CERES, 16 de marzo de 2005.-
VISTO:
La posibilidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad, dentro del Programa de Descentralización de Mantenimiento de Rutas Provinciales, por el cual esta Municipalidad adquiera un juego de cubiertas traseras para la Motoniveladora Marca Caterpillar, que oportunamente recibiera en comodato de la Dirección Provincial de Vialidad para ser afectada al mantenimiento de la Red Vial Secundaria. Y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Vialidad reconoce en su totalidad la adquisición de las cubiertas, conforme a los presupuestos elevados.
Que asimismo, resulta necesaria la compra de las mencionadas cubiertas y el arreglo de chapa y pintura de la cabina para la Motoniveladora Marca Caterpillar para ser afectada al mantenimiento de la Red Vial Secundaria.
Que a los fines de garantizar el cumplimiento del Convenio correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de Coparticipación que le corresponden a la Municipalidad de Ceres, del ejercicio en el cual se ejecuta el convenio.
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º) Apruébese la formalización de un Convenio entre la Dirección Provincial de Vialidad y la Municipalidad de Ceres, para la compra de un juego de cubiertas traseras para la Motoniveladora Marca Caterpillar, que oportunamente recibiera en comodato de la Dirección Provincial de Vialidad, para ser afectada al sentimiento de la Red Vial Secundaria.
ARTÍCULO 2º) Facultase a la Municipalidad de Ceres, para que suscriba el respectivo convenio, como también para que realice todos los actos necesarios para el cumplimiento de los mismos y la percepción del impuesto que se establezca conforme a los presupuestos elevados.
ARTÍCULO 3º) Autorizase a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de Coparticipación que correspondan a la Municipalidad de Ceres durante el ejercicio del año 2005, en el que se ejecuta el convenio, a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudieren ocasionar el incumplimiento del convenio.
ARTÍCULO 4º) Elévese al departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Ceres, a los quince días del mes de marzo de dos mil cinco.-