{"id":360,"date":"2013-03-25T11:05:33","date_gmt":"2013-03-25T14:05:33","guid":{"rendered":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=360"},"modified":"2013-03-25T11:05:33","modified_gmt":"2013-03-25T14:05:33","slug":"ordenanza-no-69497","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/concejodeceres.com\/?p=360","title":{"rendered":"ORDENANZA  N\u00ba  694\/97"},"content":{"rendered":"<p>\tCeres, 18 de abril de 1997.-<\/p>\n<p>VISTO:<\/p>\n<p>\tLa necesidad de realizar Convenios con el  BANCO BICA S.A., Sucursal  Ceres. para la recaudaci\u00f3n de los tributos municipales. Y<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>\t\t\tQue es responsabilidad del Municipio, la recaudaci\u00f3n de los tributos que hacen a su sostenimiento econ\u00f3mico.<br \/>\n\t\t\tQue para lograr tal objetico es conveniente brindar a los contribuyentes  las mayores posibilidades que le permitan efectivizar con comodidad sus obligaciones. \tQue \t\t\tQue el BANCO BICA S.A., Sucursal Ceres, es una importante entidad financiera de nuestro medio la cual presta servicios a un amplio espectro de la actividad productiva y comercial de nuestra zona.<br \/>\n\t\t\tQue el mensaje recibido del Ejecutivo Municipal incluye los convenios a firmar para la recaudaci\u00f3n de Derecho de Registro e Inspecci\u00f3n y Pavimento Urbano.<br \/>\n\t\t         Que dichos Convenios ser\u00e1n considerados anexos a la presente Ordenanza.<\/p>\n<p>POR LO QUE:<\/p>\n<p>\t\tEl HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de Ceres, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:<\/p>\n<p>\t\t\t\t\tO R D E N A N Z A <\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba) Fac\u00faltase al Se\u00f1or Intendente Municipal Don Ra\u00fal Alberto Ramonda, a firmar los Convenios con el Apoderado del BANCO BICA S.A., Sucursal Ceres, que son anexos a la presente Ordenanza, para la recaudaci\u00f3n de Derecho de Registro e Inspecci\u00f3n y Pavimento Urbano.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba) El\u00e9vese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comun\u00edquese, publ\u00edquese, y oportunamente arch\u00edvese.<\/p>\n<p>\tDada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Ceres, a los veinticuatro d\u00edas del mes de abril de mil novecientos noventa y siete.-<\/p>\n<p>\t\tCONVENIO DE RECAUDACI\u00d3N<\/p>\n<p>Entre el BANCO BICA S.A., en adelante \u201cEl Banco\u201d, representado en \u00e9ste acto  por el se\u00f1or JAVIER DAPERNO, DNI N\u00ba 17 160 905, y el Sr. LEGUIZAM\u00d3N ANTONIO LEONIDAS, DNI N\u00ba 17 462 566, en su car\u00e1cter de Gerente y Jefe de Servicios al Cliente de la Sucursal Ceres, respectivamente, por una parte; y por la otra, la MUNICIPALIDAD DE CERES, en adelante  \u201cLa Municipalidad\u201d, representado en \u00e9ste acto por el Se\u00f1or RA\u00daL ALBERTO RAMONDA, DNI N\u00ba  12 494 531, en su car\u00e1cter de Intendente Municipal; se conviene en celebrar el presente \u201cCONVENIO DE RECAUDACI\u00d3N\u201c que se regir\u00e1  por las siguientes cl\u00e1usulas:<\/p>\n<p>PRIMERA: \u201cEl Banco\u201d se obliga a efectuar por cuenta de \u201cLa Municipalidad\u201d, el servicio de cobranza ds los importes de los importes que los contribuyentes deben abonar en concepto de: 1) TASA GENERAL DE INMUEBLES, DERECHO DE REGISTRO E INSPECCI\u00d3N; 2) PAVIMENTO; 3) TASA DE CONSTRUCCI\u00d3N Y CONSERVACI\u00d3N DE CAMINOS RURALES.<\/p>\n<p>SEGUNDA: El servicio se prestar\u00e1 en la Sucursal de \u201dEl Banco\u201d de la ciudad de Ceres, en horario de atenci\u00f3n al p\u00fablico, pudiendo habilitar horarios especiales en caso que lo considere de su inter\u00e9s.<\/p>\n<p>TERCERA: \u201cLa Municipalidad\u201d imprimir\u00e1 y entregar\u00e1 directamente  a los obligados las boletas de pago respectivas, siendo de su exclusiva responsabilidad la confecci\u00f3n y distribuci\u00f3n de las mismas.<\/p>\n<p>CUARTA: \u201cEl Banco\u201d cobrar\u00e1 los importes que figuren en las respectivas boletas, hasta el\/los plazo\/s estipulado\/s en las mismas.  <\/p>\n<p>QUINTA: \u201cEl Banco\u201d se compromete a prestar un eficiente srvicio de  cobranza y su consecuente rendici\u00f3n de cuentas, y s\u00f3lo es responsable por el importe de las obletas cobradas -en su car\u00e1cter deEnte Recaudador- conforme a las normas establecidas en el presente convenio, dejando expresamente aclarado que se libera de toda responsabilidad por hechos o causas derivadas de la relaci\u00f3n entre la \u201cLa Municipalidad\u201d y los contribuyentes.<\/p>\n<p>SEXTA: En t\u00e9rminos generales todas las boletas deber\u00e1n  individualizar perfectamente al obligado y el car\u00e1cter de cada imposici\u00f3n y constar\u00e1n de tres cuerpos, cuyos destinos se especifican en cada uno de los mismos.<\/p>\n<p>S\u00c9PTIMA: \u201cEl Banco\u201d no aceptar\u00e1 el pago de boletas que se encuentren incompletas o que cualesquiera de sus cuerpos est\u00e9n deteriorados, mutilados, o que presente enmiendas, raspaduras, alteraciones, etc., que dificulten su lectura. En cuanto al sello fechados de caja, se lo estampar\u00e1 al dorso de los los mismos.<\/p>\n<p>OCTAVA: Los obligados podr\u00e1n pagar en el \u201cEl Banco\u201d las boletas mediante dinero en efectivo, d\u00e9bito y\/o cheque de su cuenta en la propia Entidad.<\/p>\n<p>NOVENA: Las cobranzas que \u201cEl Banco\u201d realice ser\u00e1n rendidas por \u00e9ste a \u201cLa Municipalidad\u201d, dentro de las 48 hs.- de efectuadas. La rendici\u00f3n se har\u00e1 entreg\u00e1ndole los cupones cobrados (PARA LA MUNICIPALIDAD), la cinta de suma correspondiente y adem\u00e1s un res\u00famen donde constar\u00e1: fecha de recaudaci\u00f3n, total cobrado, comisi\u00f3n e impuestos que se deducen y neto de la rendici\u00f3n; tambi\u00e9n se entregar\u00e1 la boleta de dep\u00f3sito por el neto acreditado.<\/p>\n<p>D\u00c9CIMA: La acreditaci\u00f3n de las recaudaciones deber\u00e1 ser realizada  en las Cajas de Ahorro N\u00ba 1) N\u00ba 571417\/06, 2) N\u00ba 571418\/04 y 3) N\u00ba  571419\/02 que \u201cLa Municipalidad\u201d tiene habilitada en la Sucursal Ceres del BANCO BICA S.A. El importe que se acredite, deber\u00e1 ser igual al neto de la rendici\u00f3n, o sea deducidos la comisi\u00f3n establecida para la gesti\u00f3n de cobro y los impuestos que correspondan retener.<\/p>\n<p>D\u00c9CIMA PRIMERA: Los elementos citados en la cl\u00e1usula NOVENA de \u00e9ste Convenio, ser\u00e1n entregados por \u201cEl Banco\u201d al personal  de \u201cLa Municipalidad\u201d quienes lo retirar\u00e1n de la Sucursal Ceres.<\/p>\n<p>D\u00c9CIMA SEGUNDA: Luego de que \u201cEl Banco\u201d efect\u00fae la rendici\u00f3n de cuentas, \u201cLa Municipalidad\u201d, tendr\u00e1 un plazo de 30 d\u00edas contados desde la fecha de la recepci\u00f3n de la recepsi\u00f3n de la misma para efectuar cualquier tipo de observaci\u00f3n o reclamo. Vencido dicho t\u00e9rmino, las rendiciones quedr\u00e1n firmes y aceptadas de conformidad.<\/p>\n<p>D\u00c9CIMO TERCERA: \u201cLa Municipalidad\u201d abonar\u00e1 a \u201cEl Banco\u201d por este servicio, una comisi\u00f3n del 10 %o (diez por mil) sobre el total cobrado, m\u00e1s el IVA y todo otro impuesto que en el futuro pueda corresponder. Todos esos conceptos se deducir\u00e1n en oportunidad de cada rendici\u00f3n que se efect\u00faa.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ceres, 18 de abril de 1997.- VISTO: La necesidad de realizar Convenios con el BANCO BICA S.A., Sucursal Ceres. para la recaudaci\u00f3n de los tributos municipales. Y CONSIDERANDO: Que es responsabilidad del Municipio, la recaudaci\u00f3n de los tributos que hacen a su sostenimiento econ\u00f3mico. Que para lograr tal objetico es conveniente brindar a los contribuyentes [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":123,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[28],"tags":[],"class_list":["post-360","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ordenanzas"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/360","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=360"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/360\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":361,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/360\/revisions\/361"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/123"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=360"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=360"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=360"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}