{"id":618,"date":"2013-03-25T12:46:32","date_gmt":"2013-03-25T15:46:32","guid":{"rendered":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=618"},"modified":"2013-03-25T12:46:32","modified_gmt":"2013-03-25T15:46:32","slug":"ordenanza-no-82201","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/concejodeceres.com\/?p=618","title":{"rendered":"ORDENANZA N\u00ba 822\/01"},"content":{"rendered":"<p>CERES, 23 de mayo de 2001.-<\/p>\n<p>VISTO: <\/p>\n<p>\tQue se ha gestionado un cr\u00e9dito para la adquisici\u00f3n de materiales para le ejecuci\u00f3n de pavimento ante el Programa Municipal de Inversiones puesto en pr\u00e1ctica por la provincia de Santa Fe. Y<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>\t\tQue esta Municipalidad tiene pendiente la ejecuci\u00f3n de algunas cuadras previstas y contempladas en la Ordenanza N\u00ba 175\/78, y sus modificatorias y que por diferentes razones no pudo cumplirse en tiempo y forma con los compromisos all\u00ed asumidos.<br \/>\n\t\tQue la toma de decisi\u00f3n sobre las obras de infraestructura es tarea indelegable del Gobierno Municipal, quien deber\u00e1 extremar los recaudos para que la distribuci\u00f3n de la carga se realicen en forma equitativa, respetando el principio de igualdad y uniformidad en la fijaci\u00f3n de tributos, procurando al mismo tiempo el m\u00e1ximo de facilidades para el pago de la contribuci\u00f3n, y teniendo en cuenta lo fijado en la Ordenanza N\u00ba 175\/78 y sus modificatorias.<br \/>\n\t\tQue dada la magnitud de la obra a realizarse, este Municipio no est\u00e1 en condiciones de llevar adelante la misma con recursos propios en un tiempo perentorio, por lo cual, se ha decidido la adhesi\u00f3n al r\u00e9gimen de financiamiento para obras de infraestructura del PRESTAMO DEL FONDO MUNICIPAL DE INVERSIONES creado por Ley N\u00ba  10 264\/88 \u2013 Decreto N\u00ba 2 255\/89 \u2013 Pr\u00e9stamo BIRF N\u00ba 2920 AR e implementado por Resoluci\u00f3n Ministerial N\u00ba 573\/98, para concretar la ejecuci\u00f3n de la misma.<br \/>\n\t\tQue la finalizaci\u00f3n de la obra de pavimento establecida por la Ordenanza N\u00ba 175\/78 y sus modificatorias, permitir\u00eda la continuidad de obras de asfalto y\/o pavimento en un futuro cercano en sectores no contemplado por la misma.<\/p>\n<p>POR LO QUE:<\/p>\n<p>\t\tEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:<\/p>\n<p>O R D E N A N Z A<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 1\u00ba) DESCRIPCI\u00d3N DE LA OBRA: Decl\u00e1rase de utilidad p\u00fablica la obra de pavimento urbano de hormig\u00f3n simple. La misma se ejecuta bajo el proyecto de pavimento urbano propiedad de la Municipalidad de Ceres, el  trabajo a ejecutar consiste en:<br \/>\na)\tLimpieza de obra: limpieza de obra eliminando todos los obst\u00e1culos que se puedan interponer a la obra de pavimento, dichos obst\u00e1culos pueden ser entradas particulares, alcantarillas, postes, etc.<br \/>\nb)\tRelleno de cunetas hasta nivel de sub-rasante: el trabajo consiste en tratar todas las cunetas existentes en el  lugar donde se construir\u00e1 el pavimento. Desmonte del suelo-barro, saneamiento de la base de la cuneta, relleno y compactaci\u00f3n con suelo \u2013 cal hasta nivel de sub-rasante.<br \/>\nc)\tReplanteo de obra: se encuadra dentro de esta tarea todos los trabajos topogr\u00e1ficos para marcar la traza y las cotas del pavimento a constru\u00edr.<br \/>\nd)\tPerfilado de la caja: en esta tarea se realizan los trabajos de desmonte o terraplenamiento para dejar el terreno a nivel de sub-rasante.<\/p>\n<p>e)\tConstrucci\u00f3n de pavimento: una vez ejecutada la caja se procede a moldear, ejecutar la cama de<br \/>\narena, colocar el hormig\u00f3n fresco, vibrar, cortar y fratachar la superficie de rodamiento.<br \/>\nf)\tCuadro del hormig\u00f3n: para curar el hormig\u00f3n se utiliza un cobertor qu\u00edmico.<br \/>\ng)\tTomado de juntas.<br \/>\nh)\tRelleno de los espacios verdes.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 2\u00ba) El proyecto comprende la ejecuci\u00f3n de 8500 metros cuadrados de pavimento con un ancho de calzada de 6 metros (6.40 metros incluye los cordones), estando comprendidas en las calles de la planta urbana que a continuaci\u00f3n se detallan:<\/p>\n<p>Calle: Av. Maip\u00fa desde Independencia hasta Dorrego: 2 cuadras (lado Sur).<br \/>\nCalle: Av. Falucho desde Juan Jos\u00e9 Paso hasta Pellegrini: 2 cuadras (ambos lados).<br \/>\nCalle: Av. Belgrano desde Santa Fe hasta Avda. Chacabuco: 4 cuadras (lado Sur).<br \/>\nCalle: Av. Milano desde Av. Trist\u00e1n Malbr\u00e1n hasta H. Vieytes: 2 cuadras (lado Oeste).<br \/>\nTotal: 10 (diez) cuadras.<br \/>\nY las siguientes bocacalles:<br \/>\nAv. Maip\u00fa esquina Independencia.<br \/>\nAv. Maip\u00fa esquina Avellaneda.<br \/>\nAv. Maip\u00fa esquina Dorrego.<br \/>\nAc. Falucho esquina Pellegrini (doble).<br \/>\nAv. Belgrano esquina Gobernador Aldao.<br \/>\nAv. Belgrano esquina Delfor del Valle.<br \/>\nAv. Belgrano esquina Hernandarias.<br \/>\nAv. Milano esquina Juan de Garay.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 3\u00ba) EJECUCI\u00d3N DE LA OBRA: La obra se ejecutar\u00e1 por administraci\u00f3n municipal conforma al Convenio se Subpr\u00e9stamo suscrito por la Unidad  de Ejecuci\u00f3n para el Programa Municipal  de la Provincia de Santa Fe, aprobado por Ordenanza N\u00ba 823\/01.-<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 4\u00ba) COSTOS DE LOS TRABAJOS Y SISTEMA DE PRORRATEO: Disp\u00f3nese la aplicaci\u00f3n del sistema de recupero por contribuci\u00f3n de mejoras en iguales condiciones que las fijadas en la Ordenanza N\u00ba 175\/78 y sus modificatorias.-<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 5\u00ba) FORMA DE PAGO: Para el pago de la Contribuci\u00f3n de Mejoras, de las deudas pendientes de la Ordenanza N\u00ba 175\/78 y sus modificatorias. Se prev\u00e9n los siguientes planes:<br \/>\nA \u2013 CONTADO: Operando su vencimiento a los 30 (treinta) d\u00edas de comunicado por parte de la Municipalidad de Ceres del certificado, de finalizaci\u00f3n de obras para cada una de las cuadras, siendo el valor b\u00e1sico del metro cuadrado de pavimento el establecido por la Ordenanza N\u00ba 175\/78 y sus modificatorias.<\/p>\n<p>B \u2013 HASTA 60 CUOTAS: Mensuales y consecutivas, operando el vencimiento de la primer cuota a los 30 d\u00edas de comunicado por parte de la Municipalidad de Ceres del Certificado de finalizaci\u00f3n de obras para cada una de las cuadras, siendo el valor b\u00e1sico del metro cuadrado de pavimento el establecido por la Ordenanza N\u00ba 175\/78 y sus modificatorias.<br \/>\nEl importe de la cuota resultar\u00e1 del costo b\u00e1sico total que corresponda a cada propietario m\u00e1s un inter\u00e9s por la financiaci\u00f3n equivalente al 1 % (uno por ciento) mensual por cantidad de cuotas que se elijan, dividido el n\u00famero de cuotas del plan.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 6\u00ba) Los contribuyentes que no se presenten en el plazo se\u00f1alado para convenir la forma de pago quedar\u00e1n autom\u00e1ticamente incorporados al r\u00e9gimen del PLAN B y en las condiciones del mismo.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 7\u00ba) La falta de cumplimiento en t\u00e9rmino de las obligaciones que contrajeran los contribuyentes en virtud de la opci\u00f3n por cualquiera de las formas de pago establecidas en las disposiciones precedentes, har\u00e1n aplicables las normas establecidas por la Ordenanza Tributaria Municipal relativas a la mora de los tributos y adicionales.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 8\u00ba) EMISION DE LAS LIQUIDACIONES: Las liquidaciones emitidas por el Municipio, y suscrita por la autoridad competente, tendr\u00e1 fuerza ejecutiva y constituir\u00e1n t\u00edtulo legal habilitante.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 9\u00ba) LA OPERACI\u00d3N Y MANTENIMIENTO del sistema estar\u00e1 a cargo de la secci\u00f3n recaudaci\u00f3n del Municipio y consistir\u00e1 en la determinaci\u00f3n de la deuda a cada propietario beneficiados por la obra, notificaci\u00f3n para la realizaci\u00f3n de los planes fijados en el art. 5\u00ba, emisi\u00f3n de las cuotas, seguimiento de la cobranza, y todo lo necesario para la aplicaci\u00f3n de lo establecido en la presente.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 10\u00ba) DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS: A los fines de la liquidaci\u00f3n de la contribuci\u00f3n por mejoras emergentes de las obras a que se refiere la presente Ordenanza, los inmuebles beneficiados, se afectar\u00e1n en funci\u00f3n de los datos catastrales y dominiales que poseen a la fecha que fije el Departamento Ejecutivo, no debiendo extenderse escritura p\u00fablica alguna, que afecte el dominio de los referidos inmuebles, sin la previa obtenci\u00f3n del Certificado de Libre Deuda que acredite el pago de la contribuci\u00f3n de mejoras que incidiere sobre el mismo.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 11\u00ba) El\u00e9vese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comun\u00edquese, publ\u00edquese y oportunamente arch\u00edvese. <\/p>\n<p>\tDada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres a los veintitr\u00e9s d\u00edas del mes de mayo de dos mil uno.-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>CERES, 23 de mayo de 2001.- VISTO: Que se ha gestionado un cr\u00e9dito para la adquisici\u00f3n de materiales para le ejecuci\u00f3n de pavimento ante el Programa Municipal de Inversiones puesto en pr\u00e1ctica por la provincia de Santa Fe. 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