CERES, 20 de marzo de 2007.-

VISTO:

La sanción y promulgación de la ORDENANZA Nº 1027/06 de fecha 10/10/2006 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la mencionada Ordenanza, se autoriza al Sr. Intendente, Camilo Enzo Busquets, a firmar un convenio para la construcción de un C. I. C. Máximo en nuestra ciudad.

Que además se hace la respectiva afectación del lote en el cual se construirá el mismo.

Que para la firma del respectivo convenio, se hace necesario el dictado de un acto administrativo por el que la Municipalidad de Ceres, adhiere al convenio interministerial.

POR LO QUE:

El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

Art. 1º) La Municipalidad de Ceres, adhiere al convenio interministerial para la firma de un convenio para la construcción de un C. I. C. Máximo en nuestra ciudad.

Art. 2º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los veinte días del mes de marzo de dos mil siete.-

Por bruno

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