CERES, 19 de enero de 2007.-

VISTO:

La sanción y promulgación de la Ordenanza Nº 1040/06 de fecha 21 de diciembre de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma se ordena la transferencia a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe, del terreno denominado “Lote 1, Manzana B, Sección II”, según Plano de mensura 141391, confeccionado por la Agrimensora Marisel María Fornero, cuyo título de propiedad se encuentra inscripto en el Registro General el 04/11/1982, en el Tomo 153 Par, Folio 1492, Nº 96137, para la construcción de un C. I. C. (Centro Integrador Comunitario) máximo.

Que lo requerido por el organismo competente no es la transferencia, si no la afectación del terreno por lo que con la sanción y promulgación de la Ordenanza Nº 1027/06 y su modificatoria Nº 1047/07, resulta suficiente para la culminación del expediente respectivo.

POR LO QUE:

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º) Derogase en todos sus términos, la Ordenanza Nº 1040/06 de fecha 21 de diciembre de 2006.

ARTÍCULO 2º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los diecinueve días del mes de enero de dos mil siete.-

Por bruno

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