{"id":707,"date":"2013-03-25T13:38:56","date_gmt":"2013-03-25T16:38:56","guid":{"rendered":"http:\/\/concejodeceres.com\/?p=707"},"modified":"2013-03-25T13:38:56","modified_gmt":"2013-03-25T16:38:56","slug":"ordenanza-no-86503","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/concejodeceres.com\/?p=707","title":{"rendered":"ORDENANZA N\u00ba 865\/03"},"content":{"rendered":"<p>Ceres, 25 de noviembre de 2003.-<\/p>\n<p>VISTO:<\/p>\n<p>\tLa necesidad de incorporar a la Ordenanza N\u00ba 220\/80, el Reglamento para la construcci\u00f3n de las obras internas en los edificios de nuestra ciudad, para la conexi\u00f3n a las obras p\u00fablicas de agua potable y desag\u00fces cloacales.  Y<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>\t\t\tQue es atribuci\u00f3n de la Municipalidad la reglamentaci\u00f3n de las obras internas de los edificios de nuestra ciudad que se conectaren con Obras P\u00fablicas como es el caso de las cloacas y del agua potable.<br \/>\n\t\t\tQue a tal efecto se agregar\u00e1 como anexo I de la presente ordenanza al reglamento elaborado con ese fin.<\/p>\n<p>POR LO QUE.<\/p>\n<p>\t\tEl Honorable Concejo Municipal de Ceres, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:<\/p>\n<p>O R D E N A N Z A<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 1\u00ba) Incorp\u00f3rese como Anexo I de la presente Ordenanza, a la Ordenanza N\u00ba 220\/80, el Reglamento de Construcci\u00f3n de las Obras Internas de los edificios de nuestra ciudad que se conectaren con las Obras de Agua Potable y Servicios Cloacales.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 2\u00ba) Ot\u00f3rguese a la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda. como concesionaria de las obras de agua potable y cloacas la  aplicaci\u00f3n del reglamento que es parte de esta Ordenanza como  Anexo I como requisitos para la conexi\u00f3n y reconexi\u00f3n de ambos servicios.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 3\u00ba) Env\u00edese copia al Consejo de Administraci\u00f3n de la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 4\u00ba) El\u00e9vese al departamento Ejecutivo Municipal de Ceres a sus efectos, comun\u00edquese, publ\u00edquese y oportunamente arch\u00edvese.<\/p>\n<p>\tDada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Ceres, a los veinticinco d\u00edas del mes de noviembre de dos mil tres.-<br \/>\nREGLAMENTO<\/p>\n<p>Para el proyecto, construcci\u00f3n y funcionamiento de las obras domiciliarias de desag\u00fces cloacales y agua potable en el interior de los edificios de la ciudad de Ceres.<\/p>\n<p>CAPITULO I<\/p>\n<p>Disposiciones generales de los tr\u00e1mites a realizar:<br \/>\nARTICULO 1: Obras de saneamiento domiciliario y agua potable: Es obligatorio para el o los propietarios de las fincas comprendidas dentro de la zona urbana de la ciudad de Ceres, y  servidos por las obras de desag\u00fce cloacales y agua potable, la construcci\u00f3n de las obras de saneamiento domiciliario con los materiales y sistemas constructivos que se indican en el siguiente Reglamento.<br \/>\nARTICULO 2: Documentaci\u00f3n requerida para las conexiones a red de cloaca y agua potable.<br \/>\na)\tEN EDIFICIOS NUEVOS: A partir de la vigencia de este Reglamento para construir obras domiciliarias de saneamiento en edificios nuevos, el o los propietarios de los mismos, presentaran ante la Secretar\u00eda de  Obras y Servicios P\u00fablicos de la Municipalidad la documentaci\u00f3n correspondiente para obtener el permiso:<br \/>\n1.\tSolicitud para la conexi\u00f3n de obra de agua y\/o cloaca seg\u00fan modelo que se adjunta.<br \/>\n2.\tPlano o croquis de instalaci\u00f3n completa de la obra de desag\u00fces cloacales y agua potable, en una dimensi\u00f3n de acuerdo a las normas IRAM, tama\u00f1o A-4, A-3, A-2, etc. Acorde a las dimensiones del proyecto; en original y dos copias.<br \/>\n3.\tEl plano o croquis ser\u00e1 confeccionado en escala 1:100 o 1:50, conteniendo plantas y car\u00e1tula firmada por el Instalador responsable de la instalaci\u00f3n.<br \/>\nb)\tEN EDIFICIOS EXISTENTES: Para la construcci\u00f3n de obras domiciliarias en edificios existentes y su conexi\u00f3n a la red cloacal y de agua potable anteriores a la vigencia de este Reglamento; ser\u00e1 obligatorio la presentaci\u00f3n de:<\/p>\n<p>1.\tSolicitud para la conexi\u00f3n de obra de agua y\/o cloaca seg\u00fan modelo que se adjunta.<br \/>\n2.\tPlano o croquis de la instalaci\u00f3n de agua y cloaca existente si lo hubiera, en una dimensi\u00f3n de acuerdo a las normas IRAM, tama\u00f1o A-4, A-3, A-2, etc.  Acorde a las dimensiones del edificio, en  original y dos copias.<br \/>\n3.\tEl plano o croquis ser\u00e1 confeccionado en escala 1:100 o 1:50, conteniendo plantas y car\u00e1tula firmada por el Instalador responsable de la instalaci\u00f3n.<\/p>\n<p>ARTICULO 3: REVISION DE PLANOS: Dentro del t\u00e9rmino de diez idas h\u00e1biles a contar de la presentaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n, en la Oficina de Obras y Servicios P\u00fablicos de la Municipalidad, la misma revisara los planos o croquis, aprobando o indicando la naturaleza de las modificaciones que deber\u00e1n introducirse en los mismos.<br \/>\nMientras no se haya obtenido la aprobaci\u00f3n de los planos no se podr\u00e1 empezar trabajo alguno.<\/p>\n<p>a)\tSOLICITUD DE INSPECCION: El instalador deber\u00e1 solicitar la inspecci\u00f3n con todos los artefactos colocados y con el plano o croquis conforme a obra, si en la misma se hubiesen hecho modificaciones, aprobadas por la Secretar\u00eda de Obras y Servicios p\u00fablicos.<br \/>\nb)\tOBLIGACION DE CONSERVAR LOS PLANOS DE OBRA: Al solicitar la inspecci\u00f3n deber\u00e1 encontrarse en la obra una de las copias aprobadas del plano o croquis, que fue presentado. El inspector de obra labrar\u00e1 un acta, asentando en la misma las observaciones que crea necesario.  Dicha acta se confeccionar\u00e1 por triplicado, quedando un acta en posesi\u00f3n del instalador, una copia al propietario y una para la Secretar\u00eda.<br \/>\nc)\tRESOLUCIONES DE SITUACIONES ESPECIALES: La Secretar\u00eda de Obras y Servicios P\u00fablicos de la Municipalidad queda facultada para resolver las situaciones que no est\u00e9n contempladas en este Reglamento, asimismo los interesados podr\u00e1n  consultarla para alg\u00fan caso no previsto en el mismo.<\/p>\n<p>CAPITULO II<br \/>\nDE LOS INSTALADORES.<br \/>\nARTICULO 4: Podr\u00e1n construir obras de saneamiento y firmar ante la Secretar\u00eda de  Obras y Servicios P\u00fablicos los Profesionales: Ingenieros Civil, en Construcciones, en Recursos H\u00eddricos, Arquitectos, T\u00e9cnicos Constructores y Maestros Mayores de Obras, quienes deber\u00e1n inscribirse a tal efecto en los registro Municipales de instaladores. A tal  efecto se abrir\u00e1 un Registro de Inscripci\u00f3n para instaladores de obras internas domiciliarias.<\/p>\n<p>CAPITULO III<\/p>\n<p>DE LA POLICIA DE OBRAS:<br \/>\nART\u00cdCULO 5: INSPECCIONES DE LAS OBRAS: No se cubrir\u00e1 ninguna parte del trabajo hasta que haya sido inspeccionada y aprobada por la Inspecci\u00f3n Municipal.<br \/>\nA)\tResponsabilidad de los Profesionales; si el inspector detecta alg\u00fan trabajo en contravenci\u00f3n al presente Reglamento, se dar\u00e1 orden al Profesional a reconstruirlo de acuerdo al Reglamento.<br \/>\nB)\tLa expedici\u00f3n del Permiso correspondiente, no exime al propietario de las obligaciones de desinfectar, cegar y cubrir debidamente los pozos cuya existencia se descubra en la finca, teniendo un plazo m\u00e1ximo de ejecutar dicho trabajo de 1 a\u00f1o.<br \/>\nC)\tInspecciones peri\u00f3dicas; la Municipalidad podr\u00e1 practicar inspecciones peri\u00f3dicas en las obras domiciliarias de saneamiento y agua potable en su construcci\u00f3n o en funcionamiento.<\/p>\n<p>CAPITULO IV<\/p>\n<p>DE LAS PENALIDADES<br \/>\nART\u00cdCULO 6: Infracci\u00f3n: la Municipalidad podr\u00e1 imponer una multa al propietario o profesional a cargo del trabajo, si hubiere ejecutado obras en contravenci\u00f3n a este Reglamento.<\/p>\n<p>CAPITULO V<\/p>\n<p>DEL PROYECTO DE LAS INSTALACIONES SANITARIAS DOMICILIARIAS<br \/>\nDESAG\u00dcE CLOACAL DOMICILIARIO<br \/>\nART\u00cdCULO 7: Obra externa e interna; las obras domiciliarias de desag\u00fce cloacal se dividen en dos partes:<br \/>\na)\tOBRAS EXTERNAS: Comprende el tramo de ca\u00f1er\u00eda desde la red colectora hasta el limite entre el espacio verde y la vereda reglamentaria que corresponde para cada ancho de calle, esta obra ser\u00e1 ejecutada por la Cooperativa de Servicios Ceres Limitada.<br \/>\nb)\tOBRAS INTERNAS: Comprende desde la c\u00e1mara de empalme hacia el interior de la finca, esta obra ser\u00e1 ejecutada y costeada por los propietarios de las mismas de acuerdo a este Reglamento y bajo el control Municipal.<br \/>\nc)\tCAMARA DE EMPALME: Se denomina c\u00e1mara de empalme a una c\u00e1mara de inspecci\u00f3n que sirve para unir la obra externa  con la obra interna, la misma tendr\u00e1 una profundidad de 0,80 mts. referido al nivel del cord\u00f3n de vereda.   La secci\u00f3n de la misma ser\u00e1 cuadrada y tendr\u00e1 una dimensi\u00f3n de 0,40 mts x 0,40 mts.<br \/>\nd)\tCAMARAS SEPTICAS: Se deber\u00e1n anular completamente las C\u00e1maras S\u00e9pticas.<br \/>\ne)\tPOZOS NEGROS: Una vez conectada la obra interna a la obra externa el propietario deber\u00e1 cegar el o los pozos negros situados en la vereda o dentro de la finca, dentro de un plazo m\u00e1ximo de 1 a\u00f1o.   Los mismos deber\u00e1n ser cegados previo desagote y colocando ante la inspecci\u00f3n Municipal 50 kg. de cal viva y posterior relleno con arena, tierra o escombros.<br \/>\nf)\tDESHECHOS INDUSTRIALES Y DE OTRO TIPO: Los deshechos industriales que contengan elementos nocivos, ya sea \u00e1cidos, cromatos, agroqu\u00edmicos, derivados del petr\u00f3leo, etc. No se podr\u00e1n volcar a la red colectora domiciliaria.  Estos tipos de deshechos deber\u00e1n ser tratados mediante artefactos y accesorios industriales, regulados por las leyes existentes en la materia. Los mismos deber\u00e1n estar dise\u00f1ados por un Profesional que asume la responsabilidad de que el l\u00edquido que se vuelque no contenga estos elementos nocivos.<br \/>\nCAMARA DE EMPALME<\/p>\n<p>\t\t\tDIBUJO CAMARA DE EMPALME<br \/>\nART\u00cdCULO 8: DIMENSIONES Y MATERIALES A UTILIZAR EN LA CA\u00d1ERIAS: Los ca\u00f1os a emplearse en la ejecuci\u00f3n de las Obras Internas tendr\u00e1n un di\u00e1metro m\u00ednimo de 110 mm con un espesor de pared de 3,2 mm, el material a utilizar deber\u00e1 ser PVC aprobado.<\/p>\n<p>a)\tLa ca\u00f1er\u00eda principal, que recibe y evacua los l\u00edquidos cloacales de la vivienda y los conduce a la red colectora (Obra Externa) deber\u00e1 salir en forma perpendicular a la l\u00ednea de edificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>b)\tLas ca\u00f1er\u00edas de desag\u00fce ser\u00e1n construidas en l\u00ednea recta, pero si se debe cambiar la direcci\u00f3n de la misma se le intercalara una curva o una c\u00e1mara de inspecci\u00f3n, prefiri\u00e9ndose esta \u00faltima ya que permite tener acceso al sistema.     Los empalmes en la ca\u00f1er\u00eda principal se deben ejecutar con un ramal a 45\u00ba, si el mismo es un \u00e1ngulo mayor el empalme se realizara mediante una c\u00e1mara de inspecci\u00f3n, este \u00e1ngulo nunca exceder\u00e1 los 90\u00ba, salvo en los desag\u00fces provenientes de pileta de patio abierta o rejillas de piso, en la que el \u00e1ngulo de incidencia puede ser cualquiera ya que transporta solamente agua.<\/p>\n<p>ARTICULO 9: DE LOS SISTEMAS Y ARTEFACTOS, SU FUNCIONAMIENTO<\/p>\n<p>SISTEMA PRIMARIO:<br \/>\n\tARTEFACTOS DEL SISTEMA PRIMARIO.<br \/>\n\u2022\tINODOROS DE PIE O A LA TURCA<br \/>\n\u2022\tMINGITORIOS CON DESAG\u00dcE DIRECTO<br \/>\n\u2022\tPILETAS DE PISO<br \/>\n\u2022\tPILETAS DE COCINA SIN DISPOSITIVOS PARA INTERCEPTAR GRASAS<br \/>\n\u2022\tCAMARAS DE INSPECCION<br \/>\n\u2022\tBOCAS DE ACCESO<br \/>\nCA\u00d1ERIA PRIMARIA: Se entiende por ca\u00f1er\u00eda primaria a toda ca\u00f1er\u00eda que sale desde un artefacto primario hasta la c\u00e1mara de empalme.<br \/>\n\tARTEFACTOS DEL SISTEMA SECUNDARIO.<br \/>\n\u2022\tPILETAS DE LAVAR MANOS<br \/>\n\u2022\tPILETAS DE LAVAR COPAS<br \/>\n\u2022\tBA\u00d1ERAS<br \/>\n\u2022\tBIDETS<br \/>\n\u2022\tLAVARROPAS<br \/>\n\u2022\tLAVAVAJILLAS<br \/>\n\u2022\tREJILLAS DE PISO, ETC.<br \/>\nCA\u00d1ERIA SECUNDARIA: Se entiende por ca\u00f1er\u00eda secundaria a la uni\u00f3n de los artefactos secundario con la ca\u00f1er\u00eda primaria; la uni\u00f3n puede darse a trav\u00e9s de una pileta de piso abierta o tapada, que tenga un sif\u00f3n hidr\u00e1ulico, o en forma directa a la ca\u00f1er\u00eda primaria, en ese caso la ca\u00f1er\u00eda primaria deber\u00e1 efectuarse un sif\u00f3n hidr\u00e1ulico.<\/p>\n<p>ARTICULO 10: INSTALACION DE LA CA\u00d1ERIA<\/p>\n<p>a)\tPROFUNDIDAD DE ZANJAS: La profundidad de zanja como m\u00ednimo ser\u00e1 de 60 cm.    En los casos donde la ca\u00f1er\u00eda principal no se pueda lograr la tapada m\u00ednima, la misma puede levantarse hasta los 40 cm de tapada, previendo el relleno de la zanja con hormig\u00f3n.<br \/>\nb)\tRELLENO DE LA ZANJA: El relleno de la zanja se ejecutara con tierra compact\u00e1ndola con pis\u00f3n, ejecutando capas de no mas de 0,20 mts.<br \/>\nc)\tPENDIENTE A UTILIZAR: La pendiente adecuada para la ca\u00f1er\u00eda principal ser\u00e1 de un m\u00ednimo de 1 % (es decir 1 cm por metro) y una pendiente m\u00e1xima de 5 % (es decir de 5 cm por metro).<\/p>\n<p>ARTICULO 11: CAMARAS DE INSPECCION (CI)<\/p>\n<p>a)\tC\u00e1mara de inspecci\u00f3n: se denomina c\u00e1mara de inspecci\u00f3n al artefacto mediante el cual se puede acceder al sistema de desag\u00fce cloacal, las dimensiones m\u00ednimas de las mismas es de 0,60 mts. x 0,60 mts. y podr\u00e1n construirse de la siguiente manera:<br \/>\n1.\tEn mamposter\u00eda con revoque impermeable y un piso de hormig\u00f3n, con una buena terminaci\u00f3n en los cojinetes para permitir el r\u00e1pido escurrimiento del liquido cloacal.<br \/>\n2.\tCon aros de hormig\u00f3n prefabricados cuyas alturas son de 0,10 mts, 0,20 mts y 0,30 mts, permitiendo llegar a las cotas definitivas mediante la superposici\u00f3n de los mismos; el cojinete en este caso se ejecutara de igual manera que el punto 1.<br \/>\n3.\tCon aros de PVC y caracter\u00edsticas similares al punto 2, tambi\u00e9n se comercializan cojinetes pl\u00e1sticos.<br \/>\n4.\tEn hormig\u00f3n armado con un molde que asegure una textura lisa.<\/p>\n<p>b)\tLa primer c\u00e1mara de inspecci\u00f3n estar\u00e1 a no m\u00e1s de 10 metros de la l\u00ednea de edificaci\u00f3n.<br \/>\nc)\tLa distancia m\u00e1xima entre c\u00e1maras de inspecci\u00f3n ser\u00e1 de 15 metros.<br \/>\nd)\tLas c\u00e1maras de inspecci\u00f3n deber\u00e1n estar ventiladas seg\u00fan Articulo 12.<\/p>\n<p>CAPITULO VI<\/p>\n<p>VENTILACIONES:<br \/>\nARTICULO 12: VENTILACIONES DE LA CA\u00d1ERIA PRINCIPAL<br \/>\nLa ca\u00f1er\u00eda principal domiciliaria, deber\u00e1 tener un ca\u00f1o de ventilaci\u00f3n en uno de los puntos mas alejados de la c\u00e1mara de empalme; tambi\u00e9n deber\u00e1n ventilarse las ramificaciones de ca\u00f1er\u00edas en tal forma que ning\u00fan tramo mayor de 10 metros en proyecci\u00f3n horizontal quede fuera del circuito de ventilaci\u00f3n.  Los ramales que solo reciban descarga de piletas de piso o de artefactos secundarios deber\u00e1n estar dentro del circuito ventilado cuando tengan longitudes mayores de 15 metros en proyecci\u00f3n horizontal.<br \/>\nLa ventilaci\u00f3n de la ca\u00f1er\u00eda principal ser\u00e1 de 110 mm de di\u00e1metro m\u00ednimo cuando no existan ramales ventilados.<br \/>\nEn caso de existir ramales ventilados dicho di\u00e1metro podr\u00e1 ser de 63 mm, las ventilaciones de las ramificaciones principales se  podr\u00e1n hacer con ca\u00f1os de 63 mm.<br \/>\nA todo ramal de ca\u00f1er\u00eda principal no mayor de 10 metros sin ventilaci\u00f3n, pueden desaguar, como m\u00e1ximo dos ramales de 110 mm y uno de 63 mm en forma directa y dos ramales de 63 mm en forma indirecta.  Para los distintos casos que pudieran presentarse cada ramal de 110 mm equivale a dos ramales de 63 mm.<br \/>\nEn caso de desag\u00fce de mingitorios exclusivamente dichos ramales sin ventilaci\u00f3n podr\u00e1n tener hasta una longitud de 15 metros, pudiendo desaguar en total tres mingitorios y dos rejillas de piso como m\u00e1ximo.<br \/>\nART\u00cdCULO 13: VENTILACIONES DE ARTEFACTOS SIFONADOS UBICADOS EN PLANTAS ALTAS:<br \/>\na)\tTodo artefacto provisto de sif\u00f3n, ubicado en planta alta y con descarga vertical deber\u00e1 ser ventilado con ca\u00f1o de 63 mm en su sif\u00f3n.<br \/>\nb)\tEl artefacto que vuelca en forma directa a la ca\u00f1er\u00eda principal se podr\u00e1 ventilar en el mismo ca\u00f1o de descarga (inodoros) en el ultimo piso, los pisos inferiores se los ventilara con un ca\u00f1o de 63 mm que luego se empalma al principal.<br \/>\nc)\tVentilaci\u00f3n de piletas de patio tapadas: toda pileta de patio tapada deber\u00e1 ser ventilada por medio de un ca\u00f1o de 63 mm de di\u00e1metro, de tal manera que el mismo sirva de expansi\u00f3n con excepci\u00f3n de aquellas a las cuales concurran dos artefactos secundarios de planta baja o alta provistos de ventilaci\u00f3n o bien cuando reciban dos o mas columnas de desag\u00fce altos en cuyo caso esta actuara de ventilaci\u00f3n.<br \/>\nd)\tCuando existan dos piletas de patio tapadas que reciban cada una las descargas de un artefacto secundario se permitir\u00e1 efectuar la ventilaci\u00f3n, mediante un ca\u00f1o de 63 mm que une ambas piletas.<\/p>\n<p>ARTICULO 14: COLOCACION Y ALTURA DE LOS CA\u00d1OS DE VENTILACION<br \/>\nLos ca\u00f1os de ventilaci\u00f3n se instalar\u00e1n sujetos verticalmente a las paredes, evitando desviaciones injustificadas y se prolongaran hasta la parte alta de la vivienda, llevando en su boca de salida un sombrerete hasta por lo menos 2 metros por encima de toda puerta, ventana y terraza accesible.<br \/>\nSe prolongar\u00e1, como m\u00ednimo 0,50 metros por encima de toda tapa no herm\u00e9tica de tanque de agua y ca\u00f1o de ventilaci\u00f3n de tanque herm\u00e9tico y que se encuentran en un radio de 3 metros del eje de la ca\u00f1er\u00eda, cuando sean ventilaciones del sistema primario y un radio de 2 metros, en el caso de ventilaciones del sistema secundario.<br \/>\na)\tPara techos, la sobre elevaci\u00f3n de la ca\u00f1er\u00eda de ventilaci\u00f3n ser\u00e1 de 0,30 metros siempre que no existan ventanas, puertas, tanques ni terrazas.<br \/>\nb)\tCuando alguna ca\u00f1er\u00eda de ventilaci\u00f3n correspondiente a la propia vivienda o alguna lindera deje de encontrarse en las condiciones referidas a ra\u00edz de haberse alterado las caracter\u00edsticas de los edificios, deber\u00e1 prolongarse o desplazarse el extremo de la ventilaci\u00f3n y ubicarlo en condiciones aceptables.<br \/>\nc)\tSi dos viviendas se construyen simult\u00e1neamente, cada propietario debe colocar reglamentariamente sus propias ca\u00f1er\u00edas de ventilaci\u00f3n considerando lo que corresponda a su propia obra y a la lindera.<\/p>\n<p>CAPITULO VII<\/p>\n<p>ARTICULO 15: DESAGUES PLUVIALES (DE LLUVIA)<br \/>\nLa red cloacal de la ciudad de Ceres, no esta dise\u00f1ada para recibir los desag\u00fces pluviales, por lo tanto se proh\u00edbe conectar dichos desag\u00fces a la red cloacal.<\/p>\n<p>MATERIAL Y DIAMETROS MINIMOS:<br \/>\nLos desag\u00fces pluviales se podr\u00e1n ejecutar en PVC, o similares, Hierro fundido, etc.<br \/>\nEl di\u00e1metro m\u00ednimo ser\u00e1 de:<\/p>\n<p>\u2022\tPor cada 30 m2 de superficie a desaguar un di\u00e1metro de 63 mm<br \/>\n\u2022\tPor cada 80 m2 de superficie a desaguar un di\u00e1metro de 110 mm<\/p>\n<p>VOLCAMIENTO: Los desag\u00fces pluviales deber\u00e1n ser volcados a la calle, en caso de estar pavimentadas o la cuneta en caso de calzadas naturales.<br \/>\nLas ca\u00f1er\u00edas de desag\u00fce pluvial horizontal deben tener un di\u00e1metro m\u00ednimo de 110 mm.<\/p>\n<p>CAPITULO VIII<\/p>\n<p>ARTEFACTOS:<\/p>\n<p>PILETA DE PISO ABIERTA (PPA)<\/p>\n<p>Se autorizara el uso de PPA cuando reciban desag\u00fces de artefactos ubicados en el mismo ambiente, ya sean piletas de lavar, pileta de cocina, ba\u00f1eras, bid\u00e9s, lavatorios, etc. Y esta PPA descargara a la ca\u00f1er\u00eda principal y se le interpondr\u00e1 un sif\u00f3n hidr\u00e1ulico.  El di\u00e1metro de desag\u00fce ser\u00e1 el nominal de la pileta de piso y depender\u00e1 del n\u00famero de artefactos que desag\u00fcen en ella.<\/p>\n<p>PILETA DE PISO TAPADA (PPT)<br \/>\nIdem piletas de piso abierta. A criterio del proyectista se agregara un ca\u00f1o de ventilaci\u00f3n si fuera necesario con un di\u00e1metro m\u00ednimo de 63 mm.<\/p>\n<p>BOCA DE ACCESO (BA)<br \/>\nLas bocas de acceso se intercalara en las ca\u00f1er\u00edas principales con un ramal Y dicho ramal se extender\u00e1 hasta nivel de superficie en la cual se ejecutara una c\u00e1mara por donde se podr\u00e1 acceder a la ca\u00f1er\u00eda principal.   <\/p>\n<p>INODOROS (Inodoro de pie \u2013 Inodoro a la turca)<br \/>\nEl inodoro descarga en forma directa a la c\u00e1mara de inspecci\u00f3n en edificios de planta baja, la misma estar\u00e1 ventilada.<br \/>\nPara el caso de edificios en varios pisos el inodoro descargara al ca\u00f1o de descarga y ventilaci\u00f3n vertical de di\u00e1metro 110 mm m\u00ednimo.<br \/>\nEn el caso que la c\u00e1mara no permita su ventilaci\u00f3n deber\u00e1 ventilarse el ramal de descarga del inodoro hacia la c\u00e1mara de inspecci\u00f3n.<\/p>\n<p>MINGITORIO (M)<br \/>\nEl mingitorio podr\u00e1 desaguar a una canaleta impermeable mediante un ca\u00f1o de 38 mm sin sif\u00f3n.<br \/>\nSi el desag\u00fce es a una pileta de piso abierta y esta a menos de 3 metros no es obligatorio el sif\u00f3n.<br \/>\nSi el desag\u00fce es a una pileta de piso abierta y esta  a mas de 3 metros el desag\u00fce es de di\u00e1metro 63 mm y no es obligatorio sif\u00f3n.<br \/>\nLa distancia m\u00e1xima de desag\u00fce a pileta de piso abierta sin colocar sif\u00f3n no debe superar los 5 metros.<br \/>\nCuando la distancia es mayor a 5 metros el sif\u00f3n es obligatorio.<br \/>\nEn el caso que no exista canaleta impermeable se colocara una pileta de piso abierta por cada tres mingitorios.<br \/>\nSi los mingitorios vuelcan directamente a la ca\u00f1er\u00eda primaria el sif\u00f3n es obligatorio y el di\u00e1metro m\u00ednimo es de 63 mm.<\/p>\n<p>PILETAS DE LAVAR (PL)<br \/>\nEl desag\u00fce de la pileta de lavar se efectuara en un di\u00e1metro de 38 mm, hasta los 5 metros a una pileta de piso abierta o tapada; superada esta distancia el di\u00e1metro ser\u00e1 de 63 mm.<br \/>\nREJILLAS DE PISO (RP)<br \/>\nIdem piletas de lavar.<br \/>\nPILETAS DE COCINA (PC)<br \/>\nEl desag\u00fce de las piletas de cocina de uso domiciliario no es obligatorio colocar un interceptor de grasa.<br \/>\nEn edificios destinados bares, comedores, restaurantes, etc. Es obligatorio el uso de un interceptor de grasas.<br \/>\nEl desag\u00fce de la misma puede ser a c\u00e1mara de inspecci\u00f3n o ca\u00f1er\u00eda primaria; siempre deber\u00e1 llevar sif\u00f3n con tapa de limpieza debajo de la pileta, salvo que se desag\u00fce a una pileta de piso abierta o tapada ubicada en el recinto de la cocina o en otro local pr\u00f3ximo.<br \/>\nCuando la distancia exceda de los cinco metros desde la pileta de cocina hasta la c\u00e1mara de inspecci\u00f3n se deber\u00e1 colocarse una c\u00e1mara de acceso con ca\u00f1o de 63 mm y si excede esta distancia ser\u00e1 un ca\u00f1o de 110 mm.   En planta alta la descarga se har\u00e1 a ca\u00f1o vertical de 63 mm con la interposici\u00f3n de boca de acceso y sif\u00f3n, pudiendo conectarse la ventilaci\u00f3n a la boca de acceso o al ramal descendente del sif\u00f3n.<\/p>\n<p>DESAG\u00dcES ESPECIALES:<br \/>\nLAVADEROS DE AUTOMOTORES: Los locales destinados al lavado de automotores volcaran sus efluentes previo tratamiento:<br \/>\n\u2022\tEn el recinto de lavado se ejecutara una canaleta que recoger\u00e1 los l\u00edquidos conduci\u00e9ndolos a una boca de desag\u00fce abierta.<br \/>\n\u2022\tLuego de esta se interpondr\u00e1 un interceptor de barro, cuya dimensi\u00f3n depende del volumen de barro a detener, en este interceptor de barro se podr\u00e1 extraer el mismo mediante una pala manual.<br \/>\n\u2022\tEl interceptor de barro deber\u00e1 tener una capacidad m\u00ednima de 900 litros, ancho m\u00ednimo de 1 metro y largo 1,5 veces el ancho; el fondo del mismo tendr\u00e1 pendiente hacia la entrada del desag\u00fce.<\/p>\n<p>ESTACIONES DE SERVICIO: Los locales destinados a expendio de combustible, deber\u00e1n tener dise\u00f1ado y construido un interceptor de combustible, de acuerdo a las normativas exigidas por la Secretaria de Energ\u00eda de la Naci\u00f3n, previo al volcado del efluente dentro del sistema cloacal.<\/p>\n<p>DESARENADORES: En el caso que se vuelque efluentes con arena, se interpondr\u00e1 un desarenador, que consiste en una c\u00e1mara de ensanche de la ca\u00f1er\u00eda que obliga a reducir la velocidad del l\u00edquido y se produzca la sedimentaci\u00f3n de los \u00e1ridos pesados que quedan en el fondo; donde se acumulan y se los puede remover en forma manual.<\/p>\n<p>INTERCEPTORES DE TRAPOS, GASAS, ETC.: Son instalaciones que permiten retener trapos, gasas, hilachas, algodones, etc.; los mismos est\u00e1n construidos con marcos removibles provistos de una malla o de una reja con garfios, ubicado de a dos en la c\u00e1mara, de manera que se pueda retirar de a una para su limpieza.<\/p>\n<p>INTERCEPTOR DE GRASAS: Se deber\u00e1 colocar interceptores de grasas en grandes comedores, clubes, f\u00e1bricas de embutidos, etc. Con una capacidad m\u00ednima de 350 litros y una profundidad media de 0,60 metros,  dicho interceptor de grasas deber\u00e1 estar ubicado en un espacio abierto. Para los peque\u00f1os comedores, bares, carnicer\u00edas, etc. Ser\u00e1 suficiente una grasera tipo industrial que pueda estar adosada a la pileta de lavar y desaguar a una pileta de patio abierta.<\/p>\n<p>LOCALES DE NEGOCIO:<br \/>\nLas carnicer\u00edas, f\u00e1bricas de helados, caf\u00e9s, f\u00e1bricas de pastas, tendr\u00e1n conectadas las piletas de lavar con un interceptor de grasas con un ca\u00f1er\u00eda de 63 mm como m\u00ednimo.   El agua proveniente de lavado de los pisos se volcara a una pileta de patio abierta ubicada en el mismo local.<br \/>\nLos lavaderos de ropa autom\u00e1ticos desaguar\u00e1n a pileta de patio abierta de 63 mm hasta un total de cinco m\u00e1quinas, si la cantidad es mayor ser\u00e1 con ca\u00f1o de 110 mm.<br \/>\nTodo otro local en el cual se puedan arrastrar pelos o sustancias similares, se interpondr\u00e1 un interceptor de trapos pero con una malla fina de bronce ubicada en forma vertical y que pueda ser removida.<\/p>\n<p>PROVISION DE AGUA POTABLE<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 1: PROVISION DE AGUA POTABLE:<\/p>\n<p>La Cooperativa de Servicios Ceres Limitada, deber\u00e1 proveer un \u201cnivel piezom\u00e9trico m\u00ednimo\u201d de 9 metros de columna de  agua.<\/p>\n<p>Este nivel piezom\u00e9trico planteara tres situaciones:<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n 1: que el nivel piezom\u00e9trico est\u00e9 por encima de los artefactos a alimentar en la finca, en ese caso la provisi\u00f3n de agua se puede realizar en forma directa, es decir, con la misma presi\u00f3n de la red.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n 2: que el nivel piezom\u00e9trico est\u00e9 por encima de los artefactos a alimentar en la finca, y se alimente los mismos con un tanque de reserva.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n 3: que el nivel piezom\u00e9trico est\u00e9 por debajo de los artefactos a alimentar en la finca o que funcione en ellos un hotel, hospital, escuela, etc., en ese caso se deber\u00e1 contar dicho establecimiento de una cisterna que permita elevar el agua hasta el tanque elevado.<\/p>\n<p>ARTICULO 2: OBRA EXTERNA Y OBRA INTERNA<\/p>\n<p>OBRA EXTERNA: Se denomina obra externa al trabajo ejecutado por cuenta y orden de la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda., esto incluye los pozos de captaci\u00f3n de agua cruda, tratamiento para su potabilizaci\u00f3n, distribuci\u00f3n por la red y conexi\u00f3n domiciliaria.   La conexi\u00f3n domiciliaria se ejecuta de la siguiente manera:<\/p>\n<p>OBRA INTERNA: Se considera obra interna desde la caja de conexi\u00f3n domiciliaria hacia el interior de la finca.  <\/p>\n<p>ARTICULO 3: INSTALACION DE CA\u00d1ERIA Y MATERIALES<\/p>\n<p>Ning\u00fan ca\u00f1o de provisi\u00f3n de agua potable podr\u00e1 atravesar una cloaca, alba\u00f1al o sumidero, o que pase por alg\u00fan sitio en que en caso de producirse alg\u00fan desperfecto en el ca\u00f1o, el agua pueda contaminarse o escaparse sin ser notada.<\/p>\n<p>Los materiales a utilizar en la distribuci\u00f3n de agua potable dentro de las fincas podr\u00e1n ser de polietileno, polipropileno, pvc, etc. y cualquier otro material aprobado que se comercialice en el mercado local y de un di\u00e1metro de \u00bd pulgada.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ceres, 25 de noviembre de 2003.- VISTO: La necesidad de incorporar a la Ordenanza N\u00ba 220\/80, el Reglamento para la construcci\u00f3n de las obras internas en los edificios de nuestra ciudad, para la conexi\u00f3n a las obras p\u00fablicas de agua potable y desag\u00fces cloacales. 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