CERES, 9 de agosto de 2004.-
VISTO:
El reclamo presentado por el Sr. Eduardo Ganín, y
CONSIDERANDO:
Que atento a las consultas efectuadas al Departamento Ejecutivo Municipal, surge que en realidad se le ha cobrado en forma indebida la Tasa general de Inmuebles, correspondiente al Lote 11, Manzana “D”, Sección II de Ceres, conjuntamente con el Lote 12 de su propiedad, lindantes entre sí, hasta la fecha en que se subastaron ambos.
Que del informe presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal surge que el monto actualizado asciende a la suma de $ 3.787,84.- (pesos tres mil setecientos ochenta y siete con ochenta y cuatro centavos).
Que resulta procedente reconocer y reintegrar dicho importe al Sr. Eduardo Ganín, a los efectos de evitar posibles acciones judiciales que produzcan un perjuicio mayor.
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar el pago de $ 3.787,84.- (pesos tres mil setecientos ochenta y siete con ochenta y cuatro centavos), por todo concepto al Sr. Eduardo Ganín, L.E. Nº 6.272.929.
ARTÍCULO 2º) Afectar dicho monto a la partida de “Ordenanzas Especiales” del Presupuesto Año 2004.
ARTÍCULO 3º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Ceres, a los tres días del mes de agosto de dos mil cuatro.-