CERES, 24 de Noviembre de 2004.-

VISTO:

La sanción de la Ley Provincial Nº 12.306 y la Resolución Nº 11/04 de la Administración Provincial de Impuestos, reglamentaria de la mencionada norma, y

CONSIDERANDO:

Que si bien la Ley 12.306 dispone que a partir del 01/01/2005, la Administración del Impuesto Patente Única sobre vehículos estará íntegramente a cargo de las Municipalidades y Comunas, las fechas fijadas por la Resolución Nº 11/04 de la Administración Provincial de Impuestos para determinar el monto, cantidad de cuotas y fechas de vencimientos son imposibles de cumplir para implementar el sistema en nuestra Municipalidad.

Que es decisión de cada Municipalidad fijar los parámetros para implementar el cobro de este impuesto, pero deja la posibilidad que la Administración Provincial de Impuestos, de acuerdo con lo que requiera nuestro Municipio, será quien emita las boletas.

Que si bien se puede optar por un aumento o disminución de hasta un 10 % en el tributo fijado por la provincia, un mínimo de cuatro cuotas anuales y hasta un máximo de doce cuotas anuales, la Municipalidad de Ceres no hará uso de esas opciones.

POR LO QUE:

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º) Disponer que la emisión, montos, cantidad de cuotas, fechas de vencimientos del impuesto Patente única sobre vehículos para el año 2005, sean fijadas por la Administración Provincial de Impuestos de acuerdo a los valores y determinaciones que este organismo fije para la Provincia.

ARTÍCULO 2º) Promulgada que sea la presente, comunicar a la Coordinación General de la Administración de Impuestos antes del 29/11/2004.

ARTÍCULO 3º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.-

Por bruno

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