ORDENANZA N° 1577/2019
VISTO:
El Proyecto de PRESUPUESTO GENERAL DE EROGACIONES Y CÁLCULO DE RECURSOS para el ejercicio 2019, elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, y
CONSIDERANDO:
Que el Presupuesto es la norma contable legal por excelencia por la que se establecen los lineamientos del Municipio respecto de los fondos a recaudar durante todo el año y el destino o inversión que se le darán a los mismos.
Que es un instrumento vital para el desempeño administrativo del Municipio, siendo necesario contar con el mismo para un correcto y legal manejo económico del mismo.
Que a instancia de este Concejo se presentaron en reunión del cuerpo en comisión el Secretario de Hacienda Municipal y la Directora de Presupuesto y Auditoría para brindar las informaciones y aclaraciones respecto del contenido de los cuadros contables.
Que corresponde enunciar algunos de los conceptos que sirvieron de base para la preparación del documento contable, tal lo manifestado por los funcionarios y lo contenido en el mensaje del Departamento Ejecutivo.
Que se ha tenido en cuenta el Presupuesto presentado por el gobierno nacional ante el Congreso. El mimo cabe menciona contiene reducciones de partidas sensibles con el fin de reforzar los servicios de la deuda. Un estimado de inflación del 23%, dólar a $ 40,10, un déficit primario de 3% sobre PBI, en un escenario de recesión con una caída en la actividad económica del 0,5%, caída del consumo privado del 1,6% y una baja en la inversión del 9,7%.
Que de acuerdo a lo expresado por el Departamento Ejecutivo, los Recursos fueron determinados considerando el nivel actual de la recaudación municipal y su proyección a futuro, con la estimación de la evolución de la coparticipación que le corresponde a Ceres por impuestos nacionales y provinciales.
Que en lo que respecta a las Erogaciones,se ha comunicado a este Cuerpo, que las partidas destinadas al pago de haberes de los trabajadores municipales ocupan una gran importancia. Las paritarias 2018 al establecer una cláusula gatillo que acompañó a la inflación generó que gran parte de los recursos deban ser destinados a salarios, hecho que también se proyecta para 2019 representando la partida de gasto en personal el 47% de los recursos de rentas generales.
Que la partida de bienes de consumo y servicios no personales es otra de las más importantes dentro del esquema presupuestario local, al ser esta, a la cual se imputan todos los gastos derivados de los servicios públicos que el Municipio presta. Ella debe soportar los aumentos de precios de todos los insumos y elementos necesarios para mantener el alto nivel de los servicios que presta la Secretaria de Obras Públicas, la de Gobierno y la de Seguridad.
Que el Ejecutivo Municipal manifiesta que el objetivo para el 2019 se ve claramente al observar la importante inversión en trabajos públicos que se planea ejecutar. El total de 58 millones de pesos busca motorizar la inversión en la Ciudad. A contramano del presupuesto nacional de ajuste, el Municipio planea generar un importante movimiento económico y ampliar la infraestructura urbana.
Que el Presupuesto 2019 muestra un resultado equilibrado para el ejercicio, con una fuerte inversión en obras y servicios. El objetivo de equilibrio presupuestario y el hecho de no tomar grandes endeudamientos marcan una diferencia sustancial tanto con la nación como con la provincia quienes recurren permanentemente a fondos de terceros para financiar su presupuesto.
Que este Proyecto de Presupuesto da cumplimiento con las formalidades que establecen los art. 46 y 47 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, como así también se incluye una partida para atender las erogaciones que tengan un origen en sentencias judiciales firmes, tal lo establecido en la ley Provincial Nº 12036.
POR LO QUE:
El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
TITULO I
PRESUPUESTO GENERAL DE EROGACIONES Y CÁLCULO DE RECURSOS 2019
Art. 1) Fijase en la suma de pesos doscientos setenta y un millones setecientos ochenta y cuatro mil ciento veintiocho con sesenta y siete centavos($271.784.128,67) el total del Presupuesto General de Erogaciones de la Administración Municipal para el Ejercicio 2019, el cual se conforma de acuerdo al siguiente detalle que se desagrega analíticamente en planillas anexas:
DETALLE | RENTAS GRALES. | RENTAS ESPEC. | TOTAL |
TOTAL GENERAL | 226.601.854,16 | 45.182.274,51 | 271.784.128,67 |
EROGACIONES CORRIENTES | 210.269.054,16 | 5.342.000,00 | 215.611.054,16 |
OPERACIÓN | 202.886.737,00 | 5.342.000,00 | 205.628.737,00 |
Personal | 116.695.337,00 | 116.695.337,00 | |
Bienes y Serv. No Personales | 83.591.400,00 | 5.342.000,00 | 88.933.400,00 |
INTERESES DE LA DEUDA | 233.081,84 | 0,00 | 233.081,84 |
TRANSFERENCIAS | 5.245.236,80 | 0,00 | 5.245.236,80 |
F.A.E. | 4.415.236,80 | 4.415.236,80 | |
Subsidios | 830.000,00 | 830.000,00 | |
A CLASIFICAR | 1.903.998,52 | 1.903.998,52 | |
EROGACIONES DE CAPITAL | 16.432.800,00 | 39.840.274,51 | 56.273.074,51 |
INVERSIÓN REAL | 16.432.800,00 | 39.840.274,51 | 56.273.074,51 |
Bienes de Capital | 1.295.500,00 | 3.552.802,01 | 4.848.302,01 |
Trabajos Públicos | 15.137.300,00 | 36.287.472,50 | 51.424.772,50 |
INVERSIÓN FINACIERA | 0,00 | 0,00 | |
Préstamos | 0,00 | ||
TOTAL DE OTRAS EROGACIONES | 2.500.000,00 | 0,00 | 2.500.000,00 |
Erog. para Amort. de la Deuda | 2.500.000,00 | 0,00 | 2.500.000,00 |
Art. 2) Resérvese la suma de pesos cinco millones quinientos cuarenta y siete mil doscientos veintiséis con veintisiete centavos($5.547.226,27) para el ejercicio 2019 a los fines de atender las Erogaciones del Concejo Municipal.
Art. 3) Estimase en la suma de Pesos doscientos setenta y siete millones trescientos sesenta y un mil trescientos trece con treinta y un centavos ($277.361.313,31) el Cálculo de Recursos de la Administración Municipal para el ejercicio 2019, para atender las erogaciones a que se refieren los Art. 1 y 2 de acuerdo con la distribución del resumen que se indica a continuación y al detalle que figura en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza:
DETALLE | RENTAS GRALES. | RENTAS ESPEC. | TOTALES |
TOTAL GENERAL | 232.179.038,81 | 45.182.274,50 | 277.361.313,31 |
RECURSOS CORRIENTES | 225.126.236,80 | 20.774.000,00 | 245.900.236,80 |
DE JURISDICCION PROPIA | 70.360.000,00 | 20.774.000,00 | 91.134.000,00 |
TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO | 58.501.000,00 | 18.576.000,00 | 77.077.000,00 |
Tasas y Derechos | 55.778.000,00 | 18.576.000,00 | 74.354.000,00 |
Contribución de mejoras | 2.723.000,00 | 2.723.000,00 | |
NO TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO | 741.000,00 | 741.000,00 | |
TRIBUTARIOS EJERCICIO ANTERIOR | 11.118.000,00 | 2.198.000,00 | 13.316.000,00 |
Tasas y Derechos | 10.045.000,00 | 2.198.000,00 | 12.243.000,00 |
Contribución de mejoras | 1.073.000,00 | 1.073.000,00 | |
DE OTRAS JURISDICCIONES | 154.766.236,80 | 0,00 | 154.766.236,80 |
Coparticipación del Ejercicio | 149.834.236,80 | 149.834.236,80 | |
Coparticipación del Ejercicio anterior | 4.932.000,00 | 4.932.000,00 | |
RECURSOS DE CAPITAL | 1.500.000,00 | 0,00 | 1.500.000,00 |
Recursos de Capital | 1.500.000,00 | 0,00 | 1.500.000,00 |
FINANCIAMIENTO | 5.552.802,01 | 24.408.274,50 | 29.961.076,51 |
APORTES NO REINTEGRABLES | 5.552.802,01 | 24.408.274,50 | 29.961.076,51 |
Art. 4) Como consecuencia de lo establecido en los arts. 1, 2 y 3 de la presente Ordenanza, formulase un Presupuesto General de la Administración Municipal Equilibrado para el ejercicio 2019, de acuerdo al siguiente detalle:
DETALLE | RTAS GRALES. | RTAS ESPEC. | TOTAL |
Total Erogaciones Art. 1) | 226.601.854,16 | 45.182.274,51 | 271.784.128,67 |
Total Recursos Art. 3) | 232.179.038,81 | 45.182.274,51 | 277.361.313,31 |
Resultado Ejercicio 2019 | 5.577.184,65 | 0,00 | 5.577.184,65 |
– Reserva del H.C.M. Art. 2) | 5.547.226,27 | 0,00 | 5.547.226,27 |
Superávit del Ejercicio 2019 | 29.958,38 | 0,00 | 29.958,38 |
Art. 5) Las cifras asignadas a nivel de partida principal de los cuadros anexos que forman parte de la presente Ordenanza deben considerarse como nivel de aprobación legal, de acuerdo al detalle que se enumera a continuación:
- Cuadro Nro. 1: Recursos Total Consolidado.
- Cuadro Nro. 2: Cuadro Analítico de Recursos Jurisdiccionales Propios.
- Cuadro Nro. 3: Cuadro Analítico de los Recursos de Capital y Financiamiento.
- Cuadro Nro. 4: Cuadro Analítico de los Recursos de Otras Jurisdicciones.
- Cuadro Nro. 5: Total de Erogaciones (comprende D.E.M.)
- Cuadro Nro. 6: Cuenta de Ahorro Inversión Financiamiento para la Administración Municipal.
- Cuadro Nro. 7: Composición del Gasto por Nivel Institucional.
- Cuadro Nro. 8: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Intendencia.
- Cuadro Nro. 9: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Sec. de Gobierno y Desarrollo Social.
- Cuadro Nro. 10: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Sec. de Hacienda.
- Cuadro Nro. 11: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Sec. de Seguridad, Cultura y Deportes.
- Cuadro Nro. 12: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Sec. de Obras Públicas.
- Cuadro Nro. 13: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Obligaciones Generales de la Administración.
- Cuadro Nro. 14: Detalle de la planta del personal.
- Cuadro Nro. 15: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Honorable Concejo Municipal
Art. 6) Fijase en ciento sesenta y dos(162) el número total de cargos de personal regido por la Ley Provincial 9286, tanto permanentes, como contratados y eventuales, excluido el Concejo Municipal.
Art. 7) Las erogaciones a atender con fondos provenientes de Rentas Especiales, deberán ajustarse en su monto y oportunidad a las cifras recaudadas o cuya recaudación esté asegurada dentro del ejercicio.
Art. 8)Autorizase al Departamento Ejecutivo a disponer la utilización transitoria de fondos de Rentas Especiales para hacer pagos, cuando por razones circunstanciales o de tiempo, debe hacerse frente a apremios financieros. Dicha utilización transitoria no significará el cambio de destino de los recursos y su devolución deberá quedar normalizada en el menor plazo posible, de modo de no resentir el cumplimiento de los fines para los cuales han sido afectados los fondos.
Art. 9) El presupuesto fijado en la presente Ordenanza incluye un crédito total de Pesostrescientos tres mil novecientos noventa y ocho con cincuenta y dos centavos($303.998,52) en la jurisdicción Obligaciones Generales de la Administración – A Clasificar, con destino exclusivo a la atención de sentencias judiciales firmes que condenen a la Municipalidad al pago de una suma de dinero y que cuenten con liquidación cierta y aprobada y reconocimiento administrativo, constituyendo dicho crédito el límite máximo establecido para el pago de tales sentencias, sujeto a las disponibilidades de los recursos
Establécese que con la inclusión de la partida mencionada en el párrafo precedente se dan por cumplimentados por única vez, para el ejercicio presupuestario 2019, todos los procedimientos exigidos por la Ley N° 12.036 y/o aquella que la complemente o reemplace, para la atención de las sentencias en él descriptas.
Art. 10) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos. Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los ocho días del mes de febrero de dos mil diecinueve.-