Ceres, 19 de Enero de 2007.-
VISTO:
La sanción y promulgación de la Ordenanza 1027/06 de fecha 10 de octubre de 2006, y

CONSIDERANDO:
Que a través de la misma, se lo autoriza al Sr. Intendente Municipal, a firmar un convenio, con el órgano respectivo para la construcción de un C.I.C. máximo en nuestra ciudad.-
Que el terreno afectado para la construcción del mencionado C.I.C. es el lote 1 de la Manzana B de la Sección II de nuestra ciudad, según plano de Mensura N° 141391, confeccionado por la Agrimensora Marisel María FORNERO cuyo título de propiedad se encuentra inscripto en el Registro General, el 04/11/82, en el tomo 153 Par, Folio 1492, N° 96137, y que se omitió afectar el lote lindante, que figura en el referido plano de mensura, determinado por las letras B,C,X,Y, con una superficie de 546,25 mts. del cual el municipio tiene la posesión, y se compromete a tramitar ante el Superior Gobierno Provincial, el correspondiente título de propiedad.-
Que asimismo y de acuerdo a lo solicitado en el expediente, la afectación de ambas fracciones de terreno, resultan insuficientes, debido a que el total de metros cuadrados debe ser como mínimo 2500, con lados no inferiores a 50 metros cada uno por lo que la oficina técnica de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, recomienda afectar 7,50 mts. de la parte correspondiente a vereda y espacios verdes, lo que dejaría una vereda de 2,40 Mts.-
POR LO QUE
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL, EN BASE A LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N Z A N Z A

ARTICULO 1°: Modificase el Artículo 2° de la Ordenanza 1027 de fecha 10 de octubre de 2006, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Afectase, para la construcción de un C.I.C. (centro integrador comunitario), máximo en nuestra ciudad, el lote N° 1 de la manzana B sección II, según plano de mensura N° 141391, confeccionado por la Agrimensora Marisel María FORNERO, cuyo título de propiedad se encuentra inscripto en el Registro General, el 04/11/1.982, en el tomo 153 Par, Folio 1492, N° 96.137, el lote lindante, que figura en el referido plano de mensura, determinado por las letras B,C,X,Y, con una superficie de 546,25 mts. del cual el Municipio tiene la posesión y se compromete a tramitar ante el Superior Gobierno de la Provincia, el correspondiente título de propiedad, y 7,50 (siete con cincuenta) metros correspondientes a superficie destinado a veredas y espacios verdes para cumplimentar con lo requerido en el expediente en cuanto a medidas exigidas.-

ARTICULO 2°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal, a los diecinueve días del mes de enero de 2007

Por bruno

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