{"id":4110,"date":"2021-01-28T21:49:52","date_gmt":"2021-01-29T00:49:52","guid":{"rendered":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=4110"},"modified":"2021-01-28T21:49:55","modified_gmt":"2021-01-29T00:49:55","slug":"acta-numero-1352rec-08","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/concejodeceres.com\/?p=4110","title":{"rendered":"ACTA N\u00daMERO 1352REC 08."},"content":{"rendered":"\n<div class=\"wp-block-file\"><a href=\"http:\/\/concejodeceres.com\/wp-content\/uploads\/2021\/01\/ACTA1352.docx\">ACTA1352<\/a><a href=\"http:\/\/concejodeceres.com\/wp-content\/uploads\/2021\/01\/ACTA1352.docx\" class=\"wp-block-file__button\" download>Descarga<\/a><\/div>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En la ciudad de Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de\nSanta Fe, a los veintis\u00e9is d\u00edas del mes de noviembre de\ndos mil veinte, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal,\nubicado en Calle Av. Trist\u00e1n Malbran N\u00b075, los integrantes de dicho cuerpo,\nencontr\u00e1ndose todos los miembros que lo conforman presentes. Siendo las 10:02\nhoras, el Concejal Pablo A. Fiore, asume la Presidencia del Cuerpo y declara\nabierta la Sesi\u00f3n Ordinaria, procedi\u00e9ndose al tratamiento de los temas\nestablecidos en el Orden del D\u00eda:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">SESION ORDINARIA N\u00b0 1351<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\"><li>Lectura del\nacta anterior<\/li><li>Firma de\nacta<\/li><li>Correspondencia\nrecibida.<\/li><li>DEM:\nProyecto de Ordenanza \u2013 Mesa intersectorial violencia.<\/li><li>Proyecto de\nOrdenanza \u2013 eximici\u00f3n CO.MA.RE<\/li><li>Proyecto de\nOrdenanza \u2013 Venta de lote.<\/li><li>Bloque\nFPCyS UCR: Proyecto de Ordenanza \u2013 Geri\u00e1tricos reglamentaci\u00f3n.<\/li><li>Bloque Vecinal:\nMinuta de Comunicaci\u00f3n \u2013 Covid en Geri\u00e1trico \u201cEl \u00c1ngel\u201d<\/li><li>Bloque Vecinal:\nMinuta de Comunicaci\u00f3n \u2013 Fondos Covid.<\/li><li>Bloque\nFPCyS UCR: Proyecto Declaraci\u00f3n \u2013 Obras CEF y 20 viviendas Ceres.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PUNTO\n1)A\ncontinuaci\u00f3n, se da lectura al Acta anterior, la que es aprobada sin\nobservaciones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PUNTO 2) Se procede a la firma por todos\nlos Concejales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PUNTO 3) A continuaci\u00f3n, se da\nlectura a la correspondencia recibida:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>SITRAM: Junta de Reclamos. Se\ndenuncia conflicto de Poderes en el \u00e1mbito de la Municipalidad de Ceres.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El C. Bono pide la palabra. Bueno, claramente vemos una situaci\u00f3n\ndonde no se permite ampliar la manera de control para el ingreso y dem\u00e1s\ngestiones administrativas del personal que trabaja en el Municipio. Yo quisiera\nsaber qu\u00e9 tiene de malo transparentar la situaci\u00f3n, o desde ya no tenemos el\npor qu\u00e9 realizar nosotros ordenanzas para que se pueda transparentar el ingreso\ny la administraci\u00f3n en los movimientos de las personas que trabajan en el\nMunicipio. Me parece que no da a lugar, me parece de una soberbia totalmente\ninaudita, me parece que no colabora, siendo que cuando hubo el conflicto de los\n44 trabajadores vino a este recinto a reunirse pidiendo la posibilidad de que\nnosotros nos organicemos de alguna manera y nos comprometamos a la defensa de\nesa pobre gente que qued\u00f3 sin trabajo, pero bien que cuando lo hacemos est\u00e1\nmal, entonces, la vara con la que mide es la vara de la conveniencia personal,\npara perpetuarse dentro del gremio. Entonces, de mi parte, no estoy para nada\nde acuerdo con esa nota, creo que es improcedente, y me parece que tiene, seg\u00fan\nmi criterio, un dejo de autoritarismo totalmente inviable, al menos para mi\npersona. Nada mas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La C. Guirado pide la palabra. Cortito, para adherir en su\ntotalidad a los comentarios que realiz\u00f3 reci\u00e9n el Concejal que me precedi\u00f3.\nManifestar simplemente que es algo mas de una cuesti\u00f3n del manejo de poder de\nunos pocos, que a la hora de brindarle algo mejor a los empleados municipales,\npiensan en lo particular o en lo sectorial, y no en lo general como corresponde,\ncomo corresponder\u00eda a personas de bien que est\u00e1n ocupando un lugar y una\nrepresentaci\u00f3n p\u00fablica. Afortunadamente en este Concejo no existe esa\nmezquindad. Inclusive, adhiero a la palabra improcedente, de esta nota, atendiendo\nque la incorporaci\u00f3n del Concejo fue avalada por la Secretar\u00eda de Fortalecimiento\nInstitucional del Gobierno de Santa Fe. No obstante, la primer excusa del\ngremio \u00bfCu\u00e1l fue? Que pod\u00edan ser actos administrativos impugnados. Cuando\nMunicipios y Comunas manifiesta que no era ilegal, aparece ahora con el\nconflicto de poderes, un conflicto de poderes, lo que determina, seg\u00fan la Ley\n2756, es la intervenci\u00f3n de la Municipalidad, es grave lo que est\u00e1 diciendo, y\nel antecedente que deja asentado en una instituci\u00f3n, el Secretario de SITRAM.\nNo esperaba menos de todo esto. Nada m\u00e1s.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Pte. toma la palabra. Tambi\u00e9n dejo asentado en Acta de que\nadhiero a los comentarios de los Concejales que me precedieron.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u2022&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Familiares\nAlejandra Mansilla y Mar\u00eda In\u00e9s Calder\u00f3n. Solicitan ayuda por casos de Covid en<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Hogar \u201cEl \u00c1ngel\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Pte. toma la palabra. Yo he recibido esta nota, se recibi\u00f3 el\nd\u00eda 21, he hecho esta consulta tambi\u00e9n en el grupo del Concejo, donde todos han\nemitido su opini\u00f3n, y de ah\u00ed sali\u00f3 el consenso en trasladar este reclamo a la\nJunta de Defensa Civil. As\u00ed que bueno, despu\u00e9s hubo una serie de comentarios,\nque tal vez no ven\u00edan al caso, por parte de algunos integrantes de la Junta\nCivil, y por parte de la Sra. Intendente tambi\u00e9n, como que se estaba asistiendo\nal Hogar, en parte, con enfermeros y algunas cosas, pero ac\u00e1 lo que se estaba\nplanteando era que, el pedido de esta gente especifico, era resguardar la salud\nde sus familiares. Aparentemente no hab\u00eda inconvenientes por parte de la Junta\nde aceptar eso, y supuestamente ya se solucion\u00f3 esa situaci\u00f3n. Esta nota\ndigamos se le dio lectura por una formalidad, pero est\u00e1 solucionado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La C. Guirado pide la palabra. Me parece grave, que personas que\nfueron contagiadas, se contagiaron en realidad, nadie es culpable de esta\nsituaci\u00f3n, de covid, y estando encerradas en un lugar como corresponde,\naisladas, para no propagar precisamente la pandemia, hayan tenido que trabajar\ny asistir a los abuelos que tienen una necesidad de 24 horas, y eso es obvio,\nes evidente para cualquier persona, esta situaci\u00f3n. Entonces, que de el lunes,\ndesde que aparecieron los casos, hasta el s\u00e1bado, estas dos mujeres con\ncomorbilidades las dos, hayan tenido que trabajar, es un trato que arrasa lo\nhumano, lo que se le ha dado a estas dos mujeres, y es entendible la preocupaci\u00f3n\nque manifiestan los familiares, al no poder hacer otra cosa que pedir \u201cpor\nfavor las queremos cuidar\u201d \u00bfSe entiende? Entonces, no es algo mas lo que ha\npasado, y me parece que como Estado debemos reaccionar, para que esto no vuelva\na ocurrir, la pandemia va a continuar, tenemos muchos geri\u00e1tricos en Ceres,\nhogares de ancianos, el Estado, a trav\u00e9s de lo sanitario, a trav\u00e9s de lo\necon\u00f3mico, a trav\u00e9s de lo administrativo, debe estar para atender situaciones\nen donde los particulares, se sabe, porque precisamente el lunes por la ma\u00f1ana\nhab\u00edan estado recorriendo los geri\u00e1tricos, el lunes por la tarde aparecieron\nlos casos, que tienen una situaci\u00f3n econ\u00f3mica endeble, entonces \u00bfQu\u00e9 se hace en\nesos casos? \u00bfA la buena de Dios? \u00bfSe explota a los que quedaron adentro\nenfermos y que pase lo que Dios quiera? \u00bfO tiene que estar presente y brindando\nasistencia? Son preguntas que uno se hace ante una situaci\u00f3n que\nlamentablemente se hizo evidente por la desesperaci\u00f3n de la familia en funci\u00f3n\nde la salud de sus seres queridos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El C. Maza pide la palabra. Yo solamente Sr. Pte., una consulta,\nporque no logro entender, \u00bfQui\u00e9n tom\u00f3 la decisi\u00f3n de que este personal\npermanezca trabajando en el lugar?<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Pte. toma la palabra. Es as\u00ed, hay un protocolo establecido por\nla Provincia, por el Ministerio de Salud, donde se aplica en estos casos. En\nestos casos el personal no es suficiente, algunos estaban con situaciones de\nriesgo, con comorbilidades, entonces, los ancianos en este caso por ah\u00ed ten\u00edan\nque ser atendidos, a partir de las 6 de la ma\u00f1ana los adultos ya empiezan a\nnecesitar ser atendidos, y el personal que est\u00e1 afectado y de riesgo estaba\nhaciendo ese reclamo porque ya se sent\u00edan con s\u00edntomas o estaba corriendo\nriesgo. La decisi\u00f3n la toman en realidad las autoridades sanitarias de la\nProvincia, en este caso el Hospital, porque se ajustan al protocolo, pero es un\nderecho de los empleados, del personal del geri\u00e1trico, solicitar, porque al ser\nde riesgo, solicitar el aislamiento, la separaci\u00f3n, y aparte est\u00e1n en una\nsituaci\u00f3n de que, al estar en contacto con el propietario, que les puede estar\nexigiendo que les ayude, porque est\u00e1 dentro de su naturaleza ya ayudar, porque\nes lo que saben hacer y es su trabajo, y es dif\u00edcil negarse a seguir haciendo\nel trabajo dentro del \u00e1mbito de trabajo, sabiendo que corr\u00edan el riesgo de\ncontagiarse.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El C. Maza pide la palabra. Yo hago un an\u00e1lisis, porque estuve con\nla propietaria del lugar, y en realidad, me parece que en este caso lo que pas\u00f3\nfue que hubo buena predisposici\u00f3n de las autoridades sanitarias, de las\nautoridades del Municipio, y justamente de los que estaban involucrados en el\nHogar. Todos ten\u00edan buena predisposici\u00f3n, pero lo que faltaba eran recursos\nhumanos, fue muy dif\u00edcil conseguirlos, yo estuve hablando mucho con Silvia Garc\u00eda\ny estuvo pr\u00e1cticamente 24 horas tratando de encontrar alg\u00fan enfermero o\nenfermera que pueda, o quiera, o tenga ganas de hacer semejante labor, porque\nse requiere de mucha vocaci\u00f3n y dedicaci\u00f3n para hacerlo, la verdad que no era\nun trabajo sencillo. De alguna manera, eso tard\u00f3 todo, e hizo que en alg\u00fan\nmomento estos pobres ancianos quedaran a la deriva, pero entiendo que no hubo\nmala predisposici\u00f3n de nadie, sino que no hab\u00eda recursos humanos, despu\u00e9s de un\ntiempo se consigui\u00f3 personal y tomo mas o menos se encaus\u00f3, pero no creo que\nhaya malicia, ni mala predisposici\u00f3n, ni ninguna intenci\u00f3n de abandonar a esos\nancianos, sino que bueno, fue una situaci\u00f3n totalmente compleja y particular.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Pte. dice que s\u00ed. Me queda claro de que no hubo intenciones, lo\nque si se podr\u00eda haber hecho previsi\u00f3n. Se podr\u00eda haber hecho previsi\u00f3n, cuando\narranc\u00f3 la pandemia, cuando empezaron a venir los primeros fondos covid, y\nalgunas otras cosas tambi\u00e9n que se podr\u00eda haber previsto y guardar fondos, o\nhacer un contrato previo ya con el personal de enfermer\u00eda, para estos casos\njustamente, para eso eran los fondos covid.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El C. Bono pide la palabra. Justamente, por la posici\u00f3n m\u00eda de\nconocedor del sistema sanitario, porque trabajo, porque soy medico, y porque\nuno conoce y est\u00e1 embebido en el tema, es que a ninguna enfermera la vas a\nllamar el d\u00eda que la necesites para meterla adentro de un geri\u00e1trico a atender\ncovid. Realmente no hay plata que lo pague y evidentemente la gente no va a\nquerer ir, por eso los fondos de covid eran para contratar gente, de manera,\npor un contrato, y esa misma gente bueno, dado el caso ya estaba anoticiada, ya\nten\u00eda un sistema armado, esa por ah\u00ed es la falencia. Pero tambi\u00e9n quiero dejar\nconstancia de que no es f\u00e1cil en este lugar encontrar mano de obra, me refiero\na calificada, entonces, no digo que todo es culpa de falta de planificaci\u00f3n,\npero sabiendo que vos, en un lugar como este, que es dif\u00edcil la mano de obra,\nno podes de ultimo momento pretender llamar y que la gente haga todo lo que uno\nquiere, porque la cuesti\u00f3n no es as\u00ed. As\u00ed que creo que hay que aprender de esto\npara que no vuelva a ocurrir. Nada mas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La C. Guirado pide la palabra. Cortito en el final Sr. Pte. Esto\nes porque el Ministerio de Salud lo llam\u00f3 transmisi\u00f3n por conglomerado y por\nesa raz\u00f3n quedaron todos juntos en el Hogar. El tema es que confiarse en que,\nporque al principio quienes tambi\u00e9n ten\u00edan covid pod\u00edan llegar a atender a los\nancianos, me parece que es un exceso de confianza en una situaci\u00f3n y una\nenfermedad que uno no sabe como puede evolucionar, y ante la vulnerabilidad de\nlos pacientes, tanto de los residentes del hogar, como de las empleadas y la\nencargada tambi\u00e9n, que es una persona muy joven, y la familia tuvo que\ningresar, un familiar sano, ingresar para asistir las 24 horas, porque la\nrealidad es que la asistencia debe ser de 24 horas. Coincido con lo que habl\u00f3\nel Concejal que me precedi\u00f3 respecto de la previsibilidad, de eso hablamos\nmucho, de eso hicimos una ordenanza sobre los voluntarios en su momento, que\nluego se pod\u00eda llegar a tener como prioridad para ofrecer un trabajo, eso\nhabl\u00e1bamos tambi\u00e9n cuando se precisaban enfermeras en los ingresos, entonces,\nhace 8 meses que venimos hablando de esto, no nos podemos desayunar con\nsituaciones as\u00ed, nadie dice que fue a prop\u00f3sito, per s\u00ed que no hubo previsibilidad,\ny que somos Estado y nos tenemos que hacer cargo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El C. Maza pide la palabra. Solamente para aclarar un solo punto\nm\u00e1s, como para darle cierre al tema. Los fondos covid no llegaron en su\ntotalidad, de hecho al d\u00eda de hoy los fondos no han llegado a la Municipalidad\ncomo para ser utilizados en todas estas cuestiones, no es una escusa, sino una\nrealidad que entiendo yo, merece ser atendida a la brevedad porque de alguna\nmanera favorecer\u00eda en evitar este tipo de situaciones<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u2022&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Asoc.\nCivil B\u00b0 Pedro de Vega. Se solicitan luminarias.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Pte. propone realizar una minuta de comunicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se resuelve dejar el tema en comisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PUNTO 4) DEM: Proyecto de Ordenanza \u2013 Mesa intersectorial\nviolencia. El mismo dice lo siguiente: <em>\u201c<\/em><em>VISTO:\nLa Ley Nacional N\u00b026.485 de Protecci\u00f3n Integral para Prevenir, Sancionar,\nErradicar la violencia contra las mujeres en los \u00e1mbitos en que se desarrollen\nsus relaciones interpersonales y la Ley N\u00b013.348 de Protecci\u00f3n Integral para\nPrevenir, Sancionar y Erradicar las Violencias contra las Mujeres, y\nCONSIDERANDO: Que la violencia familiar constituye un fen\u00f3meno de suma\ngravedad, que implica la violaci\u00f3n de derechos humanos fundamentales, a la vez\nque es un problema pol\u00edtico, social y de salud p\u00fablica. Involucra a la mayor\u00eda\nde la poblaci\u00f3n, impide la construcci\u00f3n de relaciones democr\u00e1ticas al interior\nde las familias y la sociedad, lo que se constituye en un obst\u00e1culo para el\ndesarrollo con justicia social y equidad. Que la violencia por razones de genero\nconstituye un importante problema social, que implica la violaci\u00f3n de derechos\nhumanos fundamentales, ya sea que se inscriban en el \u00e1mbito p\u00fablico como en el\nprivado. Que dichas violencias evidencian sistemas de relaciones desiguales de\npoder, que impiden la construcci\u00f3n de relaciones democr\u00e1ticas al interior de\nlas diferentes organizaciones sociales que se sostienen en razones de g\u00e9nero,\nlo cual se constituye en un obst\u00e1culo para el desarrollo con justicia social y\nequidad. Que las violencias por razones de genero debes ser comprendidas en os\nt\u00e9rminos de la Ley Nacional de Protecci\u00f3n Integral para Prevenir, Sancionar,\nErradicar la violencia contra las mujeres en los \u00e1mbitos en que se desarrollen\nsus relaciones interpersonales (Ley N\u00b026.485), como \u201ctoda conducta, por acci\u00f3n\nu omisi\u00f3n, que de manera directa o indirecta, tanto en el \u00e1mbito p\u00fablico como\nen el privado, basada en una relaci\u00f3n desigual de poder, afecte la vida,\nlibertad, dignidad, integridad f\u00edsica, psicol\u00f3gica, sexual, econ\u00f3mica o\npatrimonial, participaci\u00f3n pol\u00edtica, como as\u00ed tambi\u00e9n la seguridad personal de\nlas mujeres\u201d y de LGTBI+. Que la Ley Nacional N\u00b026.485 define los diferentes\ntipos de violencias por razones de g\u00e9nero: f\u00edsica, psicol\u00f3gica, sexual,\necon\u00f3mica, patrimonial y simb\u00f3lica, asimismo, tambi\u00e9n identifica las diferentes\nmodalidades, entendidas como las formas en que se manifiestan los distintos\ntipos de violencia contra las mujeres en los diferentes \u00e1mbitos: violencia\ndom\u00e9stica, violencia institucional, violencia laboral, violencia contra la\nlibertad reproductiva, violencia obst\u00e9trica, violencia medi\u00e1tica, el acoso\ncallejero (modificatoria Ley N\u00b027.501) y la violencia pol\u00edtica (modificatoria\nLey N\u00b027.533). Que la Ley Provincial N\u00b013.348 de Protecci\u00f3n Integral para\nPrevenir, Sancionar y Erradicar las Violencias contra las Mujeres, garantiza\ntodos los derechos reconocidos por la \u201cConvenci\u00f3n para la Eliminaci\u00f3n de todas\nlas formas de Discriminaci\u00f3n contra la Mujer\u201d, la \u201cConvenci\u00f3n Interamericana\npara Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer\u201d, la\n\u201cConvenci\u00f3n sobre los Derechos de los Ni\u00f1os\u201d y la Ley N\u00b026.061 de Protecci\u00f3n\nIntegral de los derechos de las Ni\u00f1as, Ni\u00f1os y Adolescentes. Que la citada Ley\nProvincial, crea el Observatorio de la Violencia contra las Mujeres en el\n\u00e1mbito del Consejo Nacional de la Mujer, destinado al monitoreo, recolecci\u00f3n,\nproducci\u00f3n, registro y sistematizaci\u00f3n de datos e informaci\u00f3n sobre la\nviolencia contra las mujeres. Que en el Decreto N\u00b04028\/13 del P.E. Provincial,\nReglamentario de la Ley N\u00b013.348, en su Art. 10, Inc. 2 establece que a nivel\nlocal se propender\u00e1 a que cada Municipio o Comuna conforme Unidades\nEspecializadas en Violencia. Cada Municipio o Comuna determinar\u00e1 lo atinente a\nsu integraci\u00f3n. Que la conformaci\u00f3n de la Mesa Intersectorial Municipal contra\nla Violencia Familiar, como espacios de articulaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n en el\n\u00e1mbito local, regional y provincial de todas las pol\u00edticas p\u00fablicas dirigidas a\nla prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n de la violencia familiar, facilita un espacio de reuni\u00f3n\nde los representantes de las distintas instituciones u organismos vinculados a\nla problem\u00e1tica, con la finalidad de fijar y unificar pautas y acciones que les\npermitan trabajar articuladamente, interinstitucionalmente y con una mirada\ninterdisciplinaria, para poder dar una respuesta integral a las personas que\natraviesan situaciones de violencia de genero. Que, en nuestra localidad, la\nproblem\u00e1tica de la violencia familiar y de las violencias por razones de\ng\u00e9nero, constituyen una realidad cuyos \u00edndices por denuncia reflejan la\nmagnitud del problema, que por su complejidad y multi causalidad, requiere de\nuna respuesta articulada que surja a partir de un abordaje integral,\ninterdisciplinario e interinstitucional. POR LO QUE: El HONORABLE CONCEJO\nMUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756, y\nsus modificatorias, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ART\u00cdCULO 1\u00b0)\nCr\u00e9ase en el \u00e1mbito de la Municipalidad de Ceres la \u201cMesa Local Intersectorial\ne Interinstitucional de Prevenci\u00f3n y Abordaje de la Violencia Familiar y de las\nViolencias por Razones de G\u00e9nero\u201d. ART\u00cdCULO 2\u00b0) Ser\u00e1 objetivo de la Mesa\nIntersectorial e Interinstitucional la articulaci\u00f3n entre las distintas\ninstituciones para analizar, dise\u00f1ar, planear, evaluar e implementar acciones\nespec\u00edficas y dise\u00f1o de pol\u00edticas p\u00fablicas en relaci\u00f3n al abordaje y la\nprevenci\u00f3n de la violencia familiar, por razones de g\u00e9nero, identidad de g\u00e9nero\ny diversidad sexual. ART\u00cdCULO 3\u00b0) La Mesa Intersectorial e Interinstitucional\nestar\u00e1 conformada por todas las \u00e1reas del Municipio, el Honorable Concejo\nMunicipal, representantes de Organismos Provinciales en el territorio,\nOrganismos Nacionales, Organizaciones Culturales, Sociales, ONG, Sindicatos y\nactores sociales, que propicien un entramado territorial de acci\u00f3n y una\nplanificaci\u00f3n estrat\u00e9gica colectiva que aborden directa o indirectamente las\nsituaciones de violencia en el \u00e1mbito de la Ciudad de Ceres. ART\u00cdCULO 4\u00b0) Las\nerogaciones que demanden la preparaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la Mesa Intersectorial e\nInterinstitucional ser\u00e1n previstas en una partida especial del presupuesto.\nART\u00cdCULO 5\u00b0) Toda persona que desempe\u00f1e actividad vinculada a la Mesa\nIntersectorial e Interinstitucional, y que no fuera empleado municipal, ser\u00e1 de\ncar\u00e1cter gratuito, salvo en los casos especiales en que las autoridades\nmunicipales consideren lo contrario ante la prestaci\u00f3n efectiva del servicio.\nART\u00cdCULO 6\u00b0) La Mesa Intersectorial e Interinstitucional dictar\u00e1 su reglamento,\nestructura y agenda de trabajo, teniendo como premisa una reuni\u00f3n mensual como\nm\u00ednimo. ART\u00cdCULO 7\u00b0) El\u00e9vese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos,\ncomun\u00edquese, publ\u00edquese y oportunamente arch\u00edvese.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Pte. toma la palabra. Este\ntema tambi\u00e9n ha sido puesto en comisi\u00f3n, ha sido tratado. \u00bfAlguien quiere hacer\nuso de la palabra?<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La C. Guirado pide la\npalabra. No, pens\u00e9 que iba a explicar el Oficialismo, como es un proyecto del\nDEM, que baja del DEM, ten\u00edan algo para defender o para plantear la postura\nsobre el proyecto que se present\u00f3. Me pone muy contenta la posibilidad, que un\n26 de noviembre, ya finalizando lo que es este a\u00f1o legislativo, le podamos dar\nforma a esta mesa intersectorial e interinstitucional, para abordar una\nproblem\u00e1tica acuciante en el mundo y que tambi\u00e9n azota a nuestra ciudad, como\nes la violencia de g\u00e9nero en sus distintas manifestaciones. Espero y ruego\nencarecidamente, entiendo que no va a ser as\u00ed, que esta ordenanza tenga\nviabilidad y que tenga partidas presupuestarias, porque ac\u00e1 estamos hablando de\nuna mesa que se va a conformar para plantear el abordaje de esta problem\u00e1tica,\ny&nbsp; la \u00fanica forma de hacer un abordaje\ncomo corresponde, ya sea con acciones concretas en cuanto a prevenci\u00f3n o en\ncuanto a acci\u00f3n, tienen que ver con el presupuesto y con el dinero de los\nCeresinos, por esa raz\u00f3n, entiendo que habr\u00e1 partidas para la cuesti\u00f3n de\nviolencia de g\u00e9nero de los diferentes proyectos que puedan surgir, estipuladas,\nya no a la deriva en una Secretar\u00eda de Desarrollo Humano, porque el presupuesto\ndesagregado es importante para saber si lo que se hace, en la letra fr\u00eda de una\nley realmente se condice con lo que se quiere concretar en una comunidad a\ntrav\u00e9s de pol\u00edticas p\u00fablicas. Indispensables estos pasos, pensar que, la semana\npr\u00f3xima pasada, ratificamos el registro de las situaciones de violencia que\nlamentablemente fue vetado por el Ejecutivo inentendible mente, pensar en el\nbanco violeta, proyecto del grupo WARMI 8M Ceres, que tambi\u00e9n present\u00f3 este\nproyecto al Concejo que hab\u00eda sido consensuado, fue aprobado y luego fue vetado\nparcialmente, inentendible mente. Y lo que quer\u00eda decir al principio era esto,\nque espero que no suceda lo mismo, entiendo que no va a ser as\u00ed porque esto\nsurge de una reuni\u00f3n del Ejecutivo y del grupo WARMI 8M Ceres, as\u00ed que la\nverdad que como corolario para este final de a\u00f1o, a\u00f1o complejo para todos,\ndonde lamentablemente hay una pandemia sanitaria y una pandemia que tiene que\nver con la violencia de g\u00e9nero, y que el aislamiento y a cuarentena\nintensific\u00f3, vemos victimas fatales, victimas en familiares, en ni\u00f1os, en\nmuchas mujeres, y queremos que Ceres est\u00e9 a la altura para brindar un andamiaje\nun andamiaje necesario para poder afrontar esta problem\u00e1tica que va increyendo\nd\u00eda a d\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El C. Maza pide la palabra.\nYo nada mas quer\u00eda hacer una aclaraci\u00f3n. Este proyecto, como bien dec\u00eda la C.\nGuirado, fue un proyecto desarrollado por este grupo 8M WARMI en consonancia\ncon el Ejecutivo, y por una decisi\u00f3n de la Intendente Alejandra Dupouy, y es\nuna muestra mas de la importancia que le da el Ejecutivo a todos los temas\nrelacionados con violencia, no solamente hacia la mujer, sino a la violencia en\ns\u00ed, hechos como la creaci\u00f3n de la Casa de Abrigo, el banco violenta que reci\u00e9n\nnombraba la Concejal tambi\u00e9n, dan muestra de esto, este es un paso m\u00e1s,\nimportant\u00edsimo, y que por confirmaci\u00f3n justamente en charlas que tuve con la\nIntendente, ya tiene una partida presupuestaria establecida y lo que se\npretende con esta Ordenanza, tal cual lo establece, es llevar adelante acciones\ntendientes a la prevenci\u00f3n y a la erradicaci\u00f3n de la violencia en la mujer.\nEntiendo, por lo que pude charlas con ellos y con el Ejecutivo, que no va a ser\nuna Ordenanza que quede obsoleta, sino que se la va a impulsar y se le va a dar\ntoda la importancia que merece, justamente porque es un tema al cual el\nMunicipio le da mucha importancia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se somete a votaci\u00f3n el\nproyecto de ordenanza.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se aprueba por unanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PUNTO 5) Proyecto de Ordenanza \u2013 eximici\u00f3n CO.MA.RE. El\nmismo dice lo siguiente: \u201c<em>VISTO: La solicitud efectuada por la\nCooperativa CO.MA.RE.&nbsp; en fecha 16 de\noctubre de 2020, y CONSIDERANDO: Que el mismo responde a la solicitud de\nexenci\u00f3n en el impuesto municipal Derecho de Registro e Inspecci\u00f3n, por el\nplazo de tres (3) a\u00f1os Que el mismo adem\u00e1s solicita la condonaci\u00f3n de la deuda\n2020, de enero hasta la fecha en concepto de DREI (Derecho de Registro e\nInspecci\u00f3n) Que la Cooperativa CO.MA.RE. fue exenta del DREI por el Concejo\nMunicipal a trav\u00e9s de la Ordenanza N\u00b01452\/2016 Que la renovaci\u00f3n del pedido se\nfundamenta en que desde julio\/2019 reci\u00e9n comenzaron a ver mejores n\u00fameros en\nla cooperativa debido a la posibilidad de faenar en el frigor\u00edfico local lo que\nreduc\u00eda el gasto en traslado y combustible. No obstante, la acuciante crisis\necon\u00f3mica cuyas variables se vieron profundizadas por la pandemia COVID 19 que\nimpacta desfavorablemente en la producci\u00f3n de esta pyme local. Que habiendo\nsido evaluado por \u00e9ste Cuerpo Legislativo, la solicitud efectuada, el\nsolicitante ha presentado la documentaci\u00f3n oportunamente requerida por \u00e9ste\nConcejo, a saber, Cuadro demostrativo de la situaci\u00f3n econ\u00f3mica desde el mes de\nenero del corriente a\u00f1o.&nbsp; Que producto\ndel estudio de la situaci\u00f3n este cuerpo legislativo consider\u00f3 pertinente\notorgarle uno (1) de los dos (2) beneficios que solicita CO.MA.RE. entendiendo\nque: C\u00f3mo poder del estado es nuestra obligaci\u00f3n apuntalar a las pymes que\ngeneran trabajo y valor agregada a nuestra producci\u00f3n primaria en momentos de\ngran incertidumbre y crisis econ\u00f3mica. La Cooperativa CO.MA.RE. entrega\nbolsones a precios diferenciales a la municipalidad que redundan en asistencia\npara los sectores m\u00e1s vulnerables de Ceres. Que COMARE fue exenta en\noportunidad anterior del DREI por 4 a\u00f1os, por lo que, si bien se atiende y\nentiende el pedido, este cuerpo legislativo no quiere generar una situaci\u00f3n de\nprivilegio. POR LO QUE: El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las\natribuciones que le confiere la Ley 2756, y sus modificatorias, sanciona la\nsiguiente: O R D E N A N Z A ART\u00cdCULO 1\u00b0) Ex\u00edmase del pago del Derecho de\nRegistro e Inspecci\u00f3n, por el plazo de 6 (seis) meses, a la Cooperativa\nCO.MA.RE. en su actividad comercial. ART\u00cdCULO 2\u00b0) El\u00e9vese al Departamento\nEjecutivo Municipal a sus efectos, comun\u00edquese, publ\u00edquese y oportunamente\narch\u00edvese.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Pte. toma la palabra. Yo\nlo \u00fanico que quiero agregar es que esta Cooperativa solicitaba tambi\u00e9n la\ncondonaci\u00f3n de la deuda que tiene a partir del 2020, la cual, personalmente yo,\nestaba de acuerdo en aceptar, promover esa condonaci\u00f3n, pero bueno, este tema\nha sido puesto en comisi\u00f3n donde tambi\u00e9n se ha llegado a un consenso en el cual\nno hemos logrado acordar digamos la condonaci\u00f3n, y bueno, yo creo que esta\nCooperativa est\u00e1 haciendo por la comunidad mucho, est\u00e1 aportando, y tiene mucho\ntambi\u00e9n por hacer para adelante, as\u00ed que bueno, est\u00e1 generando mano de obra,\nest\u00e1 con proyectos de agrandarse, y a veces una colaboraci\u00f3n de este tipo por\nparte del Ejecutivo tambi\u00e9n viene bien, pero bueno, se ha logrado esto, de\neximirlo por seis meses de estos impuestos. As\u00ed que bueno, si alguien mas\nquiere hacer otro comentario.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El C. Lemos pide la palabra.\nYo hablo por parte del Bloque nuestro, nosotros obviamente que no lo vamos a\nacompa\u00f1ar, creemos que no corresponde, teniendo en cuenta que se le pidi\u00f3 una\nserie de documentaci\u00f3n que no lleg\u00f3 nunca ac\u00e1, que solamente lo \u00fanico que lleg\u00f3\nes una hoja con un Excel detallando n\u00fameros e importes, yo hoy a la ma\u00f1ana como\nya otras veces, pas\u00e9 por la Municipalidad a consultar con el Secretario de\nHacienda, me manifest\u00f3 que la al\u00edcuota es del 0,6 por mil, o sea que tengamos\nen cuenta que sobre una facturaci\u00f3n de un mill\u00f3n de pesos, son seis mil pesos\nlo que tienen que pagar, vimos en ese Excel que lleg\u00f3 que en ning\u00fan mes es\ninferior a diez mil o doce mil pesos lo que tiene que pagar, o sea que estamos\nhablando de una facturaci\u00f3n aproximada entre los dos millones de pesos. Creo\nque hay muchas empresas, negocios, comercios, que tambi\u00e9n necesitan, y por eso\nlo vemos como que no es razonable, teniendo en cuenta tambi\u00e9n, como dice la\nOrdenanza, no es una empresa nueva, es una empresa que tiene cuatro o cinco\na\u00f1os, o m\u00e1s, ya fue beneficiada con cuatro a\u00f1os de exenci\u00f3n de DREI, que no\npagaron, y creemos que no es justo, porque hay muchas empresas que est\u00e1n en esa\nsituaci\u00f3n y no corresponder\u00eda. As\u00ed que nosotros no vamos a acompa\u00f1ar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La C. Guirado pide la\npalabra. Primero, por favor dejemos un poco los celulares porque est\u00e1 temblando\nla mesa de las llamadas y mensajes que est\u00e1n dando, y por ah\u00ed hay que aplicar\nun poco el respeto respecto del trabajo que estamos realizando, por favor les\npido. Por otro lado, es entendible la postura que tiene el bloque oficialista\nrespecto del an\u00e1lisis que realiza. Uno por ah\u00ed supone que para un ente como la\nMunicipalidad, que tiene un presupuesto de doscientos setenta millones,\ncuatrocientos tendr\u00eda que haber sido este a\u00f1o, quinientos quiz\u00e1s el a\u00f1o que\nviene, es \u00ednfimo el aporte que le puede llegar a dar precisamente a trav\u00e9s del\nDREI, pero para una empresa que quiere empezar a caminar, que bien lo explic\u00f3\nOrdo\u00f1ez en la comisi\u00f3n, en 2019 faenaban afuera y los costos eran distintos, y\neran superiores a los que hoy tienen, de esto hace un a\u00f1o y algo, lo piden como\nCooperativa, como una necesidad, como un apuntalamiento. Yo creo que como\nEstado, en esta situaci\u00f3n critica que estamos atravesando de una Argentina\ngolpeada desde hace a\u00f1os, y directamente que le pegaron una trompada con la\npandemia, debemos si o si como Estado estar a la altura de las circunstancias,\ny desde el lugar o funci\u00f3n de cada uno, ver c\u00f3mo se puede apuntalar. El\ncriterio para esta ordenanza fue precisamente teniendo en cuenta las diferentes\nposturas que hab\u00eda en este Concejo, al que le parec\u00eda que los dos beneficios\nestaban bien, al que le parec\u00eda que ninguno de los dos estaba bien, se lleg\u00f3 a\nun termino medio planteando en los considerandos precisamente cu\u00e1l es la l\u00ednea\nque ha tomado este Concejo para poder tomar esta determinaci\u00f3n. Estamos para\nacompa\u00f1ar a las pymes, estamos para mejorar la calidad de vida de la gente, y\nsabemos que CO.MA.RE. tambi\u00e9n le brinda a precios diferenciales bolsones a la\nMunicipalidad, que llegan a los sectores m\u00e1s vulnerables, esperemos que esto\ncontin\u00fae as\u00ed, y todo es una cuesti\u00f3n de dar y recibir tambi\u00e9n. Entendemos que\nno va a desfinanciar a la Municipalidad de Ceres esta situaci\u00f3n, y por lo\nmismo, la mayor\u00eda, como hablamos en comisi\u00f3n, hab\u00eda determinado llegar a esta\nordenanza.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El C. Lemos pide la palabra.\nMe olvide solamente un punto. Tambi\u00e9n dejar en claro que, desde que obviamente\nempez\u00f3 a funcionar esta Cooperativa, aparte de no pagar DREI, tambi\u00e9n fue\nbeneficiada con aportes de la C\u00e1mara de Senadores, o sea que digamos que los\nbeneficios fueron varios, no es solamente no pagar DREI.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se somete a votaci\u00f3n el\nproyecto de ordenanza.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Bloque PJ: Positivo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Bloque FPCyS UCR: Negativo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Bloque Vecinal: Positivo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Bloque Juntos por el Cambio:\nPositivo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se aprueba por mayor\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PUNTO 6) Proyecto de Ordenanza \u2013 Venta de lote.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se da ingreso al proyecto, y pasa a estudio en\nComisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PUNTO 7) Bloque\nFPCyS UCR: Proyecto de Ordenanza \u2013 Geri\u00e1tricos reglamentaci\u00f3n. El mismo dice lo\nsiguiente: \u201c<em>VISTO: La Ley Provincial N\u00b0 9.847 y sus leyes\nmodificatorias Nro. 10.169 y 11.943, y CONSIDERANDO: Que el aumento de la\nexpectativa de vida en la sociedad argentina se evidencia desde la d\u00e9cada del\n\u201870, aceler\u00e1ndose en las d\u00e9cadas siguientes y se profundizar\u00e1 en las pr\u00f3ximas.\nDatos del Instituto Nacional de Estad\u00edstica y Censos (INDEC) registran que\nentre 1970 y 2010, el porcentaje de personas mayores de 65 a\u00f1os pas\u00f3 del 7 al\n10,23%. Asimismo, proyecciones del Fondo de Poblaci\u00f3n de las Naciones Unidas\n(UNFPA) indican que hacia 2050 el 25% de la poblaci\u00f3n argentina tendr\u00e1 60 a\u00f1os\no m\u00e1s. Que esta evoluci\u00f3n demogr\u00e1fica, donde cada vez m\u00e1s personas llegan a la\nvejez y a la vez son longevas, presenta m\u00faltiples desaf\u00edos a enfrentar y\noportunidades para aprovechar. Que de esta manera nos encontramos, con un\ncrecimiento poblacional de adultos mayores que ir\u00e1 francamente en aumento y\nconsecuentemente con el incremento de la poblaci\u00f3n adulta mayor y\/o personas que\nrequieren atenci\u00f3n especial personalizada. Que en la Provincia de Santa Fe la\nLey 9.847, modificada por Leyes 10.169 y 11.943, dispone en su Art\u00edculo 1\u00b0)\n&#8220;Todo establecimiento, concentraci\u00f3n de recursos humanos, materiales y\nfinancieros, que realice actividades de diagn\u00f3stico, tratamiento y\/o asistencia\nde salud del individuo o de la comunidad con fines de promoci\u00f3n, protecci\u00f3n,\nrecuperaci\u00f3n y\/o rehabilitaci\u00f3n de personas humanas, se regir\u00e1 en el territorio\nde la Provincia por lo dispuesto en la presente ley y su reglamentaci\u00f3n&#8221;.\nQue la Ley Provincial N\u00b0 9847\/86 reserva el control de los geri\u00e1tricos a la\nDirecci\u00f3n de Auditor\u00eda M\u00e9dica en lo que se refiere al aspecto asistencial, pero\nno a lo edilicio. Que atento a los deberes y atribuciones que la Ley Org\u00e1nica\nde Municipalidades confiere a este Cuerpo seg\u00fan el Art. 39\u00b0) incisos 27, 53 y\n62, la tutela de la salud e higiene p\u00fablicas debe ser reforzada con una norma\nespec\u00edfica, la cual se torna indispensable para poder proteger y reconocer los\nderechos de aquellos ancianos que se alojen en residenciales o establecimientos\ngeri\u00e1tricos. Que es importante realizar una modificaci\u00f3n de la normativa local,\nya que es necesaria una norma que contemple las nuevas realidades que viven\nnuestros ancianos, m\u00e1s que nada teniendo en cuenta que el Adulto Mayor es por\nhoy quien debe ser protegido, resguardado y respetado, ya que en la mayor\u00eda de\nlos casos se encuentran en un gran estado de indefensi\u00f3n ante gente\ninescrupulosa que comete abusos y hasta maltratos sobre los mismos. Que por\notro lado nuestro poder de contralor no puede ejercerse sin una normativa que\nlos habilite y permita profundizar justamente dicha fiscalizaci\u00f3n. POR LO QUE:\nEl HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le\nconfiere la Ley 2756, y sus modificatorias, sanciona la siguiente: O R D E N A\nN Z A Art\u00edculo 1\u00b0) Ser\u00e1 considerado geri\u00e1trico todo establecimiento privado con\no sin fines de lucro, dedicado exclusivamente el albergue de adultos mayores\npara su alojamiento, reposo, cuidado, asistencia y recreaci\u00f3n. Art\u00edculo 2\u00b0)\nDefiniciones: A los fines de esta Ordenanza se considerar\u00e1n adultos mayores a\naquellas personas de edad no inferior a sesenta (60) a\u00f1os. a) Se considera auto\nv\u00e1lidos a todo adulto mayor que no presenta grado de minusval\u00eda f\u00edsica y\/o\nps\u00edquica como para requerir asistencia para la alimentaci\u00f3n e higiene, vestido\ny dem\u00e1s necesidades de su vida cotidiana. b) Se considera semidependiente a\ntodo adulto mayor que requiera parcial y eventualmente supervisi\u00f3n para su\nasistencia, alimento e higiene, vestido y dem\u00e1s necesidades de su vida\ncotidiana. -c) Se considera dependiente a todo adulto mayor con un grado\navanzado de minusval\u00eda f\u00edsica o ps\u00edquica que requiera asistencia continua para\nsu alimento, higiene, vestido y dem\u00e1s necesidades de su vida cotidiana. d) Se\nentiende por pacientes de riesgo psicosocial a aquellas personas vulnerables,\nque no pueden convivir con un grupo familiar, o hacerlo en forma individual y,\npor ende, requieran de una estructura para una mejor inserci\u00f3n social, estando\no no bajo asistencia m\u00e9dica. El grado de dependencia del adulto mayor a\nalojarse, deber\u00e1 acreditarse mediante certificado m\u00e9dico a los fines de su\nadmisi\u00f3n. Art\u00edculo 3\u00b0) A los fines de su habilitaci\u00f3n y funcionamiento los\nestablecimientos geri\u00e1tricos se clasifican en las siguientes categor\u00edas:\n(conforme los establecimientos geri\u00e1tricos contemplados en la normativa\nprovincial contenida en la Ley Provincial N\u00b0 9.847 y su modificatoria N\u00b0\n10.169; en el Decreto N\u00b0 1453\/86, modificado por Decretos 3854\/87, 686\/88 y\n6030\/91, Decreto N\u00b0 2719\/77, Decreto N\u00b0 2091\/80, Resoluci\u00f3n N\u00b0 814\/07 del\nMinisterio de Salud de la Provincia de Santa Fe). Categor\u00eda A: Son los\nestablecimientos destinados a la internaci\u00f3n de adultos mayores dependientes y\nsemindependientes que requieren una asistencia especial continua debido a\nincapacidades motoras, sensoriales u otras o por enfermedades propias de su\ncondici\u00f3n de ancianidad. Dentro de esta categor\u00eda se incluye al \u201cHostal de\nLarga Estad\u00eda para Adultos Mayores\u201d (HOLEPAM), los cuales se clasificar\u00e1n y\nregir\u00e1n seg\u00fan resoluci\u00f3n 814\/2007 y sus modificatorias (resoluci\u00f3n 0361\/2020 \u2013\nANEXO I) Categor\u00eda B: Residenciales Geri\u00e1tricos: Son aquellos destinados a\nalojar adultos mayores auto v\u00e1lidos cuya dependencia, no exceda la necesidad de\nacompa\u00f1amiento, ayuda en su higiene corporal, alimentaci\u00f3n y vigilancia m\u00e9dica\nperi\u00f3dica acorde a una asistencia no sanatorial (esta categor\u00eda no se encuentra\nincorporada a la Ley 9.847 y sus Decretos reglamentarios).- Queda prohibida a\nlos Geri\u00e1tricos para Adultos Mayores y en los Residenciales Geri\u00e1tricos el\nanexar cualquier otra actividad no contemplada en la presente ordenanza, as\u00ed\ncomo aceptar pacientes con patolog\u00edas psiqui\u00e1tricas con conductas agresivas que\npudieran alterar el ambiente socio-an\u00edmico de los otros. No se aceptar\u00e1n\npacientes con patolog\u00edas infectocontagiosas activas, hasta que dichas\nenfermedades se hallen tratadas y\/o controladas con tratamiento con respuesta\ncl\u00ednica adecuada; sin generar as\u00ed riesgo de contagio para el equipo de salud a\ncargo y el resto de los internados. Categor\u00eda C: Geri\u00e1tricos para Adultos\nMayores con riesgo psicosocial Corresponde a los establecimientos que aloja\nAdultos Mayores que por trastornos de conducta o afecciones ps\u00edquicas tengan\ndificultades de integraci\u00f3n social con otras personas, y no requieran\ninternaci\u00f3n en un efector de salud. Se consideran residentes que presentan\ntrastornos mentales: a) aquellos secundarios a los diferentes cuadros\ndemenciales; b) aquellos con d\u00e9ficit cognitivo-conductuales por patolog\u00eda\ncong\u00e9nita y adquirida no demencial; c) aquellos sujetos con patolog\u00eda\npsiqui\u00e1trica cr\u00f3nica, que por la naturaleza de su sintomatolog\u00eda requieran de\nun soporte psiqui\u00e1trico y socio preventivo especializado. En todos los casos\nlos cuadros deber\u00e1n ser de evoluci\u00f3n cr\u00f3nica no admiti\u00e9ndose en esta instancia\nresidentes con descompensaciones agudas de sus cuadros de base o con s\u00edntomas\nque pongan en riesgo su integridad o la de sus pares. Estos Geri\u00e1tricos podr\u00e1n\nalojar personas menores de 60 a\u00f1os hasta un 30% del total de los residentes.\nCategor\u00eda D: Centros de D\u00eda para la Tercera Edad: sin alojamiento: Son los\nestablecimientos destinados para la atenci\u00f3n de adultos mayores, que prestan un\nservicio socio-terap\u00e9utico para personas con distintos grados de dependencia, a\nfin de conservar sus capacidades y evitar su deterioro, promoviendo su\nautonom\u00eda y la permanencia en el entorno familiar. Los establecimientos en los\nque los adultos mayores pasen m\u00e1s de 6 horas al d\u00eda, o sean de jornada\ncompleta, deber\u00e1n tener un espacio destinado al descanso de los mismos. Este\nespacio no deber\u00e1 ser inferior al 20% de la capacidad otorgada. Adem\u00e1s, deber\u00e1n\ntener espacios de cocina y almacenamiento para alimentos, los cuales deber\u00e1n\ncumplir con lo establecido por la normativa provincial y municipal vigente\nrespecto a la manipulaci\u00f3n de alimentos. Art\u00edculo 4\u00b0) Derechos de los Adultos\nMayores alojados en todos los establecimientos citados en el art\u00edculo anterior:\na) Al respeto de su voluntad de ingreso y permanencia, siempre que su condici\u00f3n\nf\u00edsica o ps\u00edquica lo permita. b) A la continuidad en las prestaciones del\nservicio en las condiciones preestablecidas. c) A la tutela por parte de los\nentes p\u00fablicos cuando, sea necesario. d) A ser escuchados ante la presentaci\u00f3n\nde quejas y reclamos por los responsables del establecimiento y autoridades\np\u00fablicas. e) A no ser discriminados y ser tratados en forma decorosa y digna.\nf) A mantener sus v\u00ednculos afectivos familiares y sociales en forma permanente\nsin restricciones. g) A recibir cuidados de su salud psicof\u00edsica, incluyendo\nactividades gimn\u00e1sticas y laborterapia adecuadas a su estado. h) A la\ncomunicaci\u00f3n y a la informaci\u00f3n permanente. EXIGENCIAS DE CAR\u00c1CTER GENERAL\nArt\u00edculo 5\u00b0) REQUISITO DE ADMISIBILIDAD. El Director o Responsable del\nestablecimiento deber\u00e1 exigir al momento del ingreso para alojamiento de un\nadulto mayor, la constancia que el mismo desea ingresar en forma voluntaria,\nsin coacci\u00f3n de sus familiares o terceros. En los casos de imposibilidad de\nexpresar esta conformidad, tal condici\u00f3n deber\u00e1 ser acreditada con el\ninstrumento m\u00e9dico correspondiente que deber\u00e1 ser agregada a la historia\ncl\u00ednica o registro de cada alojado. La misma deber\u00e1 ser exigida por el personal\nde fiscalizaci\u00f3n municipal en todos los casos que se realicen inspecciones en\ndichos lugares.&nbsp; Una vez ingresado el\nAdulto mayor, deber\u00e1 ser sometido a un examen cl\u00ednico completo, pruebas de\nlaboratorio y pruebas diagn\u00f3sticas necesarias dentro de un plazo de las 24\n(veinticuatro) horas y que no exceder\u00e1 el de 30 (treinta) d\u00edas para los\ndistintos tipos de alojados; simult\u00e1neamente se realizar\u00e1 el requerimiento de\nla identificaci\u00f3n de quienes conforman el grupo familiar del alojado y su\nubicaci\u00f3n. Con los respectivos datos recabados, se elaborar\u00e1 la documentaci\u00f3n\npertinente que pasar\u00e1 a formar parte del legajo personal de cada alojado. Esta\ndocumentaci\u00f3n tendr\u00e1 car\u00e1cter reservado, y por ello, podr\u00e1n acceder\nexclusivamente a sus contenidos el responsable y\/o director del\nEstablecimiento, el m\u00e9dico concurrente que participar\u00e1 la informaci\u00f3n que\nestime necesaria a los efectos de la atenci\u00f3n del adulto mayor alojado a\nquienes tenga asignadas pr\u00e1cticas o servicios a brindar al mismo, tales como\nenfermeras, auxiliar y\/o trabajador social y asistente (seg\u00fan Ley 9.847 y\nDecreto Reglamentario N\u00b0 1.453\/86). Tambi\u00e9n tendr\u00e1 acceso el \u00e1rea de\nfiscalizaci\u00f3n municipal. Se incorporar\u00e1 al legajo, su historia cl\u00ednica, cuya\nredacci\u00f3n y contenido quedar\u00e1n sujetos a lo normado por la ley 26.521. Deber\u00e1\ncontemplarse como parte de la historia cl\u00ednica el resumen del m\u00e9dico cl\u00ednico\nderivante y el resumen o informe de los \u00faltimos estudios complementarios del\nm\u00e9dico de cabecera del adulto mayor que ingresa. Los estudios m\u00e9dicos exigidos\nen la primera parte del p\u00e1rrafo anterior, se estimar\u00e1n cumplidos, cuando se\nacompa\u00f1en al ingreso estudios recientes de su estado de salud o equivalentes.\nArt\u00edculo 6\u00b0) HABILITACI\u00d3N. Previo a realizar la habilitaci\u00f3n del\nestablecimiento, los propietarios y\/o profesionales a cargo de la obra deber\u00e1n\ncumplimentar con el tr\u00e1mite de FACTIBILIDAD seg\u00fan lo estipulado en la Ordenanza\ny Reglamento de edificaciones \u2013 Ordenanza N\u00b0 0220-. La habilitaci\u00f3n de los\nestablecimientos regulados en la presente Ordenanza estar\u00e1 condicionada al\ncumplimiento de la normativa provincial contenida en la Ley Provincial N\u00b0 9.847\ny su modificatoria N\u00b0 10.169; en el Decreto N\u00b0 1453\/86, modificado por Decretos\n3854\/87, 686\/88 y 6030\/91 Decreto N\u00b0 2719\/77, Decreto N\u00b0 2091\/80, Resoluci\u00f3n N\u00b0\n814\/07 y su modificatoria Res. 0361\/2020 del Ministerio de Salud de la\nProvincia y de toda otra norma que la complemente o modifique. Concluida la\nintervenci\u00f3n de las \u00e1reas competentes de la Municipalidad de Ceres y efectuado\nel proceso de habilitaci\u00f3n, conforme las exigencias de la presente norma y de las\nrestantes aplicables, se emitir\u00e1 una constancia de cumplimiento de los tr\u00e1mites\nante la Municipalidad para su presentaci\u00f3n ante las autoridades de aplicaci\u00f3n\nprovincial. No obstante, la obtenci\u00f3n de la constancia indicada en el p\u00e1rrafo\nprecedente, los establecimientos regulados en la presente no podr\u00e1n comenzar a\nfuncionar hasta tanto obtengan las respectivas habilitaciones y permisos\notorgados por los organismos provinciales con competencia en las habilitaciones\ny posteriores controles de funcionamiento. El incumplimiento de la prohibici\u00f3n\nindicada en el p\u00e1rrafo precedente autorizar\u00e1 se disponga la inmediata clausura\ndel establecimiento que incurra en tal contravenci\u00f3n, con intervenci\u00f3n del\njuzgado de falta municipal que as\u00ed lo ordene. Art\u00edculo 7\u00b0) OBLIGACIONES: Los\ntitulares responsables de los establecimientos geri\u00e1tricos tienen las\nsiguientes obligaciones: a) Proveer a la atenci\u00f3n de los residentes con\nparticular atenci\u00f3n en su estado de salud. b) Requerir el inmediato auxilio\nprofesional cuando las necesidades de atenci\u00f3n de los residentes excedan la\ncapacidad de tratamiento del responsable m\u00e9dico. c) Establecer las pautas de\nprestaci\u00f3n de servicios y de convivencia que ser\u00e1n comunicadas al interesado y\na su familia al tiempo del ingreso. d) Promover las actividades que impidan el\naislamiento de los residentes y que propicien su inclusi\u00f3n social y familiar,\nen la medida en que cada situaci\u00f3n particular lo permita. e) Controlar con una\nperiodicidad adecuada los aspectos cl\u00ednicos, psicol\u00f3gicos y sociales, de\nenfermer\u00eda y nutrici\u00f3n, conforme a la especializaci\u00f3n. f) Mantener en estado de\nfuncionamiento&#8217; las instalaciones, conservaci\u00f3n del edificio y equipamiento. g)\nNo dejar librados a los alojados en ning\u00fan momento a su auto-cuidado, debiendo\nexistir en forma continua y permanente personal para su atenci\u00f3n y asistencia.\nLa perfecta y permanente higiene personal de los albergados ser\u00e1 exclusiva\ncompetencia del responsable del establecimiento, no teniendo valor alguno los\npactos que pudieran eximirlos de la obligaci\u00f3n, entre el mismo y los\nresponsables de la internaci\u00f3n. h) Permitir y colaborar con las fiscalizaciones\nque se efect\u00faen por la Municipalidad. i) Cuando por razones derivadas de\nclausuras de otro Geri\u00e1trico para Adultos Mayores se necesite albergar transitoriamente\na adultos mayores, los mismos estar\u00e1n obligados a recibir, sin retribuci\u00f3n ni\nobjeci\u00f3n alguna, a una persona cada quince (15) alojados pagos que posean y\nhasta un m\u00e1ximo de cuatro debiendo dispensarle a \u00e9sta, id\u00e9ntica atenci\u00f3n que al\nresto de sus albergados. Esta obligaci\u00f3n operar\u00e1 en el supuesto de haberse\ncubierto las plazas existentes en los Geri\u00e1tricos P\u00fablicos. A los fines de dar\ncumplimiento a la presente, los Geri\u00e1tricos privados deber\u00e1n prever los\nespacios necesarios para la colocaci\u00f3n de una cama a fin de brindar el\nalojamiento solicitado. Dicho plazo se extender\u00e1 hasta que se resuelva la causa\nque determin\u00f3 la clausura y\/o hasta que se disponga otro lugar para el\nalojamiento de los mismos, no pudiendo tal alojamiento extenderse por m\u00e1s de 60\n(sesenta) d\u00edas corridos como m\u00e1ximo. En caso que los alojados abonaren una\nretribuci\u00f3n, se propender\u00e1 a que la misma sea abonada, al Geri\u00e1trico receptor,\nsea privado o p\u00fablico. A los fines de distribuir la ocupaci\u00f3n de los alojados\nentre los distintos Geri\u00e1tricos privados, se implementar\u00e1 un sistema rotativo\nordenado por la cantidad de plazas habilitadas de mayor a menor. Art\u00edculo 8\u00b0)\nDEL PERSONAL ACTUANTE: La incorporaci\u00f3n de recursos humanos depender\u00e1 de la\nestructura t\u00e9cnica, administrativa, funcional de las tareas a desempe\u00f1ar y de\nlos servicios que presten las residencias habilitadas conforme a cada\ncategor\u00eda. El control de la matr\u00edcula y dem\u00e1s aspectos inherentes al ejercicio\nprofesional en sus aspectos \u00e9ticos y cient\u00edficos, seguir\u00e1n rigi\u00e9ndose por la\nley de creaci\u00f3n de los Colegios Profesionales que correspondan y sus\nmodificaciones. Art\u00edculo 9\u00b0) DEL PERSONAL AFECTANDO PERMANENTEMENTE: a) M\u00e9dico\nresponsable de la Residencia y de la salud general de los internados,\nespecialista en Geriatr\u00eda, Cl\u00ednica M\u00e9dica, Generalista y\/o M\u00e9dico que acredite\nexperiencia en la materia los d\u00edas s\u00e1bados y domingos, el servicio ser\u00e1 de\nguardia pasiva con coberturas de emergencias cubiertas por \u00e1rea protegida\npermanente. Si el Geri\u00e1trico contara con setenta (70) alojados o m\u00e1s, el mismo\ndeber\u00e1 sumar otro profesional m\u00e9dico que colaborar\u00e1 en la atenci\u00f3n de la salud\ngeneral de los adultos mayores. b) Enfermer\u00eda cuando se trate de Geri\u00e1tricos:\nEl personal actuante se conformar\u00e1 por un Licenciado\/a en enfermer\u00eda o enfermero\/a\nmatriculado, quien ser\u00e1 responsable de supervisar las tareas que desempe\u00f1ar\u00e1n\nlos auxiliares en enfermer\u00eda y\/o t\u00e9cnicos en geriatr\u00eda, qui\u00e9n deber\u00e1 concurrir\nocho (8) horas diarias las que podr\u00e1n ser fraccionadas estrat\u00e9gicamente de modo\nque permitan asistir las necesidades de las 24 horas de funcionamiento de los\nGeri\u00e1tricos: uno (1) hasta treinta y seis (36) camas; dos (2) desde treinta y\nsiete (37) hasta ochenta y cuatro (84); 3 desde ochenta y cinco (85) a ciento\ntreinta y dos (132); 4 desde ciento treinta y tres (133) a ciento cincuenta y\nseis (156); 5 de ciento cincuenta y siete (157) a doscientos cuatro (204) y 6\nde doscientos cinco (205) a doscientos cincuenta y dos (252) y una (1)\nenfermera profesional o licenciada. Esta exigencia no ser\u00e1 aplicable a los\nHogares Residenciales. c) Nutricionista con asistencia de seis (6) horas\nsemanales; confeccionar\u00e1 la dieta de los alojados en coordinaci\u00f3n con el\nm\u00e9dico, seg\u00fan patolog\u00edas existentes y de acuerdo a la estaci\u00f3n clim\u00e1tica que se\ntransite. La alimentaci\u00f3n deber\u00e1 tender a normalizar el peso, desterrar h\u00e1bitos\nalimentarios nocivos, normalizar el estado de nutrici\u00f3n haciendo rehabilitaci\u00f3n\nnutricional. Asimismo, los men\u00fas elaborados deber\u00e1n ser exhibidos en lugares\nvisibles. d) Psic\u00f3logos; Terapeutas Ocupacionales; Trabajadores Sociales y\/o\nAsistentes Sociales; y Kinesi\u00f3logos, realizar\u00e1n de acuerdo con sus\nespecialidades y antecedentes que acrediten experiencia en el campo, la\nasistencia a los internados, mediante convenios de como m\u00ednimo 4 (cuatro) horas\nsemanales cada uno. Los m\u00e9dicos Psiquiatras, con igual r\u00e9gimen de trabajo que\nlos profesionales nombrados anteriormente, ser\u00e1n solamente obligatorios para\natenci\u00f3n de Adultos Mayores con trastornos de conducta o enfermedades\npsiqui\u00e1tricas. e) Personal de servicio: Cocinero\/a: uno (1) cada cuarenta y\nnueve (49) camas y dos (2) de cincuenta (50) a cien (100), con una carga horada\nde ocho (8) horas cada uno, fraccionadas de acuerdo a los requerimientos de\ncada Residencia, que ejecutar\u00e1 las instrucciones del nutricionista. Ayudantes\nde cocina; uno (1) hasta cuarenta y nueve (49) camas; dos (2) de cincuenta (50)\na cien (100), con una concurrencia de ocho (8) horas diarias por turno. f)\nMucamas: Para Geri\u00e1tricos de entre una (1) y cuarenta (14) camas, dos (2) mucamas;\nde entre quince (15) y cuarenta (40) camas, dos (2) mucamas; de cuarenta y una\n(41) a ochenta (80) camas, cuatro (4); de ochenta y una (81) a ciento veinte\n(120): seis (6) mucamas; de ciento veintiuna (121).a ciento sesenta (160)\nplazas, ocho (8); de ciento sesenta y una (161) a doscientas (200), diez (10);\nde doscientos una (201) a doscientos cuarenta (240) camas ,12 y de doscientas\ncuarenta y una (241) plazas a doscientas cincuenta y tres (253), 14 mucamas,\nquienes se encargar\u00e1n de la limpieza del establecimiento y no podr\u00e1n ocuparse\nal un\u00edsono del cuidado de los ancianos. El personal que preste servicios en\nestos establecimientos deber\u00e1 poseer Libreta Sanitaria y vestir\u00e1 uniformes de\ncolor claro en condiciones higi\u00e9nicas respetables. Para el caso de HOLEPAM \u201cA\u201d\nY \u201cB\u201d, siempre bajo consentimiento de sus propietarios, el Municipio deber\u00e1\ninstrumentar las medidas necesarias y tomar el compromiso de aportar los\nrecursos humanos para los cargos de Director y\/o Supervisor M\u00e9dico y Enfermer\u00eda\nseg\u00fan lo establece en la Resoluci\u00f3n N\u00b0 814\/2007 y su modificatoria seg\u00fan\nResoluci\u00f3n N\u00b0 0361\/2020 del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, en\nsu anexo donde determina las exigencias de \u201cREQUISITOS M\u00cdNIMOS PARA EL RECURSO\nHUMANO\u201d (inc. 1., 2., y 3.).&nbsp; Art\u00edculo\n10\u00b0) DEL FUNCIONAMIENTO: Todo Geri\u00e1trico deber\u00e1 contar con un Reglamento\nInterno, rubricado por su titular, cuyo texto se exhibir\u00e1 en lugar de f\u00e1cil\nlocalizaci\u00f3n, donde deber\u00e1 constar: deberes y obligaciones de los profesionales\nque prestan sus servicios en el establecimiento, elaboraci\u00f3n de men\u00fas, horarios\nde comidas, descansos, esparcimientos. El m\u00e9dico responsable de la salud de los\nalojados deber\u00e1 concurrir peri\u00f3dicamente al establecimiento y estar\u00e1 a cargo\ndel control sanitario, las historias cl\u00ednicas y deber\u00e1 comunicar las\nsituaciones de riesgo. Los fines de semana. Se establecer\u00e1 un r\u00e9gimen de\nguardia pasiva. Dicho profesional registrar\u00e1 su asistencia en un libro\nhabilitado al efecto, en el cual, insertar\u00e1 su firma, sello y n\u00famero de\nmatr\u00edcula, constancia que ser\u00e1 refrendada por la persona a cargo de la\nInstituci\u00f3n. Tambi\u00e9n deber\u00e1 figurar el n\u00famero de tel\u00e9fono del profesional\nm\u00e9dico responsable del establecimiento, as\u00ed como los correspondientes a los\nservicios de emergencia, al igual que cualquier otro dato que contribuya al\nmejor funcionamiento de la instituci\u00f3n. El horario de visitas ser\u00e1 amplio, de 8\na 22 hs. considerando que el mismo no afecte el normal funcionamiento de la\ninstituci\u00f3n. Las visitas de familiares de los alojados deber\u00e1n registrarse en\nun libro o carpeta a modo de constancia. Asimismo, se debe llevar un registro\ndel nombre y apellido, fecha de nacimiento, tipo y n\u00famero de documento de\nidentidad, nacionalidad y estado civil del adulto mayor, obra social, y, nombre\ny apellido, tipo y n\u00famero de documento de identidad, domicilio, tel\u00e9fono y\nfirma de quien sea responsable legal o en su defecto responsable de la\ninternaci\u00f3n de la persona mayor. EXIGENCIAS PARTICULARES PARA CADA CATEGOR\u00cdA\nArt\u00edculo 11\u00b0) PARA LA CATEGOR\u00cdA A:&nbsp;\nQuedan exceptuados de estas exigencias los \u201cHOLEPAM\u201d, los que se regir\u00e1n\nseg\u00fan lo establecido en la Res. N\u00b0 814\/2007 y su modificatoria Res. N\u00b0\n0361\/2020 11.1. Caracter\u00edsticas Generales del Inmueble: Todos los ambientes\ndestinados a los adultos mayores, estar\u00e1n en planta baja y sin desniveles que\npuedan provocar accidentes, pero en caso de existir, deber\u00e1n ser salvados\nmediante rampas fijas o m\u00f3viles con un sistema de sujeci\u00f3n, acorde con las\ncaracter\u00edsticas de la misma y con superficie antideslizante. Deben ser fijas\npara desniveles mayores a 20 cm. La pendiente m\u00e1xima admitida no podr\u00e1 ser\nsuperior al 6%. Si la longitud de la rampa supera los 5 m., deber\u00e1n realizarse\nlos tramos inclinados de 1,80 m. como largo m\u00e1ximo. 11.2. Escaleras: Si\nexistiese escalera deber\u00e1 poseer las siguientes caracter\u00edsticas, 11.2.1. Ancho\nmayor o igual a 1.10 m. libre. 11.2.2. Escalones antideslizantes.&nbsp; 11.2.3. No poseer narices evidenciadas.&nbsp; 11.2.4. Dos pasamanos. 11.2.5. Protecci\u00f3n de\nacceso a la escalera: puerta, verja, tabique o puerta plegadiza que\nnecesariamente debe ser abierta por personal del establecimiento para impedir\nel libre acceso a los ancianos en prevenci\u00f3n de accidentes. 11.2.6. Escalones\ncon tramos rectos de hasta 8 escalones y deben permitir el libre tr\u00e1nsito de\nuna camilla. 11.2.7. Si hay m\u00e1s de un nivel, poseer\u00e1 ascensor obligatorio y\nescalera seg\u00fan el punto 11.2.6., o monta camilla que pueda reemplazar al\nascensor. 11.2.8. Si hay 2 o 3 niveles deber\u00e1 poseer ascensor monta camilla y\nescalera seg\u00fan el punto 11.2.6. 11.3. Circulaciones: 11.3.1. Corredor: Su ancho\nlibre o por donde se desplacen las camillas, deber\u00e1 ser de 1,50 m, y permitir\nel normal paso simult\u00e1neo de 2 de ellas. Por donde se desplace s\u00f3lo p\u00fablico o\npersonal, el ancho m\u00ednimo ser\u00e1 de 1.20 m. 11.3.2. Piso: Lavables y\nantideslizantes en los lugares de desplazamientos de internados. 11.3.3.\nPasamanos: Uno por lo menos para el sector de desplazamiento o circulaci\u00f3n de\npacientes. 11.4. Instalaciones: 11.4.1. Energ\u00eda El\u00e9ctrica: Aquellos\nestablecimientos que poseen \u00e1reas cr\u00edticas deber\u00e1n contar con sistema propio de\nenerg\u00eda el\u00e9ctrica de emergencia capaz de proporcionar iluminaci\u00f3n y fuerza\nmotriz para el mantenimiento total y simult\u00e1neo de dichos servicios. El\ncableado del edificio deber\u00e1 estar de acuerdo con normas espec\u00edficas\nexistentes. 11.4.2. Telef\u00f3nica: Propia obligatoria. 11.4.3. Provisi\u00f3n de Agua.\n11.5 Climatizaci\u00f3n: 11.5.1. Circulaci\u00f3n de aire forzado obligatorio mediante\nturbos ventiladores o similares. 11.5.2. Calefacci\u00f3n obligatoria, no pudiendo\nser por combusti\u00f3n dentro del local. Se acepta sistema tipo tiro balanceado o\ncualquier medio aprobado por autoridad competente. 11.5.3. Aire acondicionado.\n11.5.4.1. Prevenci\u00f3n contra incendios: Se deber\u00e1n tomar las prevenciones\nestablecidas en las normas vigentes para la seguridad contra incendio de cada\n\u00e1rea de asentamiento sanitario con las siguientes exigencias m\u00ednimas y adjuntar\nel correspondiente certificado de aprobaci\u00f3n emitido por el Cuerpo de Bomberos\nde la ciudad. 11.5.4.2. Poseer disyuntor diferencial sensibilidad SOMA\n11.5.4.3. Poseer llave termo magn\u00e9tica general y por circuito 11.6.-\nHabitaciones: 11.6.1. La ventilaci\u00f3n o iluminaci\u00f3n se har\u00e1 en forma natural y a\ntrav\u00e9s de ventanas o espacios abiertos, excluyendo la ventilaci\u00f3n por\ndiferencia de niveles de techos. Las \u00e1reas m\u00ednimas ser\u00e1n las siguientes: \u00c1rea\nventilaci\u00f3n: un 5% de la superficie de la habitaci\u00f3n. \u00c1rea iluminaci\u00f3n: un 10%\nde la superficie de la habitaci\u00f3n. Cuando se ventile bajo parte cubierta, estos\nvalores se incrementar\u00e1n obteni\u00e9ndose superficie como la suma del \u00e1rea del\nlocal m\u00e1s la superficie cubierta. Estas exigencias deben interpretarse como\nm\u00ednimas. 11.6.2. Se asegurar\u00e1 a los alojados \u00f3ptimas condiciones de higiene en\nlas instalaciones. 11.6.3. A los efectos del c\u00f3mputo de las superficies m\u00ednimas\nestablecidas, no se aceptan espacios residuales, salvo aquellos cuyo lado mayor\nsea superior al lado m\u00ednimo de la habitaci\u00f3n y est\u00e9n unidos a \u00e9sta por su lado\nmayor. 11.7. Dimensiones: No se computa el espacio ocupado por el ropero o\nsimilar: Para una cama: 9 m2. Para dos camas: 12 m2. Para tres camas: 16 m2.\nPara cuatro camas: 20 m2. Altura m\u00ednima: 2,50 m. No se aceptan habitaciones con\nm\u00e1s de cuatro camas. 11.8 Equipamientos: 11.8.1. Camas: articuladas en un 100%\npara dependientes. Camas articuladas en un 20% para semidependientes. 11.8.2.\nRoperos: cada habitaci\u00f3n deber\u00e1 poseer uno o m\u00e1s placares o roperos para uso\npersonal del internado, cuya capacidad ser\u00e1 proporcional a la cantidad de camas\nen base a las dimensiones 0,60 m. de profundidad por 1 m. por 1 m. por persona.\n11.8.3. Mesa de Luz: una cada 2 camas. 11.8.4. Luz: individual por cama,\nfijadas a la pared y con movimiento, no permiti\u00e9ndose artefactos sueltos en la\nmesa de luz. &#8211; 11-8.5. Sistema de comunicaciones con cada cama tipo internaci\u00f3n\ny que identifique la misma. 11.8.6. Un tomacorriente por cada cama. Dos\ntomacorrientes auxiliares. 11.8.7. Pisos lisos, lavables, impermeables e\nincombustibles. 11.8.8. Paredes: iguales caracter\u00edsticas del piso. 11.8.9.\nHabitaci\u00f3n para una caima destinada para pacientes que presenten cuadros\ninfecto-contagiosos, la que ser\u00e1 de uso exclusivo para ese fin, en cantidad de\nuna cada cincuenta camas o fracci\u00f3n de dotaci\u00f3n total. 11.8.10. N\u00facleo m\u00ednimo\ncada cuatro camas, lavabo, ducha y duchador de mano alternativo. Bidet e\ninodoro. No se admitir\u00e1n artefactos multifaz. 11.8.11. Ba\u00f1era: en caso de\nexistir debe ser de fondo plano no resbaladizo con alfombra de goma\nantideslizante. 11.8.12. Agarraderas: en inodoro, bidet, ducha y ba\u00f1era con\nsistema de sujeci\u00f3n y seguro. 11.8.13. Calefones: No se admitir\u00e1n a\ncombustibles, (gas, alcohol, etc.) instalados en el interior del ba\u00f1o, excepto\nturo balanceado. 11.8.14. Sanitario para silla de ruedas: obligatorio seg\u00fan Ley\nNacional N\u00b0 22.431. 11.8.15. Lavabo: a 50 cm. del piso, luz libre vertical a 66\ncm. y profundidad de 25 cm. 11.9. Dimensiones Generales: 11.9.1. Puerta de\nacceso del geri\u00e1trico: m\u00ednimo de 85 cm. libres. 11.9.2. \u00c1reas comunes:\n11.9.2.1. \u00c1reas descubiertas: patio o jard\u00edn disponible con sus respectivas\ncomodidades, dos metros cuadrados por cama habilitada, hasta quince camas; 1,50\nm2. para pr\u00f3ximas quince camas, un metro cuadrado para las siguientes.\nSuperficie m\u00ednima de 10 m2. No se aceptan patios posteriormente techados con\nsistema de toldos met\u00e1licos en reemplazo de patio o jard\u00edn. 11.9.2.2 \u00c1reas\ncubiertas: 11.9.3.1. Comedor: deber\u00e1 tener como m\u00ednimo 1,20 m2. por cama\nhabilitada. 11.9.3.2. Sala de Estar, Esparcimiento, biblioteca, recibidor,\nsimilares: la suma de todos ellos deber\u00e1 tener como m\u00ednimo 16 m2. y calculando\n2 m2. por persona hasta 15 camas; 1,50 m2. para las pr\u00f3ximas 15 camas y 1 m2.\npara las siguientes. Deber\u00e1 poseer por lo menos reloj de pared y almanaque a\nlos fines de favorecer la orientaci\u00f3n t\u00e9mporo-espacial de los internados.\nAdem\u00e1s, televisi\u00f3n color como m\u00ednimo 29 pulgadas y equipo de radio para\nescuchar AM y FM. Las superficies requeridas en los incisos 11.9; 11.9.2.1 y\n11.9.3.2 pueden admitirse hasta un 20% menos en los establecimientos\nfuncionantes e inscriptos en t\u00e9rmino. El municipio se compromete, a brindar\nasesoramiento t\u00e9cnico y personal especializado para todos los hogares que se\nencuentren agrupados dentro de esta categor\u00eda. Art\u00edculo 12\u00b0) Para CATEGOR\u00cdA B:\nPor ser establecimientos que albergan adultos mayores auto v\u00e1lidos, se exigen las\nmismas condiciones que para la CATEGOR\u00cdA A, exceptuando los siguientes incisos;\nInc. 11.8.1 camas articuladas en un 100% para dependientes, (corresponde\n\u00fanicamente un 20%). Inc. 11.8.14., corresponde sanitarios comunes. Art\u00edculo\n13\u00b0) Para CATEGOR\u00cdA C: Deber\u00e1 cumplimentar con los requisitos establecidos para\nla Categor\u00eda A de la presente ordenanza. Art\u00edculo 14\u00b0) Para CATEGOR\u00cdA D: Los\nrequisitos de las salas se solicitar\u00e1n en funci\u00f3n de las actividades a\ndesarrollar, deber\u00e1 cumplimentar lo establecido en apartado: ba\u00f1os, cocina,\ncamas, ventilaci\u00f3n, iluminaci\u00f3n y calefacci\u00f3n del art\u00edculo 11\u00b0). Art\u00edculo 15\u00b0)\nFac\u00faltese al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar Convenio de gesti\u00f3n\ncompartida, en lo que a control sanitario respecta, con el Ministerio que corresponda\nde la Provincia de Santa Fe. El mismo, antes de su firma deber\u00e1 ser autorizado\npor \u00e9ste Concejo Municipal. Art\u00edculo 16\u00b0) A partir de la fecha de puesta en\nvigencia de la presente Ordenanza, todos los establecimientos geri\u00e1tricos\nhabilitados y aquellos que se encuentren en proceso de habilitaci\u00f3n, tendr\u00e1n un\nplazo de trescientos sesenta (360) d\u00edas h\u00e1biles para adaptarse a partir de la\nfecha de promulgaci\u00f3n. Art\u00edculo 17\u00b0) \u00c9stos establecimientos se registrar\u00e1n bajo\nel rubro &#8220;ESTABLECIMIENTO GERIATRICO CATEGOR\u00cdA &#8220;A&#8221;, \u201cHOLEPAM A\u201d,\n\u201cHOLEPAM B\u201d, \u201cB&#8221;, &#8220;C&#8221; o como Centros de D\u00eda para la Tercera\nEdad, seg\u00fan corresponda y s\u00f3lo se los inscribir\u00e1 si cuentan con las\nautorizaciones para su HABILITACI\u00d3N. Art\u00edculo 18\u00b0) Penalidades previstas para\ninfracciones. Tr\u00e1mite de aplicaci\u00f3n: Las infracciones a la presente Ordenanza y\nlas reglamentaciones que con posterioridad se dicten y el incumplimiento a las\nintimaciones y emplazamientos que se practiquen, como asimismo la omisi\u00f3n o\nfalseamiento de datos e informes que se requieran, dar\u00e1n lugar a la aplicaci\u00f3n\nde las siguientes medidas preventivas y sanciones, que se graduar\u00e1n de acuerdo\na los antecedentes y gravedad de la infracci\u00f3n o incumplimiento en cada caso,\nhasta clausuras de tipo preventivas, temporarias o definitivas, como as\u00ed\ntambi\u00e9n, la revocaci\u00f3n de la habilitaci\u00f3n. Art\u00edculo 19\u00b0) El Juzgado de Faltas\nMunicipal ser\u00e1 la autoridad ante quien tramitar\u00e1 la aplicaci\u00f3n de las sanciones\nprevistas y\/o de las medidas preventivas; quien tendr\u00e1 a su cargo graduar y\nfijas las mismas. A dicho juzgado le ser\u00e1n giradas las infracciones o\nincumplimientos que se constaten, con todos los antecedentes recabados.\nArt\u00edculo 20\u00b0) Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal, a las \u00e1reas\nmunicipales que resultar\u00e1n competentes para intervenir en los procesos de\nhabilitaci\u00f3n, a la pertinente reglamentaci\u00f3n que se requiera para la aplicaci\u00f3n\nde la presente Ordenanza. Art\u00edculo 21\u00b0) Facultase al DEM, a designar las\npartidas presupuestarias necesarias a la Direcci\u00f3n de Salud, dependiente de la\nSecretar\u00eda de Desarrollo Humano, para el cumplimiento de lo establecido en la\npresente reglamentaci\u00f3n. Art\u00edculo 22\u00b0) Derogase toda otra norma que se oponga a\nla presente. Art\u00edculo 23\u00b0) El\u00e9vese al Departamento Ejecutivo Municipal para su\npromulgaci\u00f3n. Reg\u00edstrese, publ\u00edquese y arch\u00edvese.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; \u201c<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Pte. da lectura a las modificaciones realizadas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La C. Guirado pide la palabra. No me quedo claro respecto de la\nprevisi\u00f3n presupuestaria para crear cargos. En una ordenanza, cuando hablamos\nde mayores erogaciones, porque el compromiso es precisamente tener directores\nen cuanto a m\u00e9dicos y a enfermeros, porque de acuerdo a lo que manifestaron los\nConcejales Oficialistas estuvieron hablando con la Intendente esta semana y\nella les dijo que estaba la voluntad precisamente de esto, tiene que figurar la\nprevisi\u00f3n presupuestaria y la imputaci\u00f3n de partidas, sino estamos siendo\nirresponsables en cuanto al articulado de la ordenanza, por lo mismo, me parece\nimportante que antes de someterla a votaci\u00f3n tengamos en cuenta si est\u00e1 esto\nincluido o no, y sino hay que hacerlo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El C. Maza pide la palabra. Me parece que est\u00e1 bien lo que est\u00e1\nplanteando la C. Guirado, es un articulo que entiendo yo tendr\u00edamos que agregar\ncomo lo hicimos en otras ordenanzas, donde quedar\u00eda expresado que las partidas\npresupuestarias para cubrir los gastos que demande la presente ordenanza ser\u00e1n\ndestinados\u2026<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Pte. dice en el articulo 20 no habla del presupuesto, sino dice\n\u201c<em>Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal, a las\n\u00e1reas municipales que resultar\u00e1n competentes para intervenir en los procesos de\nhabilitaci\u00f3n, a la pertinente reglamentaci\u00f3n que se requiera para la aplicaci\u00f3n\nde la presente Ordenanza\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El C. Maza dice algo similar que diga que se autoriza a destinar\nlas partidas presupuestarias necesarias para cubrir los recursos de la presente\nordenanza.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Luego de un intercambio de opiniones, se agrega el Art\u00edculo Nro.\n21.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El C. Maza pide la palabra. Yo solamente quer\u00eda Sr. Pte. hacer dos\naclaraciones. Una es que esta ordenanza viene a poner un marco legal a un\nproblema que arrastra la ciudad de Ceres desde hace muchos a\u00f1os, que es la\nreglamentaci\u00f3n y regulaci\u00f3n de los hogares de ancianos. Y la otra, que por mas\nque haya sido un proyecto presentado por el Bloque de la UCR, tuvo aportes y\nmodificaciones sustanciales de parte de todos los Bloques que conforman el\nConcejo, lo que demuestra, en l\u00edneas generales, un funcionamiento bueno del\nConcejo en busca de consensos y de mejorarle la calidad de vida a la gente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La C. Guirado pide la palabra. Para fundamentar lo que va a ser mi\nvoto positivo respecto de este proyecto. Como bien lo dec\u00eda el Concejal que me precedi\u00f3,\nes una regulaci\u00f3n necesaria a estos institutos que tienen que ver con el\ncuidado de ancianos. En junio ingres\u00f3 esta ordenanza, la ordenanza marco que\nfue modificada, tuvimos muchas comisiones para debatir este tema, inclusive nos\nreunimos, cuando la pandemia lo permit\u00eda, con los propietarios, propietarias,\nde los hogares de ancianos. \u00bfCu\u00e1l era la mayor preocupaci\u00f3n que tenia este\nConcejo Municipal? Tenia que ver con aprobar una reglamentaci\u00f3n con\ndeterminadas condiciones que puedan cumplir nuestros hogares de ancianos, por\nesa raz\u00f3n fue muy debatido, necesitamos por ah\u00ed conocer reglamentaciones que\nllegaron a la mesa de trabajo precisamente el fin de semana, ven\u00edamos viendo\nque la cuesti\u00f3n de recursos humanos que plantea la ordenanza marco, no era\nviable para que sea costeado por cada hogar de ancianos, por lo mismo se\nnecesitaba la asistencia del Estado, pensar en una de las situaciones que se\nvenia planteando en todo este tiempo, y como no hab\u00eda garant\u00edas respecto de\nesto, este Concejo Municipal no pod\u00eda darle semejante gasto y responsabilidad a\ncada uno de los propietarios. Al llegar los Concejales Oficialistas con esta\ninformaci\u00f3n de que el Municipio aceptaba hacerse cargo de la direcci\u00f3n medica y\nde enfermer\u00eda esta semana, en la comisi\u00f3n del martes luego del feriado, en\ncierta forma se vio bastante destrabada la situaci\u00f3n, una situaci\u00f3n que debe\nser atendida y otra vez manifiesto lo mismo, esperemos tener la cintura\npol\u00edtica para poder llevar adelante el funcionamiento de estos hogares\nnecesarios en Ceres, con lo que plantea la ordenanza, pero tambi\u00e9n brind\u00e1ndole\nasistencia y la contenci\u00f3n desde el Estado, porque son situaciones econ\u00f3micas\nmuy dif\u00edciles las que estamos viviendo, y para eso esta precisamente el Estado\ncon sus diferentes \u00e1reas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Pte. toma la palabra. yo tambi\u00e9n voy a hacer una acotaci\u00f3n,\naparte de adherir a lo que dijeron los Concejales que me precedieron, de no ser\nque se hizo esas modificaciones, por supuesto que no iba a acompa\u00f1ar la aprobaci\u00f3n\nde esta ordenanza, este proyecto, y bueno, recalcar la adhesi\u00f3n del Ejecutivo a\nla colaboraci\u00f3n de su parte de incluir en sus partidas presupuestarias el apoyo\ncon los recursos humanos como se detalla en la presente. De no ser por esas\nmodificaciones seguramente no iba a acompa\u00f1arlo, ya que pon\u00edamos en un aprieto\na hogares con los cuales contamos en nuestra localidad, con riesgo de dejar\nancianos en la calle y hogares cerrados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se somete a votaci\u00f3n el proyecto de ordenanza.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se aprueba por unanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PUNTO 8) Bloque Vecinal: Minuta de Comunicaci\u00f3n \u2013\nCovid en Geri\u00e1trico \u201cEl \u00c1ngel\u201d. El mismo dice lo siguiente: \u201c<em>VISTO:\nLa situaci\u00f3n de contagio masivo en el Hogar El \u00c1ngel donde todos sus internos,\nempleadas y encargada resultaron COVID 19 positivo&nbsp; La nota presentada por familiares de las\nempleadas del Hogar El \u00c1ngel con fecha 23\/11\/20, y<\/em><em>CONSIDERANDO: Que el estado es el garante de los derechos de los\nenfermos COVID, estado representado por el Municipio y la Junta de Defensa\nCivil y desde lo sanitario, el Hospital Regional de Ceres. Que existen\nprotocolos a seguir respecto del contagio total de residentes y empleados de\nHogares de Ancianos. Que la nota recibida por este \u00f3rgano legislativo (ANEXO 1)\nevidencia una situaci\u00f3n al menos \u201cirregular\u201d respecto de la situaci\u00f3n sanitaria\nde las 2 empleadas de la residencia, COVID 19 positivo, y la atenci\u00f3n\/trabajo\nque ten\u00edan que brindar a los residentes del Hogar El \u00c1ngel tambi\u00e9n COVID 19\npositivo. As\u00ed mismo, la situaci\u00f3n denunciada por la familia de estas dos\npersonas da cuenta de un trato desigual y discriminativo hacia su padecer y\ncondici\u00f3n sanitaria transitoria que obstaculizaba. <\/em><em>POR\nLO QUE: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE\nLE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, eleva la siguiente: MINUTA DE\nCOMUNICACI\u00d3N <\/em><em>1: Se le solicita informaci\u00f3n al DEM respecto de las acciones de\ncontenci\u00f3n que el Estado municipal brindo al Hogar el \u00c1ngel desde la\nnotificaci\u00f3n de los casos COVID 19 positivo el lunes 16 de noviembre,\ndetallando: Personal que se capacit\u00f3 y prepar\u00f3 en estos 8 meses de pandemia\nCOVID 19 para asistir situaciones de contingencia en lugares vulnerables como\nel Hogar El \u00c1ngel. Asistencia con recursos humanos: cantidad de personas, datos\nfiliatorios, profesi\u00f3n y\/o oficio, d\u00edas, horario y cantidad de horas que\nasistieron al Hogar El \u00c1ngel por d\u00eda, monto que se les abon\u00f3, partidas de donde\nse imputaron estos gastos. Asistencia con insumos alimenticios: cantidad,\nart\u00edculos, monto, frecuencia. 2<\/em><em>.-\nEl\u00e9vese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos.&nbsp; Comun\u00edquese, publ\u00edquese y oportunamente\narch\u00edvese.<\/em><em>\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Pte. le cede la palabra a la C. Guirado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La C. Guirado toma la palabra. Gracias Sr. Pte. La minuta de\ncomunicaci\u00f3n responde precisamente a la nota que recib\u00edamos, quiero que se\ncorrija la fecha porque fue el 21 de noviembre, me parece que esta mal puesta\nla fecha en la minuta. La nota que recib\u00edamos de la familia que con\npreocupaci\u00f3n manifestaban que necesitaban que se de un trato igualitario,\nequitativo y no discriminatorio a su familia precisamente, porque ten\u00edan que trabajar.\nSimplemente lo que pide esta minuta es informaci\u00f3n respecto del accionar del\nEstado en cuanto a lo econ\u00f3mico y a los recursos humanos que en funci\u00f3n de lo\nque pude averiguar con la gente del Hospital, la gente del Hospital solo estaba\npara controlar los par\u00e1metros una vez al d\u00eda, de lo que suced\u00eda en el\ngeri\u00e1trico o en el hogar de ancianos, pero no para brindar ning\u00fan otro tipo de asistencia,\npor lo mismo no queda mas que la Municipalidad respecto de quien debe cumplir\nesa necesidad, por eso la minuta va dirigida precisamente a la Municipalidad, y\nrecordar que est\u00e1bamos en comisi\u00f3n aquel lunes 16 cuando nos enter\u00e1bamos la\ncantidad de casos en ese hogar de ancianos, y que la nota de estas familias\nllega el s\u00e1bado, hab\u00edan pasado cinco d\u00edas, uno piensa en la vulnerabilidad, en\nla necesidad, uno pienso en lo evidente de la situaci\u00f3n, y por eso nos\nplanteamos, preguntamos, para no hacer juicios de valor, cu\u00e1l fue la asistencia\nen los diferentes aspectos que hizo el estado municipal para con este lugar.\nEse es el esp\u00edritu de la minuta de comunicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se somete a votaci\u00f3n el proyecto de minuta de comunicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se aprueba por unanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PUNTO 9) Bloque Vecinal: Minuta de Comunicaci\u00f3n \u2013\nFondos Covid. El mismo dice lo siguiente: <em>\u201c<\/em><em>VISTO:\nLa necesidad de realizar testeos para evitar el ritmo de propagaci\u00f3n del COVID 19\nen Ceres, y <\/em><em>CONSIDERANDO: Que la provincia destin\u00f3\nfondos COVID 19 para paliar situaciones de contingencia planteada por la\nPANDEMIA. Que en un acto realizado el 20 de septiembre 2020 el Senador Felipe\nMichlig entreg\u00f3 a la Intendente Dupouy la Resoluci\u00f3n N\u00b0 280 del Ministerio de\nGesti\u00f3n P\u00fablica de la Provincia (Fondo Covid-19) que otorga la suma de $\n1.400.000,00 en car\u00e1cter de aporte no reintegrable a favor de la MUNICIPALIDAD\nDE CERES, con destino a solventar la Obra Cerramiento exterior en el predio Paseo\nde la Vida. (ANEXO 1: Noticia de: El Litoral (<\/em><a href=\"http:\/\/www.ellitoral.com\"><em>www.ellitoral.com<\/em><\/a><em>)\n[Link:https:\/\/www.ellitoral.com\/index.php\/id_um\/261070-michlig-entrego-en-ceres-laresoluciondel-fondo-covid-y-confirmo-la-adquisicion-de-un-respirador-actividad-legislativa-regionales.html]\nQue m\u00e1s all\u00e1 de la voluntad de cerramiento perimetral del Paseo de la Vida\n\/Centro de Aislamiento, surgieron otras necesidades imperiosas en relaci\u00f3n con\nla Pandemia COVID 19 como profesionales de enfermer\u00eda y la adquisici\u00f3n de test\nr\u00e1pidos para contrarrestar la intensa propagaci\u00f3n del COVID en Ceres que no\nlogra amesetar la curva de contagios. Lo que denota la necesidad de tomar\nacciones concretas por parte del estado. <\/em><em>POR LO QUE: EL HONORABLE\nCONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY\n2756 Y SUS MODIFICATORIAS, eleva la siguiente: MINUTA DE COMUNICACI\u00d3N <\/em><em>1: Se le solicita\nal DEM documentaci\u00f3n que acredite el percibimiento de la $1 400 000 en concepto\nde Fondos COVID enviados por el Gobierno de la Prov. De Santa Fe. 2: Se le\nsugiere al DEM utilizar parte de los fondos COVID 19 para costear situaciones\nde contingencia que precise la comunidad ceresina (profesionales y\/o asistentes\nen lugares vulnerables, asistencia alimenticia) 3: Se le sugiere al DEM\nutilizar parte de los fondos COVID 19 para adquirir test de diagn\u00f3stico, y\nprevenir el nivel de contagio que est\u00e1 experimentado la ciudad de Ceres,\nsiempre bajo la aprobaci\u00f3n de las autoridades sanitarias a cargo de Covid-19. 4<\/em><em>.- El\u00e9vese al Departamento Ejecutivo\nMunicipal de Ceres, a sus efectos.&nbsp;\nComun\u00edquese, publ\u00edquese y oportunamente arch\u00edvese.<\/em><em>\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Pte. le cede la palabra a la C. Guirado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La C. Guirado toma la palabra. Gracias Sr. Pte.\nPara fundamentar el por que de esta minuta de comunicaci\u00f3n. Tiene que ver\nprecisamente con lo que venimos viviendo, tiene que ver con acciones que uno\npuede conocer que se llevan adelante en otros Municipios respecto de que hacer\nante el nivel de propagaci\u00f3n que surgi\u00f3 en el Departamento San Crist\u00f3bal, y mas\nen algunas localidades, debido a la apertura de muchos lugares tambi\u00e9n y de la\ncirculaci\u00f3n. Una acci\u00f3n que surgi\u00f3 de uno de los Municipios fue precisamente\ncomprar estos testr\u00e1pidos que son los que hab\u00edan llegado con el plan detectar\nque estuvo el mes pasado en la ciudad de Ceres, donde se lleg\u00f3 a testear\nprecisamente determinados casos, y se pod\u00eda determinar medianamente como se\nencontraba la ciudad. A trav\u00e9s de la adquisici\u00f3n de estos test lo que se busca\nes evitar el ritmo de propagaci\u00f3n, uno ve por ah\u00ed que en otras localidades lo\nque hacen es donde aparece un caso se testea alrededor, mas all\u00e1 del aislamiento,\ny obviamente, que donde se realizan los test, y que el Estado los lleva\nadelante como campa\u00f1a, aparecen 30 o 40 casos, obviamente que eso impacta, pero\nmas all\u00e1 del impacto es la realidad, y quiz\u00e1s, porque no tengo la certeza\ntampoco, sea una medida que se pueda llegar a llevar adelante en la ciudad, y\nquiz\u00e1s sea una forma de evitar el ritmo de propagaci\u00f3n que lamentablemente\nnoche a noche vemos el parte con desesperaci\u00f3n del Hospital, donde suman 8, 11,\n16, 20 casos todos los d\u00edas, mas all\u00e1 del fin de semana que por ah\u00ed son un poco\nmenos, y estamos para sumar. Y el 20 de septiembre, el Senador Felipe Michlig\nle entreg\u00f3 la resoluci\u00f3n de los fondos covid, fondos provinciales, a la\nIntendenta, por lo mismo, la primera pregunta es si le lleg\u00f3, porque no tenemos\nla informaci\u00f3n al respecto y por eso pedimos documentaci\u00f3n respecto de si se\nhan percibido o no. Y mas all\u00e1 de eso, que compartimos y entendemos el destino\nque hab\u00eda manifestado que se le iban a dar a estos fondos, pero que por ah\u00ed, en\nla pandemia, surgen otras situaciones que deben ser atendidas, y que por ah\u00ed\nson fondos espec\u00edficos que vienen para esto. Alternativas que planteamos como\nConcejo Municipal ante una situaci\u00f3n que nos preocupa a todos, porque todos\nsomos vecinos, y que tenemos que ver que podemos hacer, que acciones podemos\nllevar adelante, como podemos sumar para contrarrestar los efectos de la\npandemia, hasta que llegue la vacuna y podamos verla como historia ya a este\ntema.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El C. Bono pide la palabra. Estoy de acuerdo con\nla minuta, el punto 1, para saber informaci\u00f3n del dinero, en el punto 2 donde\ndice que se utilicen parte del covid, donde no estoy de acuerdo es el punto 3,\nporque el plan detectar, lo que se utiliz\u00f3 es test de anticuerpos, y el test de\nanticuerpos, que es el econ\u00f3mico, no sirve, realmente los incides de falsos\nnegativos que hay, \u00bfQu\u00e9 quiere decir falsos negativos? Quiere decir que yo te\nhago un an\u00e1lisis, quien los hace, y en el test, porque es como un test de\nembarazo, de evatest, al poner la sangre ah\u00ed te va marcando si ten\u00e9s o no\ninmunidad, tanto la inmunidad aguda que seria la igm, o sino la inmunidad\ncr\u00f3nica que es igg, de hecho, cerca de 400 test que se hicieron ac\u00e1, solamente\ndos fueron positivos y fue mi esposa y mi hija, y esto yo lo s\u00e9 y lo s\u00e9 de\nadentro, entonces, y realmente a mi me dio negativo y cuando nos hicimos el\nan\u00e1lisis de sangre por igg \u00e9ramos todos positivos, positivos con anticuerpos de\nhace mucho tiempo, no positivos agudos, y de hecho tengo colegas m\u00e9dicos que se\nhicieron el mismo test y realmente no funciona. \u00bfQu\u00e9 quiero decir con esto? A\nmi me parece dejarle la libertad al ejecutivo de que determine cual es la mejor\npol\u00edtica, pero utilizar esos testr\u00e1pidos no sirve, lo que si me gustar\u00eda es\nbueno, utilizar, o bien el test de ant\u00edgenos que es el que utiliza el Hospital,\nque es diferente pero el costo es muy superior realmente, o sino que utilice\notra estrategia, pero a mi me parece que el test de anticuerpos, del plan\ndetectar, no sirve. Por eso me gustar\u00eda aprobar esos otros dos puntos, pero no\nel tercero.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El C. Maza pide la palabra. Sr. Pte. nosotros\nentendemos que lo que se plantea en la minuta es una sugerencia solamente, no\nse est\u00e1 imponiendo que esostest se realicen, por lo tanto no me parece\ndescabellado el pedido que le sugiere, digo le sugiere utilizar estos tipos de\nmetodolog\u00edas para detectar casos de covid, y en los otros puntos solicita\ninformaci\u00f3n que me parece fundamental para este Concejo saber en que situaci\u00f3n\nest\u00e1n los fondos covid, porque con la informaci\u00f3n que manejo, no llegaron en su\ntotalidad despu\u00e9s de caso 8 o 9 meses de pandemia, y la verdad se necesitan con\npremura, as\u00ed que seria importante que este Concejo tenga noci\u00f3n de cuales son,\no cual es la cantidad de dinero que ingres\u00f3 y la que deber\u00eda haber ingresado a\ntrav\u00e9s de los fondos covid. Por lo tanto, nuestro Bloque va a apoyar la minuta.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El C. Bono toma la palabra. Yo omit\u00ed que dice\nsugiere, disculpen.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El C. Maza toma la palabra. Lo que podr\u00edamos\nhacer, si les parece, es poner testr\u00e1pidos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La C. Guirado dice o el alternativo que ellos\nconsideres.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Luego de un intercambio de palabras, se modifica\nel punto 3.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se somete a votaci\u00f3n el proyecto de minuta de\ncomunicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se aprueba por unanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PUNTO 10) Bloque FPCyS UCR: Proyecto Declaraci\u00f3n\n\u2013 Obras CEF y 20 viviendas Ceres. El mismo dice lo siguiente: \u201c <em>VISTO:\nLa paralizaci\u00f3n de dos obras important\u00edsimas para nuestro desarrollo, tales\ncomo, la ejecuci\u00f3n de 20 Viviendas prototipos en Ceres y la ampliaci\u00f3n edilicia\ndel CEF N\u00b0 7040, y CONSIDERANDO: Que las obras de Ejecuci\u00f3n de 20 Viviendas\nprototipos \u201cVDXA 5 0 M\u201d \u2013Plan N\u00b0 5229- de la ciudad de Ceres, que fueran\nadjudicadas por la DPVyU, mediante Resoluci\u00f3n N\u00b0 3404, seg\u00fan licitaci\u00f3n p\u00fablica\nN\u00b0 06\/2019 de fecha mayo de 2019 por la suma de $30.300.000 a la U.T.E.&nbsp; MT SRL \/ Ori\u00f3n Ingenier\u00eda SRL, se encuentran\nparalizadas al presente. Que las mismas deb\u00edan emplazarse en el Barrio 150\nViviendas \u2013Plan Federal- de la ciudad de Ceres, con un plazo de ejecuci\u00f3n de\nocho meses. Al presente, y pese haber sido adjudicadas las obras, las mismas\nfueron iniciadas pero suspendidas al poco tiempo. Siendo que el actual gobierno\nlleva diez meses de gesti\u00f3n, no se advierten argumentos para mantenerlas\nparalizadas, en el marco de la crisis habitacional y laboral por la que estamos\natravesando. Que las obras de Adecuaci\u00f3n y Ampliaci\u00f3n Edilicia del Centro de\nEducaci\u00f3n F\u00edsica N\u00b0 7040 de la ciudad de Ceres, fue adjudicada por Decreto N\u00b0\n2130 de fecha 29.07.19, resultando ganadora la firma Coirini S.A, pero al\npresente se encuentra paralizada y creemos necesario disponer la reanudaci\u00f3n de\nlas mismas y su culminaci\u00f3n previa al inicio del a\u00f1o lectivo 2021. (La\ninversi\u00f3n prevista originariamente era de 28 millones de pesos, con un plazo de\nejecuci\u00f3n de obra de 240 d\u00edas). Que tales obras implican construir un \u00e1rea de\ndirecci\u00f3n, secretaria, sanitarios y acceso al gimnasio. Tambi\u00e9n incluye\nsanitarios para discapacitados, que el complejo no pose\u00eda. Tambi\u00e9n se proyect\u00f3\nel sobre techado en dos \u00e1reas de dep\u00f3sito y en un sector del patio del\ngimnasio, generando una superficie cubierta que podr\u00eda destinarse a reuniones o\nespacio \u00e1ulico. Los trabajos beneficiar\u00e1n a 2.000 alumnos que utilizan las\ninstalaciones y, adem\u00e1s, posibilitar\u00e1 el desarrollo de eventos, actos y dem\u00e1s\nactividades socioculturales. POR LO QUE: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de\nCERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS\nMODIFICATORIAS, eleva la siguiente: DECLARACI\u00d3N Art\u00edculo 1\u00b0: Decl\u00e1rese de\ninter\u00e9s la reanudaci\u00f3n y culminaci\u00f3n de las mencionadas obras de\ninfraestructura tan necesarias para nuestra localidad y regi\u00f3n. Art\u00edculo\n2\u00b0:&nbsp; Solic\u00edtese al gobierno de la\nprovincia de santa fe a realizar todas las acciones necesarias para la\nconcreci\u00f3n de las mismas. Art\u00edculo 3\u00b0: El\u00e9vese copia a la Ministerio de\nInfraestructura, Servicios P\u00fablicos y H\u00e1bitat de la Provincia de Santa Fe.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El C. Maza pide la palabra. Es una declaraci\u00f3n de inter\u00e9s\nreclamando un pedido, no solamente de todos los vecinos de la ciudad de Ceres,\nsino un reclamo que hizo tambi\u00e9n el Ejecutivo Municipal y la C\u00e1mara de\nSenadores de la Provincia, aprobado por unanimidad. Que se le d\u00e9 marcha y\npuesta en funcionamiento a las obras mencionadas, tan importantes, una\ndestinada a educaci\u00f3n y la otra a viviendas, dos pilares fundamentales en el\ndesarrollo de las sociedades en s\u00ed. As\u00ed que me parece fundamental hacer desde\nel Concejo tambi\u00e9n una declaraci\u00f3n apoyando el pedido, como dec\u00eda, no solamente\nde los vecinos sino de varias instituciones y poderes legislativos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La C. Guirado pide la palabra. Obviamente voy a acompa\u00f1ar lo que\nes esta declaraci\u00f3n, nadie puede desconocer al necesidad habitacional que hay\nen la ciudad, lo \u00fanico s\u00ed me sorprendi\u00f3 el proyecto que presenta el\nOficialismo, porque a trav\u00e9s de los medios de comunicaci\u00f3n hubo declaraciones\nde la primera mandataria local, diciendo que se reactivaba lo que era la obra\nde las 20 viviendas, inclusive cuando vino el Secretario Andrada ac\u00e1 se\nafirmaba que estaba parada, y le mostramos la nota en el diario digital donde\nla Intendenta dec\u00eda que se reactivaba \u00bfY que conllevan estas declaraciones?\nAlimentar la ilusi\u00f3n de la gente que esta preguntando y con todo el fundamento\ny con toda la necesidad, \u00bfD\u00f3nde nos podemos anotar? \u00bfQui\u00e9nes van a poder\nacceder? \u00bfEl plan para quien es? Entonces me parece que tenemos que ser un poco\nmas responsables en este sentido, porque estamos hablando de necesidades que\ntiene nuestra poblaci\u00f3n, y por eso me sorprendi\u00f3 que llegue esta declaraci\u00f3n,\nentiendo obviamente que si la presenta el Oficialismo esta totalmente\nconfirmado que son obras paradas, y por lo mismo lo voy a apoyar, pero por\nfavor pido responsabilidad a todas las autoridades, porque no se puede jugar\ncon la necesidad de la gente, y seguramente muchos de ustedes, como me ha pasado\na mi, se habr\u00e1n cruzado con vecinos que preguntan \u201c \u00bfY, que puedo hacer? \u00bfD\u00f3nde\npuedo preguntar? \u00bfQui\u00e9nes pueden acceder? \u00bf Cuando van a sortear? \u00bfCu\u00e1ndo las\nvan a construir?\u201d, y bueno lamentablemente nos enteramos que est\u00e1 parado, o sea\nque no hay muchas respuestas para brindar al respecto. As\u00ed que adelanto que voy\na acompa\u00f1ar esta declaraci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se somete a votaci\u00f3n el proyecto de declaraci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se aprueba por unanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; No siendo para m\u00e1s, se da por finalizada la Sesi\u00f3n\nsiendo las 11:16 horas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En la ciudad de Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, a los veintis\u00e9is d\u00edas del mes de noviembre de dos mil veinte, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, ubicado en Calle Av. Trist\u00e1n Malbran N\u00b075, los integrantes de dicho cuerpo, encontr\u00e1ndose todos los miembros que lo conforman presentes. [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":3540,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[27],"tags":[],"class_list":["post-4110","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-actas"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4110","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=4110"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4110\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4112,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4110\/revisions\/4112"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/3540"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=4110"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=4110"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/concejodeceres.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=4110"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}