ORDENANZA Nº 1362/2014

 

CERES, 30 de MAYO de 2014.-

VISTO:

La solicitud de actualización en los valores del servicio de agua potable y cloacas, presentado por la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda., ante este Cuerpo Legislativo en fecha 11/04/2014, y

 

CONSIDERANDO:

Que es facultad de este Honorable Concejo Municipal, aprobar o rechazar las tarifas solicitadas por  la Cooperativa, de acuerdo a lo normado en al Artículo 17º de la Ordenanza Nº 765 de fecha 23 de abril de 1.999.

Que la Cooperativa ha elevado a este Órgano Legislativo, los cuadros de ingresos y egresos donde surge con claridad, la necesidad de realizar un ajuste en el cuadro tarifario, debido a los costos de producción que requieren dichos servicios para que los mismos sigan siendo prestados a la comunidad con la calidad que los mismos requieren.

Que este Honorable Concejo Municipal entiende que el ajuste solicitado es razonable y se ajusta a los cuadros presentados por la cooperativa.

 

POR LO QUE:

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, EN BASE A LAS FACULTADES QUE LE OTORGA LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º)  Autorizase a la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda. a reajustar los valores de los servicios de agua potable y cloacas, normados en la Ordenanza Nº 1352, de fecha 26 de MARZO de 2014, los que quedarán fijados de la siguiente manera:

 

a)        Servicio Agua Potable:

•          1- Cargo fijo                                                                          $ 23.12.- (pesos VEINTITRÉS con 12/100)

•          2- Excedente sobre 1 m3 hasta 5 m3                          $ 13.49.- (pesos TRECE con 49/100)

•          3- Excedente sobre 5 m3 hasta 15 m3                        $ 16.19.- (pesos DIECISÉIS con 19/100)

•          4- Excedente sobre 16 m3 hasta 20 m3                      $ 19.42.- (pesos DIECINUEVE con 42/100)

•          5- Excedente consumo más de 21 m3                       $ 25.25.- (pesos VEINTICINCO con 25/100)

b)        Servicios de cloacas:

•         Tarifa mensual por conexión                                      $ 55.89.- (pesos CINCUENTA Y CINCO con 89/100)

ARTICULO 2º) La vigencia de la presente, será a partir de la promulgación de la misma.-

ARTICULO 3º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL CATORCE.-

 

 

 

Por bruno

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