CERES, 13 de agosto de 2021.-

ORDENANZA N° 1732/2021

VISTO:

                El reconocimiento pendiente al popular grupo musical y cultural Ceresino, y

CONSIDERANDO:

                               Que en nuestra ciudad se destacan gran cantidad de artistas en diferentes disciplinas, que, a su vez, se potencian en una acentuada relevancia a nivel local, regional y nacional.

                               Que el Chamamé es quien mejor refleja el conjunto de tradiciones del norte de nuestra Provincia de Santa Fe, siendo sinónimo de alegría, poesía y ritmo dentro del géneromusical.

                               Que el conjunto Ivoti, nacido en nuestra ciudad en el año 1982, es fiel exponente de la tradición chamamecera.

                               Que se debe consolidar una política municipal que, como política de Estado local, tenga como objetivo la valorización de los bienes culturales como su resguardo y promoción para las generaciones venideras.

                               Que el conjunto Ivoti merece un reconocimiento tangible y material para su distinción, conocimiento y difusión para las nuevas generaciones.

POR LO QUE:

                               El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756, y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°) Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal el emplazamiento de un monumento en homenaje al “CONJUNTO IVOTI”, que se ubicará en la intersección del Boulevard Pueyrredón y las Avenidas Falucho y Maipú.

ARTÍCULO 2°) A fin de materializar lo dispuesto en el Artículo 1°, el Departamento Ejecutivo a través del área competente, se encargará de realizar y llevar adelante un concurso de ideas donde se definirá tanto el diseño como el artista encargado de realizar la escultura.

ARTÍCULO 3°) El Departamento Ejecutivo solicitará ante las Cámaras Legislativas de la Provincia de Santa Fe, la sanción de la pertinente Ley de aprobación de acuerdo a lo establecido por el Artículo 16° de la Ley Orgánica de Municipalidades N°2.756 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 4°) Sugiérase al Departamento Ejecutivo Municipal instalar cartelería informativa y de señalización al ingreso de la ciudad, a la vera de las Rutas N°34 y N°17, para poder acceder al monumento a Ivoti.

ARTÍCULO 5°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

                Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los doce días del mes de agosto de dos mil VEINTIUNO. –