CERES, 28 de Noviembre de 2010.-
VISTO:
El Decreto Nº 920 de fecha 25 de agosto de 2010, sancionado por el Departamento Ejecutivo Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que el mismo se sancionó ad referéndum del Honorable Concejo Municipal, por resultar imprescindible y urgente la adquisición de un vehículo para movilidad del Sr. Intendente Municipal, máxime luego de serios contratiempos con el vehículo en uso que pudo llegar a provocar accidentes.-
Que en orden al valor de la actual unidad en uso por el Departamento Ejecutivo Municipal y dado que el mismo se entrega en forma de pago del vehículo a adquirir, no es necesario el llamado a Licitación Pública y basta con el llamado a un concurso de precios, habida cuenta que los valores se encuentran dentro de los límites establecidos por Ordenanza Nº 1178.-
Que en virtud de las ofertas recepcionadas y dado las diferencias existentes entre las mismas, es que se deberá adjudicar a aquella más baja y que beneficia a los intereses municipales.-
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º) Ratificase lo actuado por el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante Decreto Nº 920 de fecha 25 de agosto de 2010.-
ARTICULO 2º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente, archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres a los veintiséis días del mes de octubre de dos mil diez.-

Por bruno

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