CERES, 02 de enero de 2009.-
VISTO:
Lo dispuesto por el artículo 39, inciso 17 de la Ley 2756, y
CONSIDERANDO:
Que el Proyecto de Ordenanza de Presupuesto Anual de Recursos y Erogaciones, fue presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal, en fecha 30/12/2008, conjuntamente con el pedido de prorroga de sesiones ordinarias para el tratamiento del mismo.-
Que este Honorable Concejo Municipal, debe analizar el proyecto presentado, y hasta no contar con la sanción del mismo, debe autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a reconducir las partidas presupuestarias que estaban vigentes al 31/12/2008.-
Que el Ejercicio Fiscal año 2008, se encontraba reconducido según Ordenanza Nº 1117 de fecha 03/01/2008, el que persistió durante el mencionado año, debido a que el Departamento Ejecutivo Municipal no elevó para su análisis, el Proyecto de Presupuesto correspondiente.-
Que hasta tanto este órgano legislativo sancione la correspondiente Ordenanza de Presupuesto Año 2009, corresponde autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a reconducir nuevamente las partidas presupuestarias.-
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, conforme a las facultades que le otorga la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Apruébase la Reconducción de las Partidas Presupuestarias del Presupuesto Anual de Recursos y Erogaciones año 2007, (aprobado por Ordenanza Nº 1046/07), reconducido para el Ejercicio año 2008, finalizado el 31/12/2008, autorizado según Ordenanza Nº 1117/08, el que tendrá vigencia hasta la sanción del Presupuesto Anual de Recursos y Erogaciones año 2009, actualmente en tratamiento en este Concejo.-
ARTICULO 2º: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Ceres, a los treinta días del mes de Diciembre del año dos mil ocho.-

Por bruno

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