CERES, 17 de julio de 2006.-
VISTO:
Los informes presentados a la comunidad, por la Asociación Cooperadora Policial referente a su estado económico-financiero, y
CONSIDERANDO:
Que esta institución debe hacer frente a la manutención y reparación de vehículos, y edificio, y afrontar los gastos de insumos y funcionamiento administrativo de nuestra UOP.
Que a pesar de las campañas intensivas llevadas a cabo para incrementar los socios, esto no resulta posible debido a la falta de interés de la ciudadanía, en realizar aportes a esta institución.
Que si bien los socios y algunos comercios, realizan aportes, estos no son suficientes para hacer frente a los gastos que demanda la prestación del Servicio de Seguridad en nuestra ciudad.
Que a raíz de esta situación, el Centro Comercial, Industrial, Rural y de Servicios de Ceres, promovió a través de este H. Concejo Municipal, la creación de una “Tasa de Seguridad”, la cual se implementaría incluyendo un monto fijo en la Tasa General de Inmuebles, hecho que no tuvo eco entre los Concejales, debido a que el pensamiento unánime, es que este servicio es una función indelegable del Superior Gobierno Provincial y que además no se puede seguir cargando obligaciones a nuestros contribuyentes, aumentando los impuestos para ser destinados a un servicio del cual la comunidad ya aporta a través de los impuestos que paga normalmente.
Que aún entendiendo esta situación, este H. Concejo Municipal por intermedio de las Declaraciones Nº 89/06 y Nº 95/06, dirigidas a distintos estamentos del Gobierno Provincial, solicitó el equipamiento acorde para que la UOP de nuestra ciudad brinde un servicio acorde, y de ser necesario amplíe las partidas presupuestarias, debemos ser conscientes que este no es un proceso rápido y se debe encontrar una solución a corto plazo para atender cuestiones urgentes, hasta tanto se logre la solución definitiva por parte del Gobierno Provincial.
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º) Destinase a partir de la promulgación de la presente y hasta el 31/12/06, una asignación mensual de $ 1.000.- (pesos un mil), destinados a la Asociación Cooperadora Policial de nuestra ciudad.
ARTÍCULO 2º) A los efectos de tener un efectivo control de los fondos asignados, la Asociación Cooperadora Policial deberá presentar un informe bimestral del destino dado a la referida partida, a este H. Concejo Municipal.
ARTÍCULO 3º) Las erogaciones producidas por esta Ordenanza serán imputadas por el Departamento Ejecutivo Municipal en la cuenta “DONACIONES” del Presupuesto General Año 2006.
ARTÍCULO 4º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los once días del mes de julio de dos mil seis.-