ORDENANZA Nº 1361/2014
CERES, 30 de Mayo de 2014.-
VISTO:
La ORDENANZA N° 1326/2013, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma se incorporaron terrenos de las zonas rural y sub urbana a la zona urbana, linderos al ejido urbano.
Que el objetivo de la misma fue regular todo tipo de emprendimiento urbanístico para garantizar un crecimiento armónico y vinculante de la ciudad.
Que en éste caso particular, se refiere a dos fracciones de terreno que son parte del lote «D» del grupo «1», sección Cuarta, de la colonia Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe.
LOTE 1 LINDA: Al Nord Oeste en parte con la propiedad de don Enrique Felipe Shmidt y en otra con terreno de don Juan Pastor; al Este: propiedad de Maero Hermanos S.C.C (Partida N° 034405/0005-3)
LOTE 2 LINDA: al Norte con terreno del Automóvil Club Argentino, al Este: con propiedad de Maero Hemanos S.C.C; al Sud: con más terreno de don Juan Pastor y Otros y al Oeste: con el lote «1» de todo lo referido al plano (Partida N° 034405/0003-5).
Que los inmuebles propuestos para su incorporación a la planta urbana, cumplen con los requerimientos mínimos de estas consideraciones como así también lo normado para estos casos.
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le otorga la Ley 2756 y sus modificatorias sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º) Prorrógase por el plazo de un año a partir de la promulgación de la presente ordenanza, el plazo concedido mediante Ordenanza N° 1326/2013, en lo relativo al cobro del tributo correspondiente a la Tasa General de Inmuebles, de acuerdo a lo normado en la Ordenanza Tributaria vigente para las propiedades ubicadas en zona Marrón equivalente al mínimo estipulado, hasta tanto se presente el correspondiente proyecto de urbanización y loteo.
ARTICULO 2º) Comuníquese a él o los propietarios de la presente.
ARTICULO 3º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, comuníquese, publíquese, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL CATORCE.