ORDENANZA N° 1586/2019
CERES, 17 de Abril de 2019.-
VISTO:
La solicitud realizada por vecinos de Barrio San Vicente, de realización de una obra de cordón cuneta y ripio específicamente sobre calle Vicente Casares, y
CONSIDERANDO:
Que es un proyecto que surge de la iniciativa de los vecinos.
Que los vecinos que solicitan la obra se encuentran domiciliados en calle Vicente Casares, entre Avenida Belgrano y Avenida Salta.
Que en la citada arteria urbana existe dificultad del tránsito de todo tipo de vehículos en días lluviosos, como ser ambulancias, móviles policiales, recolector de residuos, proveedores de todo tipo de insumos, entre otros.
Que existe una justificada necesidad por parte de los vecinos en la realización de esta obra para terminar con la problemática de intransitabilidad de la arteria en días lluviosos, como así también con los efectos negativos que producen las cunetas y la acumulación de basura en las mismas que generan el anegamiento total de la calle.
Que para la realización de dicha obra es necesario la construcción de una plazoleta y/o cantero central por la extensión de ancho de dicha arteria, según se puede observar en el proyecto adjunto a la presente, lo cual encarece aúnmás el costo de obra, ascendiendo el monto total de obra a $2.542.568,00 (dos millones quinientos cuarenta y dos mil quinientos sesenta y ocho).
Que a estos fines es necesario obtener un financiamiento inicial para comenzar la obra lo antes posible, por lo cual se ha solicitado el mismo ante la Mutual PYME RURAL, que asciende al cincuenta por ciento del monto total de obra, es decir $1.271.284,00 (pesos un millón doscientos setenta y un mil doscientos ochenta y cuatro).
Que el restante cincuenta por ciento de la obra será realizado con recursos propios del Municipio.
Que de esta manera se brinda una solución definitiva e integral para esta arteria que es una extensión del centro de nuestra ciudad, lo cual significará sin dudas el embellecimiento urbano de este sector ceresino.
POR LO QUE
El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756, y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°) Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a tomar un crédito por un valor nominal de $1.271.284,00 (pesos un millón doscientos setenta y un mil doscientos ochenta y cuatro), a solicitar ante la Mutual PYME RURAL, para la ejecución de la obra de cordón cuneta y ripio en Avenida Vicente Casares.
ARTICULO 2°) Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder en garantía para el pago de la cuota del crédito a tomar, los recursos provenientes del cobro de los tributos municipales que realiza dicha institución Mutual, hasta el monto indicado en el Artículo 1°) de la presente Ordenanza, mas sus respectivos intereses.
ARTICULO 3°) Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar acuerdos y/o contratos con la entidad mencionada, para la implementación de las operaciones mencionadas y autorizadas según Articulo 1°).
ARTICULO 4°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los dieciséis días del mes de abril de dos mil diecinueve. –