CERES, 22 de marzo de 2006.-
VISTO:
El Decisorio Nº 016/2006 producido por la Comisión Ejecutiva del S.A.M. Co. Ceres por expreso mandato de los integrantes de su Consejo de Administración, y
CONSIDERANDO:
Que dicha Comisión Ejecutiva del S.A.M. Co. Ceres han manifestado el deseo de colocar un nombre identificatorio al futuro nosocomio que se emplazará entre las calles Avenida Chacabuco, Bvard. España y Azcuénaga.
Que el nombre elegido “Juan Pablo II” cuenta con el aval de las instituciones que integran el Consejo de Administración del S.A.M.Co. Ceres.
Que la personalidad de quien ha conducido los destinos de nuestra Iglesia Católica Apostólica y Romana durante su prolongado pontificado (1979-2005), escribió veintisiete lemas que tuvieron como eje central la Paz en el mundo.
Que Juan Pablo II, el papa que bregó por la paz, es el símbolo del anciano y del enfermo, porque esa fue su imagen ante el mundo.
Que la expresión “Sólo una humanidad en la cual reine la civilización del amor, disfrutará de una paz auténtica y duradera”.
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente.
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º) Dispóngase al futuro Hospital de Ceres, que será emplazado entre las calles Avenida Chacabuco, Boulevard España y Calle Azcuénaga, el nombre de “Juan Pablo II”.
ARTÍCULO 2º) Elevar copia al Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, a los fines correspondientes.
ARTÍCULO 3º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de Ceres, a los veintiún días de mes de marzo de dos mil seis.-