{"id":3497,"date":"2019-09-02T19:59:12","date_gmt":"2019-09-02T22:59:12","guid":{"rendered":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=3497"},"modified":"2019-09-02T20:02:41","modified_gmt":"2019-09-02T23:02:41","slug":"acta-numero-1300-rec-22-23","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/concejodeceres.com\/?p=3497","title":{"rendered":"ACTA N\u00daMERO 1300 REC 22-23"},"content":{"rendered":"\n<p>En la ciudad\nde Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, a los quince d\u00edas\ndel mes de agosto de dos mil diecinueve, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del\nH. Concejo Municipal,los integrantes de dicho cuerpo,encontr\u00e1ndose presentes la\ntotalidad de los miembros que lo conforman.Siendo las 12:00 horas, el concejal\nDr. Juan M. Mansilla, asume la Presidencia del Cuerpo, declarando abierta la\nsesi\u00f3n, procedi\u00e9ndose al tratamiento de los temas establecidos en el Orden del\nD\u00eda:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\"><li>Lectura del acta anterior.<\/li><li>Correspondencia Recibida.<\/li><li>Proyecto Ordenanza DEM \u2013 CAMINOS RURALES.<\/li><li>Proyecto Ordenanza DEM \u2013 SUTRACOVI.<\/li><li>Pedido de Informe Bloque PJ.<\/li><li>Proyecto Ordenanza Bloque UCR.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>PUNTO 1) Se da lectura al acta de\nla sesi\u00f3n anterior, la que es aprobada sin observaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>PUNTO 2) A continuaci\u00f3n se da\nlectura a la correspondencia recibida:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Coop. de Servicios Ceres Ltda.:<em>\u201cVISTO:La presentaci\u00f3n voluntaria ante la\nCooperativa de Servicios Ceres Ltda. de los vecinos de la secci\u00f3n 1\u00b0 de nuestra\nciudad, que corresponden al Barrio Estadio Municipal seg\u00fan croquis de catastro\nMunicipal, que habitan sobre las calles San Lorenzo, Rondeau, Alceste Medici y\nPasaje Abel Dipre; quienes solicitan la conexi\u00f3n al sistema de agua potable que\ndistribuye la Cooperativa, y CONSIDERANDO:Que, revisada la solicitud desde la\nposibilidad t\u00e9cnica, la misma es factible.Que, evaluado el costo actual de la\nobra, y en tal sentido, se actualiz\u00f3 el total de la obra realizando un\nprorrateo sobre el total de los usuarios, incluidos los nuevos solicitantes,\nsurgiendo un valor de $ 12.600.- (pesos doce mil seiscientos) por usuario.Que,\ninformados de estos valores, los se\u00f1ores solicitantes brindaron su aprobaci\u00f3n.Que\nentendemos que de esta forma no se ven perjudicados los usuarios que desde un\ninicio del proyecto est\u00e1n abonando, ya que los nuevos usuarios son gravados por\nlos costos que implica toda la red, ll\u00e1mese bombas, red troncal, planta de\nosmosis, etc., como as\u00ed tambi\u00e9n se entendi\u00f3 justo que los valores se fijen con\ncostos actuales.Que es resoluci\u00f3n de la Cooperativa, que el importe que surja\npor el cobro de la obra y el valor de construcci\u00f3n de la ampliaci\u00f3n, se aplique\na elementos que componen la planta de \u00f3smosis.POR LO QUE:El HONORABLE CONCEJO\nMUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756, y\nsus modificatorias, sanciona la siguiente:O R D E N A N Z AART\u00cdCULO 1\u00b0)\nAutorizar a la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda., a realizar la ampliaci\u00f3n\nde la obra de sistema de agua potable y prestar servicios a los inmuebles que\nse encuentren beneficiados seg\u00fan lo detallado en el Visto.ART\u00cdCULO 2\u00b0) Fijar el\nvalor de la obra, en $ 12.600.- (pesos doce mil seiscientos) por\nfrentista.ART\u00cdCULO 3\u00b0) Fijar como forma de pago, en las cantidades de cuotas\nque los contribuyentes aprueben, hasta un m\u00e1ximo de 20 (veinte) cuotas\nmensuales, iguales y consecutivas.\u201d<\/em><\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que es una obra de\nagua potable, pedida por los vecinos del barrio donde se vendieron los primeros\n52 lotes, Estadio Municipal. Creo que es una ordenanza que no merece mayores\nreparos, est\u00e1 la firma de m\u00e1s de la mitad de los vecinos.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Balzarini pregunta si est\u00e1\nla firma de alg\u00fan ingeniero, t\u00e9cnico o autoridad responsable de la Cooperativa.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que firman Ramonda y\nUberti. Yo considero que no merece mayores reparos.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza pregunta si la\nsolicitud guarda alg\u00fan tipo de relaci\u00f3n con el pedido de los ca\u00f1os que hab\u00edan\nrealizado.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que no. Ese tema\nsigue en comisi\u00f3n. Los ca\u00f1os son para cloacas, esto es agua potable.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Balzarini dice que s\u00ed. Hay\nque aprobarlo, si los vecinos est\u00e1n de acuerdo.<\/p>\n\n\n\n<p>Luego de un intercambio de\nopiniones, se aprueba por unanimidad.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Contrato de Comodato LUCCA.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que se extienda\ncopia a ambos bloques, y que se considere parte integrante de la ordenanza. No\ns\u00e9 si alguien tiene alguna moci\u00f3n para hacer. No hay ninguna de las condiciones\nque no se hayan establecido en la ordenanza, qued\u00f3 plasmado todo lo que se\naprob\u00f3 en la sesi\u00f3n anterior. Ya la misma ordenanza dec\u00eda que el comodato deb\u00eda\nser parte integrante de la misma una vez que se suscriba.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Fiore dice que se someta a\nvotaci\u00f3n y se apruebe.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que la ordenanza ya\nfue aprobada. Si quieren el comodato puede ser objeto de ratificaci\u00f3n, pero\ncumple los puntos que se pactaron en la ordenanza.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Fiore dice que se someta a\nvotaci\u00f3n la ratificaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que, si esa es una\nmoci\u00f3n, a los fines de considerar que es parte integrante de la ordenanza, y\nque las condiciones pactadas son las mismas, respetando lo que se estableci\u00f3 en\nla ordenanza, se somete a ratificaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza pregunta si pueden\nabstenerse a votar.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que s\u00ed.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Fiore dice que s\u00ed.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Weder dice que s\u00ed.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Rafael dice que s\u00ed.<\/p>\n\n\n\n<p>Se somete a votaci\u00f3n la\nratificaci\u00f3n del contrato de comodato.<\/p>\n\n\n\n<p>Bloque PJ: Afirmativo.<\/p>\n\n\n\n<p>Bloque UCR. Se abstienen.<\/p>\n\n\n\n<p>PUNTO 3) Proyecto Ordenanza DEM \u2013\nCAMINOS RURALES. El mismo dice lo siguiente: <em>\u201cVISTO: La vigencia de la ordenanza municipal N\u00b0 1446\/2016, la cual\nestablece un sistema de compensaci\u00f3n de la Tasa de Construcci\u00f3n y Conservaci\u00f3n\nde Caminos Rurales, y CONSIDERANDO: Tal como se resalt\u00f3 en los considerandos de\nla norma ut supra citada, resulta indispensable para la producci\u00f3n local, la\nmantenci\u00f3n de los caminos rurales en \u00f3ptimas condiciones de transitabilidad.\nQue es deber del municipio local la mantenci\u00f3n de la construcci\u00f3n y\nconservaci\u00f3n de los caminos rurales, la cual se sostiene econ\u00f3micamente con el\ntributo \u201cTasa de Conservaci\u00f3n y Construcci\u00f3n de Caminos Rurales\u201d que el\nMunicipio tiene la potestad de percibir. A lo largo del a\u00f1o fiscal resulta\ncomplicada la tarea del Municipio de mantener la totalidad de los caminos\nrurales en \u00f3ptimas condiciones, por lo cual corresponde acentuar un compromiso\nde solidaridad con los productores, propietarios, inquilinos y\/o responsables\ndel pago de la Tasa de construcci\u00f3n y conservaci\u00f3n de caminos rurales. Tal\nsistema fue regulado oportunamente por la Ordenanza N\u00b0 1446\/2016, otorg\u00e1ndole\nla posibilidad al contribuyente para que realice las tareas de mantenci\u00f3n y se\ncompense dicha actividad con el tributo que debe abonar por dicho concepto.\nDicho sistema no es m\u00e1s ni menos que una verdadera herramienta destinada a\nbeneficiar a todas las partes, tanto como a los productores, ya que pueden\nmantener en forma adecuada de transitabilidad los caminos rurales, y para el\nMunicipio, ya que cuenta con una verdadera ayuda para lograr la mantenci\u00f3n de\nla totalidad de los caminos rurales. Por ello es que se dict\u00f3 la Ordenanza N\u00b0\n1446, que data del d\u00eda 08 de junio de 2016. Con el transcurso del tiempo de la\nmisma a la fecha, y dada la realidad econ\u00f3mica que atraviesa el pa\u00eds, aumento\nde costos de insumos, repuestos, de mano de obra, inflaci\u00f3n y dem\u00e1s\ncontingencias econ\u00f3micas, es que resulta necesario adecuar dicha norma a los\nvalores reales de costos operativos al d\u00eda de la fecha. POR LO QUE: El\nHONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en base a las atribuciones que le\nconfiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente: ORDENANZA.\nARTICULO 1\u00b0) Establ\u00e9zcase en el \u00e1mbito del Municipio de Ceres, un sistema de\ncompensaciones, a aplicarse sobre la Tasa de Conservaci\u00f3n y Construcci\u00f3n de\nCaminos Rurales. ARTICULO 2\u00b0) Disp\u00f3ngase que los contribuyentes de la Tasa de\nConservaci\u00f3n y Construcci\u00f3n de Caminos Rurales, que voluntariamente ejecuten\ntrabajos sobre la red terciaria en jurisdicci\u00f3n del Distrito Ceres, puedan\ncompensar el valor de las tareas realizadas contra el importe liquidado de\ndicha tasa. ARTICULO 3\u00b0) El contribuyente que adhiera al sistema establecido en\nel Art. 1\u00b0) deber\u00e1 aportar personal y equipos de su propiedad para ejecutar los\ntrabajos sobre los caminos rurales, y lo har\u00e1 bajo la conducci\u00f3n t\u00e9cnica de la\nSecretar\u00eda de Obras y Servicios P\u00fablicos del Municipio. El contribuyente deber\u00e1\ncontar con todos los seguros de ley vigentes sobre los equipos a utilizar como\nas\u00ed tambi\u00e9n se har\u00e1 cargo de la totalidad de las leyes sociales del\/los\ntrabajadores que disponga para la ejecuci\u00f3n de los trabajos. ARTICULO 4\u00b0) Los\ntrabajos a ejecutar, deber\u00e1n ajustarse al siguiente detalle y al respectivo\nvalor que en cada caso se definen: a) Rotura del camino con utilizaci\u00f3n del\narado de 4 discos, el equivalente a 65 (sesenta y cinco) litros de combustible\ngas oil YPF el kil\u00f3metro. b) Compactaci\u00f3n, el equivalente a 65 (sesenta y\ncinco) litros de combustible gas oil YPF el kil\u00f3metro. c) Trabajo de limpieza\nde l\u00edneas, el equivalente a 4 (cuatro) litros de combustible gas oil por hora\nde trabajo\/hombre (en la parte que no est\u00e9 a cargo del frentista). d) Trabajo\nde cuneteado con retroexcavadora en camino municipal, el equivalente a 50\n(cincuenta) litros de combustible gas oil por hora de trabajo. Antes de\ncomenzar la ejecuci\u00f3n de los trabajos, el contribuyente comunicar\u00e1 al Municipio\nsu decisi\u00f3n de realizar los mismos, indicando las especificaciones de los\ntrabajos a realizar. La Secretar\u00eda de Obras y Servicios P\u00fablicos tendr\u00e1 a su\ncargo la inspecci\u00f3n y direcci\u00f3n t\u00e9cnica de las tareas a realizar. ARTICULO 5\u00b0)\nAl finalizar los trabajos, la Secretar\u00eda de Obras y Servicios P\u00fablicos,\nproceder\u00e1 a emitir un Certificado de Final de Obra, el cual contendr\u00e1 como\nm\u00ednimo, lo siguiente: a) Fecha de inicio y finalizaci\u00f3n de los trabajos. b)\nDatos del contribuyente. c) El n\u00famero de cuenta municipal de la Tasa de\nConservaci\u00f3n y Construcci\u00f3n de Caminos Rurales. d) Detalle de los trabajos\nejecutados en funci\u00f3n de lo definido en el Art. 4\u00b0). e) Determinaci\u00f3n del monto\nque se determina a favor del contribuyente. f) Firma del responsable t\u00e9cnico de\nla Municipalidad. ARTICULO 6\u00b0) El Certificado de Obra, tendr\u00e1 el car\u00e1cter de\nCertificado Fiscal. El titular del mismo, podr\u00e1 utilizarlo \u00fanicamente para\ncompensar sus saldos pendientes de pago de la Tasa de Conservaci\u00f3n y\nConstrucci\u00f3n de Caminos Rurales y\/u obtener pagos a cuenta de futuros\nvencimientos. ARTICULO 7\u00b0) En ning\u00fan momento y bajo ning\u00fan concepto, el\nMunicipio desembolsar\u00e1 dinero por los trabajos realizados por los\ncontribuyentes. ARTICULO 8\u00b0) El\u00e9vese al Departamento Ejecutivo Municipal de\nCeres, a sus efectos, comun\u00edquese, publ\u00edquese y oportunamente arch\u00edvese.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>El C. Balzarini dice que se hab\u00eda\nacordado recibir a los productores.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Weder dice que hay que\nsacar esa ordenanza.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Balzarini dice que s\u00ed.\nNadie dice lo contrario, se puede votar el d\u00eda despu\u00e9s de recibir a los\nproductores.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que se puede votar\nese mismo d\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Balzarini dice que s\u00ed.\nPodemos votarla ese mismo d\u00eda tambi\u00e9n.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que s\u00ed.\ncompromet\u00e1monos en este acto a sesionar en ese mismo momento y aprobarla.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Balzarini dice que, en la\nsesi\u00f3n pasada, el C. Weder dijo que los productores quer\u00edan venir al Concejo.\nEntonces, les estamos diciendo que vengan.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que s\u00ed. Se fija para\nel pr\u00f3ximo martes a las 11 horas, la reuni\u00f3n con los productores y el\ncompromiso de en ese mismo acto, aprobar la ordenanza.<\/p>\n\n\n\n<p>PUNTO 4) Proyecto Ordenanza DEM \u2013 SUTRACOVI. El mismo\ndice lo siguiente: <em>\u201cVISTO: Lo solicitado\nmediante nota de fecha 02 de julio de 2019, por el SINDICATO UNICO DE\nTRABAJADORES CONCESIONARIAS VIALES Y AFINES de la Provincia de Santa Fe, por\nante el Departamento Ejecutivo Municipal, y giradas las actuaciones a este H.\nConcejo Municipal, a los efectos de su consideraci\u00f3n, y CONSIDERANDO: Mediante\nla misiva citada, el organismo gremial solicita la cesi\u00f3n a t\u00edtulo gratuito del\nlote que se designa como n\u00famero \u201c2\u201d de la manzana 391, de esta ciudad de Ceres,\ndescripci\u00f3n conforme al plano, cuya copia adjunta. Que como antecedente hay que\nrecordar que dicho lote (N\u00b02), era parte del lote N\u00b0 20, al cual le\ncorrespond\u00eda la partida inmobiliaria N\u00b0 07-01-00-034358\/8022, de la secci\u00f3n I,\nmanzana\/parcela N\u00b0 039100005. Dicho lote (N\u00b020), oportunamente mediante\nordenanza N\u00b01320\/2013 se hab\u00eda autorizado la constituci\u00f3n de una servidumbre de\nuso gratuito en favor de la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales AR-SAT\nS.A. Actualmente el lote citado se ha fraccionado en dos, siendo que actualmente\nquedan los lotes referenciados como N\u00b01 Y N\u00b02. El primer lote, est\u00e1 siendo\nocupado, y ejerciendo las facultades del derecho real constituido por la firma\nEmpresa Argentina de Soluciones Satelitales AR-SAT S.A., quedando el lote N\u00b02,\ndesocupado. Que mediante ordenanza 1417\/2015 se cedi\u00f3 a t\u00edtulo gratuito al\nSindicato de Trabajadores Concesionarias Viales y Afines de la Provincia de\nSanta Fe (SUTRACOVI), los lotes N\u00b018 y N\u00b019 de la misma manzana, los cuales son\nlindantes de los lotes referenciados en el p\u00e1rrafo anterior. En la actualidad\nel lote N\u00b02 no est\u00e1 siendo utilizado por la empresa beneficiaria y al ser un\nremanente, ser\u00eda prudente atender el pedido realizado por el organismo sindical\na los fines de ampliar el predio recreativo con las obras que vienen\nconstruyendo para tal fin. Es por ello, que corresponde desafectar el lote N\u00b02\n(que era parte del lote N\u00b020), oportunamente sobre el cual se constituy\u00f3 el\nderecho real de servidumbre, adecuando la ordenanza N\u00b01320\/2013, y luego ceder\na t\u00edtulo gratuito el mismo al organismo sindical. Que atento al fundamento\nexpresado en la solicitud, corresponde ceder el lote citado con el Cargo, de\nconstrucci\u00f3n por parte de SUTRACOVI, de la afectaci\u00f3n de la Sede Gremial,\ndentro del plazo de un (1) a\u00f1o. Cumplido dicho plazo, sin que se construya la\nSede, la cesi\u00f3n de los inmuebles ser\u00e1 revocada por el Municipio. Cabe aclarar\nque los gastos que se demanden ser\u00e1n a cargo de la entidad gremial, ya sea de\nnuevos planos, como las confecciones de nuevas escrituras. POR LO QUE: El\nHonorable Concejo Municipal de Ceres, en base a las atribuciones que le\nconfiere la Ley 2756 y sus modificatorias sanciona la siguiente: ORDENANZA.\nARTICULO 1\u00b0) Desafectar el lote N\u00b02, ubicado en la secci\u00f3n 01, manzana 0391,\nparcela 00021, partida inmobiliaria 07-01-00-034358\/8080, del derecho real\notorgado mediante ordenanza N\u00b01320, de fecha 20 de marzo de 2013. ARTICULO 2\u00b0)\nCeder a t\u00edtulo gratuito al SINDICATO DE TRABAJADORES CONCESIONARIAS VIALES Y\nAFINES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE (SUTRACOVI), el terreno identificado como\nLote 02, de la manzana 0391, Parcela 00021, de la Secci\u00f3n I, seg\u00fan Plano de\nMensura N\u00b0169347, confeccionado por la Agrimensora Marisel Mar\u00eda Fornero.\nARTICULO 3\u00b0) La donaci\u00f3n se realiza con el cargo de afectaci\u00f3n y construcci\u00f3n\nde la Sede Gremial, dentro del plazo de un (1) a\u00f1o, el que cumplido sin que se\nrealice la obra, facultar\u00e1 al Municipio a revocar la cesi\u00f3n y exigir la\nrestituci\u00f3n de los inmuebles. ARTICULO 4\u00b0) Remitir copia de la presente\nordenanza, a los solicitantes, a los fines de que acepten la cesi\u00f3n. ARTICULO\n5\u00b0) La Escritura Traslativa de Dominio, como todo gasto que se devengue para la\nregularizaci\u00f3n catastral y\/o dominial de los lotes se tramitar\u00e1 por intermedio\ndel Escribano y\/o profesional que los solicitantes designen, gastos que ser\u00e1n a\nexclusivo cargo de los mismos. ARTICULO 6\u00b0) El\u00e9vese al Departamento Ejecutivo\nMunicipal de Ceres, a sus efectos, comun\u00edquese, publ\u00edquese y oportunamente\narch\u00edvese.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza dice que estuvo\nhablando con Marcos Gilardi y fue a ver el lugar. El me plantea, y lo estuve\nviendo, que ya realizaron una entrada, un cableado interno que pasa por el\nlugar, donde adem\u00e1s ese lote no se puede utilizar para otra cosa que no sea\npara eso, porque es muy chico. Ya invirtieron ah\u00ed. Despu\u00e9s de hablar eso,\nnosotros tenemos la postura de acompa\u00f1ar lo que pidieron, aprobar la donaci\u00f3n\ndel terreno porque ya no tiene sentido, incluso nos manifest\u00f3 que hubo un\nacuerdo previo sobre esto, de palabra, y de alguna forma es ratificar ese\nacuerdo, porque como dije ellos ya invirtieron ah\u00ed.<\/p>\n\n\n\n<p>Luego de un intercambio de\nopiniones, se aprueba por unanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p>PUNTO 5) Pedido de Informe Bloque\nPJ. El mismo dice lo siguiente: <em>\u201cVISTO:\nEl siniestro vial ocurrido el d\u00eda 29 de julio de 2019 en la Avenida de\nCircunvalaci\u00f3n Oeste en su intersecci\u00f3n con Teniente Loza de la ciudad de Santa\nFe, en el cual la unidad de traslado perteneciente al Hospital Regional de la\nciudad de Ceres perdi\u00f3 el control y volc\u00f3 sobre uno de los pastizales\nlaterales, y CONSIDERANDO:Que dicha unidad fue adquirida por la gesti\u00f3n del\nHospital SAMCO Ceres para traslado de vecinos de la ciudad a diferentes centros\nde mayor complejidad. Que existen reclamos de vecinos acerca de la forma de\nconducir del chofer que en el momento del siniestro conduc\u00eda la unidad.Que en\nel accidente hubo herido con lesiones de consideraci\u00f3n.Que debemos velar por la\nintegridad f\u00edsica de nuestros habitantes.POR LO QUE:El Honorable Concejo\nMunicipal de Ceres, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y\nsus modificatorias, solicita al Hospital Regional de Ceres informe lo\nsiguiente:1.- Si fueron realizadas pericias toxicol\u00f3gicas al chofer de la\nunidad de traslado2.- Si el chofer de la unidad de traslado que conduc\u00eda,\npose\u00eda licencia de conducir habilitante.3.- Si la unidad pose\u00eda cobertura de\nseguro obligatorio y en su caso si fueron reconocidos los da\u00f1os a la unidad y a\nlos pacientes que ocupaban la misma.4.- Si exist\u00edan previos al accidente\nreclamos formulados en el libro de quejas del Hospital, respecto a la\nconducci\u00f3n de dichas unidades.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que hay reclamos de\nvecinos, de que est\u00e1 plasmado en el libro de quejas la forma de conducci\u00f3n.\nQuiz\u00e1 estaba todo perfecto, ten\u00eda licencia, seguro, no le dio nada mal, pero\nhab\u00eda quejas a la hora de conducir.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza dice que le parece\ncorrecto lo que se establece. Pero cambiar\u00eda la parte que dice que existen\nreclamos de los vecinos, por algo que siempre plantea el Pte. en cuanto a que\nno hay una prueba fehaciente, porque estamos hablando sobre un supuesto.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Weder dice que est\u00e1\nplasmado en el libro de quejas.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza dice que s\u00ed, pero\nnosotros no lo sabemos.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que se puede\nexpresar como una inquietud del Concejo. Lo cambiamos.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Balzarini dice que est\u00e1 de\nacuerdo.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza dice que s\u00ed. Yo lo\naprobar\u00eda con esa modificaci\u00f3n. <\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que s\u00ed. Sacamos ese\npunto del considerando.<\/p>\n\n\n\n<p>Luego de un intercambio de\nopiniones, se aprueba por unanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p>PUNTO 6) Proyecto de Ordenanza Bloque UCR. El mismo\ndice lo siguiente: <em>\u201c<\/em><em>VISTO:La nota presentada por\nel Centro Comercial Industrial y Rural de Ceres, en fecha 10 de julio de 2019,\nsolicitando la derogaci\u00f3n de la Ordenanza N\u00b0 1537\/2018, y CONSIDERANDO:Que\ndicha Ordenanza establece una contribuci\u00f3n de mejoras por la obra de gas\nnatural en nuestra ciudad.Que dicha contribuci\u00f3n se encuentra calculada en base\nal monto de obra establecida en el art\u00edculo 4\u00b0.Que los fondos a obtener ser\u00edan\ndestinados a la financiaci\u00f3n de las futuras ampliaciones de la obra\noriginalmente llevada a cabo por la empresa Litoral Gas.Que hasta el d\u00eda de la\nfecha no se ha logrado presupuestar ni planificar dicha ampliaci\u00f3n.Que, al\ntratarse de un monto fijo en pesos, el mismo ha quedado desactualizado por los\nefectos de la inflaci\u00f3n en el transcurso del tiempo.Que, a los fines de poder\nllevarse a cabo alguna futura ampliaci\u00f3n, ser\u00eda necesario un nuevo c\u00e1lculo de\nlos costos totalmente distintos a los que se tomaron como base para el dictado\nde la Ordenanza N\u00b0 1537\/2018.Que a los fines de dejar establecido un criterio\nsolidario, respecto a la forma de pagar por los vecinos las futuras\nampliaciones, en el caso de que estas tengan costo para el Municipio, resulta\nnecesario modificar los art\u00edculos 4\u00b0 y 5\u00b0 de la Ordenanza N\u00b0 1537\/2018,\nadaptando los mismos a tales circunstancias. POR LO QUE:El HONORABLE CONCEJO\nMUNICIPAL DE CERES, conforme a las facultades que le otorga la Ley 2756 y sus\nmodificatorias, sanciona la siguiente:O R D E N A N Z AART\u00cdCULO 1\u00b0) Modificase\nel Art\u00edculo 4\u00b0 de la Ordenanza N\u00b0 1537\/2018 el cual quedar\u00e1 redactado de la\nsiguiente forma:\u201cARTICULO 4\u00b0: Establecese que las futuras ampliaciones de la\nred de gas natural en la ciudad de Ceres, que tengan costo para el Municipio,\nser\u00e1 soportado y distribuido proporcionalmente entre los beneficiarios de la\nobra original y los de la ampliaci\u00f3n a realizar.\u201dART\u00cdCULO 2\u00b0) Modificase el\nArt\u00edculo 5\u00b0 de la Ordenanza N\u00b0 1537\/2018 el cual quedar\u00e1 redactado de la\nsiguiente forma:\u201cART\u00cdCULO 5\u00b0) A los fines de implementar el mecanismo\nestablecido en el art\u00edculo anterior, ser\u00e1 necesario el dictado de una Ordenanza,\nque, en base a un proyecto valorizado y factible de ejecuci\u00f3n, establecer\u00e1 los\nmontos y formas de pago de la referida contribuci\u00f3n de mejoras.\u201dART\u00cdCULO 3\u00b0)\nEl\u00e9vese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comun\u00edquese,\npubl\u00edquese y oportunamente arch\u00edvese.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>El C. Balzarini dice que la idea\nes de acuerdo a la reuni\u00f3n que se tuvo con la gente del Centro Comercial, con\nel planteo que ellos hac\u00edan de modificar la ordenanza. Donde luego de\nintercambiar opiniones, llegamos a la conclusi\u00f3n de que en realidad lo que\nquer\u00edan decir no era derogar la ordenanza, sino modificar el tema del cobro y\ndem\u00e1s. Ellos mismos propusieron este mecanismo, de que cuando haya ampliaciones\nfuturas lo hagamos entre todos, es un poco la idea original. Entonces nos pareci\u00f3\nconveniente plasmar eso que se charl\u00f3. La idea no es votarlo ahora, sino que\npase a comisi\u00f3n, si quieren lo analizamos, no hay apuro ni urgencia. Pero en\ndefinitiva lo que resumen los art\u00edculos es lo que se habl\u00f3 en esa reuni\u00f3n. <\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza dice que s\u00ed. Pas\u00e9mosla\na comisi\u00f3n y la analizamos bien.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. pregunta cu\u00e1l es la\ndiferencia, a criterio de cada uno, de modificar los art\u00edculos o derogar la\nordenanza.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Balzarini dice que en la\nordenanza original hay otros contenidos, permisos, autorizaciones para la\nempresa Litoral Gas.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que eso ya est\u00e1\nhecho, aprobado y ejecutado.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Balzarini dice que s\u00ed.\nPero, en base a esa ordenanza surgen procedimientos administrativos internos de\nLitoral Gas, para poder ejecutar, hacer, contratar, subcontratar y dem\u00e1s donde\nse menciona a esa ordenanza. Ellos realizaron un avance legal y nosotros la\nvamos a derogar, adem\u00e1s establec\u00eda otros condicionamientos a la empresa como\npor ejemplo la reparaci\u00f3n de veredas a los vecinos, tambi\u00e9n el \u00e1rea comprendida\nafectada dentro de la obra. En realidad, lo que se planteaba era el problema de\ncobro, entonces modifiquemos los art\u00edculos que hablan sobre eso. El resto no\ntiene raz\u00f3n de ser derogado.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que no es ese el\nfundamento real por el cual su bloque no pretende derogar la ordenanza. El\nfundamento real, y puedo compartirlo, es que si se deroga la ordenanza no se le\npuede cobrar m\u00e1s a la parte que est\u00e1 afectada. Es el principal argumento. <\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza dice que s\u00ed. Tambi\u00e9n\nes uno de los fundamentos.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que ese es el\nfundamento real. No es Litoral Gas porque ya adquiri\u00f3 derechos, y no se le\npueden derogar derechos que ya fueron adquiridos. Sino que hay un libro de\noposici\u00f3n abierto en tiempo y forma, donde oportunamente ustedes se opusieron,\ny ahora pretenden que si sirva. Yo esto lo analizo a t\u00edtulo\nde beneficio para mi ciudad, considero que a la ordenanza no hay que derogarla,\ny que hay que modificar el art\u00edculo, posteriormente se va a tener que realizar\notra ordenanza para determinar el precio, porque sino no se cobra m\u00e1s.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza dice que es lo que se\nplantea en el proyecto de ordenanza.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que s\u00ed. Lo que va a\nser necesario, es que la ordenanza que se plantee para cobrar, se realice\ncuando haya otra obra que sea con costo. Entonces lo que me gustar\u00eda es que\nexista un sinceramiento si se quiere, de cu\u00e1les son los motivos por el cual se\nplantea una cuesti\u00f3n o no. Convengamos que no es un planteo nuestro, sino del\nCentro Comercial, entonces debate de por medio hagamos lo m\u00e1s conveniente y lo\nmejor para nuestra ciudad, porque no dista de que pueda correr el tiempo sin\nque haya ampliaciones y la gesti\u00f3n dentro de cuatro a\u00f1os vuelva a ser\njusticialista y no haya tampoco herramientas para cobrarlo. No tiene nada que\nver la parte pol\u00edtica, pero si es importante que tengamos la herramienta.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Balzarini dice que\nrecordaran que en la reuni\u00f3n con el Centro Comercial, dije que est\u00e1bamos en un\nmomento hist\u00f3rico fundacional de esta obra, donde somos lo protagonistas del\nhecho hist\u00f3rico, y ante las circunstancias econ\u00f3micas locales y nacionales,\nquiz\u00e1 demande muchos a\u00f1os hasta que ocurra una ampliaci\u00f3n, entonces tenemos que\ndejar plasmado el compromiso social del gobierno que estuvo en ese momento, con\nel apoyo de los vecinos, porque tambi\u00e9n recordemos que entraron m\u00e1s de mil\nfirmas en su momento donde establec\u00edan que no se cobre de entrada porque la\nobra ven\u00eda gratis, y s\u00ed que sea prorrateada entre todos las futuras\nampliaciones con costo. Esta modificaci\u00f3n no hace ni m\u00e1s ni menos que receptar\neso que dijeron los vecinos, lo que dijimos nosotros en su momento, y tambi\u00e9n\nel Centro Comercial. El tiempo ha hecho que las cosas caigan por su propio\npeso, donde la ordenanza con el valor quede desactualizada, las posibilidades\nde hacerla no s\u00e9 si alguna vez existieron. Una ordenanza en pesos no tiene\nsentido, lo mismo que habl\u00e1bamos anteriormente.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que no se confunda\nen decir que nosotros hicimos las cosas mal o hemos planteado una ordenanza que\nno correspond\u00eda, porque si vamos al caso hoy ustedes est\u00e1n siendo defensores de\nla ordenanza. A lo que quiero llegar, es que nosotros hicimos las cosas en\ntiempo y forma para que hoy pueda seguir vigente la herramienta que ustedes\npretenden conservar. Entonces no es que cay\u00f3 algo por el propio peso ni mucho\nmenos, la ordenanza estaba bien hecha en el momento que se hizo con los precios\ncomo se calcul\u00f3, el tiempo lo que hizo fue depreciar la moneda y descolocar el\ncontenido en precios de la ordenanza. Me parece que el \u00fanico beneficiado tiene\nque ser la ciudad. Si nosotros despu\u00e9s no vamos a poder tener un ingreso sobre\nesa gente que tuvo la obra gratis, es perjudicial para aquellos que la tengan\nque pagar completa. Entonces fue trascendental y fundamental que nosotros\nrealicemos esa ordenanza en el momento que lo hicimos, mas all\u00e1 de las\noposiciones que hubo, y de las discusiones sobre la misma. Yo no estoy en\ncontra de la modificaci\u00f3n. <\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza dice que, en todos los\nconsiderandos, en ning\u00fan momento hablamos de que estuvo mal la ordenanza, ni\nque en su momento nos opusimos, sino simplemente estamos dando los mismos\nargumentos que vos estas planteando ahora. Y el articulado es simplemente lo\nque vos ped\u00eds, entonces estamos en total acuerdo.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que en su momento\nvotaron en contra la ordenanza.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza dice que s\u00ed. Porque\nped\u00edamos justamente lo mismo que pedimos ahora.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Rafael dice que apoya la\nmodificaci\u00f3n. <\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que s\u00ed. Nosotros la\ndecisi\u00f3n que estamos tomando ahora es la de suspender el cobro y derogar el\nmonto.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Balzarini dice que s\u00ed. Y\ncomprometer a la futura ampliaci\u00f3n, a que todos paguen. Para eso se tiene que\nrealizar en su momento otra ordenanza.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que est\u00e1 de acuerdo.\n<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Weder dice que se deber\u00edan\ncambiar los montos de pesos a d\u00f3lares. Adem\u00e1s, si todo Ceres no tiene la obra\nhecha, no se le puede salir a cobrar a nadie.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que es algo muy\ndif\u00edcil de calcular cuando no se realice todo junto. Va a ser materia de\ndiscusi\u00f3n en su momento.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Balzarini dice que s\u00ed.\nVuelvo a decir lo que dije en la reuni\u00f3n con el Centro Comercial, hoy no es un\ntema de agenda del Municipio, porque esta ordenanza no se puso realmente en\nvigencia en la pr\u00e1ctica, si bien se aprob\u00f3, pero no se empez\u00f3 a emitir boletas,\nno se comunic\u00f3 a los vecinos ni se intim\u00f3 al pago, no hay por lo tanto mora, no\nhubo inconvenientes en el dictado de escritura traslativa del dominio ni de\ncasas ni de terrenos para permitir libre deudas, por lo tanto la ordenanza no\nse ha puesto en funcionamiento en la pr\u00e1ctica. Entonces, lo que hay que cambiar\nes esta cuesti\u00f3n que incomoda o preocupa, de que est\u00e9 vigente la posibilidad de\ncobro. Eliminemos ese riesgo, ese temor que se tiene por la situaci\u00f3n econ\u00f3mica\ny dem\u00e1s. Tampoco el monto que se va a cobrar alcanzar\u00eda, esta desactualizado.\nDejamos s\u00ed la posibilidad a futuro, de cobro entre todos, mediante un mecanismo\nque resolver\u00e1n los que est\u00e9n en el Concejo y en el Ejecutivo en ese momento, no\npodemos adelantarnos en el tiempo, no adelantemos debates que hoy no son\nproblemas para la comunidad.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza dice que s\u00ed. Tambi\u00e9n\nquer\u00eda agregar que la modificaci\u00f3n incluso contempla de que puede llegar a\nvenir sin costo para el Municipio.<\/p>\n\n\n\n<p>EL Pte. dice que est\u00e1 de acuerdo\ncon las modificaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>Luego de un intercambio de\nopiniones, se aprueba por unanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p>No siendo para\nm\u00e1s, se da por finalizada la sesi\u00f3n, siendo las 13:00 horas. &#8211;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En la ciudad de Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, a los quince d\u00edas del mes de agosto de dos mil diecinueve, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del H. 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