CERES, 11 de septiembre de 2020.-

ORDENANZA N° 1669/2020

VISTO:

                La Ordenanza Nº1657/2020 que establece las normativas de recolección y disposición de residuos en la ciudad de Ceres.

CONSIDERANDO:

                               Que resulta conveniente establecer las multas por infracción de cualquier disposición establecida en dicha Ordenanza, puesto que el código de faltas solo las establece para las infracciones que se cometen al no respetar el horario de disposición de los residuos.

POR LO QUE:

                               El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756, y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°) Modifíquese el Artículo 15º de la Ordenanza Nº1657/2020, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

                “ARTÍCULO 15°) El incumplimiento de cualquier disposición de la presente Ordenanza será sancionado con 10 UCM”

ARTÍCULO 2°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

                Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los diez días del mes de septiembre de dos mil VEINTE. –