CERES, 29 de setiembre de 2008.-
VISTO:
La sanción del Decreto Nº 717 de fecha 05/09/2008, del Departamento Ejecutivo Municipal, y
CONSIDRANDO:
Que a través del mismo, el Departamento Ejecutivo Municipal, procedió a vetar la Ordenanza Nº 1145 de fecha 27/08/2008.-
Que de acuerdo a lo normado en la Ley 2756 (Orgánica de Municipalidades), el Honorable Concejo Municipal en uso de sus atribuciones, puede reconsiderar las observaciones realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal como en este caso, a una Ordenanza sancionada por este cuerpo.-
Que analizados los fundamentos esgrimidos por el Departamento Ejecutivo Municipal, este órgano legislativo, por unanimidad de los miembros que lo componen, entiende que los mismos no pueden ser tenidos en cuenta, atento a las reiteradas advertencias de que ese Departamento Ejecutivo hace uso indiscriminado de las partidas aprobadas en el Presupuesto utilizando inclusive las de este concejo y que no le son propias.-
Que este concejo no desconoce en línea general la situación por la que atraviesa el municipio, pero también debe destacar que pese a los reiterados reclamos para que ese Departamento Ejecutivo envíe los informes que se requieren y que además corresponden por ley, también debemos destacar que no conocemos a ciencia cierta el estado económico – financiero del municipio y los motivos que lo llevaron a esta situación, prueba de ello es el análisis que se realizará a través de la comisión investigadora conformada oportunamente.-
Que además surge claramente de los considerandos del mencionado Decreto que el mismo contiene chicanas políticas que este órgano legislativo no comparte en absoluto, atento a que la situación a la cual se ha llegado, no es precisamente este concejo quien la ha provocado ya que quien maneja los fondos del Municipio es el Departamento Ejecutivo Municipal.-
Que en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 39 inciso 12 de la Ley 2756, por unanimidad de sus miembros este concejo no acepta el veto propuesto por el Departamento Ejecutivo Municipal según Decreto Nº 717 de fecha 05/09/2008.-
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, conforme a las facultades que le confiere la ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º) Rechazar el veto realizado por el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante Decreto Nº 717 de fecha 05/09/2008, y ratificar la Ordenanza Nº 1145 de fecha 27/08/2008.-
ARTICULO 2º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, regístrese, publíquese, comuníquese y oportunamente archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.-

Por bruno

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