El Proyecto de PRESUPUESTO GENERAL DE
EROGACIONES Y CÁLCULO DE RECURSOS para el ejercicio 2021, elevado por el
Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, y
CONSIDERANDO:
Que el Presupuesto es la norma contable legal
por excelencia por la que se establecen los lineamientos del Municipio respecto
de los fondos a recaudar durante todo el año y el destino o inversión que se le
darán a los mismos.
Que
es un instrumento vital para el desempeño administrativo del Municipio, siendo
necesario contar con el mismo para un correcto y legal manejo económico del
mismo.
Que
a instancia de este Concejo se presenta en reunión del cuerpo en comisión el
Secretario General Hacienda y Finanzas de la Municipal para brindar las
informaciones y aclaraciones respecto del contenido de los cuadros contables.
Que
corresponde enunciar algunos de los conceptos que sirvieron de base para la
preparación del documento contable, tal lo manifestado por los funcionarios y
lo contenido en el mensaje del Departamento Ejecutivo.
Que,
de acuerdo a lo expresado por el Departamento Ejecutivo, los Recursos fueron
determinados considerando el nivel actual de la recaudación municipal y su
proyección a futuro, con la estimación de la evolución de la coparticipación
que le corresponde a Ceres por impuestos nacionales y provinciales.
Que
en lo que respecta a las Erogaciones, se ha comunicado a este Cuerpo, que las
partidas destinadas al pago de haberes de los trabajadores municipales ocupan
una gran importancia. Así mismo, por la demora en la resolución de las
paritarias 2020 se pagará la última cuota acordada en enero de 2021, y se prevé
un incremento salarial para el presente ejercicio en el mes de marzo.
Que
la partida de bienes de consumo y servicios no personales es otra de las más
importantes dentro del esquema presupuestario local, al ser esta, a la cual se
imputan todos los gastos derivados de los servicios públicos que el Municipio
presta. Ella debe soportar los aumentos de precios de todos los insumos y
elementos necesarios para mantener el alto nivel de los servicios que presta la
Secretaria de Planeamiento Obras y Servicios Públicos, la de Gobierno y la de
Desarrollo Humano.
Que
el Ejecutivo Municipal manifiesta que el objetivo para el 2021 se ve claramente
al observar la importante inversión en trabajos públicos que se planea
ejecutar. El total de 64.8 millones de pesos busca motorizar la inversión en la
Ciudad. Esta municipalidad busca mejorar diferentes aspectos tales como el
bacheo de puntos críticos, la iluminación general, la construcción de veredas y
el mejoramiento del ripio entre otras.
Que
el Presupuesto 2021 muestra un resultado equilibrado para el ejercicio, con una
fuerte inversión en obras y servicios. Creando una partida para hacer frente a
la deuda no presupuestada de ejercicios anteriores, pero entendemos que como
municipalidad debemos afrontar tales situaciones, lo que imposibilita destinar
esos fondos a inversión.
Que este Proyecto
de Presupuesto da cumplimiento con las formalidades que establecen los art. 46
y 47 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, como así también se incluye
una partida para atender las erogaciones que tengan un origen en sentencias
judiciales firmes, tal lo establecido en la ley Provincial Nº 12036.
POR LO QUE:
El HONORABLE
CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley
2756, y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°) Fijase en la suma de pesos
cuatrocientos doce millones ciento ochenta y seis mil quinientos ochenta y
cuatro con veinte centavos (412.186.584,20) el total del Presupuesto General de
Erogaciones de la Administración Municipal para el Ejercicio 2021 y se desagrega
analíticamente en las planillas anexas
ARTÍCULO 2°) Resérvese la suma de pesos ocho
millones doscientos cuarenta y tres mil setecientos treinta y uno con sesenta y
ocho centavos ($ 8.243.731,68) para el ejercicio 2021 a los fines de atender
las Erogaciones del Concejo Municipal.
ARTÍCULO 3°) Estimase en la suma de Pesos
cuatrocientos veinte millones cuatrocientos setenta y cuatro mil trescientos
setenta y dos con treinta y cinco centavos ($ 420.474.372,35) el Cálculo de
Recursos de la Administración Municipal para el Ejercicio 2021, para atender
las erogaciones a que hace referencia el Art. 1 y 2 de acuerdo con la
distribución del resumen que se indica a continuación y al detalle que figura
en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza:
ARTÍCULO 4°) Como consecuencia de lo establecido en
los art. 1, 2 y 3 de la Presente Ordenanza, formulase un Presupuesto General de
la Administración Municipal Equilibrado para el Ejercicio 2021 de acuerdo al
siguiente detalle:
ARTÍCULO 5°) Las cifras asignadas a nivel de
partida principal de los cuadros anexos que forman parte de la presente
Ordenanza deben considerarse como nivel de aprobación legal, de acuerdo al
detalle que se enumera a continuación:
Cuadro Nro. 1: Recursos Total Consolidado.
Cuadro Nro. 2: Cuadro Analítico de Recursos
Jurisdiccionales Propios.
Cuadro Nro. 3: Cuadro Analítico de los Recursos de
Capital y Financiamiento.
Cuadro Nro. 4: Cuadro Analítico de los Recursos de
Otras Jurisdicciones.
Cuadro Nro. 5: Total de Erogaciones (comprende D.E.M.)
Cuadro Nro. 6: Cuenta de Ahorro Inversión
Financiamiento para la Administración Municipal.
Cuadro Nro. 7: Composición del Gasto por Nivel
Institucional.
Cuadro Nro. 8: Clasificación Económica y Por Objeto del
Gasto – Intendencia.
Cuadro Nro. 9: Clasificación Económica y Por Objeto del
Gasto – Sec. de Gobierno y Desarrollo Social.
Cuadro Nro. 10: Clasificación Económica y Por Objeto
del Gasto – Sec. de Hacienda.
Cuadro Nro. 11: Clasificación Económica y Por Objeto
del Gasto – Sec. de Seguridad, Cultura y Deportes.
Cuadro Nro. 12: Clasificación Económica y Por Objeto
del Gasto – Sec. de Obras Públicas.
Cuadro Nro. 13: Clasificación Económica y Por Objeto
del Gasto – Obligaciones Generales de la Administración.
Cuadro Nro. 14: Detalle de la planta del personal.
Cuadro Nro. 15: Clasificación Económica y Por Objeto
del Gasto – Honorable Concejo Municipal
ARTÍCULO 6°)Fijase en ciento setenta y siete (177)
el número total de cargos de personal regido por la Ley Provincial 9286, tanto
permanentes, como contratados y eventuales, excluidos el Concejo Municipal.
ARTÍCULO 7°) Las erogaciones a atender con fondos
provenientes de Rentas Especiales deberán ajustarse en su monto y oportunidad a
las cifras recaudadas o cuya recaudación esté asegurada dentro del ejercicio.
ARTÍCULO 8°) Autorizase al Departamento Ejecutivo a
disponer la utilización transitoria de fondos de Rentas Especiales para hacer
pagos, cuando por razones circunstanciales o de tiempo, debe hacerse frente a
apremios financieros. Dicha utilización transitoria no significará el cambio de
destino de los recursos y su devolución deberá quedar normalizada en el menor
plazo posible, de modo de no resentir el cumplimiento de los fines para los
cuales han sido afectados los fondos.
ARTÍCULO 9°) Elévese al Departamento Ejecutivo
Municipal de Ceres a sus efectos. Comuníquese, publíquese, y oportunamente
archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del
H. Concejo Municipal de Ceres, a los veintitrés días del mes de diciembre de
dos mil VEINTE. –