CERES, 30 de marzo de 2009.-
VISTO:
Los pedidos de autorización presentados ante este Honorable Concejo Municipal, para instalar antenas de transmisión de radios de frecuencia modulada compuestas por cuatro dipolos irradiantes, haciendo uso del mástil de la repetidora de A. T. C., y
CONSIDERANDO:
Que en dicho mástil ya se encuentran instaladas otras antenas, autorizadas por este órgano legislativo, de acuerdo al siguiente detalle: a) según Ordenanza Nº 811/00, se autorizó a las radios F.M. 100 Radiodifusora Libertad, quien no hizo utilización de dicho permiso, según informe del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 23 de enero de 2009; y la emisora 98,3 (actualmente 98,7) F.M. 2000, por el término de 10 años, el cual vencerá el día 31/12/2010.- b) Según Ordenanza 812/01, a la Cooperativa de Viviendas, Provisión de Obras, Servicios Públicos y Asistenciales de Hersilia Ltda., por el término de cinco años, para utilizar la torre con el objeto de instalar las correspondientes antenas para la prestación del servicio de Internet, la que según informe del Departamento Ejecutivo Municipal mencionado anteriormente, ha finalizado con la utilización del mástil y retirado todo el equipamiento.- c) Según Ordenanza Nº 839/01 se autorizó a la emisora 96,5 F .M. líder a instalar su propio mástil dentro del predio propiedad municipal, donde se encuentran instalados los mástiles de transmisión de A. T. C. y Canal 13 Santa Fe, por el término de diez años, venciendo en consecuencia el 28/12/2011.- d) Según Ordenanza Nº 961/05, se autorizó a la emisora 101,9 Radio Imagen, por el término de dos años, el cual se encuentra vencido y según informe del Departamento Ejecutivo Municipal mencionado anteriormente se le solicitó al Señor Alberto NICOLAU, informe si seguirá haciendo uso del mismo para regularizar tal situación.-
Que en definitiva, en la actualidad las únicas emisoras que se encuentran instaladas en el mástil, son la 98,7 F .M. 2000 y 101,9 Radio Imagen y en el mismo predio, con mástil propio, la Radio 96,5 F .M. Líder.-
Que atento a las solicitudes mencionadas en el visto, este Honorable Concejo Municipal solicitó un informe técnico al Ingeniero Omar CHERINI, quien informa que aún es posible instalar otro sistema en el mismo mástil recomendando la colocación de una nueva estrella antirrotora por debajo de los sistemas irradiantes.-
Que además, considera indispensable la colocación de filtros lo suficientemente selectivos a los fines de evitar interferencias entre una y otra emisora y los canales de televisión.-
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, conforme las facultades que le otorga la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorizar por medio de convenios con los solicitantes, a la instalación de sistemas irradiantes de Frecuencia Modulada en la torre de propiedad municipal que se utiliza para la emisión de A.T.C., hasta un máximo de 3 (tres) sistemas irradiantes compuestos por no más de 8 (ocho) dipolos cada uno.-
ARTICULO 2º: Respetar el orden de prioridades, teniendo en cuenta los que ya se encuentran instalados, los que deberán dar cumplimiento con las disposiciones de esta Ordenanza y convocar la ciudadana Claudia ITURRE, D.N.I. 22.102.701, quien presentara nota de solicitud ante este Honorable Concejo Municipal en fecha 13/01/2009 y en caso de desistimiento de alguno de los que ya están autorizados o la ciudadana ITURRE, convocar a la Asociación Mutual del Magisterio de Santa Fe “Angelita PERALTA PINOS” quien presentara solicitud en el mismo sentido a través de su Presidente, Señor Rubén ACEBAL.-
ARTICULO 3º: La duración de los convenios será dispuesta por el Departamento Ejecutivo Municipal con acuerdo de quienes soliciten dicho permiso, exigiendo para su instalación, la colocación de filtros lo suficientemente selectivos para evitar interferencias entre una emisora y otra y los canales de televisión.-
ARTICULO 4º: Ordenar la colocación de una estrella antirrotora por debajo de los sistemas irradiantes, con cargo de quienes utilicen el mástil.-
ARTICULO 5º: Los instaladores deberán tomar los recaudos pertinentes para no provocar daños ni roturas en los sistemas instalados, siendo a su cargo y/o del mandante los gastos que originare un eventual daño o rotura de los sistemas instalados con anterioridad.-
ARTICULO 6º: La emisora radial 96,5 F.M. Líder instalada en el predio, con su mástil propio, deberá contar con los respectivos filtros si no los tuviere.-
ARTICULO 7º: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal a los treinta y un días del mes de marzo de dos mil nueve.-