CERES, 10 de agosto de 2020.-
ORDENANZA N° 1658/2020.
VISTO:
El régimen legal de contrataciones del Municipio, contemplado en la Ley Provincial Nª 2756 y en la Ordenanza Nª 1433/2016, y
CONSIDERANDO:
Que el Ejecutivo Municipal solicitó mediante nota enviada a este Concejo Deliberante, una actualización de los montos establecidos para la OrdenanzaN°1502/17 sobre el régimen legal de compras.
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°) Modifíquese el Artículo 2° de la Ordenanza N°1502/17, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 2°) Adóptese los siguientes procedimientos de compra, según el siguiente orden:
Hasta la suma de $ 243 000.- (pesos doscientos cuarenta y tres mil), compra directa.
Desde la suma de $ 243 001.- (pesos doscientos cuarenta y tres mil uno) a $ 480.000.- (pesos cuatrocientos ochenta mil), compra mediante la solicitud de tres Presupuestos.
Desde la suma de $ 480.001.- (pesos cuatrocientos ochenta mil uno) a $ 970.000.- (pesos novecientos setenta mil), mediante Concurso Privado de Precios.
Por importes superiores a $ 970.000.- (pesos novecientos setenta mil), mediante Licitación Pública.”
ARTÍCULO 2°) Modifíquese el Artículo 3° de la Ordenanza N°1502/17 el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 3°) Se crea en el ámbito de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, la Junta de Compras, integrada por un representante de la mencionada Secretaría, un representante de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y un representante del Honorable Concejo Municipal. Esta junta tomara intervención, cuando las compras superen el importe establecido para el concurso privado de precios. El cual deberá llevar un libro de actas donde se asentará todo lo concerniente al proceso de compra (mediante Concurso Privado de Precios). De la respectiva acta, una síntesis de ella, acompañara los pasos siguientes para la emisión de la respectiva Orden de Compras y/o cuando corresponda, la firma del respectivo contrato de locación de servicios. De dicho proceso de compra, se deberá presentar informe por escrito de lo que se registra en el acta respectiva, al Honorable Concejo Municipal.”
ARTÍCULO 3°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los seis días del mes de agosto de dos mil veinte. –