CERES, 25 de Noviembre de 2011.-
VISTO:
La sanción y promulgación de la Ordenanza Nº 1247 de fecha 30/03/2011, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la misma se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a ejecutar la obra de pavimento urbano en la calle San Martín en el tramo comprendido entre la Av. Maipú y calle Amenábar, bajo el sistema de contribución de mejoras.-
Que el Artículo 4º de la referida Ordenanza, fija el sistema de pagos de la contribución por la obra en cuestión y el Artículo 5º, fija el sistema por el cual el Departamento Ejecutivo Municipal debe notificar a los contribuyentes, y éstos elijan el sistema de pago.
Que se omitió en la respectiva Ordenanza, indicar al Departamento Ejecutivo Municipal, en que plan incluir a los contribuyentes que no se presenten a realizar alguna de las opciones de pago estipuladas en la norma sancionada.-
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º) Los contribuyentes afectados al pago de la Obra de pavimento urbano calle San Martín, según lo normado en Ordenanza Nº 1247 de fecha 30/03/2011, que una vez notificados por el Departamento Ejecutivo Municipal, para realizar la elección del pago que les resulte conveniente, de acuerdo a lo normado en el Artículo 2º de la referida Ordenanza, no se presentaren, serán incorporados de oficio en el plan correspondiente al “Pago en ciento veinte cuotas”.-
ARTICULO 2º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los veintidós días del mes de noviembre de dos mil once.-