ORDENANZA N° 1320/2013
CERES, 20 de Marzo de 2013.-
VISTO:
La solicitud efectuada mediante nota de fecha 12/11/2012, por la Empresa Argentina de soluciones satelitales AR-SAT S. A. que se adjunta, en el marco de la implementación del Proyecto de Infraestructura de la Red Federal de Fibra Óptica, llevado adelante por el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, requiriendo la constitución de una servidumbre gratuita de uso, sobre un terreno de propiedad del Municipio que conste de aproximadamente 450 metros cuadrados, para la instalación del nodo de conexión. Y
CONSIDERANDO:
Que dicha solicitud, consiste en la constitución de una servidumbre de uso gratuita sobre una parcela de terreno, ubicada próxima a la traza de soterramiento de la fibra óptica, con libre acceso por camino público y además con provisión de energía eléctrica.
Que el Municipio es propietario de un terreno con las medidas indicadas y en el lugar requerido, inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble, bajo el T° 204 Impar, F° 00464, N° 059331 de fecha 14/07/2000, PIN° 07-01-00 034358/8022, Sección Propiedades del Departamento San Cristóbal, ubicado en el Distrito Ceres, Sección I, Manzana/Parcela N° 0391 00005, Lote N° 20, el cual consta de una superficie de 450 m2.
Que es imprescindible la constitución de la referida servidumbre para la conclusión de la obra que ejecuta el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y a raíz de la cual la ciudad de Ceres, podrá contar con servicio de Internet WI-FI gratuito, beneficiando así a todos los ciudadanos sin distinción y generando una mayor inclusión digital.
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°) Autorícese a la Municipalidad de Ceres, a la constitución de una servidumbre de uso gratuita a favor de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES AR-SAT S.A., sobre el inmueble de propiedad municipal, inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble, bajo el T° 204 Impar, F° 00464, N° 059331 de fecha 14/07/2000, PIN°: 07-01-11 034358/8022, Sección propiedades del Departamento San Cristóbal, ubicado en el Distrito Ceres, Sección I, Manzana/Parcela N° 0391 00005, Lote N° 20, el cual consta de una superficie de 450 m2.
ARTÍCULO 2°) A los fines de la constitución de la servidumbre, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá celebrar el respectivo convenio de servidumbre gratuita de uso, por un plazo no mayor a 20 (veinte) años desde la suscripción, prorrogables automáticamente por períodos de 10 (diez) años,
salvo notificación en contrario con una antelación de 180 días hábiles, en el domicilio sito en avenida General Juan Domingo Perón N° 7934 de la ciudad de Benavídez, Partido de Tigre, provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los diecinueve días del mes de marzo de dos mil trece.-