CERES, 07 de abril de 2006.-

VISTO:

El contrato de compra venta de fecha 13/10/1994, celebrado entre la Municipalidad de Ceres y el Sr. Novel Simón Díaz, de acuerdo con la Ordenanza Nº 547/93 Bis, Decreto Nº 352/94, y

CONSIDERANDO:

Que el Sr. Rubén Simón Díaz, DNI Nº 29.240.680, hijo del Sr. Novel Simón Díaz, solicita se reconsidere ante este Honorable Concejo Municipal el contrato de compra-venta mencionado en el Visto, otorgándole los Derechos y Acciones del lote adquirido por su padre, al peticionante.
Que analizada dicha cuestión surge que el contrato no fue cumplido en su totalidad, existiendo cuotas impagas, además de los tributos correspondientes a la Tasa General de Inmuebles según cláusula cuarta del mencionado contrato de compra-venta.
Que la razón invocada por el solicitante, es que su padre se encuentra privado de la libertad y que es voluntad del peticionante, regularizar esta situación haciéndose cargo de la deuda total.
Que analizada la solicitud, este Honorable Concejo entiende que se trata de una situación socio-económica a la que se le daría solución para que el solicitante, disponga de un inmueble para la construcción de su vivienda familiar.
Que asimismo, se tomaron los recaudos pertinentes, exigiendo al solicitante la presentación de una nota firmada por su padre, cediendo los Derechos y Acciones del bien adquirido a esta Municipalidad, y nota firmada por su hermano el Sr. Darío Nobel Díaz, DNI Nº 29.240.681, otorgando su expreso consentimiento para llevar a cabo este hecho.
Que se hace necesario fijar un precio conveniente al Municipio teniendo en cuenta la situación socio económica del solicitante planteada anteriormente.

POR LO QUE:

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º) Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar un contrato de compra- venta con el Sr. Rubén Simón Díaz, DNI Nº 29.240.680, por el lote Nº 2, Mza: 13, Qta. 22, Sección II de la ciudad de Ceres, P.I.I. 07-01-00-033715/0003, dejando sin efecto el contrato de fecha 13/10/1994 con el Sr. Novel Simón Díaz.

ARTÍCULO 2º) Fijase el precio del lote mencionado en el artículo anterior en la suma de $ 500.- (pesos quinientos), pagaderos en 10 (diez) cuotas iguales y consecutivas.

ARTÍCULO 3º) La falta de pago de 3 (tres) cuotas seguidas o 5 (cinco) alternadas, facultará al Municipio a exigir al deudor el cumplimiento del contrato o la Resolución del mismo de pleno derecho.

ARTÍCULO 4º) La deuda originada por Tasa General de Inmuebles, podrá ser convenida de acuerdo a los términos de la Ordenanza Nº 832/01.

ARTÍCULO 5º) La escritura traslativa de dominio se otorgará una vez satisfecho el importe de la compra-venta y Libre Deuda de los tributos municipales, corriendo los gastos de Escrituración por cuenta exclusiva del comprador.

ARTÍCULO 6º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los cuatro días del mes de abril de dos mil seis.-

Por bruno

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