{"id":3642,"date":"2020-01-10T22:36:23","date_gmt":"2020-01-11T01:36:23","guid":{"rendered":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=3642"},"modified":"2020-01-10T22:37:02","modified_gmt":"2020-01-11T01:37:02","slug":"acta-numero-1317rec-26-27-28-29-31","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/concejodeceres.com\/?p=3642","title":{"rendered":"ACTA N\u00daMERO 1317REC 26-27-28-29-31."},"content":{"rendered":"\n<p>ACTA N\u00daMERO 1317REC 26-27-28-29-31.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-file\"><a href=\"http:\/\/concejodeceres.com\/wp-content\/uploads\/2020\/01\/ACTA1317.docx\">ACTA1317<\/a><a href=\"http:\/\/concejodeceres.com\/wp-content\/uploads\/2020\/01\/ACTA1317.docx\" class=\"wp-block-file__button\" download>Descarga<\/a><\/div>\n\n\n\n<p>En la ciudad\nde Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, a los diecinueve\nd\u00edas del mes de diciembre de dos mil diecinueve, se re\u00fanen en la Sala de\nSesiones del H. Concejo Municipal,los integrantes de dicho cuerpo,encontr\u00e1ndose\npresentes la totalidad de los miembros que lo conforman. Siendo las 11:40\nhoras, el Concejal Pablo A. Fiore, asume la Presidencia del Cuerpo, declarando\nabierta la sesi\u00f3n, procedi\u00e9ndose al tratamiento de los temas establecidos en el\nOrden del D\u00eda:<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; ORDEN DEL DIA Nro. 1317<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\"><li>Lectura de Actas 1314, 1315 y\n1316.<\/li><li>Correspondencia recibida.<\/li><li>Decreto autorizaci\u00f3n dietas\nnuevos Concejales.<\/li><li>Bloque Vecinal C.\nGuirado&nbsp; &#8211; Dictamen de Comisi\u00f3n&nbsp; Mod. Ord. 1299 Resguardo fumigaci\u00f3n peaje.<\/li><li>Bloque Vecinal C. Guirado \u2013Proyecto\nde declaraci\u00f3n (Sugerencia de no utilizar pirotecnia de alto impacto).<\/li><li>Bloque Vecinal C. Guirado \u2013\nProyecto minuta de comunicaci\u00f3n (Recomendaci\u00f3n al DEM cumplimiento Ord.\n1498\/2017).<\/li><li>Bloque PJ C. Bono \u2013 Modificaci\u00f3n\nOrd. \u201cHorario boliches bailables\u201d.<\/li><li>Minuta de comunicaci\u00f3n San\nRoque.<\/li><li>Bloque PJ \u2013 Proyecto pedido\nde informe.<\/li><li>Lectura informe an\u00e1lisis de\nposici\u00f3n econ\u00f3mica del Municipio al 30\/11\/2019 (Gesti\u00f3n Busquets)<\/li><li>Bloque Vecinal \u2013 Bloque PJ:\nProyecto de ordenanza (Dietas y gastos de funcionamiento Concejo).<\/li><li>DEM \u2013 Proyecto de ordenanza\n(Emergencia Financiera).<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>PUNTO 1) A\ncontinuaci\u00f3n, se da lectura a Actas N\u00b0 1314, N\u00b0 1315 y N\u00b0 1316, las que son\naprobadas sin observaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>PUNTO 2) A\ncontinuaci\u00f3n, se da lectura a la correspondencia recibida:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><strong>Asoc. Civil del Noroeste Santafecino de Basquetbol:<\/strong> Invitaci\u00f3n acto de entrega de premios y reconocimientos. Lunes 23\nde diciembre a las 21:15 horas, en las instalaciones del Club Central Ar.\nOl\u00edmpico.<\/li><li><strong>COOPERATIVA DE SERVICIOS:<\/strong> \u201c<em>Por medio de la presente hacemos llegar a\nUd. la siguiente documentaci\u00f3n para ser presentada en el ENRESS correspondiente\nal Plan de Mejoras y Desarrollo previstos para el a\u00f1o 2020, en planillas de\nANEXO II AGUA Y ANEXO II CLOACAS, seg\u00fan copias que adjuntamos a efectos de\npoder autorizarnos dichas tareas mediante Ordenanza. ANEXO II AGUA SEG\u00daN\nDETALLE ADJUNTO \u2013 TOTAL DE INVERSION PESOS 3.948.000. ANEXO II CLOACAS SEG\u00daN\nDETALLE ADJUNTO \u2013 TOTAL DE INVERSION PESOS 1.648.000. Por lo anteriormente\nexpuesto, solicitamos entonces la aprobaci\u00f3n de la ordenanzas con detalle seg\u00fan\nplanillas adjuntas.\u201d<\/em><\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque ingresa hoy por sesi\u00f3n, pero la trajeron hace unos d\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p>La C. Guirado\npide la palabra. Sr. Pte. me parece que como corresponde, y por reglamento,\ncomo toda nota que ingresa, o proyecto que ingresa, debe pasar a comisi\u00f3n para\nser evaluado y luego volver a sesi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque s\u00ed. Por lo tanto, lo pasamos a comisi\u00f3n para tratarlo, creo que es un tema\nde urgencia para la Cooperativa, pero bueno, en la pr\u00f3xima comisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><strong>SOLICITUD BESSONE:<\/strong><em>\u201cSergio Alejandro Bessone, DNI N\u00b0 22.867.152, domiciliado en calle\nAvda. Milano N\u00b0167 de la ciudad de Ceres, provincia de Santa Fe, en el car\u00e1cter\nde propietario de FREEDOM DISCO, ubicado en la misma ciudad, con el patrocinio\nletrado del Dr. Alejandro A. Ferreyra, abogado, con matricula vigente, nos\ndirigimos a Uds. y solicitamos se nos extienda el horario de cierre del boliche\nbailable durante la temporada de Verano 2019\/20.\u201d<\/em><\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque este tema se hab\u00eda estado tratando en comisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Bono\ndice que s\u00ed. Lo que pasa es que no ten\u00edamos nota.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque s\u00ed. Quedamos en hacer un cuarto intermedio para despu\u00e9s someterlo a\nvotaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Bono\ndice que s\u00ed. Exactamente. <\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\npide la palabra. En realidad, no fue una comisi\u00f3n, fue una reuni\u00f3n informal que\ntuvimos, pero lo m\u00e1s l\u00f3gico ser\u00eda tratarlo ahora sobre tablas por los tiempos,\nporque \u00e9l est\u00e1 solicitando, por lo que entendemos todos, de que los plazos se\nextiendan para las fiestas y ver de prorrogarlo para todo el verano. Me parece\nque tendr\u00edamos que tratarlo sobre tablas y votarlo en base al proyecto.<\/p>\n\n\n\n<p>La C. Guirado\npide la palabra. En el punto 7 del orden del d\u00eda dice \u201cBloque PJ Concejal Bono\n\u2013 Horario boliches bailables\u201d, estamos redundando la nota y el punto 7 del\norden del d\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\npide la palabra. Quiero hacer una aclaraci\u00f3n tambi\u00e9n en eso, cada ordenanza que\nentra con alg\u00fan pedido de un particular, sale como una ordenanza del Concejo,\nlo est\u00e1 solicitando un particular, en ese caso se tendr\u00eda que directamente\ntratar el tema en cuesti\u00f3n, y formular una ordenanza. No se puede generar una\nordenanza sin previo tratamiento, sin leer el pedido.<\/p>\n\n\n\n<p>La C. Guirado\npide la palabra. Entonces se anula el punto 7, para poder ordenarnos, porque\nhay un punto en el orden del d\u00eda que tiene que ver con lo mismo.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque no. La nota lleg\u00f3, podemos tomar la nota, por un lado, y cuando lleguemos\nal punto 7 hacemos el pedido de cuarto intermedio, tratamos, y hacemos la\nmodificaci\u00f3n que propone el C. Bono.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que s\u00ed. Me parece bien.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><strong>SITRAM CERES<\/strong><em>\u201cAtento al cambio de gobierno producido el 10\/12\/2019 y conforme\ndeclaraciones p\u00fablicas por parte del ejecutivo municipal en funciones, el nuevo\ngobierno ha dado a conocer la situaci\u00f3n en general del estado de capacidad\necon\u00f3mico\/financiero y operativa de la municipalidad de Ceres. La evaluaci\u00f3n\nnegativa efectuada por el nuevo gobierno municipal ha operado como disparador\npara que se presente desde el ejecutivo un Proyecto de Ordenanza que permita\ndecretar la EMERGENCIA ECONOMICA, FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA de la\nmunicipalidad de Ceres. Por ello es que a trav\u00e9s de la presente, en\nrepresentaci\u00f3n del Sindicato de Trabajadores Municipales de Ceres \u2013 Personer\u00eda\nGremial N\u00b0 1777 \u2013 venimos respetuosamente ante ese Concejo Municipal y decimos:\n1- La entidad que representamos y que nuclea gremialmente a los trabajadores\nque prestan servicios en la Municipalidad de Ceres, en ning\u00fan momento fue\nadvertida sobre la elaboraci\u00f3n y presentaci\u00f3n de este proyecto de ordenanza,\nmucho menos sobre los alcances de su contenido. 2- Que habiendo tomado\nconocimiento a trav\u00e9s de los medios, y por el tenor del contenido de referido\nproyecto de ordenanza, indudablemente nos llena de preocupaci\u00f3n por la\nsituaci\u00f3n en particular de los trabajadores y por el colectivo en general. 3-\nQue ese cuerpo deliberativo tenga presente que los trabajadores municipales ya\ntienen sus derechos, deberes y obligaciones consagradas en sus leyes laborales\npropias, paritaria municipal y leyes anexas. Que en el ordenamiento jur\u00eddico\nninguna ordenanza municipal puede ostentar supremac\u00eda sobre la Ley, pues se\nconstituye con un rango inferior. 4- Que la sanci\u00f3n del citado proyecto de\nordenanza no exime, bajo ninguna forma, de las obligaciones a que la\nmunicipalidad debe afrontar y estar sujeta como m\u00e1xima instituci\u00f3n estatal\nconstituy\u00e9ndose como el primer Estado y garantista de la aplicaci\u00f3n de las\nnormas que rigeny regulan a la sociedad y los sectores que la conforman, entre\notros el sector de los empleados municipales. 5- Que el citado proyecto de\nordenanza reza en el p\u00e1rrafo del primer considerando \u201c\u2026y desorden\nadministrativo existente en la administraci\u00f3n municipal\u201d, luego en el\narticulado del proyecto de ordenanza habla en el ARTICULO 3\u00b0 sobre cuestiones\nque ata\u00f1e concretamente a las misiones, funciones e intereses de los\ntrabajadores municipales refiri\u00e9ndose entre otras cosas sobre la revisi\u00f3n de\ndiversas situaciones y funciones que seguramente ser\u00e1n el respaldo para determinar\nlos haberes e ingreso a la carrera administrativa. Aqu\u00ed entendemos que hay un\nvac\u00edo conceptual o que se ri\u00f1e soslayar a la Entidad sindical, por cuanto\naparenta recaer exclusivamente sobre el gobierno municipal la potestad de\nrevisaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y decisorio sobre la relaci\u00f3n laboral de los\ntrabajadores. Esta situaci\u00f3n pone al universo de los trabajadores que compone\nnuestro sector en una situaci\u00f3n de vulnerabilidad expresa. Por ello\nconsideramos que tal articulo debiera ser modificado con el agregado que\nmencione la expresa participaci\u00f3n de la asociaci\u00f3n sindical que nuclea al\npersonal municipal de Ceres (SITRAM de Ceres). No obstante esta situaci\u00f3n\nparticular, la Ley Provincial 9286 que nos rige ya tiene instituido en sus\nart\u00edculos 127 y 128 la creaci\u00f3n de las Juntas de Reclamos y las Juntas de\nDisciplina conformadas por ambas partes quedando representado el empleador y\nlos trabajadores a trav\u00e9s de sus representantes naturales, el sindicato. No en\nvano esto ya est\u00e1 previsto con la existencia de estas juntas, pues se\nconstituyen a los efectos de evitar el abuso y afectaci\u00f3n en sus derechos por\nparte de los empleadores.\u201d<\/em><\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque est\u00e1 relacionado con lo que se trat\u00f3 en comisi\u00f3n anteriormente. Tambi\u00e9n lo\nvamos a trasladar a comisi\u00f3n al planteo que est\u00e1 haciendo el Sindicato.<\/p>\n\n\n\n<p>PUNTO 3)\nDecreto autorizaci\u00f3n dietas nuevos Concejales. El mismo dice lo siguiente: \u201c<em>VISTO. La asunci\u00f3n de los se\u00f1ores\nConcejales electos en la elecci\u00f3n provincial de fecha 16\/06\/2019, Natalia\nSoledad GUIRADO, DNI 27.292.281, Pablo Germ\u00e1n BONO, DNI 25.469.409 e Ignacio\nMariano LEMOS MECOLI, DNI 30.003.363, el d\u00eda 10\/12\/2019, y CONSIDERANDO: Que\nlos se\u00f1ores Concejales puestos en posesi\u00f3n de sus cargos no poseen\nincompatibilidad con la profesi\u00f3n que desarrollan en forma privada, por lo cual\ncorresponde se liquide la correspondiente dieta a partir del d\u00eda 10\/12\/2019.\nQue en todos los casos corresponde liquidar la dieta correspondiente hasta el\nd\u00eda en que cesen en sus funciones del mandato finalizado&nbsp; POR LO QUE: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE\nCERES, conforme a las facultades que le confiere la Ley 2756 y sus\nmodificatorias, sanciona el siguiente: D E C R E T O ARTICULO 1\u00ba: Liqu\u00eddese a\npartir del d\u00eda 10\/12\/2019, la dieta correspondiente como Concejal de este\nHonorable Concejo Municipal y hasta la finalizaci\u00f3n de sus mandatos y\/o cese de\nsus funciones, de los se\u00f1ores Concejales, Pablo Germ\u00e1n BONO, DNI 25.469.409 e\nIgnacio Mariano LEMOS MECOLI, DNI 30.003.363 y de la Se\u00f1ora Concejal Natalia\nSoledad GUIRADO, DNI 27.292.28, el d\u00eda 10\/12\/2019. ARTICULO 2\u00ba: El\u00e9vese al\nDepartamento Ejecutivo Municipal para que \u00e9ste ponga en conocimiento a la\noficina de Personal de la Municipalidad de Ceres. &#8211; ARTICULO 3\u00ba: Reg\u00edstrese,\ncomun\u00edquese, publ\u00edquese y oportunamente arch\u00edvese.\u201d<\/em><em><\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Se aprueba por\nunanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p>PUNTO 4)\nBloque Vecinal C. Guirado&nbsp; &#8211; Dictamen de\nComisi\u00f3n&nbsp; Mod. Ord. 1299 Resguardo\nfumigaci\u00f3n peaje. El mismo dice lo siguiente: <em>\u201c<\/em><em>Dado\nen el Concejo Deliberante de la Ciudad de Ceres, en el d\u00eda de la fecha con la\npresencia de los concejales abajo firmantes Y: VISTO La ordenanza\nN\u00b01299\/2012 que regula el uso de agroqu\u00edmicos para seguridad y protecci\u00f3n de\nlas personas y recursos naturales en el Municipio y ante el planteo realizado\npor trabajadores de PEAJE CERES acompa\u00f1ados por representantes de SUTRACOVI a\ntrav\u00e9s de una&nbsp; nota con fecha\u2026 y\nposterior recepci\u00f3n en la Sesi\u00f3n N\u00b01311, mediante el cual manifestaron su\npreocupaci\u00f3n ante las fumigaciones cercanas realizadas a metros de la Estaci\u00f3n\nde Peaje por diferentes medios (a\u00e9reos y terrestres) y la imperiosa necesidad\nde establecer una zona de resguardo a este n\u00facleo poblacional, esta comisi\u00f3n\nluego de su estudio, tratamiento y habiendo mantenido reuniones con los\ntrabajadores del peaje, charlas con los propietarios de campos aleda\u00f1os y munidos\nde antecedentes de localidades de la provincia de Santa Fe (Pujato) ha resuelto\nsuscribir el siguiente dictamen MODIFICANDO el articulado de la Ordenanza\nmencionada de la siguiente manera: El art\u00edculo 6 quedar\u00e1 redactado de la\nsiguiente manera: <strong>\u201cART 6: Crease\nuna ZONA DE RESGUARDO Y PROTECCION AMBIENTAL conformada por la PLANTA URBANA y\nNUCLEOS POBLACIONALES de esta ciudad, entendi\u00e9ndose por tales aquellos donde\nHABITAN PERSSONAS DE FORMA PERMANENTE, con m\u00e1s una extensi\u00f3n de 500m. A partir\nde la l\u00ednea denominada \u201cL\u00ednea Agron\u00f3mica\u201d que se crea por la presente.\nIncluyendo en el concepto de NUCLEOS POBLACIONALES DONDE HABITAN PERSONAS DE\nFORMA PERMANENTE a la ESTACION DE PEAJE CERES, como situaci\u00f3n excepcional y en\ntanto se encuentre en funcionamiento en ese lugar.\u201d <\/strong>El art\u00edculo 7\nquedar\u00e1&nbsp; redactado de la siguiente forma:\n<strong>\u201cART. 7: Facultase al departamento\nEjecutivo Municipal a otorgar, a pedido de productores primarios, permisos\nexcepcionales para fumigaciones terrestres (preferentemente manuales) con\nherbicidas denominados de \u201cbanda verde\u201d desde la modificaci\u00f3n del ART. 6 (por\n\u00fanica vez) cuando el problema productivo que el productor plantee no pueda ser\nresuelto t\u00e9cnicamente de otra forma seg\u00fan el criterio y an\u00e1lisis que efect\u00fae el\nmunicipio.\u201d<\/strong> El art\u00edculo 12 quedar\u00e1 redactado de la siguiente manera:\n<strong>\u201cART. 12: La aplicaci\u00f3n a\u00e9rea de\ncualquier tipo de productos qu\u00edmicos o biol\u00f3gicos de uso agropecuario destinado\na la aplicaci\u00f3n agr\u00edcola forestal, \u00fanicamente se podr\u00e1 realizar cuando la\ndistancia supere los 1500m. De la \u201cL\u00ednea Agron\u00f3mica\u201d y solo con productos de la\nclase C y D (azul y verde). Pasadas estas distancias se regir\u00e1 seg\u00fan la Ley\nN\u00b011273.&nbsp; Incl\u00fayase de forma\n\u201cexcepcional\u201d la ESTACI\u00d3N DE PEAJE CERES respetando a su alrededor 700m. libres\nde fumigaci\u00f3n a\u00e9rea. <\/strong>El art\u00edculo 15 quedar\u00e1 redactado de la\nsiguiente forma:<strong>\u201dART. 15: Fuera del\nradio de los 3000m. Contados a partir de la \u201cL\u00ednea Agron\u00f3mica\u201d, se podr\u00e1\naplicar cualquiera de los productos fitosanitarios legalmente habilitados para\ntal fin, respet\u00e1ndose la limitaci\u00f3n impuesta en el Art. N\u00b08 de la presente y,\nrespetando tambi\u00e9n la excepci\u00f3n planteada en el Art. N\u00b06 y Art.N\u00b012. <\/strong>El\nresto de la Ordenanza se conserva en su contenido original.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>La C. Guirado\npide la palabra. En primera instancia, decirles que aparece as\u00ed en el orden del\nd\u00eda porque el cuerpo de lo que aparece en el dictamen fue redactado por mi\npersona, no obstante, habl\u00e1bamos con el C. Maza fuera de Sesi\u00f3n, y no\ncorresponde que por ser dictamen ingrese en el orden del d\u00eda de esa forma, as\u00ed\nmismo para la pr\u00f3xima se puede corregir, pero dejo que conste en acta esta\naclaraci\u00f3n que hablamos fuera de Sesi\u00f3n. Respecto espec\u00edficamente de este\ndictamen, surge de la necesidad que vinieron a plantear los trabajadores del\nPeaje, la gente de SUTRACOVI, de que no les fumiguen cerca o encima, como ven\u00eda\nsucediendo, debido a que la estaci\u00f3n de Peaje no se encontraba contemplada en\nla Ordenanza 1299\/2012. A partir de esa situaci\u00f3n, tuvimos una reuni\u00f3n informal\nla semana pasada, una lectura, an\u00e1lisis, puesta en pr\u00e1ctica tambi\u00e9n de esta\nordenanza entre los Concejales que participamos. Intentamos buscarle una\nsoluci\u00f3n a este tema, y fue que a partir de ah\u00ed decidimos modificar la\nordenanza original en cuatro art\u00edculos, para poder contemplar la estaci\u00f3n de\nPeaje como una situaci\u00f3n excepcional. Se modific\u00f3 el Art. 6, para considerarla\ndentro de lo que son los n\u00facleos poblacionales, ya que tienen gente de forma\npermanente en el lugar. Se modific\u00f3 el Art. 7 donde se va a tener una\nconsideraci\u00f3n seg\u00fan este art\u00edculo, a los campos que se encuentran alrededor, si\ntienen alguna producci\u00f3n en este momento para que puedan terminar con esa\nproducci\u00f3n por \u00fanica vez, en lo posible, con fumigaci\u00f3n terrestre y\npreferentemente manual, por \u00fanica vez. En el Art. 12 respecto de la fumigaci\u00f3n a\u00e9rea,\nse pone que ser\u00e1 a partir de los 700 metros. En el Art. 15 refiere a que desde\nlos 3000 metros ya se puede realizar cualquier tipo de fumigaci\u00f3n con los\nfitosanitarios permitidos, y como la estaci\u00f3n de Peaje se encuentra a casi 10\nKm ten\u00edamos que hacer la salvedad de que se iba a respetar la estaci\u00f3n de Peaje\nmientras funcione en este lugar, como excepci\u00f3n, y que no se puede utilizar\ncualquier fitosanitario. Esas fueron las modificaciones que realizamos.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\npide la palabra. Lo que correspond\u00eda era leer el dictamen de comisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque s\u00ed.<\/p>\n\n\n\n<p>La C. Guirado\ndice que s\u00ed. Pido disculpas.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que est\u00e1 bien. Corresponde que se hagan las aclaraciones, pero primero se\nda lectura.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque s\u00ed. Primero se da la lectura del dictamen de comisi\u00f3n. Esto ser\u00eda la\nmodificaci\u00f3n de una ordenanza, va a tener un nuevo n\u00famero de ordenanza.<\/p>\n\n\n\n<p>Se somete a\nvotaci\u00f3n el Dictamen de Comisi\u00f3n N\u00b003\/2019.<\/p>\n\n\n\n<p>Se aprueba por\nunanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p>PUNTO 5)\nBloque Vecinal C. Guirado \u2013 Proyecto de declaraci\u00f3n (Sugerencia de no utilizar\npirotecnia de alto impacto). El mismo dice lo siguiente: <em>\u201cPROYECTO DE DECLARACION VISTO: La cercan\u00eda de las Fiestas de Fin de\na\u00f1o (Navidad y A\u00f1o Nuevo) y la utilizaci\u00f3n habitual para Festejos de PIROTECNIA\nde alto impacto sonoro que forma parte de un h\u00e1bito cultural generalizado y;\nCONSIDERANDO: La vigencia de la Ordenanza 1498\/2017 que en su: Art.1\u00b0: Declara\na la ciudad de Ceres \u201cTerritorio Libre de Pirotecnia\u201d Art. 2\u00b0: Proh\u00edbe en el\ndistrito Ceres la comercializaci\u00f3n, fabricaci\u00f3n, dep\u00f3sito, circulaci\u00f3n,\ntransporte, venta al p\u00fablico mayorista o minorista de todo elemento de\npirotecnia y coheter\u00eda, sea de venta libre o no, y\/o de fabricaci\u00f3n autorizada.\nArt. N\u00b04: Queda prohibida la publicidad y propaganda, por cualquier medio que\nsea, de los productos descriptos en el Art\u00edculo Art. N\u00b0 5: Disp\u00f3nese a trav\u00e9s\ndel Departamento Ejecutivo Municipal y \u00c1reas pertinentes el desarrollo de una\n\u201cAMPLIA CAMPA\u00d1A\u201d de informaci\u00f3n y concientizaci\u00f3n a los vecinos de la ciudad\nArt. N\u00b0 7: Instr\u00fayase al\/los responsables de las \u00c1reas Municipales con\ncompetencia en la materia para que adopten las medidas conducentes a garantizar\nel cumplimiento de la norma, y\/o en su defecto, la aplicaci\u00f3n de la sanciones\nque \u00e9sta contempla. Que de acuerdo a la informaci\u00f3n brindada por el Hospital\nRegional Ceres, en los a\u00f1os 2017 y 2018 (desde la sanci\u00f3n de la Ord. N\u00b01498 el\n7 de diciembre de 2017) no se registraron heridos por pirotecnia en nuestra\nciudad.&nbsp; Los da\u00f1os f\u00edsicos que pueden\nsufrir las personas que manipulan pirotecnia; el da\u00f1o emocional que\nexperimentan las personas con trastorno autista, las personas de edad avanzada\ny de la primera infancia; la alteraci\u00f3n de animales, perros, que implica una huida\ny posterior p\u00e9rdida de su hogar, la muerte masiva de aves y otras especies. POR\nLO QUE EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CERES conforme a las facultades que\nle confiere la Ley Pcial. N\u00b0 2756 y modificatorias, sanciona lo siguiente: Art.\nN\u00b01: SUGIERASE a INSTITUCIONES CULTURALES, DEPORTIVAS, SOCIALES que realicen\nalg\u00fan festejo u evento especial y a los VECINOS EN GENERAL NO UTILIZAR\npirotecnia de alto impacto sonoro en&nbsp;\nsolidaridad con los argumentos antes descriptos. Recomendaci\u00f3n \u00e9sta que\nno se ajusta solamente a los festejos de fin de a\u00f1o, sino a los festejos que en\ncualquier momento del a\u00f1o se realizaren en la ciudad. COMUNIQUESE\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>La C. Guirado\npide la palabra. Sr. Pte. simplemente quiero explicar un poquito lo que ya\nhablamos tambi\u00e9n en Comisi\u00f3n. Tiene que ver con un tema que se ven\u00eda en la\nciudad de Ceres por la cuesti\u00f3n las fiestas de fin de a\u00f1o, el festejo cultural\ny com\u00fan que tenemos en muchos lugares en este mundo, y que tambi\u00e9n es primero\nun tema de inter\u00e9s p\u00fablico, una preocupaci\u00f3n para mucha gente, y me parece que\ncomo Concejales deb\u00edamos tomar alg\u00fan tipo de acci\u00f3n. En comisi\u00f3n habl\u00e1bamos de\nla necesidad de sancionar una ordenanza que proh\u00edba el uso de pirotecnia de\nalto impacto sonoro, no obstante, no nos pareci\u00f3 pertinente en este momento,\ncuando reci\u00e9n asumimos como nuevos Concejales, como un nuevo Concejo, donde hay\nun Ejecutivo que tambi\u00e9n es nuevo y tiene que aceitar sus mecanismos, a diez\nd\u00edas de las fiestas, sancionar una ordenanza de ese tenor. Por esa raz\u00f3n,\npensamos que pod\u00edamos hacer como grupo para ayudar a esta franja de nuestra\npoblaci\u00f3n que sufre de manera particular lo que es la pirotecnia de alto\nimpacto sonoro. A partir de esta situaci\u00f3n, decidimos hacer este proyecto de\ndeclaraci\u00f3n, que tiene que ver simplemente con una sugerencia que tiene que ser\nenviada a las diferentes instituciones para que, en cualquier festejo, ya sea\ninstituci\u00f3n cultural, deportiva, social, cualquier festejo que se realice\nintenten, porque es una sugerencia, no utilizar pirotecnia de alto impacto\nsonoro, y de la misma forma le sugerimos a la poblaci\u00f3n en general, y por eso\nvamos a necesitar tambi\u00e9n hacer campa\u00f1as de difusi\u00f3n, comentarle a la gente que\nes lo que se habl\u00f3 en el Concejo Deliberante para concientizar al respecto de\nlo que son consecuencias terribles para la gente que tiene por ejemplo ni\u00f1os\ncon Trastorno del Espectro Autista, donde debido a su hipersensibilidad, estos\nestruendos en la ciudad de Ceres los toman de una manera que los hace empezar a\ncomerse las u\u00f1as, morderse los dedos, se pegan la cabeza contra la pared, y\ntenemos que empezar a practicar la empat\u00eda con estas familias. Tambi\u00e9n con las\npersonas ancianas, que tambi\u00e9n tienen otra sensibilidad respecto de la\naudici\u00f3n. Lo mismo pasa con los bebes, quienes tenemos bebes sabemos lo que es\nque pase una moto demasiado fuerte, el tren, o un impacto sonoro diferente al\nque est\u00e1 acostumbrado el o\u00eddo de un ni\u00f1o o de una persona anciana. Similar, lo\nque sucede con los perros, se pierden, se van de sus casas por estas\nsituaciones, lo que implica para la familia una mascota, y si podemos evitarlo\npor qu\u00e9 no. Entonces, ante esta situaci\u00f3n lo que dijimos es, como primer paso\nen este 2019 hacer esta declaraci\u00f3n como sugerencia a la poblaci\u00f3n, mostrando\ncompromiso de representaci\u00f3n ciudadana, y tambi\u00e9n el compromiso para el 2020 de\ntrabajar, pero con mayor anticipaci\u00f3n a los que son estos periodos de festejos,\nen una ordenanza que s\u00ed proh\u00edba el uso, invitando a diferentes tipo de actores,\nobviamente a la gente damnificada por lo que es este tipo de uso de pirotecnia,\ntrabajar en esto pero hacer difusi\u00f3n, como corresponde, con la antelaci\u00f3n\nnecesaria, y tambi\u00e9n concientizaci\u00f3n, porque estamos hablando de h\u00e1bitos\nculturales arraigados que no se cambian de un momento para el otro, y que\nprecisan mucha difusi\u00f3n, y mucha concientizaci\u00f3n. Por esta raz\u00f3n, es que sali\u00f3\neste proyecto de declaraci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Bono\npide la palabra. Solamente quiero diferenciar esto de alto impacto sonoro que\nse entiende por las bombas de estruendo, pero hay luminarias, fuegos\nartificiales, que, si bien tienen una explosi\u00f3n, habr\u00eda que ver de qu\u00e9 manera\nse puede buscar alg\u00fan mecanismo, porque he visto que en Europa se est\u00e1n utilizando\nfuegos artificiales que pr\u00e1cticamente no generan ruidos. No los he visto ac\u00e1,\nno s\u00e9 cu\u00e1les son, simplemente como para que, si existe la posibilidad de un\nfuego artificial que no genere m\u00e1s que un impacto visual, me parece que deber\u00eda\ncontemplarse y que se puede utilizar. Creo que esta es una normativa que cada\nvez se est\u00e1 expandiendo m\u00e1s, ya pr\u00e1cticamente se est\u00e1n adhiriendo todas las\nlocalidades, as\u00ed que creo que podr\u00edan incorporarse el d\u00eda que est\u00e9n\ndisponibles.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque s\u00ed. Mientras no conste en ning\u00fan lugar que est\u00e9 prohibido, est\u00e1 perfecto.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\npide la palabra. Desde nuestro bloque apoyamos contundentemente la iniciativa\nde la C. Guirado, estamos en condiciones de votarla.<\/p>\n\n\n\n<p>Se somete a\nvotaci\u00f3n el Proyecto de Declaraci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Se aprueba por\nunanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p>PUNTO 6)\nBloque Vecinal C. Guirado \u2013 Proyecto minuta de comunicaci\u00f3n (Recomendaci\u00f3n al\nDEM cumplimiento Ord. 1498\/2017). El mismo dice lo siguiente: <em>\u201cPROYECTO DE MINUTA DE COMUNICACI\u00d3N VISTO:\nLa cercan\u00eda de las Fiestas de Fin de a\u00f1o (Navidad y A\u00f1o Nuevo) y la utilizaci\u00f3n\nhabitual para Festejos de PIROTECNIA de alto impacto sonoro&nbsp; que forma parte de un h\u00e1bito cultural\ngeneralizado y; CONSIDERANDO: La vigencia de la Ordenanza 1498\/2017 que en su:\nArt.1\u00b0: Declara a la ciudad de Ceres \u201cTerritorio Libre de Pirotecnia\u201d Art. 2\u00b0:\nProh\u00edbe en el distrito Ceres la comercializaci\u00f3n, fabricaci\u00f3n, dep\u00f3sito,\ncirculaci\u00f3n, transporte, venta al p\u00fablico mayorista o minorista de todo\nelemento de pirotecnia y coheter\u00eda, sea de venta libre o no, y\/o de fabricaci\u00f3n\nautorizada. Art. N\u00b04: Queda prohibida la publicidad y propaganda, por cualquier\nmedio que sea, de los productos descriptos en el Art\u00edculo Art. N\u00b0 5: Disp\u00f3nese\na trav\u00e9s del Departamento Ejecutivo Municipal y \u00c1reas pertinentes el desarrollo\nde una \u201cAMPLIA CAMPA\u00d1A\u201d de informaci\u00f3n y concientizaci\u00f3n a los vecinos de la\nciudad. Art. N\u00b0 7: Instr\u00fayase al\/los responsables de las \u00c1reas Municipales con\ncompetencia en la materia para que adopten las medidas conducentes a garantizar\nel cumplimiento de la norma, y\/o en su defecto, la aplicaci\u00f3n de la sanciones\nque \u00e9sta contempla. Que de acuerdo a la informaci\u00f3n brindada por el Hospital\nRegional Ceres, en los a\u00f1os 2017 y 2018 (desde la sanci\u00f3n de la Ord. N\u00b01498 el\n7 de diciembre de 2017) no se registraron heridos por pirotecnia en nuestra\nciudad.&nbsp; Los da\u00f1os f\u00edsicos que pueden\nsufrir las personas que manipulan pirotecnia; el da\u00f1o emocional que\nexperimentan las personas con trastorno autista, las personas de edad avanzada\ny de la primera infancia; la alteraci\u00f3n de animales, perros, que implica una huida\ny posterior p\u00e9rdida de su hogar, la muerte masiva de aves y otras especies. POR\nLO QUE EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CERES conforme a las facultades que\nle confiere la Ley Pcial. N\u00b0 2756 y modificatorias, determina: Art. N\u00b01:\nRECOMIENDASE al Departamento Ejecutivo Municipal la observancia y ejecuci\u00f3n de\nla Ordenanza N\u00b0 1498\/17 debido a la responsabilidad encomendada como \u00f3rgano de\ncumplimiento y contralor de la legislaci\u00f3n antes citada. COMUNIQUESE\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>La C. Guirado\npide la palabra. Quiero decir que afortunadamente, y m\u00e1s all\u00e1 de lo que es este\nproyecto de minuta de comunicaci\u00f3n que enviamos al Ejecutivo, todos pudimos observar\nen el d\u00eda de ayer, lo que es el Juzgado de Faltas y la actual titular del\nmismo, manifestaron que van a trabajar al respecto, mencionando precisamente\nesta ordenanza. No obstante, nos parece importante, y reitero esto, como\nrepresentantes de la gente, porque no sab\u00edamos que esto iba a suceder o se iba\na hacer a menos de una semana de la asunci\u00f3n del nuevo gobierno, enviarle para\nque tengan en cuenta precisamente esta ordenanza y m\u00e1s en estas \u00e9pocas.\nSimplemente es eso, sabemos que en muchas ocasiones las ordenanzas se sancionan\ny luego no se cumplen. Por esta raz\u00f3n, es enviarle esta minuta de comunicaci\u00f3n\nal Juzgado de Faltas, al Departamento Ejecutivo, para que simplemente con los\nrecursos humanos que tengan y que cuenten, puedan garantizar la observancia, es\ndecir la puesta en marcha o ejecuci\u00f3n de la Ordenanza N\u00b01498 que proh\u00edbe la\ncomercializaci\u00f3n. Es la \u00fanica legislaci\u00f3n que tenemos en la ciudad de Ceres\nrespecto de este tema de pirotecnia, simplemente eso.<\/p>\n\n\n\n<p>Se somete a\nvotaci\u00f3n el Proyecto de Minuta de Comunicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Se aprueba por\nunanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p>PUNTO 7)\nBloque PJ C. Bono \u2013 Modificaci\u00f3n Ord. \u201cHorario boliches bailables\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice que\nes un proyecto de modificaci\u00f3n de ordenanza presentado por el C. Bono del\nBloque PJ. Vamos a pasar a un cuarto intermedio.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que s\u00ed. En realidad, habr\u00eda que leerla primero.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque se redacta en el cuarto intermedio.<\/p>\n\n\n\n<p>Se pasa a\ncuarto intermedio.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalizado el\nmismo, se sigue con la Sesi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque luego de debatido en comisi\u00f3n el tema, se da lectura al Proyecto de\nModificaci\u00f3n de la Ordenanza.<\/p>\n\n\n\n<p>El texto del\nmismo dice lo siguiente: <em>\u201c<\/em><em>VISTO: Lo establecido mediante la\nreglamentaci\u00f3n vigente sobre ingresos a los lugares de diversi\u00f3n nocturna,\nestablecidos en la Ordenanza N\u00b0 833 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que a\ntrav\u00e9s de la ordenanza modificatoria N\u00b01388\/2014, modificatoria de la Ordenanza\nN\u00b0 1250\/2010, modificatoria de la Ordenanza N\u00b0 1229\/2010, a su vez\nmodificatoria de la Ordenanza N\u00b0 833\/2001, se fijar\u00e1n horarios tope para el\ningreso y cierre del p\u00fablico a los lugares de diversi\u00f3n nocturna. Que conformes\nse encuentra legislado el horario de cierre de los establecimientos comerciales\nque giran comprendidos en el rubro confiter\u00edas bailables, discotecas y\nestablecimientos que tienen por objeto la difusi\u00f3n de m\u00fasica, pr\u00e1ctica de\nbailes y expendio de bebidas, en virtud del cual, los espect\u00e1culos que se\nrealizan los d\u00edas viernes por la noche, deben cerrar a las 05:00 am del d\u00eda\ns\u00e1bado; los que se realizan los d\u00edas s\u00e1bado, deben cerrar a las 06:00 am del\nd\u00eda domingo; y los que se realicen los d\u00edas domingo y d\u00edas h\u00e1biles por la\nnoche, deben cerrar a las 03:30 am del d\u00eda siguiente, teniendo como com\u00fan\ndenominador el horario de ingreso, el cual no puede exceder de las 03:00 am.\nQue funcionando de esta manera, se observa que al finalizar cada jornada\ncomercial, seg\u00fan lo estipulado en dichos establecimientos, los j\u00f3venes no se\ndirigen a sus respectivos domicilios, sino que por el contrario, emprenden\nriesgosos viajes a la vecina localidad de Hersilia o Selva, provincia de\nSantiago del Estero, en busca de continuar con la jornada de esparcimiento en lugares\ncomo pub bailables, ubicados en las vecinas localidades. Que dicha situaci\u00f3n\ngenera un alto riesgo y probabilidad de accidentes, debido a que los j\u00f3venes,\npara llegar a tal destino, deben circular por la Ruta Nacional N\u00b0 34, altamente\ntransitada por veh\u00edculos de gran porte, generando as\u00ed un gran peligro para sus\nvidas. Que asimismo, con la llegada de la \u00e9poca primaveral y veraniega, la vida\nnocturna se extiende, en cuanto a transitabilidad, circulaci\u00f3n y esparcimiento\nde la genta y especialmente los j\u00f3venes. Que dicho argumento, tiene sustento en\nel permanente estudio que viene realizando la Polic\u00eda de Tr\u00e1nsito Municipal y\nen el trabajo de calle, el cual sirve como mejor par\u00e1metro del estado de\ncirculaci\u00f3n de veh\u00edculos, tanto en automotores como birodados, una vez\nfinalizados los horarios de cierre de los locales bailables. Que a criterio del\nConcejo Municipal, deben extenderse los horarios de cierre de los locales\ncomerciales citados, los espect\u00e1culos que comienzan los d\u00edas viernes, hasta las\n06.:00 am del d\u00eda s\u00e1bado; los espect\u00e1culos que comienzan los d\u00edas s\u00e1bado, hasta\nlas 07:00 am del d\u00eda domingo y los que se realicen los d\u00edas domingo y d\u00edas\nh\u00e1biles por la noche, deber\u00e1n cerrar a las 03:30 am del d\u00eda siguiente. Resulta\ncorrecto conservar el horario de ingreso, del cual ya se ha tomado conciencia\npor parte de los asistentes a los boliches, y ayuda a evitar la realizaci\u00f3n de\nlas llamadas \u201cprevias\u201d, por lo cual consideramos que al respecto debe continuar\nsin cambios. Si se considera oportuno ordenar el proceso de salida de nuestros\nj\u00f3venes de los locales bailables. Para que \u00e9ste no se desarrolle de manera\nabrupta, se fija un plazo de tolerancia en el horario de quince minutos.\nDurante ese lapso de tiempo, deber\u00e1n encenderse las luces y bajar el volumen de\nla m\u00fasica con el objetivo de inducir una salida ordenada y tranquila. POR LO\nQUE: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le\nconfiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente: O R D E N A N\nZ A ART\u00cdCULO 1\u00b0) Modif\u00edquese el Art. 5 de la Ordenanza N\u00b0 833\/2001, el que\nquedar\u00e1 redactado de la siguiente manera: \u201cLos horarios de cierre de los\nlocales mencionados en el Art\u00edculo 2\u00b0), ser\u00e1n los siguientes: Los espect\u00e1culos\nque se realicen los d\u00edas <strong>VIERNES<\/strong> por\nla noche, finalizar\u00e1n a las 06:00 am horas del d\u00eda s\u00e1bado. Los espect\u00e1culos que\nse realicen los d\u00edas <strong>SABADO y V\u00cdSPERAS\nDE FERIADOS<\/strong> por la noche, finalizar\u00e1n a las 07:00 am horas del d\u00eda\nsiguiente. Los espect\u00e1culos que se realicen los d\u00edas <strong>DOMINGO y D\u00cdAS H\u00c1BILES<\/strong> por la noche, finalizar\u00e1n a las 03:30 am\nhoras del d\u00eda siguiente. En todos los casos, se fija una tolerancia de 15\n(quince) minutos, para desalojar \u00edntegramente el local. Durante ese lapso, se\ndeber\u00e1 elevar el nivel de la iluminaci\u00f3n y disminuir el volumen de la m\u00fasica\nambiente a un 25 % de su potencia. ARTICULO 2\u00b0) Establ\u00e9zcase lo normado en el\nArt\u00edculo 1\u00b0 Inc. a y b de la presente normativa, c\u00f3mo r\u00e9gimen excepcional que\nregir\u00e1 desde el d\u00eda 21\/12\/2019, al d\u00eda 29\/02\/2020. ART\u00cdCULO 3\u00b0) Der\u00f3guese toda\nnorma que regule o modifique lo dispuesto en el art\u00edculo 1\u00b0 de la presente.\nART\u00cdCULO 4\u00b0) El\u00e9vese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus\nefectos. Comun\u00edquese, publ\u00edquese y oportunamente arch\u00edvese.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Se somete a\nvotaci\u00f3n el Proyecto de Ordenanza.<\/p>\n\n\n\n<p>Se aprueba por\nunanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p>PUNTO 8)\nMinuta de comunicaci\u00f3n San Roque. El mismo dice lo siguiente: <em>\u201cPROYECTO DE MINUTA DE COMUNICACI\u00d3N Ceres,\n17 de diciembre de 2019 VISTO: El decreto promulgado por el intendente Camilo\nBusquets, que determina la devoluci\u00f3n del inmueble donde funciona el centro de\nsalud San Roque, a pocos d\u00edas de terminar su mandato; y CONSIDRANDO: Que dicho\ndecreto fue promulgado luego de que los propietarios del inmueble solicitaran\nla devoluci\u00f3n del mismo. Que dicho pedido, realizado atreves de una nota, no\nestaba firmado por la totalidad de los propietarios del mismo. Que existen dos\ncontratos de comodatos los cuales vencieron el 2006 y 2012. Que el contrato de\ncomodato establec\u00eda claramente que el \u00fanico destino que se le&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; pod\u00eda dar al inmueble era la atenci\u00f3n a\npacientes de PAMI. Que tal como se informo al concejo, como respuesta de una\nminuta de comunicaci\u00f3n, en ese lugar adem\u00e1s se estaban trabajando profesionales\nque atend\u00edan en forma particular a muchas otras obras sociales. POR LO QUE: El H.C.M. de Ceres, seg\u00fan la ley 2756 y sus modificaciones,\nsolicita al D.E.M. lo siguiente: 1Comunicar por escrito al concejo\ndeliberante de Ceres el estado actual del vinculo que tiene el Centro de salud\nSan Roque con el municipio de Ceres. 2Detallar la situaci\u00f3n de los empleados\ndependientes del municipio que prestaban servicios en este centro. 3Relaci\u00f3n\ncontractual que tienen los profesionales que trabajaban en este centro. 4 Dar a\nconocer las medidas a tomar en raz\u00f3n de todas las irregularidades que saltan a\nla vista con la evaluaci\u00f3n del contrato de comodato, el pedido de devoluci\u00f3n de\nlos propietarios y el decreto de devoluci\u00f3n del mismo.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\npide la palabra. Quer\u00eda aclarar que tambi\u00e9n fue algo que hab\u00edamos hablado en\nComisi\u00f3n, si bien yo lo redacte, la minuta sale desde el Concejo, del cuerpo\nLegislativo en su conjunto. Es lo que ya ven\u00edamos hablando, de todas las\nirregularidades que ven\u00edamos viendo desde el comienzo, incluso con la anterior\ngesti\u00f3n y con Gerardo Balzarini ya hab\u00edamos pedido en innumerables ocasiones\ninformaci\u00f3n que se ocultaba, y tomamos conocimiento unos d\u00edas antes de que la\nanterior gesti\u00f3n deje sus funciones. A partir de la lectura del comodato, el\ncual muchas veces lo ped\u00edamos y nunca aparec\u00eda, surgen un mont\u00f3n de\nirregularidades que yo las planteo ah\u00ed, entre otras cosas, de que hay dos\ncomodatos, y uno de los comodatos es sobre el due\u00f1o que no figura en el pedido\nde devoluci\u00f3n, estamos hablando de Odone y sus herederos. Pero adem\u00e1s, el\ncomodato establece que el \u00fanico uso que se le pod\u00eda dar a ese inmueble era la\natenci\u00f3n de PAMI, y todos sabemos, porque fue de p\u00fablico conocimiento y a\ntrav\u00e9s de un comunicado o informe que hizo el Municipio de que ah\u00ed tambi\u00e9n\ntrabajaban profesionales, no sabemos que relaci\u00f3n contractual ten\u00edan, porque\nnunca lleg\u00f3 el contrato. Justamente por todas esas irregularidades y la\ncomisi\u00f3n que tuvimos, es que elevamos esta minuta de comunicaci\u00f3n para tener un\npoquito m\u00e1s de informaci\u00f3n sobre este tema.<\/p>\n\n\n\n<p>La C. Guirado\npide la palabra. Lo que no encuentro ah\u00ed, o a lo mejor no lo escuch\u00e9, es como\nse garantiza desde el Estado Municipal la atenci\u00f3n que brindaba PAMI a trav\u00e9s\nde los profesionales, con estos profesionales que adem\u00e1s ten\u00edan otras formas de\ndesarrollar su actividad. No s\u00e9 si el C. Maza puso PAMI o no en alg\u00fan extracto\nde lo que es la minuta, pero me parece importante, porque escuchando a la\ngente, las preocupaciones, seguramente muchos de ustedes tambi\u00e9n han sido el\no\u00eddo de alg\u00fan que otro vecino, preguntando qu\u00e9 va a pasar con las atenciones de\nPAMI en este lugar. As\u00ed que me gustar\u00eda poner \u00e9nfasis en esto, porque tambi\u00e9n\nel Estado Municipal lo debe garantizar y velar por lo que son nuestros adultos\nmayores y lo que es esta obra social.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que no. Explicale Pablo.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Bono\ndice que s\u00ed. Quiero dejar en claro, por la facultad que me da mi profesi\u00f3n, que\ncorre por cuenta de cada m\u00e9dico el lugar de su atenci\u00f3n, de PAMI, no es\nobligaci\u00f3n del Estado Municipal la prestaci\u00f3n. Es cierto que hubo momentos en\nlos cuales PAMI ha estado en un estamento p\u00fablico como es el Hospital Viejo,\nmuchas veces ten\u00edan prestaciones muy relacionadas con el Municipio, eso es una secuela,\npero no es obligaci\u00f3n. El medico atiende PAMI donde lo crea conveniente y donde\ntenga el consultorio.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\npide la palabra. Puse que solamente exist\u00eda la irregularidad de que dice que\nah\u00ed solo se pod\u00eda atender PAMI, pero no lo puse porque no es una facultad del\nMunicipio garantizar la funci\u00f3n del PAMI.<\/p>\n\n\n\n<p>La C. Guirado\npide la palabra. Pregunto al C. Maza donde dec\u00eda esto de que ten\u00edan que hacer\nlas prestaciones de PAMI ah\u00ed en el San Roque.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que en el comodato, primer o segundo art\u00edculo.<\/p>\n\n\n\n<p>La C. Guirado\ndice que es el comodato con la Municipalidad. De ah\u00ed yo me tomo para decir, qu\u00e9\ndice el Estado Municipal, porque en el primer comodato, en el que vos\nmencionaste el Estado Municipal le daba tambi\u00e9n este lugar para que algunos\nm\u00e9dicos puedan atender PAMI, de ah\u00ed yo me tomo para preguntar si el Estado\nMunicipal puede responder al respecto, no porque no tenga la libertad cada\nprofesional, sino porque en el comodato figuraba de esa forma, el C. Maza dice\nque es lo \u00fanico que se pod\u00eda atender ah\u00ed seg\u00fan el comodato, PAMI, nada mas. Mas\nall\u00e1 de la libertad de cada profesional.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\npide la palabra. En el segundo articulo del comodato dice \u201c<em>El comodatario\u201d <\/em>es decir el Municipio, \u201c<em>se compromete expresamente a darle al inmueble el destino de atenci\u00f3n\nde jubilados del PAMI de modo ambulatorio y no podr\u00e1 afectarlo a otro fin\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>La C. Guirado\npide la palabra. Por esa raz\u00f3n mi pregunta, nada mas, esta bien que est\u00e1\nvencido el comodato, pero en cierta forma se hab\u00eda asumido un compromiso y yo\nle consulto a esta gesti\u00f3n si se va a asumir el mismo compromiso, o se le va a\ndar la libertad, como bien lo explic\u00f3 el C. Bono, para que cada profesional que\natiende PAMI lo haga en un lugar que encuentre o que considere que es el mejor,\nnada mas. <\/p>\n\n\n\n<p>El C. Bono\npide la palabra. Ya la tienen a la libertad.<\/p>\n\n\n\n<p>La C. Guirado\ndice que si.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque hab\u00eda una falta de conocimiento en saber como funcionaba a nivel de los\nm\u00e9dicos privados.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que no. Todav\u00eda no lo conocemos, por eso es la minuta.<\/p>\n\n\n\n<p>Se somete a\nvotaci\u00f3n el Proyecto de Minuta de Comunicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Se aprueba por\nunanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p>PUNTO 9)\nBloque PJ \u2013 Proyecto pedido de informe. El mismo dice lo siguiente: <em>\u201c<strong>Proyecto\nde solicitud de informa al DEM VISTO<\/strong>: Los actos de gobierno del\nEjecutivo Municipal desde el d\u00eda posterior a su asunci\u00f3n; y <strong>CONSIDERANDO<\/strong>: Que el d\u00eda 10 de\ndiciembre del corriente a\u00f1o se materializo el traspaso a la actual gesti\u00f3n de\nla Intendente Alejandra Dupouy. Que a partir de dicha fecha se rescindieron\nunilateralmente por disposici\u00f3n del Ejecutivo a cargo de la Sra. Intendente\nDupouy, una importante cantidad de contratos a personas afectadas a la\nprestaci\u00f3n de servicios p\u00fablicos. Que dicha decisi\u00f3n no solo afecta la\nprestaci\u00f3n de servicios sino que produjo un grave impacto social en las\nfamilias de las personas desafectadas a sus tareas laborales. Que no existi\u00f3\nsensibilidad social por parte de la Sra. Alejandra Dupouy, en relaci\u00f3n a las\npersonas despedidas, produci\u00e9ndole un grave perjuicio econ\u00f3mico a la familia ya\nque en muchos casos son el \u00fanico sost\u00e9n para la adquisici\u00f3n de su alimentaci\u00f3n.\nQue el d\u00eda 17 de diciembre de 2019, la intendente concretamente manifest\u00f3 en\nconferencia de prensa ante medios locales que se desafecto 149 contratados, lo\ncual resulta evidente la falta de sensibilidad social por parte de la actual\ngesti\u00f3n. A pesar de ello por diversos medios se puede observar que desde la\nfecha de asunci\u00f3n y en tan solo ocho d\u00edas se dispuso la designaci\u00f3n de m\u00e1s de\n23 (veintitr\u00e9s) cargos pol\u00edticos, y que remuneraciones que corresponden a\nsecretarios, directores y\/o coordinadores. Esta abultada designaci\u00f3n de cargos\npol\u00edticos resulta contradictoria con la decisi\u00f3n de rescindir contrato a 149\npersonas que desempe\u00f1aban tareas en el cumplimiento de servicios p\u00fablicos. Es\npor ello que por un lado corresponde la solicitud de informe al DEM, a los\nfines de que acompa\u00f1e organigrama de cada sector de la secretaria, con\nindicaci\u00f3n de cargos, personas que ocupan el mismo, remuneraci\u00f3n que percibe y\npersonal de planta permanente al que se le ha otorgado categor\u00eda desde el 10 de\ndiciembre de 2019 a la fecha de ingreso del pedido. Por otro lado corresponde\nse indique, con precisi\u00f3n de datos filiatorios, tareas que realizaba,\nremuneraci\u00f3n percibida, y antig\u00fcedad de las personas contratadas a las cuales\nse le rescindieron los contratos y\/o se desafectaron desde la misma fecha. En\nvirtud del vencimiento de la pr\u00f3rroga para la presentaci\u00f3n del Presupuesto 2020\nhasta el d\u00eda 10 de diciembre de 2019, establecido por ordenanza&nbsp; N\u00b0 1606\/2019, solicitamos al DEM que en el\nt\u00e9rmino de 24 horas se informe cuando va a presentar el proyecto de ordenanza\ntributaria. <\/em><em>POR\nLO QUE: El Honorable Concejo Municipal de Ceres, en uso de las atribuciones que\nle confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, solicita a la Sra. Intendente\nAlejandra Dupouy, informe lo siguiente: 1.- Organigrama del D.E.M., con\nindicaci\u00f3n filiatoria del personal que ocupa cada cargo pol\u00edtico y\/o Secretaria\ny\/o Director y\/o Coordinador y\/o Jefe de Departamento, \u00c1rea o Secci\u00f3n, con\nindicaci\u00f3n de remuneraci\u00f3n, personal de planta\npermanente al que se le ha otorgado categor\u00eda desde el 10 de diciembre de 2019\na la fecha de ingreso del pedido. 2.- Se indique con datos filiatorios, las 149\npersonas desafectadas y\/o que le rescindieron el contrato, precisando\nremuneraci\u00f3n que percib\u00edan, tareas que realizaba y antig\u00fcedad de las mismas.\n3.- Fecha de presentaci\u00f3n del proyecto de presupuesto 2020<\/em><em> 4.-COMUN\u00cdQUESE\u201d<\/em><strong><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque deja a disposici\u00f3n si alg\u00fan Concejal quiere hacer una pregunta o expresar\nalgo.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Bono\npide la palabra. Pregunto en que informe sali\u00f3 lo de las 149 personas\ndesafectadas.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque no. Esto sali\u00f3 en un comunicado medi\u00e1tico, en medios.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\npregunta si lo pide todo el bloque.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque s\u00ed. El bloque.<\/p>\n\n\n\n<p>La C. Guirado\npide la palabra. Quiero decir, que respecto de los considerandos de esta minuta\nde comunicaci\u00f3n, yo no estoy de acuerdo. Desde mi punto de vista se han emitido\njuicios de valor con evidente tinte pol\u00edtico, y hubo un juicio previo o\nanticipado, porque no se cuenta con la informaci\u00f3n fehaciente. Pero s\u00ed coincido\ncon la informaci\u00f3n que se pide, que considero que es necesaria y mas cuando se\npide una emergencia, pero quiero que conste en acta que me parece que los considerandos\ntienen mas que ver con un tinte pol\u00edtico que con la realidad, porque no\ncontamos con la informaci\u00f3n certera, incluso fue medi\u00e1tico y yo no lo entend\u00ed\nde la misma forma que lo interpret\u00f3 el Bloque Justicialista, por eso\nsimplemente pongo esa objeci\u00f3n, el considerando me pareci\u00f3 de esa forma.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\npide la palabra. Comparto plenamente lo que acaba de exponer la C. Guirado.\nAdem\u00e1s argumento de que por el conocimiento que yo tuve, y por lo que sali\u00f3 en\nlos medios, no es que se les rescindi\u00f3 el contrato, sino que el contrato caduc\u00f3\nel d\u00eda 30 de noviembre del a\u00f1o en curso, y por lo tanto esas personas quedaron\ndirectamente desafectadas en la gesti\u00f3n anterior. Por lo tanto, si se habla de\nfalta de sensibilidad, la falta de sensibilidad la tuvo la gesti\u00f3n anterior y\nno esta, que justamente hizo un relevamiento de todos estos contratos y se los\ntrat\u00f3 de regularizar o poner en funcionamiento de una forma mas legal digamos.\nComparto totalmente que los considerandos tienen un tinte meramente pol\u00edtico, y\nque el articulado y lo que se solicita es informaci\u00f3n que precisamos como\nConcejo, y lo comparto, por lo tanto yo, si quieren que lo votemos a favor\ndesde nuestro bloque, cambiaria los considerandos. Si dejar\u00eda lo que se\nsolicita en el mismo.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Bono pide\ncuarto intermedio.<\/p>\n\n\n\n<p>Se pasa a\ncuarto intermedio.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalizado el\nmismo sigue la Sesi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque va a dar lectura al pedido de informe solicitado al DEM. Teniendo en cuenta\nlas consideraciones de la C. Guirado y el C. Maza, respecto a modificar los\nconsiderandos.<\/p>\n\n\n\n<p>La C. Guirado\npide la palabra. Yo no ped\u00ed que se modifique, yo simplemente dije que no estaba\nde acuerdo, Maza pidi\u00f3 modificaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que no.<\/p>\n\n\n\n<p>La C. Guirado\ndice que no pidi\u00f3 las modificaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. le da\nla palabra al C. Bono como Pte. del Bloque PJ.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Bono\ntoma la palabra. Considerando las mociones de ambos Concejales, y estableciendo\nel consenso con la buena relaci\u00f3n que tenemos, y con lo que dijimos y\npregonamos de que \u00edbamos a hacer dentro del Concejo, creemos que es valido y\nhemos modificado la solitud en la cual el considerando se va a suprimir, y va a\nquedar solamente la solicitud de la informaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>A\ncontinuaci\u00f3n, se da lectura al pedido de informe con las modificaciones \u201c<em>\u201c<strong>Proyecto\nde solicitud de informa al DEM VISTO<\/strong>: Los actos de gobierno del\nEjecutivo Municipal desde el d\u00eda posterior a su asunci\u00f3n; y <strong>CONSIDERANDO<\/strong>: Que el d\u00eda 10 de\ndiciembre del corriente a\u00f1o se materializo el traspaso a la actual gesti\u00f3n de\nla Intendente Alejandra Dupouy. Es por ello que por un lado corresponde la\nsolicitud de informe al DEM, a los fines de que acompa\u00f1e organigrama de cada\nsector de la secretaria, con indicaci\u00f3n de cargos, personas que ocupan el\nmismo, remuneraci\u00f3n que percibe y personal de planta permanente al que se le ha\notorgado categor\u00eda desde el 10 de diciembre de 2019 a la fecha de ingreso del\npedido. Por otro lado corresponde se indique, con precisi\u00f3n de datos\nfiliatorios, tareas que realizaba, remuneraci\u00f3n percibida, y antig\u00fcedad de las\npersonas contratadas a las cuales se le rescindieron los contratos y\/o se\ndesafectaron desde la misma fecha. En virtud del vencimiento de la pr\u00f3rroga\npara la presentaci\u00f3n del Presupuesto 2020 hasta el d\u00eda 10 de diciembre de 2019,\nestablecido por ordenanza&nbsp; N\u00b0 1606\/2019,\nsolicitamos al DEM que en el t\u00e9rmino de 24 horas se informe cuando va a\npresentar el proyecto de ordenanza tributaria. <\/em><em>POR LO QUE: El Honorable Concejo Municipal de Ceres, en uso de las\natribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, solicita a la\nSra. Intendente Alejandra Dupouy, informe lo siguiente: 1.- Organigrama del\nD.E.M., con indicaci\u00f3n filiatoria del personal que ocupa cada cargo pol\u00edtico\ny\/o Secretaria y\/o Director y\/o Coordinador y\/o Jefe de Departamento, \u00c1rea o\nSecci\u00f3n, con indicaci\u00f3n de remuneraci\u00f3n, personal de\nplanta permanente al que se le ha otorgado categor\u00eda desde el 10 de diciembre\nde 2019 a la fecha de ingreso del pedido. 2.- Se indique con datos filiatorios,\nlas 149 personas desafectadas y\/o que le rescindieron el contrato, precisando\nremuneraci\u00f3n que percib\u00edan, tareas que realizaba y antig\u00fcedad de las mismas.\n3.- Fecha de presentaci\u00f3n del proyecto de presupuesto 2020<\/em><em> 4.-COMUN\u00cdQUESE\u201d<\/em><strong><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El C. Bono\npide la palabra. Hay un punto que habla de recisi\u00f3n de contratos, que no se\nsabe si sucedi\u00f3, b\u00e1sicamente tambi\u00e9n hay que sacarlo, a la solicitud del pedido\nde la recisi\u00f3n del contrato cuando no los hubo, si es que no los hubo.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\npide la palabra. Para hacerlo mas prolijo, porque ya no se que estamos\npidiendo, propongo que si hay voluntad de aprobarlo, si se comprometen a\ncambiar el considerando, que se vuelva a reformular y en la pr\u00f3xima sesi\u00f3n lo\nvotamos, porque escuche muchas veces la palabra recisi\u00f3n y los contratos no\nfueron rescindidos, caducaron.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Bono\ndice que s\u00ed. Antes de la gesti\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que s\u00ed. Que lo reformulen de vuelta, con otro considerando mas concentrado\nen el tema y sin tinte pol\u00edtico, y los puntos en los que se pide que sean mas\nclaros, porque no se le rescindi\u00f3 el contrato a nadie, sino que caducaron.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. dice\nque el listado se puede pedir igual.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que s\u00ed. Pero que se aclare que los contratos caducaron el 30 de noviembre.\nPropongo eso, que lo reformulen total no reviste urgencia, eso se puede pedir\nen cualquier momento.<\/p>\n\n\n\n<p>La C. Guirado\npide la palabra. Entiendo lo que dice el C. Maza, pero para mi s\u00ed reviste\ncierta celeridad el tramite de tener la informaci\u00f3n, porque en funci\u00f3n de eso\ntambi\u00e9n analizar\u00edamos lo que es el proyecto de emergencia que ingresa ahora en\neste orden del d\u00eda, as\u00ed que si les parece, nos establecemos en comisi\u00f3n\nnuevamente, lo redactamos en conjunto como Concejo y como \u00d3rgano, y volvemos y\nlo votamos. Disculpen la desprolijidad, es la primera sesi\u00f3n del nuevo Concejo\ny me parece que para ser diligentes con este tema que queremos conocer,\ntendr\u00edamos que hacerlo as\u00ed, nose que les parece.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. somete\na votaci\u00f3n la moci\u00f3n de la C. Guirado.<\/p>\n\n\n\n<p>Se aprueba por\nunanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Se pasa a\ncuarto intermedio.<\/p>\n\n\n\n<p>A continuaci\u00f3n\nsigue la Sesi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. da\nlectura del pedido de informe con las modificaciones realizadas. El mismo dice\nlo siguiente <em>\u201c<strong>Proyecto de solicitud de informa al DEM VISTO<\/strong>: Los actos de\ngobierno del Ejecutivo Municipal desde el d\u00eda posterior a su asunci\u00f3n; y <strong>CONSIDERANDO<\/strong>: Que el d\u00eda 10 de\ndiciembre del corriente a\u00f1o se materializo el traspaso a la actual gesti\u00f3n de\nla Intendente Alejandra Dupouy. Que la nueva gesti\u00f3n a partir del 10 de\ndiciembre ha puesto en observaci\u00f3n a 149 personas que hab\u00edan caducado contrato\nal 30 de noviembre del corriente. Es por ello que por un lado corresponde la\nsolicitud de informe al DEM, a los fines de que acompa\u00f1e organigrama de cada\nsector de la secretaria, con indicaci\u00f3n de cargos, personas que ocupan el\nmismo, remuneraci\u00f3n que percibe y personal de planta permanente al que se le ha\notorgado categor\u00eda desde el 10 de diciembre de 2019 a la fecha de ingreso del\npedido. En virtud del vencimiento de la pr\u00f3rroga para la presentaci\u00f3n del\nPresupuesto 2020 hasta el d\u00eda 10 de diciembre de 2019, establecido por\nordenanza&nbsp; N\u00b0 1606\/2019, solicitamos al\nDEM que en el t\u00e9rmino de 24 horas se informe cuando va a presentar el proyecto\nde ordenanza tributaria. <\/em><em>POR\nLO QUE: El Honorable Concejo Municipal de Ceres, en uso de las atribuciones que\nle confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, solicita a la Sra. Intendente Alejandra\nDupouy, informe lo siguiente: 1.- Organigrama del D.E.M., con indicaci\u00f3n\nfiliatoria del personal que ocupa cada cargo pol\u00edtico y\/o Secretaria y\/o\nDirector y\/o Coordinador y\/o Jefe de Departamento, \u00c1rea o Secci\u00f3n, con\nindicaci\u00f3n de remuneraci\u00f3n, personal de planta\npermanente al que se le ha otorgado categor\u00eda desde el 10 de diciembre de 2019\na la fecha de ingreso del pedido. 2.- Se indique con datos filiatorios, la\nsituaci\u00f3n de las 149 personas que se encontraban con contratos vencidos al 30\nde noviembre del corriente, observadas, precisando remuneraci\u00f3n que percib\u00edan,\ntareas que realizaban, antig\u00fcedad de las mismas y relaci\u00f3n actual con el nuevo\nEjecutivo 3.- Fecha de presentaci\u00f3n del proyecto de presupuesto 2020<\/em><em> 3.-COMUN\u00cdQUESE\u201d<\/em><strong><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\ndice que tiene que ser una minuta de comunicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Se somete a\nvotaci\u00f3n el Proyecto de Minuta de Comunicaci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>Se aprueba por\nunanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p>PUNTO 10)\nLectura informe an\u00e1lisis de posici\u00f3n econ\u00f3mica del Municipio al 30\/11\/2019 (Gesti\u00f3n\nBusquets)<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte.\npropone pasarlo a Comisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>La C. Guirado\npide la palabra. Si queremos respetar lo que dice el orden del d\u00eda vamos a\ntener que leer m\u00ednimamente el informe que ya ha trascendido en los medios y que\nha sido distribuido por la gesti\u00f3n Busquets anteriormente, mas all\u00e1 de los detalles.\nLuego puede ser estudiado en comisi\u00f3n, si quieren los Concejales, en detalle,\npero me parece que la lectura tiene que estar.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Lemos\npide la palabra. Mociono pasarlo a comisi\u00f3n, debido al tama\u00f1o del informe.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Rafael\ndice que est\u00e1 de acuerdo.<\/p>\n\n\n\n<p>La C. Guirado\ndice que son 4 hojas. Despu\u00e9s ten\u00e9s todo lo dem\u00e1s en la explicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>A continuaci\u00f3n,\nse da lectura al informe.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\npide la palabra. Propongo, como hicimos con otros temas, pasarlo a&nbsp; comisi\u00f3n y debatirlo ah\u00ed.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Bono\ndice que esta totalmente de acuerdo.<\/p>\n\n\n\n<p>El Pte. somete\na votaci\u00f3n la moci\u00f3n del C. Maza.<\/p>\n\n\n\n<p>Se aprueba por\nunanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Se resuelve\npasar el tema a estudio de Comisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>PUNTO 11)\nBloque Vecinal \u2013 Bloque PJ: Proyecto de ordenanza (Dietas y gastos de\nfuncionamiento Concejo). El mismo dice lo siguiente: <em>\u201cPROYECTO DE ORDENANZA Ceres, 17 de diciembre 2019 VISTO La pr\u00f3rroga\ndeterminada a trav\u00e9s de la Ordenanza N\u00b0 1606\/2019 que permite a la\nMunicipalidad de Ceres seguir funcionando normalmente, medida que surgi\u00f3 de un\nacuerdo de transici\u00f3n entre el Intendente mandato cumplido Sr. Camilo Busquets\ny la Intendente en ejercicio Sra. Alejandra Dupouy Y CONSIDERANDO Que los ediles durante el 2019\npercibieron sus dietas con marcada irregularidad. A saber, mencionamos un caso\ntestigo el del concejal Miguel \u00c1ngel Rafael la dieta de los meses de Marzo,\nAbril, Mayo,&nbsp; Junio 2019 y medio\naguinaldo los percibieron en Julio con 3 cheques a vencer, en Agosto,\nSeptiembre y Octubre, respectivamente. En tanto que, el mes de Julio se cobr\u00f3\npor CBU en Agosto, la dieta de Agosto y Septiembre a principio de Noviembre; la\ndieta de Octubre se percibi\u00f3 a principios de Diciembre; mientras que la dieta\nde Noviembre fue abonada con un cheque a cobrar en Marzo 2020. De esta forma,\nel Concejo Deliberante se convirti\u00f3 en una variable de ajuste del gobierno\nlocal saliente y experimentando un trato diferencial que perjudica el\nfuncionamiento del \u00f3rgano legislativo. Que en los \u00faltimos per\u00edodos los ediles\nno pudieron ejercer su funci\u00f3n legislativa como Poder Independiente, debido a\nla inexistencia de la confecci\u00f3n de un Presupuesto del Concejo Deliberante. Que\nlas situaciones antes descriptas derivaron en un incorrecto funcionamiento de\nuno de los poderes que cimenta la Democracia, el Concejo Deliberante,\nindependencia que resulta una condici\u00f3n excluyente para desempe\u00f1ar la funci\u00f3n\nde representaci\u00f3n ciudadana y contralor del Poder Ejecutivo. Que ante la\nsituaci\u00f3n manifestada por el Secretario de Hacienda CPN Miguel Andrada, la\nMunicipalidad de Ceres est\u00e1 atravesando una profunda crisis econ\u00f3mica por lo\nque plante\u00f3 la necesidad de declarar la Emergencia Econ\u00f3mica, Financiera y\nAdministrativa. Situaci\u00f3n que podr\u00eda derivar en iguales o similares\nconsecuencias a las ya experimentadas durante el a\u00f1o 2019. POR ELLO EL\nHONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CERES, mediante las facultades que le confiere\nla Ley Pcial. N\u00b02756, sanciona con fuerza de ORDENANZA: <strong>ARTICULO N\u00b01:<\/strong>Garantizar\nel percibimiento de las dietas de los 5 concejales en ejercicio, respetando el\nmonto actual ($55 mil pesos Total Neto por edil) hasta que se confeccione el\nPresupuesto 2020 que contar\u00e1 con un Presupuesto Aut\u00f3nomo del Concejo\nDeliberante de Ceres.&nbsp; <strong>ARTICULO\nN\u00b02: <\/strong>Garantizar un monto mensual de $35 000 para gastos de\nfuncionamiento del Honorable Concejo Deliberante. En Gastos de Funcionamiento\nse incluye: art\u00edculos de limpieza, insumos de computaci\u00f3n, mercader\u00eda y bidones\nde agua, sueldo de la se\u00f1ora que realiza la limpieza del edificio. <strong>ARTICULO\nN\u00b02: <\/strong>&nbsp;Determ\u00ednese la afectaci\u00f3n\nde $310 000 mensuales para abonar dietas del Concejo Deliberante en tanto se\napruebe el nuevo Presupuesto 2020, desde una partida de fondos no afectados\n(Gastos Corrientes) administrados por la Secretar\u00eda de Hacienda de la\nMunicipalidad de Ceres. DE FORMA\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>El Pte.\npropone que los dem\u00e1s Concejales den su opini\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>La C. Guirado\npide la palabra. Simplemente para agregar algo mas de informaci\u00f3n, respecto de\nlo que se ha escrito en los considerandos de este proyecto de ordenanza. El\nobjetivo es simplemente garantizar las dietas sin ning\u00fan tipo de aumento, lo\nque se&nbsp; tendr\u00eda que haber cobrado siempre\nde manera normal, y que es una suposici\u00f3n que sucede en lo ocurrido, a partir\nde ahora, y hasta que se confeccione el presupuesto, suceda de forma efectiva. Los\nantecedentes son precisamente lo que mencion\u00e1bamos en los considerandos de este\nproyecto, dietas abonadas a criterio del Ejecutivo saliente, de forma tard\u00eda,\nesto tambi\u00e9n represent\u00f3 una falta de respeto a la Instituci\u00f3n, garante de\ndemocracia, y deriv\u00f3 en un mal funcionamiento del Honorable Concejo\nDeliberante, una desmotivaci\u00f3n para los Concejales en ejercicio precisamente, y\nque se transforme el Concejo Deliberante, como nos hemos cansado de decir\nsiempre en los medios de comunicaci\u00f3n, en una escriban\u00eda del Ejecutivo. A\ntrav\u00e9s de este concepto, quiero decir que esto actu\u00f3 en desmedro de la\nindependencia de un Poder del Estado, en desmedro de la democracia en Ceres,\nporque si el Honorable Concejo Deliberante no funciona, el Poder se\nconcentrar\u00eda en una sola persona y en sus elegidos queserian los funcionarios,\npor lo mismo no habr\u00eda una democracia, sino una monarqu\u00eda. La funci\u00f3n del\nConcejal tiene que ver con responsabilidades muy pero muy importantes que\nmuchas veces la gente no tiene en cuenta, precisamente por esta situaci\u00f3n,\nporque tiene demasiado poder el Ejecutivo y de alguna forma encuentra la manera\nde que el Concejal quede como que va simplemente a comisionar un d\u00eda y a\nsesionar el otro y no hace nada mas, entonces lo realmente importante es lo que\nhace el Ejecutivo. Algunas de las funciones del Concejo, por ejemplo, otorgar permisos\nal Ejecutivo para que realice cualquier tipo de acci\u00f3n, que es lo que estamos\nviviendo a cada momento y en cada Sesi\u00f3n, establecer lo que son las normas de\nconvivencia, la determinaci\u00f3n de limites y ordenamientos en todos los aspectos\nde la vida comunitaria de la ciudad de Ceres. Por ejemplo, qu\u00e9 pasar\u00eda si los\nediles como en alg\u00fan momento se dec\u00eda, funcionaran ad honorem, sin cobrar, en\nel mundo capitalista que hoy estamos, las ordenanzas a beneficio de qui\u00e9n\nser\u00edan, la gente tiene que entender y tambi\u00e9n tenemos que entender los que\ndesarrollamos una funci\u00f3n legislativa, que no estamos en el mundo del Siglo\nXIX, estamos en un siglo XXI donde el capitalismo es precisamente lo que\nprevalece, y tenemos que garantizar lo que es la dieta m\u00ednima, estamos pidiendo\nla dieta de los Concejales para que puedan luchar por esa independencia que\nnecesitan como un Poder que cimenta la democracia. Tambi\u00e9n quiero agregar la\ndiferencia en la forma del manejo del poder, digo esto porque el Ejecutivo con\nbombos y platillos en los \u00faltimos d\u00edas sali\u00f3 a decir p\u00fablicamente que se iba a\ndescontar el 25% de los sueldos, teniendo en cuenta que el sueldo de un\nIntendente es de $132.000, de un Secretario $130.000 y un Subsecretario est\u00e1 muy\npero muy cerquita, en tanto que el Legislativo, como otro poder que cimenta la\ndemocracia, est\u00e1 pidiendo que se le garanticen las dietas, est\u00e1 pidiendo poder\ncobrar un sueldo de $55.000 neto que con descuentos ser\u00edan $45.000, simplemente\npara poder funcionar. Tambi\u00e9n ante el pedido de declaraci\u00f3n de emergencia que\nhace precisamente el Secretario de Hacienda y que estamos por debatir como\nsiguiente punto, y tambi\u00e9n quiero que conste en acta este punto que me parece\nimportante y del cual tambi\u00e9n tengo captura de pantalla respecto de algunos\ndi\u00e1logos que hubo en alg\u00fan grupo de whastapp; antes de que se vote por la\nPresidencia del Concejo Deliberante, hubo comentarios y versiones respecto de\nciertas chicanas pol\u00edticas de parte del partido oficialista hacia con\nConcejales opositores de la actual gesti\u00f3n, el supuesto argumento que se dec\u00eda\nen esa situaci\u00f3n era que si no ganaba como Presidente un oficialista podr\u00edan no\ncobrar los Concejales, y la realidad nos dice que el actual Pte. del Concejo\nDeliberante es precisamente un edil de la oposici\u00f3n, y ante estas situaciones,\nque inclusive de manera informal, un Concejal del oficialismo manifestaba como\nuna preocupaci\u00f3n porque \u00e9l tambi\u00e9n es Concejal y le preocupa esto, que a lo\nmejor no cobraban los Funcionarios ni los Concejales, y esto todo lo\nescuchamos, ante toda esta situaci\u00f3n es que entiendo que se debe garantizar el\nderecho del edil del Poder Legislativo, m\u00ednimo que cobren las dietas sin ning\u00fan\ntipo de aumento, y m\u00ednimo el gasto de funcionamiento mensual que tiene el\nConcejo Deliberante, para poder funcionar de manera independiente, para que nos\nrespeten como un Poder mas, como lo es el Judicial, el Ejecutivo y el\nLegislativo que son las Instituciones que cimentan la RepublicaDemocr\u00e1tica que\nes nuestro Pa\u00eds. Ante esta situaci\u00f3n que he fundamentado, simplemente\nplanteamos junto con el Bloque Justicialista este proyecto de ordenanza, que\nsimplemente defiende los derechos que tenemos como legisladores, nada mas.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\npide la palabra. Primero y antes que nada, me gustar\u00eda que cada cosa que\nnosotros hablamos de forma privada en un grupo de whatsapp, en una reuni\u00f3n que\ntengamos de forma informal, quede en esa reuni\u00f3n, porque se sobreentiende que\nson cuestiones del \u00e1mbito privado, nosotros las hablamos a esas cuestiones pero\nno son de orden publico, entonces espero que se respete eso que acabo de\naclarar. En el primer punto de la ordenanza se establece garantizar las dietas\nde los 5 Concejales, y en uno de los considerandos habla de que esta ordenanza\nes por motivo tambi\u00e9n de la reconducci\u00f3n del presupuesto, en ning\u00fan punto yo\nveo que la reconducci\u00f3n del presupuesto vaya en desmedro del cumplimiento de\nlas dietas. Me parece que hacer una ordenanza para garantizar las dietas que ya\nest\u00e1n garantizadas por Ley, constitucionalmente, y por ordenanzas, ser\u00eda\nredundar sobre la cuesti\u00f3n, y para traer a colaci\u00f3n tengo un expediente de una\nsolicitud que hice a la parte de Legal y T\u00e9cnica junto con el Concejal\nBalzarini, de Municipios y Comunas, en el momento donde, justamente como\nhablaba la Concejal Guirado, no se nos abonaban las dietas; entre otras\ncuestiones, la resoluci\u00f3n estima, y esto para decir que est\u00e1n garantizadas las\ndietas, dice que <em>\u201cEl Alto Tribunal\nProvincial tiene dicho que el \u00e1mbito Provincial las funciones de los Concejales\nMunicipales se encuentran sometidas a un r\u00e9gimen de derechos, deberes y\nresponsabilidades publicas que adem\u00e1s de tener fundamento constitucional en el\nArt. 7 de la Constituci\u00f3n, est\u00e1 regulada por normas de naturaleza\nadministrativa como son la ley 2756 en cuyo articulo 28 se alude a las dietas,\nque si bien pueden ser incluidas dentro de un especial grupo de funcionarios\nque no son estrictamente empleados de la administraci\u00f3n, al ser funcionarios\nrepresentativos se les abona esta compensaci\u00f3n\u201d. <\/em>Lo que quiero decir con\nesto, es que los abogados de Municipios y Comunas me est\u00e1n diciendo en\nrespuesta a que yo pido alguna acci\u00f3n judicial para que se me sean restituidas\nlas dietas que se deb\u00edan 6 meses, me dice que ya est\u00e1n garantizadas por\nConstituci\u00f3n y por Ley, entonces, hacer una ordenanza para garantizarlas me\nparece redundar e ir a algo que ya est\u00e1 establecido inclusive en la Constituci\u00f3n.\nAdem\u00e1s en el Art. 2 dice <em>\u201cgarantizar un\nmonto de $35.000 para gastos del Honorable Concejo Deliberante\u201d<\/em> seguramente\nla Concejal despu\u00e9s nos va a establecer de c\u00f3mo lleg\u00f3 a ese numero, y tambi\u00e9n\nesto est\u00e1 garantizado en el Reglamento Interno en donde establece que los&nbsp; Concejales tienen un monto determinado para\ngastos de funcionamiento, osea que seria redundar otra vez sobre una cuesti\u00f3n\nque ya est\u00e1 establecida en el Reglamento Interno.<\/p>\n\n\n\n<p>La C. Guirado\npide la palabra. Me parece que lo que presenta el C. Maza en este momento, es\nla prueba fundamental que precis\u00e1bamos para redundar en un pedido sobre un\nderecho que a pesar de haber ido a una Dependencia Provincial, donde le est\u00e1n\ndiciendo que tiene sus derechos garantizados, no ha logrado hacerlo efectivo en\ntodo el a\u00f1o en curso, si no me equivoco eso es de junio del 2019 por lo que\npude ver, por eso la necesidad de redundar como \u00d3rgano aut\u00f3nomo que es el\nConcejo Deliberante y decir que necesitamos para que no vuelva a suceder, no\nvamos en contra de ninguna disposici\u00f3n, somos un \u00d3rgano aut\u00f3nomo que puede\ntener sus propias Leyes, no se pide nada extraordinario, simplemente el\ncumplimiento de nuestros derechos, que es lo que intentamos hacer a trav\u00e9s de\neste proyecto de ordenanza que fue acompa\u00f1ado por el Bloque del partido\nJusticialista, inclusive con el altruismo del partido Justicialista de poder\naceptar de alguna forma lo que ha sido el mal manejo del Concejo Deliberante en\nestos \u00faltimos a\u00f1os, y de poder revertirlo. Simplemente decir esto, me parece\nque es necesario por esa resoluci\u00f3n que fue le\u00edda por el C. Maza, porque yo\nquisiera saber si luego de esa resoluci\u00f3n de junio del 2019 ellos cobraron\nefectivamente todas las dietas como correspond\u00eda o tienen cheques al a\u00f1o 2020\nen marzo. Tambi\u00e9n quiero agregar que este proyecto de ordenanza no surge de una\nidea alocada de una persona que no tiene ning\u00fan tipo de noci\u00f3n respecto de lo\nque es el Concejo Deliberante o las Leyes, esta ordenanza cuenta con el\nasesoramiento legal de una persona precisamente, que es abogada y legisladora,\nque no es de la ciudad de Ceres, pero es el asesoramiento que yo busqu\u00e9 al\nrespecto. Tambi\u00e9n decir, que en cuanto a gastos de funcionamiento, estuve\nhablando con la Secretaria del Concejo Deliberante, consult\u00e1ndole cual es la\npartida que hasta el momento estaba recibiendo, cuales son los rubros que se\ndeben cubrir, inclusive en alg\u00fan momento hasta pensamos, los dos bloques, en\ndecir m\u00ednimo garanticemos las dietas, pero qu\u00e9 pasa si ante alguna decisi\u00f3n del\nPoder Legislativo que no sea en consonancia con el Poder Ejecutivo no tenemos\nlo m\u00ednimo para funcionar como \u00d3rgano, ese fue el planteo, entonces dijimos,\neran $30.000 de gastos de funcionamiento que incluyen $6500 de la se\u00f1ora que\nlimpia, incluye todos los insumos que tienen que ver con mercader\u00eda, con todo\nlo de computaci\u00f3n, de oficina, con este abultado cumulo de hojas que ustedes\nven que se deben imprimir y deben llegar todas las semanas a cada uno de los\nediles, eso es lo que fundamenta los $35.000, e inclusive tuvimos un criterio\naustero al respecto, porque seguramente ascender\u00eda a mucho mas, e inclusive los\ngastos de funcionamiento tambi\u00e9n se vieron recortados, se vieron cercenados y\nno hemos tenido en el Concejo Deliberante internet, no se han podido pagar\nalgunas cosas b\u00e1sicas, entonces de ah\u00ed la necesidad de con una ordenanza de un\nPoder Aut\u00f3nomo como es el Concejo Deliberante de Ceres, simplemente garantizar\nel derecho de los ediles sin privilegio para ninguno, que sea igual para todos,\ny hago la salvedad de que se piden 5 dietas, porque precisamente el C. Bono\ncobra por lo que es la otra repartici\u00f3n, nada mas.<\/p>\n\n\n\n<p>El C. Maza\npide la palabra. Quiero hacer una ultima aclaraci\u00f3n, estoy de acuerdo\ntotalmente con el fin que se percibe, justamente estoy mostrando un dictamen\ndonde yo fui a reclamar por que se cumpla con las dietas en tiempo y forma.\nMediante ese reclamo, el Dr. Gabriel C\u00e9spedes, Asesor Jur\u00eddico, en ning\u00fan\nmomento me dijo que haga una ordenanza para ratificar o para garantizar el pago\nde las dietas, simplemente me dio otro camino, el que el entendi\u00f3, por eso\npienso que redunda, porque ya est\u00e1 garantizado por Ley. Adem\u00e1s de eso, me olvide\nde mencionar que el Bloque del PJ ahora est\u00e1 integrado por dos Concejales que\nestuvieron en la anterior gesti\u00f3n y me parece hip\u00f3crita ahora adherir a esto,\ncuando yo, junto con el C. Balzarini, en reiteradas ocasiones a trav\u00e9s de\nminuta de comunicaci\u00f3n y a trav\u00e9s de reclamos como el que acabo de mostrar,\nhicimos presentaciones en relaci\u00f3n a este tema, y en ninguna de las\noportunidades fueron apoyadas, o tampoco vimos alg\u00fan reclamo desde su parte\ncomo el que est\u00e1n haciendo ahora, vuelvo a mencionar lo mismo, no entiendo el\ncambio de actitud con el cambio de Gobierno, me hubiese gustado que este tipo\nde iniciativas se hayan dado en la anterior gesti\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Se somete a\nvotaci\u00f3n el proyecto de ordenanza.<\/p>\n\n\n\n<p>Bloque\nVecinal: Positivo.<\/p>\n\n\n\n<p>Bloque PJ:\nPositivo.<\/p>\n\n\n\n<p>Bloque FPCyS \u2013\nUCR: Negativo.<\/p>\n\n\n\n<p>Se aprueba por\nmayor\u00eda de votos.<\/p>\n\n\n\n<p>PUNTO 12) DEM\n\u2013 Proyecto de ordenanza (Emergencia Financiera). El mismo dice lo siguiente: \u201c<em>VISTO: La dif\u00edcil situaci\u00f3n econ\u00f3mica de\nrecesi\u00f3n y alta volatilidad en el mercado cambiario en el contexto nacional,\nsumado a ello la situaci\u00f3n financiera y administrativa que atraviesa la\nMunicipalidad de Ceres, heredada de la gesti\u00f3n anterior. los art\u00edculos 5 y 123\nde la Constituci\u00f3n Nacional que consagran el principio de Autonom\u00eda Municipal,\nConstituci\u00f3n Provincial y Ley Org\u00e1nica de las Municipalidades, y CONSIDERANDO:\nQue con fecha 10 de diciembre de 2019, se efectu\u00f3 el traspaso de autoridades\nlabr\u00e1ndose la correspondiente acta, que al no constar en forma fehaciente la\nsituaci\u00f3n econ\u00f3mica y financiera de la Municipalidad de Ceres, la INTENDENTE y\nsus secretarios toman conocimiento del desequilibrio financiero, d\u00e9ficit de\nejecuci\u00f3n presupuestaria y desorden administrativo existente en la\nadministraci\u00f3n municipal, como simismo el d\u00e9ficit en el \u00e1mbito de obras publicas\ny las resoluciones tomadas al respecto por distintos organismos a los fines de\nlograr una administraci\u00f3n eficiente, resulta necesario decretar la EMERGENCIA\nECONOMICA, FINANCIERA y ADMINISTRATIVA de la Municipalidad de Ceres. Que surge\ndel an\u00e1lisis de la Secretar\u00eda General, Hacienda y Finanzas, del cuadro del\nbalance al 30 de noviembre de 2019 un saldo de deuda de $49.216.277,66. Que de\nla cuenta corriente de proveedores surge una deuda flotante de $5.238.361.61. A\nlos que deben a\u00f1adirse 416 cheques de los cuales la mitad fueron emitidos los\n\u00faltimos 30 dias por $19.049.039,13 librados por la anterior gesti\u00f3n para su\ncobro hasta fecha octubre 2020. Que se recibieron notificaciones desde el\ncomienzo de la presente gesti\u00f3n, por acuerdos y\/o convenios suscriptos por la\nanterior gesti\u00f3n entre ellos con la empresa SIAP S.R.L. por un monto aproximado\nde $3.500.000 entre otros. Que desde la fecha de asunci\u00f3n de las nuevas\nautoridades municipales, se ha recibido demandas judiciales laborales por un\nimporte aproximado de $1.500.000. que se adeudan 57 rendiciones al gobierno\nnacional y provincial, algunas judicializadas y otras en proceso de\njudicializaci\u00f3n, por m\u00e1s de $5.500.000. Que hubo un otorgamiento discrecional\nde categor\u00edas a empleados y pase a planta de personal contratado sin cumplir\ncon los procesos previstos en la Ley 9286\/83, los concursos respectivos y las\nvacantes seg\u00fan partida presupuestaria. Que seg\u00fan la Secretar\u00eda General Hacienda\ny Finanzas la Municipalidad adeuda gastos en personal por un monto aproximado\nde $300.000,00, a lo que deben a\u00f1adirse horas extras no liquidadas a la fecha\nde corte. Que se deber\u00e1 afrontar el pago del medio aguinaldo no existiendo\nfondos suficientes de libre disponibilidad para ello. Que a la fecha resulta\nimposible para el Municipio hacer frente al pago de cualquier orden de pago,\nsalvo gastos menores. Que el porcentaje de gastos en personal sobre el\npresupuesto anual para el a\u00f1o 2019 supera el 92% de los ingresos\ncoparticipables percibidos del Municipio. Que la administraci\u00f3n anterior ha mal\nutilizado los fondos afectados m\u00e1s importantes, como son el Educativo y de\nObras Menores para afrontar pago de salarios, desviando los fondos de su\nobjetivo principal (educaci\u00f3n e infraestructura). Que los datos consignados\nmuestran una situaci\u00f3n cr\u00edtica que compromete el funcionamiento sostenible del\nMunicipio desde el punto de vista financiero, comprometiendo la prestaci\u00f3n de\nlos servicios p\u00fablicos. Que esta situaci\u00f3n lo expone a potenciales reclamos y\ncorte de suministros por parte de los acreedores que no encuentran resoluci\u00f3n a\nsus reclamos. Que resulta necesario adoptar medidas, dentro de la competencia\nmunicipal, tendiente a preservar el \u201cfuncionamiento sostenible del municipio\u201d,\nde manera de posibilitar la razonable prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos que\nsatisfagan las necesidades esenciales de los vecinos de Ceres. Que la\nConstituci\u00f3n de la Naci\u00f3n Argentina consagra el \u201cprincipio de autonom\u00eda\nmunicipal\u201d, por el cual los Municipios pueden adoptar aquellas medidas que\npermitan la existencia y funcionamiento del Estado Municipal para que satisfaga\nlas necesidades de sus habitantes, en tanto vecinos que conforman un conjunto\nsocio econ\u00f3mico cultural con particularidades y necesidades definidas. Que en\neste contexto resulta imperativo proceder a la racionalizaci\u00f3n de las\nestructuras municipales, reorganizando y reasignando recursos materiales,\nfinancieros y humanos. Por ello EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CERES, en\nuso de sus atribuciones sanciona la siguiente ORDENANZA. ART\u00cdCULO 1: DECLARESE\nLA EMERGENCIA ECONOMICA, FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA de la Municipalidad de la\nciudad de Ceres, tendr\u00e1 vigencia por 120 d\u00edas a contar desde la publicaci\u00f3n de\nla Presente, con los alcances, limitaciones y caracter\u00edsticas establecidas en\nla presente Ordenanza, siendo sus objetivos principales: a) La contenci\u00f3n del\ngasto p\u00fablico. B) Mejorar el flujo de aportes al Municipio por parte de los\ncontribuyentes y otros estamentos del Estado Municipal. C) Disponer la\nrenegociaci\u00f3n o rescisi\u00f3n de contratos y convenios por locaci\u00f3n de obras o\nservicios. D) Realizar convenios de recaudaci\u00f3n con instituciones y\/o personas\njur\u00eddicas para facilitar la misma. e) Utilizar temporalmente todo fondo\nasignado previamente a otros fines para disponibilidad de las partidas\nnecesarias hasta la superaci\u00f3n de la crisis econ\u00f3mica \u2013 financiera. F) Asegurar\nla prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos y funciones esenciales del Estado Municipal.\nART\u00cdCULO 2: Los t\u00e9rminos de la presente ordenanza se aplicar\u00e1n a toda decisi\u00f3n\nadministrativa que se dicte siempre que se haga referencia expresa a la\nemergencia que se declara. ART\u00cdCULO 3: Los empleados de la Planta Permanente no\nser\u00e1n afectados en sus derechos y obligaciones conforme a las leyes\nprovinciales N\u00b0 9256, 9286, 9290 y dem\u00e1s prerrogativas del estado nacional,\nprovincial y municipal. Se congelan todas las vacantes que se produzcan en el\nseno municipal. Se proh\u00edben las realizaciones de horas extras, las mismas, de\nser necesarias deber\u00e1n ser aprobadas por la intendente municipal, a instancia\ndel responsable de cada sector y ser plenamente justificadas, es decir que se\ntornen inevitables. Deber\u00e1n revisarse las misiones y funciones del Personal\nMunicipal y su correlaci\u00f3n con los distintos conceptos de ingresos y haberes,\ndebi\u00e9ndose confeccionar el organigrama funcional de la municipalidad. Los\naumentos salariales futuros a la promulgaci\u00f3n de la presente y establecidos en\nacuerdos paritarios ser\u00e1n incorporados o aplicados sobre el b\u00e1sico vigente, y\nconforme se establezca en cada acuerdo, sin perjuicio de considerar en cada\ncaso la situaci\u00f3n econ\u00f3mica y financiera del municipio. Se suspende durante el t\u00e9rmino\nde la emergencia el ingreso a la planta permanente del personal de nuevos\nagentes. ART\u00cdCULO 5: F\u00edjese el sueldo de la Sra. Intendente y sus secretarios\ncon una reducci\u00f3n del 25% de lo que establece la escala de SITRAM, durante el\nperiodo de vigencia de esta ordenanza. ART\u00cdCULO 5: Fac\u00faltese al DEM a suspender\ndurante la emergencia, en forma total o parcial, el derecho a percibir todo\ntipo de bonificaciones, adicionales o compensaciones. Quedan excluidos de esta\ndisposici\u00f3n la bonificaci\u00f3n por antig\u00fcedad. ART\u00cdCULO 6: Fac\u00faltese al DEM a disponer\nla revisi\u00f3n de las condiciones de la totalidad de los contratos referidos a\ncompras y contrataciones de bienes, servicios, suministros y obra p\u00fablica,\nacuerdos convencionales, permisos y concesiones celebrados con anterioridad a\nla vigencia de la presente ordenanza, y que se encuentran en curso de\nejecuci\u00f3n. ART\u00cdCULO 7: Autor\u00edcese al DEM a renegociar los c\u00e1nones y\ncontraprestaciones ya establecidas por el uso de bienes del dominio municipal\nobjeto de concesi\u00f3n y\/o permisos otorgados y\/o para la prestaci\u00f3n de servicios\np\u00fablicos, pudiendo declarar la caducidad de los mismos, todo ello con la\nfinalidad de lograr la superaci\u00f3n de la emergencia declarada por la presente\nordenanza. ARTICULO 8: Fac\u00faltese al DEM a solicitar la verificaci\u00f3n de deudas\nde cualquier persona f\u00edsica o jur\u00eddica que se pretenda acreedor de la\nmunicipalidad por obligaci\u00f3n contra\u00edda antes del diez de diciembre del a\u00f1o en\ncurso, y que no haya sido devengada a esa fecha por la secretar\u00eda general\nhacienda y finanzas, vencida o no, cualquiera que sea su monto y causa, y en\ncualquier caso que el DEM lo crea conveniente. Los acreedores por prestaciones\nde servicios p\u00fablicos que deban solicitar la verificaci\u00f3n de sus cr\u00e9ditos\nconforme a los depuesto precedentemente, no podr\u00e1n interrumpir sus prestaciones\nsiempre que se les pague a sus respectivos vencimientos los servicios que\npresten con posterioridad al 10\/12\/2019. ART\u00cdCULO 9: Fac\u00faltese al DEM para\ndisponer la reorganizaci\u00f3n de las estructuras administrativas municipales,\npudiendo para ello modificar, fusionar y suprimir dichas estructuras, cargos,\nreasignar misiones y funciones como tambi\u00e9n reubicar al personal. ART\u00cdCULO 10:\nEl DEM realizar\u00e1 las acciones necesarias y conducentes tendientes a lograr: 1-\nLa racionalizaci\u00f3n de los recursos humanos. 2- La jerarquizaci\u00f3n dela funci\u00f3n y\nel empleo p\u00fablico. 3- La econom\u00eda, eficiencia y eficacia de la actividad\nestatal. ART\u00cdCULO 11: Dentro del plazo de 30 d\u00edas h\u00e1biles desde la publicaci\u00f3n\nde la presente, el DEM confeccionar\u00e1 una lista de los agentes en condiciones de\nacceder al beneficio jubilatorio e iniciar\u00e1 los tramites conducentes a su cese\na esos fines. El DEM podr\u00e1 excluir de esta disposici\u00f3n a aquellos agentes que\npor su experiencia y cualidades personales sean considerados estrat\u00e9gicos y por\nello conveniente su permanencia dentro de los planteles de la administraci\u00f3n.\nART\u00cdCULO 12: Fac\u00faltese al DEM a suspender total o parcialmente la vigencia de\nla presente emergencia econ\u00f3mica, financiera y administrativa municipal,\nsiempre y cuando se hayan logrado total o parcialmente los objetivos\nperseguidos con su declaraci\u00f3n, con debida fundamentaci\u00f3n y con conocimiento al\nConcejo Deliberante. ART\u00cdCULO 13: Susp\u00e9ndase por el termino de vigencia de la\nemergencia econ\u00f3mica financiera y administrativamunicipal dispuesta por la\npresente norma, toda otra disposici\u00f3n municipal que se oponga a esta ordenanza,\ndebiendo en todos los casos de interpretaci\u00f3n de la normativa, estarse en favor\npor la vigencia y validez de esta ordenanza. ART\u00cdCULO 14: El DEM, por decreto\npodr\u00e1 prorrogar total o parcialmente la presente por 120 d\u00edas m\u00e1s.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>La C. Guirado\npide la palabra. Simplemente que este proyecto de ordenanza siga el curso que\ncorresponde, que tiene que ver con que tome estado parlamentario a trav\u00e9s de la\nsesi\u00f3n, que vaya a comisi\u00f3n para ser analizado, nos saquemos las dudas que\ncorresponden y vuelva al recinto para luego ser votado, nada m\u00e1s.<\/p>\n\n\n\n<p>Se somete a\nvotaci\u00f3n la moci\u00f3n de la C. Guirado.<\/p>\n\n\n\n<p>Se aprueba por\nunanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Se pasa el\ntema a estudio de comisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; No siendo para m\u00e1s, se da por\nfinalizada la Sesi\u00f3n siendo las 14:50 horas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ACTA N\u00daMERO 1317REC 26-27-28-29-31. En la ciudad de Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, a los diecinueve d\u00edas del mes de diciembre de dos mil diecinueve, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal,los integrantes de dicho cuerpo,encontr\u00e1ndose presentes la totalidad de los miembros que lo conforman. 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