CERES, 18 de abril de 2006.-
VISTO:
La donación que ofrece al Municipio el Sr. Juvenal Eduardo Mühn, L. E. Nº 3.168.856, y
CONSIDERANDO:
Que la donación ofrecida por el Sr. Juvenal Eduardo Mühn de las fracciones denominadas: Lote 5 y 6, partes del Lote “B 2”, según Plano 134.737 y Lotes 13 y 14, partes del Lote “A” según plano 131.485 para ser afectadas a calle pública y colectoras.
Que es voluntad del donante, realizar dicho acto a favor de la Municipalidad, quien deberá obligatoriamente abrir y mantener conservadas las calles, cuando asÍ lo requiera el Sr. Juvenal Eduardo Mühn.
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º) Apruébese la donación ofrecida por el Sr. Juvenal Eduardo Mühn, L.E. Nº 3.168.856, de los Lotes 5 y 6, partes del Lote “B 2”, según Plano 134.737 y Lotes 13 y 14, partes del Lote “A” según plano 131.485, lo que hace una superficie total de 3 Ha 08 As 96 Cs 79 dm2, que serán afectadas a calles públicas y colectoras.
ARTÍCULO 2º) La Municipalidad de Ceres se obliga a la apertura y conservación de las calles cuando asÍ lo requiera el donante.
ARTÍCULO 3º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los once días del mes de abril de dos mil seis.-