{"id":443,"date":"2013-03-25T11:30:55","date_gmt":"2013-03-25T14:30:55","guid":{"rendered":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=443"},"modified":"2013-03-25T11:30:55","modified_gmt":"2013-03-25T14:30:55","slug":"ordenanza-no-73598","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/concejodeceres.com\/?p=443","title":{"rendered":"ORDENANZA  N\u00ba 735\/98"},"content":{"rendered":"<p>Ceres, 1\u00ba de Abril de 1998.-<\/p>\n<p>VISTO:<\/p>\n<p>\tEl informe brindado por el Departamento Ejecutivo Municipal en relaci\u00f3n a la situaci\u00f3n de los vecinos afectados a la obra de cloacas del Barrio Santa Rita -Ordenanza N\u00ba 522\/92- referentes al pago de cuotas acordadas.<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>\t\t\tQue dicha obra deb\u00eda realizarse por el sistema de contribuci\u00f3n de mejoras entres los vecinos beneficiados con la obra, que eran un total de 106 familias aproximadamente.<br \/>\n\t\t\tQue determinado el monto de la contribuci\u00f3n y fijado los plazos de pago de la misma, algunos vecinos abonaron el total convenido de $ 76,05.- (pesos setenta y seis con cinco centavos), otros una cuota de las tres convenidas, y otros dos cuotas, totalizando  veintiocho vecinos los que efectuaron alg\u00fan pago.<br \/>\n\t\t\tQue es evidente que una obra por contribuci\u00f3n de mejoras no puede hacerse en la medida que s\u00f3lo el 30 % aproximadamente de los vecinos afectados paguen la obra, dentro de los cuales muchos de ellos tampoco cancelaron la totalidad de las cuotas conforme se desprende del informe del Departamento Ejecutivo Municipal.<br \/>\n\t\t\tQue a ello, se suma que se encuentran sumamente avanzados los tr\u00e1mites relativos a la concreci\u00f3n de las obras de cloacas y agua potable para nuestra poblaci\u00f3n, y que las mismas alcanzan el sector de viviendas beneficiadas con las mejoras previstas en la Ordenanza N\u00ba 522\/92.<br \/>\n\t\t\tQue en consecuencia es conveniente dejar sin efecto la realizaci\u00f3n de la misma y arbitrar los medios necesarios para reconocer a los vecinos que  abonaron la obra y\/o cuotas de la misma, los importes efectivizados al Municipio.<br \/>\n\t\t\tQue por principios de estricta justicia y respeto al contribuyente, corresponden reconocer a este el monto aportado con m\u00e1s un inter\u00e9s igual al que aplica el Municipio a sus deudas morosas, el que se practicar\u00e1 desde la fecha del pago y  hasta la aprobaci\u00f3n de la presente.<br \/>\n\t\t\tLos importes que surjan de la liquidaci\u00f3n practicada para cada contribuyente ser\u00e1n considerados como un cr\u00e9dito fiscal que ser\u00e1 imputable a Tasa General de Inmuebles de la propiedad del indicado, en caso que estuviere al d\u00eda con tal tributo.<br \/>\n\t\t\tEn los supuestos que el beneficiarios resulte deudor de Tasa General de Inmuebles por importes superiores, el saldo acreedor por la obra de contribuci\u00f3n de mejoras se imputar\u00e1 al pago de la deuda existente.<\/p>\n<p>POR LO QUE:<\/p>\n<p>\t\tEL HONORABLE Concejo MUNICIPAL DE Ceres, en base a las  atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:<\/p>\n<p>O  R  D  E  N  A  N  Z  A<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 1\u00ba) D\u00e9jase sin efecto la obra por contribuci\u00f3n de mejoras prevista en la Ordenanza N\u00ba 522\/92.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 2\u00ba) Disponer el reconocimiento de los importes abonados por los vecinos afectados a la obra, con m\u00e1s un inter\u00e9s igual al que cobra el Municipio por mora en tales contribuciones, desde la fecha del pago y hasta la sanci\u00f3n de la presente ordenanza.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 3\u00ba) El importe abonado, con sus intereses, ser\u00e1n acreditados por el Municipio para el pago de la deuda que registren tales contribuyentes en concepto de Tasa General de Inmueble de la propiedad afectada. Si no registrare deuda por Tasa de Inmuebles, se otorgar\u00e1 un Cr\u00e9dito Fiscal a cuenta de tal tributo y hasta tanto se cubra la liquidaci\u00f3n resultante del  art\u00edculo precedente.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 4\u00ba) El\u00e9vese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comun\u00edquese, publ\u00edquese y oportunamente arch\u00edvese.<\/p>\n<p>\tDada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, el primer d\u00eda del mes de abril de mil novecientos noventa y ocho.-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ceres, 1\u00ba de Abril de 1998.- VISTO: El informe brindado por el Departamento Ejecutivo Municipal en relaci\u00f3n a la situaci\u00f3n de los vecinos afectados a la obra de cloacas del Barrio Santa Rita -Ordenanza N\u00ba 522\/92- referentes al pago de cuotas acordadas. 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