En la ciudad de Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, a los ocho días del mes de julio de dos mil veintiuno, se reúnen, encontrándose en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, ubicado en Calle Av. Tristán Malbran N°75, los Concejales Fiore, Maza, Rafael, Lemos y Uberti, y mediante la aplicación Zoom la Concejal Guirado, por protocolos Covid-19. Siendo las 10:30 horas, el Concejal Pablo A. Fiore, asume la Presidencia del Cuerpo y declara abierta la Sesión Ordinaria, procediéndose al tratamiento de los temas establecidos en el Orden del Día:
SESIÓN ORDINARIA – ORDEN DEL DÍA N ro. 1377:
- Aprobación y firma Actas N°1375 y 1376
- Correspondencia Recibida.
- Bloque FPCyS UCR – Proyecto de Ordenanza – Arbolado Público.
- Proyecto de Ordenanza – Reconocimiento Nueva Comisión Vecinal Barrio Quilmes.
- DEM – Proyecto de Ordenanza – Concejo Municipal de Promoción, Protección e Inclusión de la Infancias y Adolescencias.
- Bloque PJ – Proyecto de Ordenanza – Modificación Proyecto de Ord. Ampliación Presupuesto, sancionado el día 17-06-2021, Acta de Sesión Ordinara N° 1375.
- DEM – Proyecto de Ordenanza – Modificación Ord. 1658/2020 (Régimen Legal de Contrataciones del Municipio).
- Bloque Vecinal: Proyecto minuta de comunicación – Situación socioeconómica de familias afectadas por obra de cordón cuneta.
- Cooperativa de Servicios de Ceres – Proyecto de Ordenanza – Extensión Servicio de Desagües Cloacales (calle Saavedra entre calles Entre Ríos y Av. Salta).
- FPCyS UCR: Proyecto de declaración – Unidades Terapia Intensiva en Hospital Ceres y San Cristóbal.
- DEM – Proyecto de Ordenanza – Declaración Susceptible de Recuperación por Contribución de Mejoras Proyecto 23 cuadras cordón cuneta.
- Bloque Vecinal – Proyecto de Declaración – Gestión Rotary Club Ceres (Obra Agua Potable en B° Cooperativas y Esc. N° 1103
- Bloque Vecinal – Proyecto de Minuta de Comunicación – Obras de Cordón cuneta
- Bloque Vecinal – Proyecto de Minuta de Comunicación – Información sobre reuniones de la Junta de Admisión y Disciplina Municipal
PUNTO 1) Se someten a votación Actas anteriores, las que son aprobadas por unanimidad, sin observaciones.
PUNTO 2) A continuación, se da lectura a la correspondencia recibida:
- MINISTERIO DE SALUD: Respuesta Declaración Nro. 281/2021 (Testeos gastronómicos).
- DEM: Ejecución Presupuestaria al 31-12-2020.
El Pte. dice esto también ingresa y va a comisión.
- DEM: Proyecto técnico monumento IVOTI.
El Pte. dice es sin nota, pero el proyecto había sido ya ingresado, ahora lo que se acercó fue el proyecto técnico que también creo que se había solicitado.
- DEM: Proyecto técnico obra cordón cuneta 23 cuadras.
El Pte. dice esto vendría a ser un nuevo proyecto, no está acá adjuntado el proyecto de ordenanza en sí, pero sería un nuevo proyecto, está la nota de solicitud, esto lo hemos estado comisionando en parte, hemos aprovechado cuando nos pusimos a trabajar sobre este tema esta semana, pero en realidad después esto tiene que ingresar como un nuevo proyecto.
- Vecinal Barrio Quilmes: Información para reconocimiento de nueva conformación comisión vecinal.
El Pte. dice también han acercado una serie de documentación solicitada, para poder completar y poder dar aprobación y reconocimiento a la nueva comisión vecinal.
PUNTO 3) Bloque FPCyS UCR – Proyecto de Ordenanza – Arbolado Público. El mismo dice lo siguiente: “VISTO: La necesidad de conservación, protección y manejo sostenible del arbolado público dentro de la jurisdicción de la municipalidad de Ceres, y CONSIDERANDO: Que es indispensable planificar, gestionar, proteger, recuperar, promocionar, reglamentar y fomentar el arbolado público en la ciudad de Ceres. POR LO QUE: El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756, y sus modificatorias, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°: La presente Ordenanza tiene por objeto la planificación, gestión, protección, recuperación, promoción y fomento del arbolado público, reglamentando los requisitos técnicos y el trámite a realizar, en concordancia con la Ley Provincial Nº 13.836. CAPITULO I Disposiciones Generales ARTICULO 2°: Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto establecer una política de estado de conservación, protección y manejo sostenible del arbolado público dentro de la jurisdicción de la Municipalidad de Ceres. ARTICULO 3°: Finalidad Esta ordenanza constituye una herramienta para que la Municipalidad de Ceres pueda alcanzar los siguientes objetivos: Proteger y cuidar el medioambiente de la ciudad, a través de la implementación de una política ambiental, permanente, racional y sostenible para el control, conservación y preservación del arbolado público. Controlar, investigar, conservar, preservar, mejorar y fomentar el arbolado público de la ciudad, estableciendo una política de estado en esta materia con lineamientos claros para el desarrollo del arbolado público. Afianzar la educación ambiental, valorando los beneficios del arbolado para una mejor calidad de vida de la población. Reconocer al arbolado público como patrimonio natural y cultural de los Ceresinos. Prevenir y sancionar las agresiones y prácticas no autorizadas que efectúen en desmedro de la estabilidad e integridad del arbolado público. ARTICULO 4°: Definiciones ARBOLADO PÚBLICO: Se considera arbolado público toda especie vegetal leñosa y/o arbustiva existente sobre la línea municipal de plantación, parques, plazas, espacios verdes y en todo lugar de dominio público de jurisdicción municipal, declarándoselo de interés y utilidad pública. CORREDOR BIOLÓGICO: Espacio territorial cuya superficie se caracteriza por el predominio del largo por sobre el ancho (líneas, bandas, etc.) constituido y administrado con el fin de proporcionar conectividad entre paisajes, ecosistemas y hábitat (naturales o modificados), que permite asegurar los procesos ecológicos, evolutivos y el flujo genético de las especies, como sustento de la conservación de la biodiversidad a largo plazo. DAÑO: Agresión que afecta negativamente el desarrollo de los ejemplares arbóreos o causa su muerte. PODA: Corte de partes aéreas y subterráneas que las separan definitivamente del espécimen madre. TECNICAS CORRECTAS DE PODA: Enmarcadas dentro de la arboricultura moderna y sus principios, tales como aquellos que representan tirasavias, realizan cortes correctos, limpios y consideran anatomía y ecofisiología de los individuos. TALA: Eliminación de la copa por cortes efectuados en el tronco a distintas alturas. EXTRACCION: Acción consistente en desarraigar los ejemplares del lugar de plantación. CUSTODIO DIRECTO: Se refiere a la persona frentista del o los árboles, quien es responsable del cuidado y/o vigilancia, pero NO posee la facultad de realizar intervenciones sin la previa autorización y/o habilitación municipal. ARTICULO 5°: El frentista es custodio directo del o de los árboles que se dispongan frente a su domicilio. El ejercicio de sus derechos y obligaciones queda sujeto a las condiciones establecidas en la presente. ARTICULO 6°: El Departamento Ejecutivo Municipal realizará anualmente una campaña de difusión de la presente. CAPITULO II De la Autoridad de Aplicación ARTICULO 7°: Será autoridad de aplicación de la presente ordenanza la Subsecretaría de desarrollo local, o la que en un futuro la remplace o al organismo que sea asignada la competencia especifica por norma posterior a la presente. ARTICULO 8°: Funciones: La autoridad de aplicación tendrá las siguientes funciones: Establecer y actualizar periódicamente el plan de manejo sostenible del arbolado público para la ciudad de Ceres. Realizar las tareas de forestación, conservación, poda, tala y extracción del arbolado, disponiendo los cronogramas de realización de las mismas. Brindar asesoramiento en materia de arbolado público, otorgar autorizaciones o denegarlas para la realización de actividades mencionadas en el inciso anterior por cuenta de los particulares y realizar el debido contralor de las mismas. Llevar adelante el registro de Podadores y las capacitaciones destinadas a los mismos. Estas capacitaciones se realizarán periódicamente de acuerdo a la demanda existente. Ejecutar programas de educación ambiental que tengan como eje la concientización de la población sobre la importancia de arbolado público. ARTICULO 9°: El Departamento Ejecutivo Municipal será el encargado de elaborar el plan de forestación. La forestación y reforestación se deberán realizar contemplando una sectorización de la ciudad que respete las características ambientales y la estructura de servicios existentes. ARTICULO 10°: Serán criterios a tener en cuenta para la sectorización, entre otros: ancho de veredas, orientación de calle, tipo de suelo, existencia de tendido aéreo o subterráneo de servicios públicos, altura máxima del ejemplar, diámetro de copa, caducidad de follaje. Previa elaboración de la sectorización, la Autoridad solicitará la opinión de las empresas prestatarias de servicios públicos, la que tendrá carácter no vinculante. ARTICULO 11°: En base a los artículos precedentes, la Autoridad elaborará un catálogo con las variedades de especies arbóreas que podrán implantarse según la zonificación establecida. Otorgará preferencia de implantación a las especies autóctonas, nativas y aquellas que sean de fácil adaptación. Asimismo, dispondrá las medidas necesarias para orientar la producción del Vivero Municipal en ese sentido. ARTICULO 12°: El catálogo mencionado será de consulta obligatoria para conceder la autorización para la plantación de arbolado público. ARTICULO 13°: Dispónese la confección de un catálogo con las variedades de las distintas especies arbóreas existentes en la ciudad, donde se consignarán ejemplares de valor histórico, estético y la localización de los mismos, que será distribuido en los establecimientos educacionales y centros de información turística. CAPITULO III De la plantación ARTICULO 14°: La plantación del arbolado público está sujeta a los requisitos que establece esta Ordenanza y a las demás especificaciones técnicas emanadas de Subsecretaría de desarrollo local. ARTICULO 15°: Al solicitar la línea para nueva edificación, refacción o regularización ante la Dirección de Catastro, el solicitante deberá hacer constar el espacio correspondiente para la plantación de un nuevo árbol y/o ubicación del arbolado ya existente en la vereda. ARTICULO 16°: Toda autorización de loteos y subdivisiones con apertura de calles, deberá ser solicitada con la presentación de un plan de forestación que será realizado por cuenta del propietario de la misma, además del cuidado y mantenimiento de los árboles plantados hasta tanto tomen posesión de los lotes los nuevos frentistas. Igual obligación existe respecto de los espacios verdes incluidos en las mencionadas urbanizaciones, en tanto no se incorporen al dominio municipal. La autoridad de aplicación determinará los pasos a seguir de acuerdo a los artículos de esta Ordenanza. ARTICULO 17°: Edificaciones Privadas no extenderá el certificado final de obra antes de verificar que exista el espacio para la plantación de la especie arbórea que corresponda y/o que se haya preservado el arbolado público existente. Respetando la reglamentación vigente en la ordenanza N°220/1980, inciso b.1.4.15/ áreas arboladas. ARTICULO 18°: Cuando sea necesario para obtener el certificado final de obra, no exista arbolado público y no corresponda a la época de forestación, la Dirección de Espacios Verdes otorgará un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días para la plantación del árbol. ARTICULO 19°: Ante la presentación del formulario correspondiente, la autoridad de aplicación resolverá el trámite en un plazo no mayor a veinte (20) días. Se considerará otorgada la autorización, de no mediar respuesta formal en el plazo citado. ARTICULO 20°: En caso de no existir arbolado y de acuerdo a la sectorización que se establezca, la Autoridad de Aplicación reglamentará para cada caso, la distancia del árbol a la línea del cordón de la vereda, a la línea de edificación, distancia entre árboles y especie a implantar. Si hubiere arbolado se respetará la línea existente siempre que ésta no exceda los límites de seguridad. ARTICULO 21°: En los sectores de la ciudad en que no haya arbolado y se proceda a realizar plantación por primera vez, la ubicación del primero y del último árbol de la cuadra, será la que determine la prolongación imaginaria de la traza de la ochava hasta su intersección con el cordón de la vereda. ARTICULO 22°: Queda prohibido plantar debajo de las Líneas Aéreas de Media Tensión (LAMT), especies de árboles de porte medio y alto que superen los ocho metros (8 m) de altura, como máxima que la especie puede desarrollar. ARTICULO 23°: Las especies de porte medio y alto deberán estar separadas de las Líneas Aéreas de Media Tensión (LAMT), a distancias horizontales indicadas en el Anexo I de la presente. CAPITULO IV De la conservación ARTICULO 24: Los frentistas podrán realizar tareas de conservación previa solicitud ante la Autoridad para que se expida acerca de la procedencia de los trabajos. La Autoridad resolverá el trámite en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles. Se considerará otorgada la autorización, de no mediar respuesta formal en el plazo citado. Obtenida respuesta favorable o habiendo transcurrido el plazo mencionado, los frentistas podrán optar porque los trabajos sean realizados por la División de Espacios Verdes o en forma particular a través de empresas o podadores habilitados que se encuentren inscriptos en el Registro municipal de Podadores. ARTICULO 25°: Cuando el arbolado público afecte líneas existentes de electricidad, teléfonos, televisión o redes subterráneas de agua, gas, etc., las empresas interesadas en su mantenimiento deberán presentar el correspondiente reclamo por Mesa de Entradas de la Municipalidad, con debida antelación y para que los trabajos se realicen preferentemente entre mayo y agosto, salvo casos de fuerza mayor en los que el pedido se realizará con carácter de urgente. ARTICULO 26°: En los supuestos del artículo anterior, las empresas públicas o privadas que acrediten contar con personal técnico con título habilitante entendido en la materia, previa autorización, podrán efectuar el despeje de sus líneas por sí mismas o por contratación de terceros habilitados. ARTICULO 27°: En casos de emergencia, por factores climáticos, cuando hubiera peligro para las personas o bienes, las empresas interesadas podrán efectuar las tareas necesarias para efectuar las reparaciones con la urgencia requerida, comunicando dicha circunstancia a la Municipalidad. La Autoridad de Aplicación realizará a la brevedad una inspección que corrobore dicha circunstancia. ARTICULO 28°: Las tareas de despeje previstas en los artículos precedentes de deben realizar con compensación de copas, sin excepción, previa presentación y aprobación de un proyecto de la Autoridad de Aplicación. ARTICULO 29°: Para la realización de nuevos tendidos de líneas aéreas o subterráneas, o el remplazo de las existentes, la empresa interesada deberá presentar a la Municipalidad el proyecto correspondiente para su aprobación, proyecto que debe contemplar las opciones de menor intervención sobre el arbolado público. En el caso que el proyecto afecte el arbolado existente, la Autoridad de Aplicación determinará las modificaciones a realizar a los fines de salvaguardar el arbolado público. Queda prohibida la realización de toda obra sobre el arbolado público si no se efectuó la correspondiente autorización. ARTICULO 30°: El Departamento Ejecutivo Municipal no aprobará ninguna solicitud para colocación de toldos, avisos, carteles o letreros cuando la distancia al tronco y/o ramas importantes del árbol sea inferior a cuarenta centímetros (40 cm), medida desde cualquier punto del mismo. En ningún caso se permitirá la extracción de árboles para colocar toldos, avisos, carteles o letreros. ARTICULO 31°: No podrán fijarse al árbol elementos como clavos, alambres, hierros, ganchos, artefactos eléctricos, letreros, avisos, enredaderas ni plantas trepadoras, etc. No podrán pintarse. Para realizar tratamientos fitosanitarios se debe contar con autorización. No podrán tratarse con sustancias tóxicas. ARTICULO 32°: Queda prohibido quemar hojas, papeles, cartones y/o cualquier elemento al pie de la planta que por acción directa o indirecta del calor pueda resultar afectada. CAPITULO V De la erradicación ARTICULO 33°: Queda prohibido a toda persona o empresa, privada o estatal efectuar cortes, despuntes, poda aérea o radicular, tala o erradicación del arbolado público sin la previa autorización municipal. ARTICULO 34°: La Municipalidad no aprobará plano de edificación, refacción o modificación de edificios cuyos accesos vehiculares o cocheras sean proyectados frente árboles existentes. La solicitud de permiso de edificación de obra nueva, refacción o modificación obliga al proyectista y al propietario a fijar con precisión los árboles existentes en el frente. No son causas de erradicación el proyecto, ni los requerimientos de la obra. Solo en casos excepcionales, cuando la disposición de los árboles fuese tal que su erradicación fuera imprescindible, previo informe de la Dirección de Espacios Verdes tomará decisión. Los gastos de erradicación serán por cuenta del propietario. ARTICULO 35°: Son causas de erradicación del arbolado público, además de las establecidas en el artículo anterior: a) Decrepitud, decaimiento irrecuperable o ciclo biológico cumplido. b) Muerte prematura del ejemplar. c) Riesgo de caída total, parcial o cuando la inclinación de la especie amenace o provoque trastornos al tránsito de peatones o de vehículos. d) Cuando el riesgo de caída total o parcial de la especie amenace el tendido de líneas eléctricas existentes y no exista medio técnicamente superior para subsanarlo. e) Cuando no existan otros modos viables que permitan salvar interferencias sobre apertura, ensanche o pavimento de calles o sobre otra obra pública y siempre que sea ambientalmente consensuado con el área correspondiente. f) Cuando se trate de especies o variedades consideradas no aptas para arbolado público en zonas urbanas. g) Cuando resulte evidente la posibilidad de que pueda ocasionar daños sobre viviendas, conexiones de agua, gas, desagües pluviales o cloacales, que no puedan solucionarse con el corte de raíces superficiales, previo a reparar el daño. h) Cuando afecte la ejecución de una obra pública. i) Cuando haya presencia constante o recurrente de plagas, insectos patógenos o alimañas que tornen insostenible su presencia en la vereda. j) Cuando se encuentre fuera de línea con el resto del arbolado y dificulte el paso de peatones. k) Cuando por mutilaciones voluntarias o accidentales no se pueda lograr su recuperación. l) Cuando se fundamente por profesional habilitado y con causa justa. ARTICULO 36°: Los particulares podrán erradicar especies arbóreas plantadas del frente de sus domicilios cuando se encuadren en los casos previstos, solicitando autorización y asesoramiento a la Dirección de Espacios Verdes. En caso de urgencias, llámese a esto riesgo de daños materiales y/o físicos, el municipio deberá dar respuesta en un plazo máximo de 7 días hábiles administrativos. En las restantes situaciones el plazo máximo de intervención municipal será de hasta 30 días hábiles administrativos. CAPITULO VI Del replante ARTICULO 37°: Los particulares deberán reponer la especie, u otra similar que corresponda, cuando hayan sido autorizados a erradicar la anterior. La reforestación de los sectores o sitios donde se haya procedido a erradicar árboles será responsabilidad de la Dirección de Espacios Verdes, acción que se encuadrará en las políticas forestales fijadas por el Municipio. CAPITULO VII Sanciones ARTICULO 38°: El incumplimiento de lo establecido en la presente será sancionado con acciones de recuperación y/o reimplante, según el caso, reponiendo el daño ocasionado que determinará el área de aplicación. ARTICULO 39°: Se establecerá un régimen diferenciado de sanciones según se aplique a particulares, entes públicos o empresas, considerando la intensidad y/o extensión del perjuicio cometido. CAPITULO VIII Otras disposiciones ARTICULO 40°: El Departamento Ejecutivo Municipal realizará una amplia campaña de difusión dentro de los noventa (90) días de sancionada la presente. ARTICULO 41°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.”
El Pte. dice vamos a dar lectura a los artículos modificados y puestos en discusión en su momento en comisión, junto con la encargada del área de ambiente del Municipio. Le paso a dar lectura a lo que se ha modificado.
Se da lectura a los artículos modificados.
El Pte. dice esas son las modificaciones que se han debatido en comisión y se han aceptado por la mayoría o por unanimidad, para poder llevar a tratamiento la presente ordenanza. ¿alguien quiere hacer alguna observación? ¿O agregar algo?
Se somete a votación el proyecto de ordenanza.
Se aprueba por unanimidad.
PUNTO 4) Proyecto de Ordenanza – Reconocimiento Nueva Comisión Vecinal Barrio Quilmes. El mismo dice lo siguiente: “VISTO: La solicitud de reconocimiento municipal de la nueva Comisión Vecinal, presentado por vecinos del Barrio “QUILMES”, y CONSIDERANDO: Que en fecha 15 de mayo de 2021, se realizó la Asamblea de vecinos de dicho barrio, con el objeto de renovar la Comisión ya existente y en la que se eligieron los nuevos miembros de su Comisión Directiva. Que, de acuerdo a la documentación remitida a este Honorable Concejo Municipal, la misma cumple con los requisitos establecidos en el artículo 7) Incisos, a, b, c, d, e y f, de la Ordenanza Nº 286/84. POR LO QUE: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTÍCULO 1º) Reconocer en el ámbito Municipal a la nueva Comisión Directiva del Barrio “QUILMES”, para lo cual se adjunta acta de reunión con nómina de autoridades. ARTÍCULO 2º) Remitir copia de la presente a la nueva Comisión Vecinal de dicho barrio. ARTÍCULO 3º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.”
El Pte. dice bueno, acá se adjunta el Acta, y después también ha ingresado toda la documentación, o en su gran mayoría, solicitada para corroborar, por ejemplo, el domicilio de los integrantes de la comisión y alguna otra documentación mas como ser parte del estatuto, y bueno, asi que creeríamos, esto ya ha sido comisionado, pero creeríamos que esto ya está listo para llevarlo a tratamiento, no sé si alguien quiere hacer alguna otra observación, pero bueno, para dar el reconocimiento que corresponde.
Se somete a votación el proyecto de ordenanza.
Se aprueba por unanimidad.
PUNTO 5) DEM – Proyecto de Ordenanza – Concejo Municipal de Promoción, Protección e Inclusión de la Infancias y Adolescencias.
Se da ingreso al tema, pasa a comisión.
PUNTO 6) Bloque PJ – Proyecto de Ordenanza – Modificación Proyecto de Ord. Ampliación Presupuesto, sancionado el día 17-06-2021, Acta de Sesión Ordinara N° 1375. El mismo dice lo siguiente: “VISTO: El proyecto de endeudamiento con el Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A. por parte de la Municipalidad de Ceres, mediante la toma de un crédito para concretar una operatoria de leasing para adquisición de maquinarias, y CONSIDERANDO: Que este Honorable Concejo Municipal autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal, por Ordenanza 1723/2021 a tomar el crédito mencionado en el visto. Que en la Ordenanza N° 1699/2020, proyecto de PRESUPUESTO GENERAL DE EROGACIONES Y CÁLCULO DE RECURSOS para el ejercicio 2021, no está considerado dicho crédito, por lo cual es necesario la ampliación del presupuesto general de gastos. Que la Ordenanza N° 1723/2021., menciona un importe de $15.500.000 (pesos quince millones quinientos mil), sin incluir el IVA. Que el producto a adquirir es sujeto de aplicación del 21 % en concepto IVA (impuesto al valor agregado). Que el importe final a endeudarse con el IVA incluido se eleva a la suma total de $ 18.755.000 (peso dieciocho millones setecientos cincuenta y cinco mil). k﷽﷽﷽﷽﷽﷽﷽﷽como la unica omentos,tacto el numero de escare de 1985 la UCR reforzban Sao desde este recinto.como la unica omentos,POR LO QUE:EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE: O R D E N A N Z A ARTÍCULO 1°) Modificase internamente y ampliase el Presupuesto General de Gastos año 2021, como a continuación se expresa:
CONCEPTO AMPLIACIONES
EROGACIONES DE CAPITAL 18.755.000 18.755.000
INVERSIÓN REAL 18.755.000 18.755.000
Bienes de Capital 18.755.000 18.755.000
ARTÍCULO 2°) A los fines de cubrir el aumento neto del Presupuesto General de Gastos, según el resultado del artículo anterior, incrementase el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2021 como a continuación se expresa:
FINANCIAMIENTO 18.755.000 18.755.000 18.755.000
PRÉSTAMO 18.755.000 18.755.000 18.755.000
ARTÍCULO 3°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos. Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.”
El Pte. toma la palabra. Quiero aclarar, antes de dar lectura, que esto surge a raíz de que tras consultas que se habían hecho anteriormente a la aprobación de la sanción de la ordenanza 1375, hemos recibido información, digamos de cómo tendría que estar encuadrado este pedido de ampliación de presupuesto, ya que había algunas dudas con respecto a los importes, siendo que en la autorización para toma de préstamos no está incluido el IVA, y en la ampliación de presupuesto sí, pero nosotros estábamos aprobando el importe con el IVA, pero para hacerlo más clarificador y lo relacione con la ordenanza de aprobación de endeudamiento, se hicieron algunas modificaciones en el considerando, así que pasamos a darle lectura.
Se da lectura al proyecto de ordenanza.
La C. Guirado pide la palabra. Quiero dejar bien en claro que este proyecto entró con menos de doce horas de anticipación a la Secretaría del Concejo, de la ampliación presupuestaria, que el tema del pedido del crédito llevaba ya tres meses dentro de la Secretaría del Concejo y dentro del recinto para su evaluación, que lamentablemente una semana antes los Funcionarios, tanto Rojas como Andrada, habían estado en comisión y no se refirieron a este tema de que el crédito no estaba incluido en el presupuesto 2021 aprobado en diciembre del 2020, que la premura con la que se dio el tratamiento de esta ampliación presupuestaria no dejo que lleguen respuestas en ese momento de los órganos pertinentes que asesoran a los Funcionarios de los Municipios, por esa razón se incurre en un error a la hora de la sanción, porque la Ordenanza planteada por el Ejecutivo no estaba clara, y evidentemente había una contradicción o por lo menos no coincidían las cifras, y eso en una administración pública no puede suceder, por esa razón tenemos que hacer esta modificación, una Ordenanza que no fue enviada al Ejecutivo todavía, pero que si había sido sancionada. Quiero resaltar esta situación, que no es la primera que se da en la gestión Dupouy, y espero mayor eficiencia de parte de todos los Funcionarios, del Ejecutivo y también del Legislativo, porque como digo siempre estamos acá para legislar y gobernar sobre bienes de todos los Ceresinos y es una enorme responsabilidad, nada más.
Se somete a votación el proyecto de ordenanza.
Se aprueba por unanimidad.
PUNTO 7) DEM – Proyecto de Ordenanza – Modificación Ord. 1658/2020 (Régimen Legal de Contrataciones del Municipio).
El Pte. dice no es proyecto de ordenanza, sino una nota donde se solicita analizar la modificación de la Ordenanza 1658.
El C. Uberti dice hay que hacer otra ordenanza.
El Pte. dice hay que hacer una ordenanza, pero esto es una nota, no ingresó proyecto de ordenanza.
El C. Uberti dice, pero viene con los términos sugeridos.
El Pte. dice exactamente, viene con los términos sugeridos.
La C. Guirado pide la palabra. Debiera haber ingresado en correspondencia entonces.
El Pte. dice esto debiera haber ingresado en correspondencia, exactamente.
La C. Guirado dice bien.
Se da ingreso al tema, pasa a comisión.
PUNTO 8) Bloque Vecinal: Proyecto minuta de comunicación – Situación socioeconómica de familias afectadas por obra de cordón cuneta. El mismo dice lo siguiente: “VISTO: El proyecto de Ordenanza donde se autoriza a pedir el dinero para Obras Menores de la Ley Provincial N° 12.385, y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al proyecto sin firma presentado en la secretaría del Concejo, los fondos solicitados de Obras Menores podrían ser susceptibles de ser abonados como contribución de mejora por los vecinos afectados por las obras. Que 2 de los 3 barrios favorecidos con las obras son zonas periféricas y vulnerables. Que comprometer a los vecinos de estas zonas con mayores tributos podría no ser conveniente para su economía en el contexto de crisis económica y sanitaria que estamos atravesando que tendrá sus consecuencias a futuro también. Que la Ley N° 12.385 brinda la posibilidad de solicitar la totalidad de los fondos si los mismos son utilizados sin cobrar costo alguno al frentista. POR LO QUE: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, eleva la siguiente: MINUTA DE COMUNICACIÓN 1.-Se le solicita al DEM información documentada sobre la situación socioeconómica de las familias que se verán afectadas por las obras planteadas, solventadas en parte por la Ley 12.385. 2.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos, comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.”
El Pte. le cede la palabra a la C. Guirado.
La C. Guirado toma la palabra. Gracias Sr. Pte. A raíz de que en comisión, si bien no había ingresado todavía toda la documentación de forma oficial al Concejo, sabíamos por Secretaría que le habían dado ingreso, en Sesión, no tenía tratamiento parlamentario todavía, estuvimos evaluando por ahí las cuadras, los lugares, el planteo minucioso, muy profesional realizado por la Secretaría de Obras Públicas, muy detallado, el tema es la preocupación respecto de específicamente dos barrios que se mencionan para poder realizar este cordón cuneta a través de la contribución de mejoras, que serían Barrio Quilmes y Barrio Nuevo, sabemos que son barrios periféricos, sabemos que son barrios donde por ahí hay zonas con gran vulnerabilidad, por esa razón, ante esta preocupación que se me planteó luego de pasar el acta inclusive, donde hablábamos de estos temas, como representante de los vecinos, y antes de, que me parece estamos para eso los gobernantes, antes de, plantear este tema, poder debatirlo, poder plantearlo, poder conocer un poco mejor quienes son, que no sean simplemente nombres de calles, si bien hay fotos, hay gráficos, es muy completo todo lo que habrindado Obras Públicas al respecto, me parece importante también ver la parte humana y social, por esa razón simplemente presenté esta minuta de comunicación sabiendo que el tema iba a ingresar.
El Pte. pregunta si alguien más quiere hacer uso de la palabra.
El C. Maza dice sí, yo Sr. Pte. Hacer algunas aclaraciones. La ordenanza ingresó y lo que se había traspapelado o lo que faltó fue la nota de ingreso que hoy llegó al Concejo, que la pueden ver todos ustedes, firmada por el Coordinador de Gabinete, para la ordenanza que le da la posibilidad de efectuar el cobro, y a raíz de eso obtener el 50% de los fondos de obras menores. Por otro lado, quiero aclarar que una vez aprobada esa ordenanza, como lo dijo en comisión otro Concejal, va a tener que seguir todos los pasos legales para su aprobación, y cuando digo todos los pasos legales es una ordenanza que establezca la contribución por mejoras, dentro de la ordenanza marco de cordón cuneta, ripio e iluminación hay un artículo que establece que en los casos en que no se pueda, o el frentista no pueda afrontar el costo, luego de un estudio socioeconómico, estaría exento del pago, por lo tanto no veo cual es la intención de la minuta porque eso sería un paso posterior, justamente previo a la realización de la obra, no en este momento.
La C. Guirado pide la palabra. El planteo es porque la Ley 12.385 de obras menores plantea también la posibilidad de que ese 50% que corresponde a maquinarias o que se puede destinar a maquinarias o a obras públicas se use en su totalidad, y acá lo que se va a plantear es que debido a la posibilidad de cobrarle al vecino se va a pedir menos, entonces atendiendo a que son barrios vulnerables, atendiendo a que son zonas donde por ahí gran parte de la gente que vive ahí está pasando situaciones que nos son las mejores y más en este contexto en el que estamos inmersos todos, me pareció importante porque una cosa es decir algunos no pueden y otra cosa es decir la mayoría no puede, entonces la decisión de hacerlo por contribución de mejoras depende también de esto, de los lugares que están indicados se entiende, por esa razón planteo esta minuta antes de, porque ya ha pasado con la Avenida Vicente Casares, y tuvimos notas presentadas, y sabemos lo que ha pasado, que hay gente que ya está endeudada por un monto al que hoy se le agrega a lo mejor a todos los impuestos que debe pagar a nivel nacional, provincial y local, le agregas 5000, 6000 pesos encima todos los meses que deben pagar, y para el que está sentado como nosotros acá en un asiento, decir sí o no genial, ahora cuando te toca de cerca y tu economía se ve tambaleada por esto no es lo mismo, por esa razón planteo esta situación y es una cuestión a debatir, que a lo mejor no va a ser una o dos personas, a lo mejor van a ser la mayoría, y ahí también ya cambiaria quizás el tenor de lo que se pide, nada más.
El Pte. le cede la palabra al C. Uberti.
El C. Uberti toma la palabra. Si, voy a acompañar el pedido de la minuta, pero también bueno, quiero poner un poco, de acuerdo a averiguaciones que hice el día de ayer, el tema de que se apruebe o no después lo de obras menores no afecta directamente ya al cobro, el cobro va a tener que hacer otro paso, yo por ahí como postura me gustaría que se vea bien, por eso acompaño la minuta, que se vea bien de endeudar, de tener en cuenta de no endeudar más a veces al frentista, por eso es un trabajo serio, cuando me refiero a un trabajo serio me parece que fue lo que faltó legalmente, un trabajo serio, en la Avenida Vicente Casares, porque la preocupación mía, yo por ahí no utilizaría el termino tanto barrio periférico o no periférico, sino me parece que hoy se está viviendo una situación muy particular que es lo de la pandemia, entonces las personas que tienen un sueldo fijo ya tienen inconvenientes, imaginémonos aquellas personas que viven de changas, que viven de trabajo particular, por ahí no hay una certeza a la hora de endeudarse, por eso la postura mía a lo mejor es sugerir que lo que viene de arriba, lo que viene, ya está estipulado por ley no es que se pide menos, ojo, ya lo que le va a llegar a Ceres ya es un porcentaje que está estipulado por la Ley, simplemente lo que se dispone con la ordenanza es la utilización de eso, yo sugeriría por ahí que estos fondos a lo mejor se hagan de manera gratuita, pero bueno, quería un poquitito dejar asentado esto, y bueno, acompaño la minuta, no veo porque no pueda pasar.
El Pte. pregunta si alguien más quiere hacer uso de la palabra.
La C. Guirado pide la palabra. Cortito. Como dijo recién el Concejal que me antecedió, en el caso de que se determine que gran parte de los vecinos que se encuentran en estas zonas realmente se le va a ocasionar un enorme problema o un mayor problema económico al querer cobrarles por contribución por mejoras, debería cambiar la naturaleza de lo que se pide, se entiende, por eso digo de hacerlo antes de, y por eso el planteo de la minuta de comunicación.
El C. Maza dice no. Evidentemente hay una equivocación, cuando se haga la ordenanza por contribución por mejoras se va a abrir un libro de oposición, y si hay una oposición que supera al 50%, como lo establece la ordenanza, la obra no se va a poder hacer, hay un error.
La C. Guirado dice, pero la plata ya fue pedida y va a estar disponible, o sea por qué no lo hacemos distinto, no entiendo por qué no podemos hacer la minuta de comunicación ¿Qué tiene de malo?
El C. Maza dice no, porque te estas anticipando a los hechos.
La C. Guirado dice es que es importante anticiparte para que no pase lo de la Vicente Casares.
El C. Maza dice no, vos estas dando por sentado un hecho que no sucedió.
La C. Guirado dice no, en la Vicente Casares sucedió.
El C. Maza dice bueno estamos hablando de otra obra.
La C. Guirado dice bueno, pero es cordón cuneta también y ripio, con una ordenanza marco, un reclamo de vecinos que hoy en día tienen que pagar algo que ni siquiera sabían lo que estaban pagando, que se replanteó.
El C. Maza dice bueno está perfecto, lo entendemos de diferentes maneras.
El Pte. dice no, pero a ver, yo quiero agregar algo, la ordenanza marco todavía no está, no fue presentada, el proyecto de ordenanza, ya está por ordenanza marco digamos, no va a venir directamente.
El C. Maza dice primero tenes que aprobar los fondos. Es lo que estamos haciendo ahora.
El Pte. dice no pero tampoco va a ingresar acá un proyecto de ordenanza para eso, ya está la ordenanza marco, o sea, pasa directamente, lo único que va a haber es los pasos que se tienen que cumplir, es que el vecino esté atento al libro de oposición, que esté bien informado de cuánto va a ser el monto que le va a tocar afrontar y que esté realmente relevado su condición socioeconómica. Yo también creo que considero importante…
El C. Maza dice mire, lo interrumpo un segundito, el proyecto de ordenanza que se va a leer posteriormente, que es el que ingresa, un proyecto marco que se envía en estos casos cuando se quiere cobrar por contribución de mejoras la obra, en el artículo establece que “oportunamente se dispondrá la apertura del registro de oposición respectivo, como así también las modalidades y condiciones de cobro de la misma”, nos estamos anticipando a algo.
El Pte. dice está bien.
La C. Guirado dice sí, pero disculpen, pero acá el planteo es se podría no cobrar y se recibe igual el dinero y se hacen obras en menos lugares, porque el primer planteo de la ordenanza que hubo acá es hacer la obra en San Vicente y se pedía la totalidad del 50% ¿Qué pasó? Se enteraron de que estaban pidiendo mal porque si se hacía por contribución de mejoras no podías pedir el 50% completo, entonces piden menos y distribuyen en más lugares, sabemos qué es lo que sucedió. El planteo de esta minuta, que a lo mejor tendría que haber estado en el orden del día después del proyecto que va a ingresar, tiene que ver precisamente con eso, sino sería mejor que en ciertos lugares directamente no se cobre por contribución de mejoras y se lo haga como se vino haciendo antes, ese es el plateo de la minuta, saca el libro de oposición, es, en estos lugares, ¿Qué sería mejor?, y anticiparnos, porque cuando ya esté sancionada al vecino no le queda otra, y a lo mejor es mayoría. Es simplemente eso. Igual se tiene que votar la minuta ahora, el que no está de acuerdo no la vota.
El C. Uberti dice sí la minuta es, por eso.
El C. Maza dice cuando está la ordenanza se abre el libro de oposición y el que no la puede pagar no la paga y el que no la quiere pagar la tendrá que pagar, por mayoría, como pasa siempre, porque sino no hacemos ninguna obra.
El Pte. dice es el planteo que yo hice al principio…
La C. Guirado dice antes no era por contribución de mejoras obras menores, tenían la posibilidad de hacerlo sin contribución de mejoras y se le da la totalidad del 50%, eso quedamos bien en claro. O sea que iba a ser gratuito para los vecinos, no es lo mismo gratuito que cobrar por contribución de mejoras.
El Pte. dice inicialmente no, iba a ser por contribución de mejoras, nada más que no estaba, estaba la intención, pero no estaba aclarado.
El C. Uberti dice no estaba aclarado.
El Pte. dice según lo que manifestaban.
La C. Guirado dice esta gestión tenía la intención, incurrió en un error, pero era la totalidad del 50%, bueno ya sabemos todo lo que pasó por eso se tuvo que reformular, pero sabemos que la Ley 12.358 creo que es la de obras menores, podes pedirlo completo y es gratuito para el vecino, entonces el planteo es, en estos lugares, ¿No sería mejor que sea gratuito para los vecinos? Si la mayoría no lo puede pagar, ese es el planteo de esta minuta, nada más.
El Pte. dice bueno, ¿alguien más quiere decir algo?
El C. Maza dice la ordenanza ya establece que va a ser gratuito para el que no lo pueda pagar, ya está la ordenanza marco.
El C. Uberti pide la palabra. Yo no mezclaría lo que es la ordenanza, a ver, estamos tratando lo que es la minuta, yo la minuta la acompaño porque me parece que es interesante que a lo mejor el Municipio lo haga, y que los vecinos y las vecinas también vayan sabiendo y presten atención cuando se vayan haciendo este tipo de obras, nada más, después se verá lo otro y se discutirá lo que es en sí el proyecto y el tema de la ordenanza.
El C. Maza dice ya va a obtener un beneficio el vecino, porque le van a cobrar la mitad de la obra.
La C. Guirado dice llevemos a tratamiento Sr. Pte., si es una minuta.
Se somete a votación el proyecto de minuta de comunicación.
Bloque PJ: Positivo.
Bloque FPCyS UCR: Negativo.
Bloque Juntos por el Cambio: Negativo.
Bloque Vecinal: Positivo.
Tras producirse un empate, el Pte. emplea su voto doble, siendo en este caso positivo.
Se aprueba por mayoría.
PUNTO 9) Cooperativa de Servicios de Ceres – Proyecto de Ordenanza – Extensión Servicio de Desagües Cloacales (calle Saavedra entre calles Entre Ríos y Av. Salta). El mismo dice lo siguiente: “VISTO: La presentación voluntaria ante la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda., de los vecinos residentes sobre calle Saavedra entre calles Entre Ríos y Av. Salta, todos ellos de la Sección III de nuestra ciudad, quienes solicitan la conexión al sistema de desagües cloacales que dispone la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda., y CONSIDERANDO: Que, revisada la solicitud, desde su posibilidad técnica, la obra es factibles. Que, evaluando el costo de la obra a llevarse a cabo con el propósito de poder brindar el servicio requerido, y prorrateado entre el total de usuarios beneficiados, resulta un valor de $46.737,69 (pesos cuarenta y seis mil setecientos treinta y siete con sesenta y nueve centavos) por unidad catastral. Que estos valores surgen luego de imputar en el costo de la construcción, el acuerdo con la Municipalidad por el uso de la retroexcavadora por $17.714,77 (Pesos diecisiete mil setecientos catorce con setenta y siete centavos) por frentista, lo que hace posible una baja sustancial en el costo, que, de ser calculado con alquileres de máquinas a terceros, este sería más elevado. Que informados de estos valores los señores solicitantes, bridaron su aprobación. Que con el propósito de facilitar que se vayan sumando usuarios al sistema, se acordó que el valor presupuestado se financie por parte de la Cooperativa en 20 cuotas iguales, mensuales y consecutivas. POR LO QUE: El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756, y sus modificatorias, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTÍCULO 1°) Autorícese a la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda. a realizar la ampliación de la obra del sistema cloacal, y prestar servicios a los inmuebles que se encuentren beneficiados según lo detallado anteriormente. ARTÍCULO 2°) Los inmuebles que serán beneficiados se adjuntan mediante detalle a la presente, con su correspondiente nomenclatura catastral. ARTÍCULO 3°) Fijar el valor de la obra en: $46.737,69 (pesos cuarenta y seis mil setecientos treinta y siete con sesenta y nueve centavos) por unidad catastral. ARTÍCULO 4°) Fijar como forma de pago, en las cantidades de cuotas que los contribuyentes aprueben, hasta un máximo de 20 cuotas mensuales, iguales y consecutivas. ARTÍCULO 5°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.”
El Pte. dice bueno, esto ya se ha comisionado, así que bueno, no sé si alguien quiere agregar algo sino se somete a votación el proyecto de ordenanza presentado por la Cooperativa de Servicios.
Se somete a votación el proyecto de ordenanza.
Se aprueba por unanimidad.
PUNTO 10) FPCyS UCR: Proyecto de declaración – Unidades Terapia Intensiva en Hospital Ceres y San Cristóbal. El mismo dice lo siguiente: “VISTO: El proyecto de comunicación presentado en la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, por el diputado Marcelo González, y CONSIDERANDO: Que dicho proyecto tiene como objetivo la posibilidad de crear Unidades de Terapias Intensivas en los hospitales públicos de las ciudades de San Cristóbal y Ceres, y la creación de los cargos para los profesionales de la salud que se encargan de dichas áreas. Que es evidente la necesidad de que existan las UTI en estas localidades del noroeste santafesino para afrontar la pandemia, sin tener que depender de trasladar los pacientes a nosocomios de grandes ciudades. Que no sabemos cuándo va a terminar la pandemia desatada por el SARS-CoV-2 y probablemente tengamos una tercera ola, tal como está sucediendo en estos momentos en varios países de Europa, por lo que es de suma necesidad la creación de estas UTI en Ceres. Que el Gobierno Provincial cuenta con partidas presupuestarias aprobadas para ser utilizadas en el marco de la emergencia sanitaria en la que estamos inmersos. POR LO QUE: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, eleva la siguiente: DECLARACIÓN Artículo 1°: Declárese de interés el proyecto de comunicación presentado por el diputado Marcelo González para la creación Unidades de Terapias Intensivas en los hospitales públicos de las ciudades de San Cristóbal y Ceres. Artículo 2°: Envíese copia al Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe y al Presidente de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe. Artículo 2°: Regístrese, publíquese y archívese.”
El C. Maza pide la palabra. Solamente me parece que es fundamental que nosotros hagamos una declaración de este tipo. Vimos a raíz de esta pandemia la absoluta necesidad que tiene Ceres y la región de contar con una unidad de terapia intensiva, que tal como lo dice el proyecto de comunicación del Diputado Marcelo Gonzales, como la declaración, evitaría el traslado de los pacientes en grave estado o en peligro de perder la vida, hacia otros nosocomios que quedan a una distancia considerable de nuestra ciudad. El Hospital cuenta ya con un lugar donde se puede instalar la unidad de terapia intensiva, el Gobierno Provincial cuenta con partidas presupuestarias aprobadas por las dos Cámaras, que le permiten en este marco de emergencia hacer uso de esos fondos para instalar la unidad de terapia intensiva y hacer los nombramientos respectivos para esas áreas, así que me parece fundamental que todo el Concejo apruebe esta iniciativa y que se pueda llevar a cabo en un corto o mediano plazo.
El C. Uberti pide la palabra. Bueno, primero celebro que Ceres pueda llegar a tener en algún momento unidad de terapia intensiva, pero me parece una vergüenza, una vergüenza, que un Diputado del Frente Progresista Cívico y Social, que han dejado la gobernación en el año 2019, que han hecho y han trabajado en la construcción del Hospital nuevo en Ceres, quieran exigir ahora algo que ellos no han hecho cuando hicieron el Hospital, es una vergüenza haber hecho un hospital nuevo de la magnitud que se hizo, y que no haya tenido terapia intensiva, es algo que no se ha dado desde la primera hora, que no se haya querido mostrar eso es otra cosa. Yo creo que desde la Legislatura pretender manejarle los fondos a un Ejecutivo que viene apenas de dos años, y que está haciendo un trabajo enorme en lo que es el tema de salud, una decisión política enorme, tanto sea del Gobierno Nacional como del Gobierno Provincial, en invertir en salud, por supuesto que en la intención estoy seguro quizá quisiera que funcionen varias terapias intensivas, pero me parece que es acompañar algo que es un circo nomas, porque cuando tuvieron que tomar la decisión política el Frente Progresista Cívico y Social no la tomó, se inauguró un hospital creo que con dos camas menos que el hospital viejo, el funcionamiento era realmente, Vivian las trafics llevando a Rafaela porque cualquier problema se hacia la derivación. Quiero un poquitito dejar aclarado esto, porque me parece que en medio de la situación dificilísima que se está viviendo en pandemia, que no es algo que lo haya querido ni el Gobierno Nacional, ni el Gobierno Provincial, es algo que nos atraviesa, pretender como usar estos artilugios para decir que estamos haciendo una política de salud me parece que no está bueno. Sí celebro, y ojalá me gustaría invitar a la gente de salud, a ver si ya hay a lo mejor alguna idea de generar una política, una unidad de terapia intensiva. Incluso el Director del Hospital ya ha manifestado en una ocasión que el hospital tiene un montón de cosas para desarrollar, y yo creo que con la intención del Gobierno Provincial se va a poder hacer.
La C. Guirado pide la palabra. Escueto. Simplemente, en sintonía con lo que dijeron los dos Concejales que me antecedieron, entiendo la necesidad del planteo, quedaron a la vista un montón de falencias del sistema de salud en nuestro País, y obviamente que lo que pasa en Ceres no es la excepción. Adhiero también a las palabras que manifestaba el Concejal que me antecedió inmediatamente, respecto de que es muy fácil para un legislador que está sentado en una banca de la oposición, pedir en este momento esto, cuando siendo Gobierno no pudieron llevarlo adelante, pero también entendemos que es política, como dirían mis compañeros ahí, y por lo mismo considero que si se sacaría por ejemplo de esa declaración San Cristóbal, me parece que en un Departamento hubiere una unidad de terapia intensiva, sabiendo que el hospital regional es el de Ceres, por lo menos como intención peticionarla, me parece que dentro de todo es coherente másallá de que uno entiende lo que sucede en materia sanitaria a nivel Nacional, ahora, pedir dos unidades de terapia intensiva como si fuera ir a comprar caramelos al kiosco, cuando tuvimos hasta hace poco tiempo, hasta marzo, a un médico que nos decía lo que se tiene que invertir en recurso humano y lo que se le paga a un terapista para poder tenerlo y que no puede ser uno, entonces me parece ahí si demagogia, yo lo que pediría en esta declaración es que se deje una sola ciudad, y másallá de que entiendo el planteo del Concejal que me antecedió, como inversión, como Ceresina ¿Cómo no lo voy a pedir? Obviamente que lo voy a pedir, y también se lo pedí al Frente Progresista Cívico y Social en su momento, obviamente, uno ve semejante estructura y dice ¿Por qué no? Y ojalá que esta pandemia nos deje esos aprendizajes, invertir también en lo más necesario y pedir como prioridad para este lado, si es marcar una prioridad bien, ahora, dos en un Departamento me parece mucho.
El Pte. pregunta si alguien más quiere hacer uso de la palabra.
El C. Maza pide la palabra. No puedo entender lo que estoy escuchando, la verdad que, primero las falacias que se cometieron por el primer Concejal que habló, falacias totalmente. Se le puede reclamar un montón de cosas al Frente Progresista Cívico y Social, pero si hay algo que fue ejemplar a nivel Nacional fue en materia de salud, desarrollar, inaugurar el hospital regional de Ceres fue un acto increíble que pudimos tener todos los Ceresinos. El paso siguiente como tal lo dijo en el acto de apertura el Gobernador, era justamente formar la sala de terapia intensiva que no estaban en la ciudad de Ceres y que por lo tanto el hospital de Ceres pase a ser de alta complejidad. Que se digan esas barbaridades, y que otro Concejal las asienta, no puedo creer.
El C. Uberti dice perdón ¿A qué barbaridades te réferis?
El C. Maza dice Ud. dijo payasadas y alguna cuestión más fuera de lugar que no puedo entender, cuando estamos pidiendo, la declaración del Diputado dice “vería con agrado que el Poder Ejecutivo”, es una intención, no le está exigiendo nada, es una intención que tiene a raíz de toda la urgencia que hay en materia de salud.
El C. Uberti dice no dije ninguna, perdón, ¿A qué te réferis puntualmente con barbaridad? Inaugurar un hospital nuevo, se gastaron millonada de pesos y desde la primera hora se sabía que no tenían terapia intensiva, y fue un pedido de urgencia porque es lo que se necesita y se salvan vidas. Se inauguró el hospital…
El C. Maza dice Ud. dijo otras barbaridades más.
El C. Uberti dice se inauguró el hospital y no dejaron de salir las trafics de las ambulancias de manera permanente ante cualquier caso porque no había terapia intensiva.
El C. Maza dice bueno, la estamos solicitando, lo estamos solicitando ahora.
El C. Uberti dice, pero no lo hicieron ustedes cuando hicieron, ese es el término que yo quiero usar, hablemos en serio algunas cosas, yo quiero que Ceres tenga un hospital a pleno y tenga terapia intensiva como lo quise de la primera hora…
El C. Maza dice yo no puedo creer lo que estoy escuchando.
El C. Uberti dice eso es lo que quiero decir simplemente, hablemos en serio algunas cosas.
El C. Maza dice estoy hablando en serio justamente. Ud. habla payasadas y demás cuestiones.
La C. Guirado pide la palabra. Yo pido la moción esa, que se pida una en el Departamento, como para decir que somos coherentes respecto…
El C. Uberti dice pidamos terapia intensiva por favor, donde sea, todos lados, Tostado también tendría que tenerlo, por favor el norte tiene que tener estas cosas, simplemente quiero dejar asentado que cuando tuvieron la decisión política no lo hicieron, prefirieron llenar los nodos de ñoquis que invertir en salud, invertir en serio.
La C. Guirado dice bueno, está para llevar a tratamiento. Yo presenté una moción no sé si alguien quiere acompañarla.
El Pte. dice ¿Acá habla de San Cristóbal también?
El C. Rafael dice San Cristóbal y Ceres.
El C. Maza dice sí, porque esa es la declaración de interés.
El C. Uberti dice, pero está bien, yo la voy a acompañar, quería aclarar eso nomas.
El C. Lemos dice tenes dos mociones, tenes la moción de la Sole de sacar una ciudad, y tenes la moción de Sergio de agregar Tostado también.
El C. Uberti dice no no, lo sugerí nomás.
El Pte. dice son dos cosas distintas, lo que pasa es que el pedido de la Cámara de Diputados es uno solo, el pedido, nosotros no le podemos cambiar la declaración, nosotros estamos adhiriendo al pedido, al pedido en sí.
La C. Guirado dice o podemos poner al menos una ciudad del Departamento chicos, es para que no parezca tan demagógico.
El C. Lemos dice no, vos adherís o no adherís.
El Pte. dice lo que pasa es que es una adhesión al proyecto de comunicación en su totalidad, no le podemos ir a modificar el proyecto de comunicación a la Cámara de Diputados nosotros.
La C. Guirado dice no, bueno, a lo mejor surge de entregarle a una, piden dos y te dan una, o sea ahí está el tema, se entiende, es una intención, él pide porque es representante de San Cristóbal, y está bien no puede decir Ceres y San Cristóbal no.
El C. Rafael dice es representante del Departamento.
El Pte. dice, pero también sería una actitud egoísta no apoyar el pedido de todo el Departamento, estamos adhiriendo…
La C. Guirado dice, pero sabemos que es inviable…
El Pte. dice lo sabemos, bueno, la Provincia creo que sabrá inteligentemente ver qué medidas tomar, o que decisión tomar, se priorizará Ceres o San Cristóbal. Por eso yo creo que no sé si vale la modificación, la moción, porque yo creo que sería un poco egoísta de nuestra parte solamente acompañar por nosotros.
La C. Guirado dice o decir al menos una ciudad del Departamento, cuantas hay, chicos es una moción.
El C. Rafael dice las ciudades más importantes son.
El Pte. dice el proyecto no es nuestro, el proyecto es de la Cámara de Diputados, nosotros estamos adhiriendo a…
La C. Guirado dice es una declaración.
El C. Uberti dice a una declaración, eso ya está.
La c. Guirado dice al menos una, puede ser la nuestra.
Se somete a votación la moción de la C. Guirado.
Bloque PJ: Negativo.
Bloque FPCyS UCR: Negativo.
Bloque Juntos por el Cambio: Negativo.
Bloque Vecinal: Positivo.
Se rechaza por mayoría.
El Pte. dice aparentemente hay diferentes ópticas y formas de ver la intención del proyecto que presentó el Frente.
Se somete a votación el proyecto de declaración.
Se aprueba por unanimidad.
PUNTO 11) DEM – Proyecto de Ordenanza – Declaración Susceptible de Recuperación por Contribución de Mejoras Proyecto 23 cuadras cordón cuneta.
Se da ingreso al tema, pasa a comisión.
PUNTO 12) Bloque Vecinal – Proyecto de Declaración – Gestión Rotary Club Ceres (Obra Agua Potable en B° Cooperativas y Esc. N° 1103. El mismo dice lo siguiente: “VISTO: La obra de agua potable que se está llevando adelante en el Barrio Cooperativa y en la Escuela N° 1103 a partir de fondos aportados por Rotary Club Ceres, y CONSIDERANDO: Que el acceso al agua potable es una necesidad básica humana insatisfecha en muchas localidades de nuestro país. Que las obras de este tenor implican una modificación total en la calidad de vida de las personas y en sus perspectivas futuras. Que la acción comprometida de las instituciones como parte integrante del estado produce estas transformaciones positivas e indispensables en la vida de las personas. Que de la obra de extensión de red de agua potable para el B° Cooperativa y la Escuela Nª 1103 desarrollará 2000 metros de extensión del servicio y beneficiará a aproximadamente 120 familias ceresinas. POR LO QUE: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, eleva la siguiente: DECLARACIÓN Artículo 1°: Declárese de Interés Municipal la gestión realizada por Rotary Club Ceres para conseguir los fondos necesarios para llevar adelante la obra de Agua Potable en el Barrio Cooperativa y Escuela N° 1103. Artículo 2°: Regístrese, publíquese y archívese.”
La C. Guirado pide la palabra. Cortito. Ya lo habíamos hablado en comisión a este tema también, respecto de la necesidad de reconocer lo que ha hecho esta Institución intermedia de nuestra ciudad en cuanto a gestión por obras de saneamiento necesarias, indispensables para mejorar la calidad de vida de los Ceresinos. Que haya llegado es un alivio enorme para todos los Ceresinos, inclusive para el propio Gobierno, porque es darle calidad de vida a los Ceresinos en lugares donde más lo necesitan. Simplemente ese es el objetivo de esta declaración.
El Pte. pregunta si alguien más quiere hacer uso de la palabra.
Se somete a votación el proyecto de declaración.
Se aprueba por unanimidad.
PUNTO 13) Bloque Vecinal – Proyecto de Minuta de Comunicación – Obras de Cordón cuneta. El mismo dice lo siguiente: “VISTO: El proyecto de Ordenanza y su explicación técnica para peticionar Fondos Provinciales de Obras Menores, y CONSIDERANDO: Que vecinos de Ceres desde hace tiempo vienen reclamando la realización de la Obra de Cordón Cuneta en diferentes sectores de la ciudad donde ya se ha abonado la misma a partir de la Ordenanza Marco en vigencia. Que, en Barrio 9 de Julio, calles Amenábar, Vera Mujica y Av. Jujuy, los vecinos reclaman esta obra e inclusive expresan que se encuentra paga en el 30% que determina la Ordenanza Marco. Específicamente en Avenida Jujuy se suman diferentes aspectos que dificultan la transitabilidad y fomentan la contaminación ambiental: es una de las vías utilizadas por el tránsito pesado. POR LO QUE: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, eleva la siguiente: MINUTA DE COMUNICACIÓN 1.-Se le solicita al DEM revise la situación de las obras de Cordón Cuneta en las calles Amenábar, Vera Mujica y Avda. Jujuy de Barrio 9 de Julio. 2.- Se le solicita al DEM, de estar abonado el 30% o más de la obra, se les brinde respuesta a los vecinos por el retraso en la realización de la misma. 3.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos, comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.”
El Pte. dice está sin terminar eso.
El C. Rafael dice sin terminar.
El Pte. dice es Barrio 150.
La C. Guirado dice 150. Cortito. Se han comunicado conmigo diferentes vecinos del barrio 150, ahora Barrio 9 de Julio, específicamente de Avenida Jujuy, donde me manifestaban estos problemas que hace bastante tiempo, ya desde el año pasado, vienen realizando los reclamos tanto en Obras Públicas, como en otras reparticiones, donde les dicen, les dan los teléfonos, les dicen que sí que les van a dar una respuesta, lamentablemente no le san mandado mensajes ni les brindaron ninguna respuesta, también hablaron con la gente de la comisión del barrio y les dijeron también que iban a plantear el tema, no han tenido respuesta, esto viene ya hace un tiempo que hablaron con quién les está hablando a Ustedes ahora, con la Concejal que está hablando, y por lo mismo, me pareció importante plantear el reclamo, a ver si el Ejecutivo puede revisar a situación de estos lugares y ver si se le puede brindar, ya que estamos hablando de cordón cuneta en tantas otras zonas, si se le puede brindar este importante servicio de accesibilidad y de transitabilidad a estos sectores que manifiestan que ya han abonado por lo menos el 30% de la obra que determina la Ordenanza marco, nada más.
El Pte. pregunta si alguien más quiere hacer uso de la palabra.
Se somete a votación el proyecto de minuta de comunicación.
Se aprueba por unanimidad.
PUNTO 14) Bloque Vecinal – Proyecto de Minuta de Comunicación – Información sobre reuniones de la Junta de Admisión y Disciplina Municipal. El mismo dice lo siguiente: “VISTO: La conformación a través de un Decreto municipal de la Junta de Admisión y Disciplina, y CONSIDERANDO: Que la Junta de Admisión y Disciplina creada a partir de un decreto municipal tiene por función debatir la situación laboral de los empleados municipales. Que la conformación y puesta en funcionamiento de esta Junta es indispensable para la eliminación del sesgo político y la manipulación electoral que son metodologías frecuentes de los partidos políticos que detentan el poder. Que el Concejo Municipal como órgano de contralor debe conocer y estar informado de todo lo sucedido en el ámbito municipal y más aún lo atinente a la administración pública y a los empleados de su dependencia. POR LO QUE: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, eleva la siguiente: MINUTA DE COMUNICACIÓN 1.-Se le solicita al DEM brinde información documentada sobre las reuniones de la Junta de Admisión y Disciplina Municipal llevadas a cabo durante el 2020 y 2021, adjuntando copia del acta respectiva. 2.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos, comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.”
La C. Guirado pide la palabra. Como es un proyecto de mi autoría, quería comentarles que esto surge precisamente a raíz de lo que fue todo el año pasado, donde se debatió y mucho, afortunadamente, sobre la conformación de esta Junta de Admisión, Calificación y Disciplina. En un primer momento se presentó una Ordenanza, luego porque no obtuvo los votos suficientes en el Concejo Municipal afortunadamente, por lo menos, se creó por Decreto esta Junta, que no sabemos si funciona o no, no sabemos si ha tenido reuniones o no, no sabemos qué temas han llegado, y másallá de que la Junta esté conformada por dos partes, que es el Gremio y el Ejecutivo, nos parece importante también como miembros del Municipio y como Órgano de contralor de lo que sucede en el mismo y la administración, tener conocimiento respecto de las reuniones y qué se trató. Por esa razón, presenté esta minuta de comunicación, para pedir formalmente el Acta, que también se realizan Actas, y la información al respecto de las supuestas reuniones que entiendo se deben haber desarrollado ya a casi un año del Decreto de la conformación de la Junta.
El Pte. pregunta si alguien más quiere hacer uso de la palabra.
Se somete a votación el proyecto de minuta de comunicación.
Se aprueba por unanimidad.
El Pte. dice bueno, no hay más temas en el orden del día, si alguien quiere agregar algo.
El C. Maza pide la palabra. ¿Concejal Guirado?
La C. Guirado dice sí.
El C. Maza dice le pido por favor que pase a firmar todos sus proyectos, porque por esta vez…
La C. Guirado dice estoy yendo.
El C. Maza dice hicimos la excepción por el tema de la virtualidad, pero todos sus proyectos no tienen firma.
El C. Lemos dice evidentemente el Municipio no es el único que presenta las cosas sin firmar.
No siendo para más, se da por finalizada la Sesión, siendo las 11:35 horas.