con informe socio\n\u2013 econ\u00f3mico previo, el Departamento Ejecutivo Municipal podr\u00e1 autorizar\ncondiciones de pago distintas a las enunciadas en el art\u00edculo anterior. Esta\natribuci\u00f3n ser\u00e1 utilizada con car\u00e1cter excepcional, siendo de aplicaci\u00f3n\nexclusivamente para Tasa General de Inmuebles, Derechos de Cementerio y\nContribuciones de Mejoras. Para estos casos, se liquidar\u00e1 la deuda con los\nintereses devengados seg\u00fan la Ordenanza Tributaria vigente, con un anticipo\nequivalente al valor de una cuota en el momento de la formalizaci\u00f3n. <strong>CAPITULO III DEUDAS POR OTRAS OBLIGACIONES\nTRIBUTARIAS. Art\u00edculo 9\u00ba)<\/strong> Las Obligaciones cuya recaudaci\u00f3n est\u00e9 a cargo\ndel municipio, y no se encuentren incluidas en el cap\u00edtulo precedente, podr\u00e1n\nregularizarse dentro del r\u00e9gimen establecido en la presente ordenanza conforme\nlas siguientes posibilidades: a) Mediante el pago de contado: gozar\u00e1n de una\nquita del 70% (setenta por ciento) de los intereses devengados.- b) Mediante\nconvenio de pagos en hasta 3 (tres) cuotas, venciendo la primera de ellas al\nmomento de la formalizaci\u00f3n. Estos planes gozar\u00e1n de una quita del 50%\n(cincuenta por ciento) de los intereses devengados.- c) Mediante convenio de\npagos en hasta 6 (seis) cuotas, venciendo la primera de ellas al momento de la\nformalizaci\u00f3n. Estos planes gozar\u00e1n de una quita del 10% (diez por ciento) de\nlos intereses devengados.- d) Mediante convenio de pagos en hasta 12 (doce)\ncuotas, venciendo la primera de ellas al momento de la formalizaci\u00f3n. Estos\nplanes ser\u00e1n sin quita de los intereses devengados.- En todos los casos de\nconvenio de pagos en cuotas, referidos al presente cap\u00edtulo, el anticipo o cada\nuna de las cuotas no podr\u00e1n resultar inferiores a la suma de $ 400. \u2013 (pesos\ncuatrocientos). &#8211;<strong>CAPITULO IV\nDISPOSICIONES GENERALES Art\u00edculo 10\u00ba)<\/strong> Los Planes de hasta 6 (seis) cuotas\nno devengar\u00e1n inter\u00e9s de financiaci\u00f3n. Para planes que excedan la cantidad de 6\n(seis) cuotas se fija una tasa de inter\u00e9s de financiaci\u00f3n del 1,90% (uno con\nnoventa por ciento) <strong>Art\u00edculo 11\u00ba)<\/strong>\nLos anticipos que en cada caso se establecen deber\u00e1n ser cancelados al momento\nde la formalizaci\u00f3n de los respectivos convenios de pago. <strong>Art\u00edculo 12\u00ba)<\/strong> El Departamento Ejecutivo Municipal dispondr\u00e1 la\ncaducidad de los convenios formalizados en los t\u00e9rminos de la presente, con la\np\u00e9rdida de sus beneficios, cuando exista acumulaci\u00f3n de 3 (tres) cuotas\nconsecutivas o alternadas impagas a su vencimiento o m\u00e1s de 60 (sesenta) d\u00edas\ncorridos de atraso en el pago de una cuota. La caducidad operar\u00e1 de pleno\nderecho sin necesidad de declaraci\u00f3n taxativa alguna, y concede al Departamento\nEjecutivo Municipal el derecho al reclamo de la totalidad de la deuda con m\u00e1s\nlos accesorios correspondientes por v\u00eda de apremio.- Las cuotas abonadas fuera\nde t\u00e9rmino que no impliquen la caducidad del convenio de pagos, devengar\u00e1n los\naccesorios que correspondan seg\u00fan las disposiciones vigentes. <strong>Art\u00edculo 13\u00ba)<\/strong> El acogimiento a los\nbeneficios del presente r\u00e9gimen, implicar\u00e1 la aceptaci\u00f3n y reconocimiento total\nde las condiciones por parte de los contribuyentes e interrumpe la prescripci\u00f3n\nen todos los aspectos y no enerva ni limita las facultades fiscales de\nverificaci\u00f3n de la Municipalidad, conservando la totalidad de atributos de\naplicaci\u00f3n de sanciones que conceden las disposiciones vigentes. <strong>Art\u00edculo 14\u00ba)<\/strong> El acogimiento a los\nbeneficios de la presente Ordenanza por parte de los titulares de locales y\/o\ninstalaciones que a la fecha de promulgaci\u00f3n de la presente no cuenten con la\ncorrespondiente habilitaci\u00f3n municipal de los mismos, s\u00f3lo tiene alcance\nexclusivo en los aspectos tributarios por el ejercicio de sus actividades\ngravadas, sujetas a las normativas fiscales vigentes, no implicando\nhabilitaci\u00f3n formal, la que estar\u00e1 adem\u00e1s sujeta a la regularizaci\u00f3n de todos\nlos aspectos aplicables a tal efecto. <strong>Art\u00edculo\n15\u00ba)<\/strong> En caso de incluirse deudas en el presente plan de regularizaci\u00f3n que\nse encuentren en proceso de discusi\u00f3n y\/o ejecuci\u00f3n judicial, el contribuyente\ndeber\u00e1 presentar previo a la adhesi\u00f3n, en caso de corresponder: 1) Nota firmada\ndonde se hace constar que se allana y\/o desiste de toda acci\u00f3n y derecho, por\nlos conceptos y montos por los que formula el acogimiento y que se hace cargo\nde las costas y costos del juicio. 2) Recibo cancelatorio de honorarios y\ncostas. Para los casos de deudas en gesti\u00f3n judicial, se establece que la\nprimera cuota de los planes que se formalicen tendr\u00e1 vencimiento dentro de los\n10 (diez) d\u00edas de su suscripci\u00f3n. <strong>Art\u00edculo\n16\u00ba)<\/strong> De Forma.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que, en t\u00e9rminos generales, est\u00e1n de acuerdo en que se d\u00e9 una\nfacilidad a la gente que tiene inconvenientes para el pago de impuestos, por\nlas condiciones y la situaci\u00f3n econ\u00f3mica en general que atraviesa no solo\nCeres, sino todo el pa\u00eds, en donde otros organismos nacionales y provinciales\ntambi\u00e9n est\u00e1n sacando planes de pago. Esto va en la misma l\u00ednea y en ese\nsentido no hay inconvenientes en el qu\u00e9 hacer para facilitar la recaudaci\u00f3n y\npermitir que la gente regularice deudas. En el c\u00f3mo, en cuanto a las\nposibilidades que se dan, si tenemos algunas observaciones que hacer, en\nt\u00e9rminos generales, nos parece que en dos cap\u00edtulos se divide primero en Tasa\nGeneral de Inmuebles, cementerio y contribuci\u00f3n de mejoras, y se trata por\nseparado Derecho de Registro e Inspecci\u00f3n, caminos rurales y el resto. Esto se\nhace porque para DReI y caminos rurales se le da un tratamiento distinto en\ncuanto a las quitas, nosotros creemos que dada la situaci\u00f3n en donde estamos\ninversos, viniendo de un sector agropecuario que el a\u00f1o pasado tuvo una sequ\u00eda\nmuy grande y con grandes problemas, los cuales golpearon directamente al\ncomercio, nos parece que ser\u00eda justo que tengan el mismo tratamiento, no har\u00eda\ndiferenciaci\u00f3n porque hoy todos tienen los mismos problemas entre la crisis\necon\u00f3mica y la alteraci\u00f3n clim\u00e1tica de estos dos a\u00f1os. <\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que s\u00ed. Adem\u00e1s, la variaci\u00f3n es solamente del 10%.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que s\u00ed, no hay grandes diferencias de n\u00fameros, unificar\u00eda en ese\ntratamiento los dos puntos.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque no tendr\u00eda inconveniente, tampoco se sabe cu\u00e1l es el porcentaje de\nmorosidad en uno y en otro. DReI es declarativa y la otra ya est\u00e1 asignada\nseg\u00fan categor\u00eda, es m\u00e1s f\u00e1cil determinar una que otra, m\u00e1sall\u00e1 de eso,\nincluir\u00eda al primer cap\u00edtulo la Tasa de Caminos Rurales, porque es lo mismo que\nTGI, pero en la parte rural.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini pregunta porque DReI no por ser declarativa. Estas suponiendo que\ndeclararon de menos, sin embargo, la ordenanza te deja claro que no le quita la\nposibilidad de fiscalizar al Municipio.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque en su opini\u00f3n no existir\u00eda ning\u00fan inconveniente. Pero lo tengo que\nconsultar con Secretar\u00eda de Hacienda.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que s\u00ed. El contexto adverso fue para todos en general, tanto\npara la zona urbana como la rural, sea por la crisis econ\u00f3mica o la crisis del\nclima, pero afect\u00f3 a todos. Entonces entiendo que Hacienda puede decir que los\ncomerciantes y los que tienen campos tienen m\u00e1s poder adquisitivo de pago,\nentonces lo tratan de una forma diferente, es probable que el argumento sea\nese. Pero para m\u00ed no es as\u00ed, la crisis es para todos y a todos se les debe dar\nla misma posibilidad. El otro punto, es agregar una opci\u00f3n m\u00e1s de pago en 18\ncuotas sin descuentos, para dar m\u00e1s tiempo.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que la moratoria quedar\u00eda unificada en un solo capitulo, en el primero.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que s\u00ed. Lo que s\u00ed entiendo, es que quien debe DReI y Caminos\nRurales, puede tener una cuota m\u00ednima mensual m\u00e1s alta que los que deben TGI y\nCementerio, porque tiene m\u00e1s capacidad de pago y las deudas son m\u00e1s grandes,\nhablando de monto m\u00ednimo de cuota. <\/p>\n\n\n\n<p>El Pte.\npregunta que se propone para las 18 cuotas.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que sean sin quita, queda con inter\u00e9s, pero no tiene quita.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque es el mismo inter\u00e9s.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que s\u00ed. El hecho de que se incluya el plan sin quita, si alguien\ntiene una deuda en discusi\u00f3n administrativa, judicial y dem\u00e1s o esta intimado,\nhaciendo el plan se desbloquea, es el beneficio que obtiene el que paga 18\ncuotas, que se paran todas las intimaciones porque est\u00e1 regularizando la deuda.\nEn el art\u00edculo 8, que dice lo siguiente: \u201c<em>En\ncasos debidamente justificados y con informe socio \u2013 econ\u00f3mico previo, el\nDepartamento Ejecutivo Municipal podr\u00e1 autorizar condiciones de pago distintas\na las enunciadas en el art\u00edculo anterior. Esta atribuci\u00f3n ser\u00e1 utilizada con\ncar\u00e1cter excepcional, siendo de aplicaci\u00f3n exclusivamente para Tasa General de\nInmuebles, Derechos de Cementerio y Contribuciones de Mejoras. Para estos\ncasos, se liquidar\u00e1 la deuda con los intereses devengados seg\u00fan la Ordenanza\nTributaria vigente, con un anticipo equivalente al valor de una cuota en el\nmomento de la formalizaci\u00f3n.\u201d <\/em>, al decir condiciones de pago distintas en\nel art\u00edculo anterior, es una manera de dejar un cheque en blanco, porque no\nestablece l\u00edmites, estamos de acuerdo en que con un informe socioecon\u00f3mico\npueda flexibilizarse el esquema de pago, pero hay que poner un l\u00edmite, y\nnuestra posici\u00f3n es que el limite sea decir que podr\u00e1 extender los plazos de\npago hasta el doble de las cuotas planteadas anteriormente, pero se pone un l\u00edmite.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque habla de los casos de incobrabilidad.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que, con ese art\u00edculo, se deja sin valides a todos los\nanteriores. Si como legislador quiero establecer un beneficio digo, que quien\ntenga vivienda \u00fanica, no posea otro inmueble, no tenga ingresos demostrables o\ntenga una pensi\u00f3n, lo dejo bajo un par\u00e1metro, agrego los requisitos ya en la\nordenanza.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque esa gente no va a ir a pagar, ni a la moratoria. Me parece que eso habla\nespec\u00edficamente para los deudores incobrables o para aquellos que no tengan\nning\u00fan tipo de posibilidad de pago. Busquemos otra soluci\u00f3n, armemos otra\ncategor\u00eda o saquemos ese art\u00edculo.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que s\u00ed. Yo lo sacar\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que entonces a esa gente no se la intima nunca y se deja que la deuda vaya\nprescribiendo con el tiempo.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Fiore\ndice que s\u00ed. Va prescribiendo, pero tambi\u00e9n est\u00e1 sujeto a alguna situaci\u00f3n\njudicial.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque s\u00ed. Va a estar expuesto al gobernante de turno, en cuanto a ejecute o no.\nSe supone que la moratoria es para los que van a ir a pagar.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que s\u00ed. Yo estoy de acuerdo en eliminar el art\u00edculo.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque s\u00ed. Si despu\u00e9s hay una tributaria se puede establecer una categor\u00eda para el\nincobrable, demostrable y no de por vida. Por ejemplo, el jubilado, que se\nexime, tiene que acreditar todos los a\u00f1os la jubilaci\u00f3n, entonces en el\ninsolvente deber\u00eda ocurrir lo mismo.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que est\u00e1 de acuerdo. El insolvente puede llegar a conseguir un\ntrabajo, puede cambiar de due\u00f1os porque vendi\u00f3 el inmueble y ahora esa partida\nes solvente, se renueva a\u00f1o a a\u00f1o. El insolvente es alguien incobrable. Quien\nexcede esos requisitos de sus limitantes, est\u00e1 en condiciones de pago, y si no\nlo hace porque no quiere, el Municipio puede actuar de oficio,\nadministrativamente, judicialmente, y se le da una herramienta como lo es la\nmoratoria. Entonces este articulo est\u00e1 en vano, porque quien no puede pagar no\nlo va a hacer.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque est\u00e1 de acuerdo.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que el cuestionamiento en base a los que pagan puntualmente los\nimpuestos, podr\u00eda solucionarse estableciendo una bonificaci\u00f3n de una cuota al\nque paga los doce meses en t\u00e9rmino. <\/p>\n\n\n\n<p>El Pte.\npregunta a partir de cu\u00e1ndo.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice del a\u00f1o que viene.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que puede ser a partir de la tributaria del a\u00f1o 2020.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque s\u00ed. Pero eso no se puede incluir en una moratoria.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Balzarini\ndice que s\u00ed, eso es cierto. Tiene que estar en la tributaria.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque s\u00ed. Teng\u00e1moslo en cuenta, y dej\u00e9moslo comprometido para el pr\u00f3ximo a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que est\u00e1 de acuerdo. AFIP, por ejemplo, con los monotributos, si\nse pagan los doce meses en t\u00e9rmino, te bonifica un mes.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque s\u00ed. Tambi\u00e9n por ejemplo caminos rurales si se paga por adelantado se\nbonifica el 20%.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que s\u00ed. Este a\u00f1o no lo realizamos, se hacia todos los a\u00f1os por\nordenanza. <\/p>\n\n\n\n<p>El C. Weder\ndice que s\u00ed. Debe haber beneficios para la gente que paga, sino siempre es la m\u00e1s\nperjudicada.<\/p>\n\n\n\n<p>Luego de un\nintercambio de opiniones, se aprueba por unanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p>PUNTO 4) Proyecto\nde Ordenanza DEM \u2013 CERLAC. El mismo dice lo siguiente: <em>\u201cVISTO: La solicitud presentada por la empresa local CERLAC S.A., y\nCONSIDERANDO: Que la empresa mencionada surge como resultado del trabajo\nconjunto del estado Municipal y productores lecheros de la Ciudad. Que despu\u00e9s\nde varios a\u00f1os de gestiones de todo tipo se pudo concretar el sue\u00f1o de contar\ncon una empresa local, elaborando productos de calidad, a muy buenos precios\ncon el objetivo de beneficiar a nuestra comunidad. Que la puesta en marcha de\neste emprendimiento ha demandado la inversi\u00f3n de importantes fondos, tanto\nprivados como p\u00fablicos, resultando ser un ejemplo que ha tenido trascendencia\nnacional, al ser difundida la experiencia por los m\u00e1s importantes medios del\npa\u00eds. Que la empresa ha solicitado se considere la posibilidad de otorgar un\nbeneficio que ayude al emprendimiento en la etapa inicial de su ingreso al\nmercado. Que desde el Estado Municipal se considera apropiado seguir\nacompa\u00f1ando a los productores locales en esta importante iniciativa que genera\nempleo y movimiento econ\u00f3mico en la Ciudad. Que por todo lo expuesto hasta aqu\u00ed\nse resuelve hacer lugar a la petici\u00f3n de CERLAC SA otorgando un beneficio\nimpositivo concreto con el fin de contribuir con su consolidaci\u00f3n como empresa\nproductora local. POR LO QUE: El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en base\na las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona\nla siguiente: ORDENANZA ARTICULO 1) Disponese otorgar una exencion en el pago\ndel Derecho de Registro e Inspecci\u00f3n al contribuyente CERLAC SA CUIT\n30-71129241-8, Nro de Cuenta Municipal 16327, con domicilio legal en calle\nVictoria 491 de la Ciudad de Ceres. ARTICULO 2) Disponese que lo dispuesto en\nel art\u00edculo 1 ser\u00e1 por el plazo de 5 a\u00f1os a partir de la fecha de promulgaci\u00f3n\nde la presente. ARTICULO 3) De forma.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que hay un punto que tienen dudas, en lo dem\u00e1s est\u00e1n de acuerdo.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Fiore\npregunta si es en los considerandos.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que no. Es en la extensi\u00f3n de los plazos.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte.\npregunta cu\u00e1l es el plazo.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que son cinco a\u00f1os. Nosotros estuvimos hablando con nuestro grupo y dem\u00e1s,\ny se pretende que sean seis meses que se renueven autom\u00e1ticamente a otros seis,\nsalvo que desde el Municipio digan que no, pero que sea por un a\u00f1o y despu\u00e9s\nver de ah\u00ed en adelante.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte.\npregunta c\u00f3mo est\u00e1 el convenio de MORBI.<\/p>\n\n\n\n<p>Se consultan\nlas ordenanzas, donde la extensi\u00f3n para MORBI es de seis meses.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\npregunta bajo aprobaci\u00f3n de qui\u00e9n est\u00e1 la prorrogabilidad.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que del Ejecutivo.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte.\npregunta si las dem\u00e1s ordenanzas son por seis meses prorrogables o definitivos.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que definitivos.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que se deber\u00edan realizar igual a las dem\u00e1s.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Fiore\ndice que la prorroga siempre pas\u00f3 por el Concejo.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque no siempre.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que a los seis meses se tratar\u00e1 nuevamente el tema.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que s\u00ed. Porque hay antecedentes de dos casos con seis meses, nos\nsaldr\u00edamos de esquemas si lo hacemos por cinco a\u00f1os, es una gran diferencia.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Rafael\npregunta si son seis meses renovables.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que se deber\u00edan hacer igual a las dem\u00e1s.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que s\u00ed.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Rafael\ndice que le dar\u00eda 24 meses. Ya que es una Pyme que est\u00e1 en formaci\u00f3n todav\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Fiore\ndice que s\u00ed. En todo caso que pidan prorroga, como hizo MORBI, y no se le neg\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque tambi\u00e9n dar\u00eda un a\u00f1o. Son opiniones, todos estamos de acuerdo en que se le d\u00e9\nla exenci\u00f3n, lo que definimos es el plazo.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que s\u00ed.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Rafael\ndice que s\u00ed. Pero 24 meses, porque es una empresa nueva, todav\u00eda no sabemos c\u00f3mo\nva a seguir.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que s\u00ed, pero ya se le ayud\u00f3 much\u00edsimo. Se le dio en comodato el lugar, las\nmaquinarias, se le ayuda con asesoramiento, no es que empez\u00f3 de cero sin ayuda\ny con fondos propios. Nose si me explico.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que s\u00ed. Se le dio todo el predio, infraestructura y dem\u00e1s.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que s\u00ed. Tambi\u00e9n asesoramiento, yo s\u00e9 que Pablo Bertero est\u00e1 todo el tiempo\nayud\u00e1ndolos.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Weder\ndice que tambi\u00e9n le dar\u00eda un a\u00f1o. Que se someta a votaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que ser\u00eda bueno sacarlo por consenso.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Fiore\ndice que est\u00e1n realizando inversiones adem\u00e1s.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque s\u00ed. Pero todos realizan inversiones, a lo que quiero llegar, es que quiz\u00e1\nel hecho de lo que ha significado para nosotros, amerita un plazo m\u00e1s amplio,\npor la expansi\u00f3n que est\u00e1n intentando tambi\u00e9n, se fueron a la ciudad de\nTostado.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que entonces puede hacerse como mencionamos al principio. Seis meses\nprorrogables por otros seis m\u00e1s. Sin que tengan que realizar el pedido, salvo\nque el Ejecutivo no lo vea factible. Adem\u00e1s, para darle un trato igualitario\ncon las otras empresas.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte.\npropone un a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que sean seis meses, prorrogables por seis meses m\u00e1s, autom\u00e1ticamente\na opci\u00f3n del Ejecutivo.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque el Ejecutivo puede decir que no.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que se deber\u00e1 hacer cargo de porque dice que no. Nosotros como\nConcejo estamos proponiendo un a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que se podr\u00eda pensar como Instituci\u00f3n al Concejo. Demos un trato\nigualitario como a los dem\u00e1s. <\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque entonces se le d\u00e9 la prorroga desde el Concejo, no desde el Ejecutivo.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que est\u00e1 de acuerdo.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que s\u00ed. <\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque entonces son seis meses prorrogables en seis, a aprobar por el Concejo\nMunicipal.<\/p>\n\n\n\n<p>El C.\nBalzarini dice que est\u00e1 de acuerdo. Que pase todo por el Concejo.<\/p>\n\n\n\n<p>Luego de un\nintercambio de opiniones, se aprueba por unanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p>No siendo para m\u00e1s, se da por finalizada la sesi\u00f3n, siendo las 13:30\nhoras. &#8211;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En la ciudad de Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, a los cuatro d\u00edas del mes de julio de dos mil diecinueve, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del H. 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