{"id":5525,"date":"2026-06-19T12:40:50","date_gmt":"2026-06-19T15:40:50","guid":{"rendered":"https:\/\/concejodeceres.com\/?p=5525"},"modified":"2026-06-19T12:40:52","modified_gmt":"2026-06-19T15:40:52","slug":"acta-numero-1527-2026","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/concejodeceres.com\/?p=5525","title":{"rendered":"ACTA N\u00daMERO 1527\/2026"},"content":{"rendered":"\n<div class=\"wp-block-file\"><a id=\"wp-block-file--media-1f32ff6e-cce9-4c6d-a6b7-c597dab8126a\" href=\"https:\/\/concejodeceres.com\/wp-content\/uploads\/2026\/06\/ACTA1527.docx\">ACTA1527<\/a><a href=\"https:\/\/concejodeceres.com\/wp-content\/uploads\/2026\/06\/ACTA1527.docx\" class=\"wp-block-file__button wp-element-button\" download aria-describedby=\"wp-block-file--media-1f32ff6e-cce9-4c6d-a6b7-c597dab8126a\">Descarga<\/a><\/div>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; En la ciudad de Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, a los28d\u00edas del mes demayode dos mil veintis\u00e9is, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, ubicado en Calle Av. Trist\u00e1n Malbr\u00e1n N\u00b075, los integrantes de dicho Cuerpo, encontr\u00e1ndose ausentes con aviso la Concejal Guirado y el Concejal Mansilla. Siendo las 08:27horas,la Dra. Romina Meshler asume la Presidencia del Cuerpo y declara abierta la Sesi\u00f3n Ordinaria, procedi\u00e9ndose al tratamiento de los puntos establecidos en el Orden del D\u00eda:<\/p>\n\n\n\n<p><a><u>SESI\u00d3N ORDINARIA &#8211; ORDEN DEL D\u00cdA N\u00b0 1525:<\/u><\/a><\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Aprobaci\u00f3n y firma de Acta anterior.<\/li>\n\n\n\n<li>Correspondencia Recibida:<\/li>\n\n\n\n<li>Nota Vecinos Calle Vieytes.<\/li>\n\n\n\n<li>Nota Concejal Mansilla.<\/li>\n\n\n\n<li>DEM: Proyecto de Ordenanza \u2013 Plan de Pago Permanente.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>La Pte. dice antes de continuar vamos a aclarar que se encuentra ausente el Concejal Mansilla con aviso, y tambi\u00e9n la Concejal Guirado que envi\u00f3 una nota que dice \u201c<em>Estimada Presidenta del Concejo Municipal comunico oficialmente que no podr\u00e9 asistir a la sesi\u00f3n ordinaria, fecha 28 de mayo de 2026, por encontrarme fuera de la ciudad por cuestiones familiares y de salud. Cumpliendo con lo que determina el reglamento la saludo atentamente, Natalia Soledad Guirado\u201d. <\/em>As\u00ed que bueno, est\u00e1n ausentes los dos con aviso.<\/p>\n\n\n\n<p>PUNTO 1) Aprobaci\u00f3n y firma de acta anterior. Se somete a votaci\u00f3n, se aprueba por unanimidad de los presentes, se procede a la firma de la misma.<\/p>\n\n\n\n<p>PUNTO 2) A continuaci\u00f3n, se da lectura a la correspondencia recibida:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Nota Vecinos Calle Vieytes. Se solicita reuni\u00f3n con el Concejo por obra en calle Vieytes.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La Pte. dice bien. Ya tenemos pactada una reuni\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>La C. Vernetti pide la palabra. No, solamente para agregar que nosotros coincidimos con la fecha, pero con antelaci\u00f3n ya lo hab\u00edamos decidido, ya lo hab\u00edamos establecido en esta mesa, y tambi\u00e9n hab\u00edamos decidido el mismo lugar de hacer la reuni\u00f3n por la cantidad de vecinos, para que podamos estar mas c\u00f3modos y podamos expresarnos.<\/p>\n\n\n\n<p>La C. Brondoni pide la palabra. S\u00ed, para sumar a lo manifestado por la Concejal Vernetti, justamente comenzamos con la distribuci\u00f3n de las invitaciones o convocatoria por parte de los Concejales que estamos hoy presentes, incluso en el d\u00eda de ayer ya estaban impresas las notas cuando tomamos conocimiento del ingreso de esta solicitud.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Nota Concejal Mansilla. Se informa ausencia a sesi\u00f3n ordinaria. Se expresa conformidad con el proyecto de ordenanza de plan de pago permanente del Departamento Ejecutivo Municipal.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>PUNTO 3) DEM: Proyecto de Ordenanza \u2013 Plan de Pago Permanente. El mismo dice lo siguiente:<em>\u201c<\/em><em>VISTO:<\/em><em>La morosidad tributaria existente en el pago de tributos, yCONSIDERANDO:Que de acuerdo al principio de legalidad que rige en materia tributaria, corresponde al \u00d3rgano Legislativo sancionar las normas jur\u00eddicas correspondientes a la creaci\u00f3n de los tributos de competencia municipal, que sean compatibles con la Constituci\u00f3n Nacional y la Provincial y con las leyes convenio que la Provincia de Santa Fe, en nombre de todos los municipios y comunas que la componen, ha suscripto con la Naci\u00f3n a los fines de la distribuci\u00f3n de los recursos tributarios e impedir as\u00ed la doble o m\u00faltiple imposici\u00f3n.Que por el contexto econ\u00f3mico actual se torna necesario acompa\u00f1ar a los contribuyentes a trav\u00e9s de mecanismos que incentiven y hagan posible el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Que por los motivos expuestos se considera conveniente fijar tasas de inter\u00e9s diferenciales para planes de pagos permanentes.Que la Ley Org\u00e1nica de Municipios de la Provincia de Santa Fe N\u00b014.436, establece en su art\u00edculo 39 inciso i) que es competencia del Concejo Municipal todo lo concerniente a sancionar ordenanzas de administraci\u00f3n financiera, presupuesto y las que establezcan los tributos locales que se encuentren autorizados a crear, de conformidad con los principios que surgen de la Constituci\u00f3n Provincial y del resto del ordenamiento jur\u00eddico.Que, asimismo, en su art\u00edculo 51 inciso p), la norma citada faculta a la Intendente Municipal para hacer recaudar los tributos y rentas municipales, as\u00ed como disponer la inversi\u00f3n de los recursos municipales.Que es necesario establecer un nuevo plan de pago permanente para la Tasa General de Inmuebles, Tasa de Conservaci\u00f3n y Construcci\u00f3n de Caminos Rurales, Derecho de Registro e Inspecci\u00f3n, Derecho de Cementerio, Contribuci\u00f3n por Mejoras y Planes o Convenios caducados. POR LO QUE:EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 14.436 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:O R D E N A N Z AART\u00cdCULO 1\u00b0) Establ\u00e9cese un Plan de Pago Permanente con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, para los siguientes tributos y sus intereses:Tasa General de Inmuebles.Tasa de Conservaci\u00f3n y Construcci\u00f3n de Caminos Rurales.Derecho de Registro e Inspecci\u00f3n.Derecho de Cementerio.Contribuci\u00f3n por Mejoras.Planes o Convenios caducados.ART\u00cdCULO 2\u00b0)Quedan incluidas en el presente Plan de Pago Permanente todas las obligaciones tributarias no canceladas en concepto de Tasa General de Inmuebles, Tasa de Conservaci\u00f3n de Caminos Rurales, Derecho de Registro e Inspecci\u00f3n, Derecho de Cementerio y Contribuci\u00f3n por Mejoras; cuyos vencimientos operen hasta el mes inmediato anterior al de la presentaci\u00f3n de la solicitud de acogimiento al Plan de Pago Permanente que efect\u00fae el contribuyente, aun cuando se encuentren intimadas, en proceso de determinaci\u00f3n, en tr\u00e1mite de reconsideraci\u00f3n o apelaci\u00f3n ante del Departamento Ejecutivo Municipal, en proceso de ejecuci\u00f3n judicial o incluidas en reg\u00edmenes de facilidades de pagos anteriores.ART\u00cdCULO 3\u00b0) Limitaciones: todo contribuyente no podr\u00e1 adherir a un nuevo plan de pago permanente, mientras contin\u00fae vigente alguno anterior.ART\u00cdCULO 4) El acogimiento al presente Plan de Pago Permanente y a sus respectivos beneficios, significa el pleno reconocimiento de la deuda fiscal que se regularice, con todas sus implicancias, constituyendo, asimismo, desistimiento total de cualquier recurso administrativo o judicial interpuesto sobre su procedencia, alcance o forma de c\u00e1lculo. La presente, no concede derecho alguno a repetici\u00f3n de grav\u00e1menes, multas, intereses o actualizaciones de deudas que hubieran abonado con anterioridad a la fecha de promulgaci\u00f3n.ART\u00cdCULO 5\u00b0) Los planes de pagos permanentes, se ajustar\u00e1n a los siguientes t\u00e9rminos y condiciones:Planes de hasta seis (6) cuotas: 0,00% (cero por ciento) mensual.Planes de hasta doce (12) cuotas: Tasa de Inter\u00e9s: 0,50% (cero con cincuenta cent\u00e9simos por ciento) mensual.Planes de hasta dieciocho (18) cuotas. Tasa de inter\u00e9s: 1% (uno por ciento) mensual.ART\u00cdCULO 6\u00b0) La primera cuota que en cada caso se establezca, deber\u00e1 ser abonada al momento de la formalizaci\u00f3n del convenio, teniendo vencimiento cada 30 d\u00edas corridos, las siguientes.ART\u00cdCULO 7\u00b0) La mora se pacta de pleno derecho, en forma autom\u00e1tica, sin necesidad de notificaci\u00f3n alguna con la actualizaci\u00f3n habitual. La falta de pago en el t\u00e9rmino de dos (2) cuotas consecutivas o alternadas provocar\u00e1 la caducidad del convenio y tornar\u00e1 exigible el saldo total adeudado, con p\u00e9rdida de los beneficios otorgados.ART\u00cdCULO 8\u00b0) Para las deudas en proceso de discusi\u00f3n y\/o ejecuci\u00f3n judicial, el contribuyente deber\u00e1 presentar previo a la adhesi\u00f3n al Plan Especial, en caso de corresponder:Nota firmada donde se hace constar que se allana y\/o desiste de toda acci\u00f3n y derecho por los conceptos y montos por los que formula el acogimiento y que se hace cargo de las costas y costos del juicio.Recibo cancelatorio de honorarios y costas.Para los casos de deudas en gesti\u00f3n judicial, se establece que la primera cuota de los planes o convenios que se formalicen, tendr\u00e1n vencimiento dentro de los 10 (diez) d\u00edas de su suscripci\u00f3n.ART\u00cdCULO 9\u00b0) El\u00e9vese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos.&nbsp; Comun\u00edquese, publ\u00edquese y oportunamente arch\u00edvese.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>La C. Brondoni pide la palabra. En primer lugar manifestar de que este proyecto ingres\u00f3 el jueves pasado, que ha sido trabajado en comisi\u00f3n el d\u00eda martes, y con mayor profundidad el d\u00eda mi\u00e9rcoles, el d\u00eda de ayer, por eso la presentaci\u00f3n del Concejal que hoy se encuentra ausente. Agradecerle al Secretario de Hacienda que en el transcurso de la ma\u00f1ana hemos estado realiz\u00e1ndole algunas consultas, darle las gracias siempre por estar disponible, porque bueno, consideramos todos de que este proyecto tiene que tener esta celeridad y poder hoy ser aprobado, y que el Municipio comience con su implementaci\u00f3n. Un proyecto que est\u00e1 destinado a todos los contribuyentes de tasa general de inmuebles, de tasa de conservaci\u00f3n y construcci\u00f3n de caminos rurales, derecho de registro e inspecci\u00f3n, derecho de cementerio, contribuci\u00f3n de mejoras, es decir, de todos los tributos, independientemente de que exista una intimaci\u00f3n, un proceso judicial, y tambi\u00e9n se deja en claro de toda aquella persona que se haya adherido a alg\u00fan plan de facilidad de pago, que com\u00fanmente conocemos como moratoria, y que no lo haya abonado. Como se indica es un plan que va a estar en vigencia esta ultima parte del a\u00f1o, es decir hasta el 31 de diciembre del 2026, y en el mismo se impulsan diferentes opciones para estos contribuyentes, un plan de seis cuotas sin inter\u00e9s mensual, un plan de doce cuotas con el 0,5% de inter\u00e9s mensual, y dieciocho cuotas con un inter\u00e9s del 1%. Aclaro de que no es un plan de facilidad de pago, no es una moratoria por el cual el contribuyente puede adherirse y va a haber una quita de intereses, es un plan de pago, un plan de pago permanente por los \u00faltimos meses de este a\u00f1o, y que el calculo para comenzar a pagar ese plan se har\u00e1 en forma inmediata en relaci\u00f3n al mes anterior que decida realizar el mismo. En consonancia a todo esto me parece tambi\u00e9n importante trasladar algunos valores sobre varios de estos tributos que bueno, que hacen a la falta de cobrabilidad de parte de la Municipalidad. En el caso de tasa general de inmuebles los valores, aproximados, ascienden a mil trescientos millones de pesos, en el caso de tasa de conservaci\u00f3n y construcci\u00f3n de caminos rurales de trescientos millones de pesos, lo cual equivale pr\u00e1cticamente a un total de un a\u00f1o de emisi\u00f3n de boletas de este tributo; con respecto al DREI tenemos dos cuestiones, por un lado los recibos que se declaran pero que no se pagan, por ejemplo desde el a\u00f1o 2025 hay una suma aproximada de deuda de doscientos millones de pesos, para el caso de los recibos que no fueron directamente presentados doscientos cincuenta millones de pesos, para este tributo la cobrabilidad en este a\u00f1o es de alrededor de 60%; y con respecto a contribuci\u00f3n de mejoras, que es una de las cuestiones que en varias oportunidades hemos charlado en esta mesa con los dem\u00e1s Concejales, hay una deuda de doscientos ochenta y siete millones de pesos, un valor que en mayor porcentaje, para no decir claramente todo, es la imposibilidad de cobrabilidad de una obra en particular, que es la obra que se encuentra sujeta a una legislaci\u00f3n municipal que es la Ordenanza 1768 del 22, respecto de la obra de pavimento de las veintid\u00f3s cuadras. Bueno, luego de muchos n\u00fameros tambi\u00e9n dejar en claro que este proyecto o este plan que est\u00e1 impulsado por la Municipalidad es una herramienta clave que va a brindar un alivio y tambi\u00e9n oportunidad de los contribuyentes para que puedan ponerse al d\u00eda y tambi\u00e9n regularizar sus obligaciones, pero tambi\u00e9n es fundamental para poder garantizar mayores ingresos, mayores recursos al Municipio para que continue invirtiendo en obras, en servicios p\u00fablicos, en salud, en educaci\u00f3n, en maquinaria, bueno claramente estamos atravesando un contexto econ\u00f3mico muy dif\u00edcil, entonces bueno esta herramienta o este plan que se impulsa es un mecanismo que va a permitir tanto a las familias como a los sectores comerciales y productivos poder, reitero, regularizar su situaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>La C. Vernetti pide la palabra. Solamente agregar Presidente si Usted me permite, primero avalar todo lo que dijo nuestra Concejal, que realmente en el d\u00eda de ayer el trabajo en comisi\u00f3n fue fruct\u00edfero por eso el acompa\u00f1amiento de la oposici\u00f3n, porque entiende esta situaci\u00f3n, y entiende que la decisi\u00f3n tomada por nuestra Intendente en este momento, en este punto del mes, es un oxigeno para los que tienen una deuda pensar en este plan de pago, pensar en c\u00f3mo podemos acomodarnos, y tambi\u00e9n, en seguir trabajando como viene trabajando nuestro Municipio en obras y en mejor calidad de vida, por eso me parece que eso es importante y es crucial, que lo tomen a bien la llegada de esto.<\/p>\n\n\n\n<p>Se somete a votaci\u00f3n el proyecto de ordenanza.<\/p>\n\n\n\n<p>Se aprueba por unanimidad de los presentes.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; No siendo para m\u00e1s, se da por finalizada la Sesi\u00f3n, siendo las 08:41horas.<\/p>\n\n\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; En la ciudad de Ceres, departamento San Crist\u00f3bal, provincia de Santa Fe, a los28d\u00edas del mes demayode dos mil veintis\u00e9is, se re\u00fanen en la Sala de Sesiones del H. 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